cestaticket pago
- Decreto N° 3.233, mediante el cual se ajusta la base de cálculo para el pago del Cestaticket Socialista para los trabajadores y trabajadoras que presten servicios en los sectores público y privado, a sesenta y un Unidades Tributarias (61 U.T.) por día, a razón de treinta (30) días por mes, pudiendo percibir hasta un máximo del equivalente a mil ochocientos treinta Unidades Tributarias (1.830 U.T.) al mes, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Cestaticket Socialista para los Trabajadores y Trabajadoras.- (Véase N° 6.354 Extraordinario de la GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, de fecha 31 de diciembre de 2017).
- Decreto N° 3.139, mediante el cual se ajusta la base de cálculo para el pago del Cestaticket Socialista para las trabajadoras y los trabajadores que presten servicios en los sectores públicos y privados, a treinta y un unidades tributarias (31 U.T.) por día, a razón de treinta (30) días por mes, pudiendo percibir hasta un máximo del equivalente a Novecientas Treinta Unidades Tributarias (930 U.T.) al mes, sin perjuicio de lo dispuesto en el Artículo 7° del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Cestaticket Socialista para los Trabajadores y Trabajadoras.
- Decreto N° 3.069, mediante el cual se ajusta la base de cálculo para el pago del Cestaticket Socialista para los Trabajadores y las Trabajadoras que presten servicios en los sectores público y privado, a veintiún Unidades Tributarias (21 U.T.) por día, a razón de treinta (30) días por mes. Debiendo cada trabajador percibir mensualmente por este concepto el equivalente, en Bolívares, a seiscientas treinta Unidades Tributarias (630 U.T.), sin perjuicio de lo dispuesto en el Artículo 7° del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Cestaticket Socialista para los Trabajadores y Trabajadoras.
- Decreto N° 3.233, mediante el cual se ajusta la base de cálculo para el pago del Cestaticket Socialista para los trabajadores y las trabajadoras que presten servicios en los sectores público y privado, a sesenta y un Unidades Tributarias (61 U.T.) por día, a razón de treinta (30) días por mes, pudiendo percibir hasta un máximo del equivalente a mil ochocientos treinta Unidades Tributarias (1.830 U.T.) al mes, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Cestaticket Socialista para los Trabajadores y Trabajadoras.
- Decreto N° 2.833, mediante el cual se ajusta la base de cálculo para el pago del Cestaticket Socialista para los trabajadores y las trabajadoras que presten servicios en los sectores público y privado.
- Decreto N° 2.833, mediante el cual se ajusta la base de cálculo para el pago del Cestaticket Socialista para los trabajadores y las trabajadoras que presten servicios en los sectores público y privado.- (Véase No 6.296 Extraordinario de la GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, de esta misma fecha).
- Decreto N° 2.967, mediante el cual se ajusta la base de cálculo para el pago del Cestaticket Socialista para los trabajadores y las trabajadoras que presten servicios en los sectores público y privado, a diecisiete Unidades Tributarias (17 U.T.) por día, a razón de treinta (30) días por mes.
- Decreto N° 2.967, mediante el cual se ajusta la base de cálculo para el pago del Cestaticket Socialista para los trabajadores y las trabajadoras que presten servicios en los sectores público y privado, a diecisiete Unidades Tributarias (17 U.T.) por día, a razón de treinta (30) días por mes.- (Véase N° 6.313 Extraordinario de la GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, de fecha 02 de julio de 2017).
- Decreto N° 2.308, mediante el cual se ajusta el pago del Cestaticket Socialista para los trabajadores y las trabajadoras que presten servicios en los sectores público y privado, a tres Unidades Tributarias y media (3,5 U.T.) por día, a razón de treinta (30) días por mes
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Decisión Nº 2717 de Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo (Caracas), 20-03-2018
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Estadal Octavo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial interpuesto por los abogados PATRICIA MARIA MUÑOZ RIOS y VIRGINIA
... trabajador activo; siendo así, tenemos que el cálculo y forma de pago del derecho al ticket de alimentación, están establecidos en las ... han sido pagados los aumentos decretados, tanto del valor del cestaticket en base a la unidad tributaria, ni los incrementos decretados en Gaceta ... - Decreto N° 2.504, mediante el cual se aumenta en un veinte por ciento (20%) el salario mínimo nacional mensual obligatorio en todo el territorio de la República Bolivariana de Venezuela, para los trabajadores y las trabajadoras que presten servicios en los sectores públicos y privados, sin perjuicio de lo dispuesto en el Artículo 2 de este Decreto, a partir del 1° de noviembre de 2016, estableciéndose la cantidad de veintisiete mil noventa y dos bolívares con diez céntimos (Bs. 27.092,10) mensuales.-(Véase N° 6.269 Extraordinario de la GACETA OFICIAL DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, de esta misma fecha.)Decreto N° 2.505, mediante el cual se ajusta la base de cálculo para el pago del Cestaticket Socialista para los trabajadores y las trabajadoras que presten servicios en los sectores públicos y privados, a doce Unidades Tributarias (12 U.T.) por día, a razón de treinta (30) días por mes, pudiendo percibir hasta un máximo del equivalente a trescientas sesenta Unidades Tributarias (360 U.T.) al mes,...
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Decisión de Juzgado Quinto Superior Del Trabajo de Caracas, de 17 de Julio de 2014
... (AP21-S-2014-002497) ... PARTE OFERENTE: CESTATICKET, C.A., sociedad mercantil domiciliada en la ciudad de Caracas, inscrita en ... primero (1) de julio de dos mil catorce (2014), en la oferta Real de Pago presentada por la entidad de trabajo CESTATICKET, C.A., a favor de la ...
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Sentencia nº 29 de Tribunal Supremo de Justicia, Sala Plena, 21-06-2018
Trabajador Dependiente. Definición.
... estipula el pago de honorarios profesionales ” interpuesta por el abogado ... Oscar ... SALARIO: 92.000,00 Bs/mes. CESTATICKET: 800 Bs/día trabajado. SEGURO EN PERÚ: ... HCM Y SCTR. BOLETOS AÉREOS; ... - Decreto N° 2.867, mediante el cual se asignan recursos para el pago de gastos de personal, el incremento del Salario Mínimo Nacional, el ajuste del Cestaticket Socialista y de los Sistemas de Remuneraciones (Escala de Sueldos de los Funcionarios y Funcionarias y Tabulador Salarial de los Obreros y Obreras al servicio de la Administración Pública), así como las Pensiones del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) en sus diferentes contingencias, correspondientes al mes de mayo de 2017.
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Escenarios complicados de cálculos en la Ley de Cestaticket y en las prestaciones sociales LOTTT
El artículo aborda de forma sucinta, la propuesta de solución en materia de cálculos en casos complejos y/o conflictivos suscitados en el nuevo Decreto Ley del Cestaticket Socialista para los Trabajadores y Trabajadoras e igualmente casos complejos en supuestos de cálculo de prestaciones sociales para trabajadores con salario mixto cuando la parte fija cambia en cortos meses y finalmente pago de...
... ¿Qué ocurre con el trabajador que falta unos o varios días con relación al pago de los días de descanso y feriados? 4. Se modifica el 40% de proporcionalidad establecida en la Ley anterior. 5. ¿Procede la entrega del beneficio ... - Decreto N° 2.867, mediante el cual se asignan recursos para el pago de gastos de personal, el incremento del Salario Mínimo Nacional, el ajuste del Cestaticket Socialista y de los Sistemas de Remuneraciones (Escala de Sueldos de los Funcionarios y Funcionarias y Tabulador Salarial de los Obreros y Obreras al servicio de la Administración Pública), así como las Pensiones del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) en sus diferentes contingencias, correspondientes al mes de mayo de 2017. (Véase N° 6.299 Extraordinario de la GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, de esta misma fecha).
- Decreto N° 3.377, mediante el cual se autoriza la distribución de recursos adicionales con cargo al Presupuesto de Egresos del Gobierno del Distrito Capital, por la cantidad de tres mil doscientos veintisiete millones seiscientos catorce mil quinientos veinticinco Bolívares (Bs. 3.227.614.525), los cuales serán destinados a cubrir el incremento salarial del 58% del salario mínimo, sus incidencias y el ajuste del Cestaticket Socialista por aumento de la Unidad Tributaria, a fin de cumplir compromisos con las trabajadoras y trabajadores del Gobierno del Distrito Capital y el pago de los jubilados y pensionados.
- Decreto N° 2.545, mediante el cual se asignan recursos para el pago de gastos de personal, el incremento del Salario Mínimo Nacional, el ajuste del Cestaticket Socialista y de los sistemas de remuneraciones (escala de sueldos de los funcionarios y funcionarias y tabulador salarial de los obreros y obreras al servicio de la administración pública), así como las Pensiones del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (I.V.S.S.) en sus diferentes contingencias, correspondientes al mes de noviembre de 2016.- (Véase N° 6.271 Extraordinario de la GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, de esta misma fecha)
- Decreto N° 2.450, mediante el cual se asignan recursos para el pago de Gastos de Personal, el incremento del Salario Mínimo Nacional, el ajuste del Cestaticket Socialista y de los Sistemas de Remuneraciones (Escala de Sueldos de los Funcionarios y Funcionarias y Tabulador Salarial de los Obreros y Obreras al servicio de la Administración Pública), así como las Pensiones del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (I.V.S.S.) en sus diferentes contingencias, correspondientes al mes de septiembre de 2016.
- Decreto N° 2.450, mediante el cual se asignan recursos para el pago de Gastos de Personal, el incremento del Salario Mínimo Nacional, el ajuste del Cestaticket Socialista y de los Sistemas de Remuneraciones (Escala de Sueldos de los Funcionarios y Funcionarias y Tabulador Salarial de los Obreros y Obreras al servicio de la Administración Pública), así como las Pensiones del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (I.V.S.S.) en sus diferentes contingencias, correspondientes al mes de septiembre de 2016.- (Véase N° 6.253 Extraordinario de la GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, de esta misma fecha)
- Decreto N° 2.450, mediante el cual se asignan recursos para el pago de Gastos de Personal, el incremento del Salario Mínimo Nacional, el ajuste del Cestaticket Socialista y de los Sistemas de Remuneraciones (Escala de Sueldos de los Funcionarios y Funcionarias y Tabulador Salarial de los Obreros y Obreras al servicio de la Administración Pública), así como las Pensiones del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (I.V.S.S.) en sus diferentes contingencias, correspondientes al mes de septiembre de 2016.- (Véase N° 6.253 Extraordinario de la GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, de esta misma fecha).
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El Ejecutivo Nacional decretó el aumento del Ingreso Mínimo Mensual de los trabajadores en Venezuela a partir del 1° de mayo
I. Incremento del Cestaticket Socialista: ... En el artculo 1 del mencionado Decreto No. 4.805 el ... un monto inferior al establecido por el Decreto, quedara obligado al pago de las diferencias que se generen, sin perjuicio de las responsabilidades ...
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Decisión nº PJ0352014000124 de Juzgado Vigésimo Quinto De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo de Caracas, de 16 de Septiembre de 2014
... ASUNTO: AP21-S-2014-002497 ... PARTE OFERENTE: CESTATICKET, C.A ... APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE OFERENTE: ARIANA EMILIA CABRERA ... MOTIVO: DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO DE OFERTA REAL DE PAGO ... Recibido el presente asunto, a los fines de su sustanciación, previa ...
- Decreto N° 2.431, mediante el cual se asignan recursos para el Pago de Gastos de Personal, el incremento del Salario Mínimo Nacional, el ajuste del Cestaticket Socialista y de los Sistemas de Remuneraciones (escala de sueldos de los funcionarios y funcionarias y tabulador salarial de los obreros y obreras al servicio de la Administración Pública), así como las pensiones del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (I.V.S.S.) en sus diferentes contingencias, correspondientes al mes de agosto de 2016.- (Véase N° 6.251 Extraordinario de la GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, de esta misma fecha)
- Decreto N° 2.339, mediante el cual se asignan recursos para el pago de gastos de personal, el incremento del salario mínimo nacional, el ajuste del cestaticket socialista y de los sistemas de remuneraciones (escala de sueldos de los funcionarios y funcionarias y tabulador salarial de los obreros y obreras al servicio de la Administración Pública), así como el incremento de las pensiones del Instituto Venezolano de Los Seguros Sociales (I.V.S.S.) en sus diferentes contingencias, correspondientes al mes de junio 2016.-