December 08, 2002
Números Extraordinarios
- Decreto Nº 2.172 mediante el cual la Fuerza Armada Nacional ejercerá, a partir de la publicación de este Decreto, el resguardo de las instalaciones de la industria petrolera nacional y deberá coadyudar en el control y funcionamiento de la misma, para garantizar la continuidad del servicio público de suministro de hidrocarburos a nivel nacional e internacional, en los términos que en él se indican.
- Se autoriza el expendio de los Productos Farmacéuticos que en ella se mencionan.
- El Ministerio de Energía y Minas o los Funcionarios que éste designe, adoptarán las medidas necesarias y adecuadas para garantizar el suministro, transporte, distribución y expendio de hidrocarburos y productos derivados, así como la eficiencia del servicio, evitando su interrupción, en los términos que en ella se indican.