Decisión de Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control LOPNA de Sucre (Extensión Cumaná), de 6 de Septiembre de 2005

Fecha de Resolución 6 de Septiembre de 2005
EmisorTribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control LOPNA
PonenteJessybell Bello Boada
ProcedimientoSobreseimiento Definitivo

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-S-2004-002262

ASUNTO : RP01-S-2004-002262

Visto y analizado minuciosamente el escrito presentado, por la Fiscal Sexta del Ministerio Público (E) Abg. D.R., mediante el cual solicita que de conformidad con lo estipulado en el artículo 318 numerales 2° del Código Orgánico Procesal Penal, sea decretado el Sobreseimiento Definitivo de la investigación que se le iniciara por uno de los delitos contra el orden público, al ciudadano xxxxxxx en perjuicio de la Colectividad; este tribunal para decidir observa:

PRIMERO

El hecho objeto de la presente investigación comenzó con ACTA POLICIAL cursante al folio 2, cuando funcionarios adscritos al Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre, brigada turística, realizando labores de supervisión por la avenida Carúpano, con destino hacia el comando general de policía, avistamos a varios ciudadanos los cuales nos indicaron que por el sector se encontraban unos sujetos intercambiado disparos, trasladándonos al lugar para verificar la situación donde se constató la veracidad del caso, logrando visualizar varios sujetos efectuándose disparos, los mismos al avistar la comisión policial emprendieron veloz carrera, luego uno de ellos se introdujo dentro de una vivienda, ubicada en sector de caigüire, calle campo alegre, procediendo a introducirnos dentro de la vivienda, logrando darle captura en unos de los cubículos del baño de dicha vivienda y procediendo a efectuarla revisión corporal , encontrándole adherida a su cuerpo y ropa a la altura de la cintura un arma de aire (facsimil),de color negro, marca MARKSMAN-REPEATER,BB, calibre 4.5 mm.177k igualmente logramos notar en su ropa una sustancia de color rojo pardo , presuntamente sustancia temática, de inmediato con la urgencia del caso lo trasladamos al hospital general de esta ciudad, donde los galenos de guardia le diagnosticaron fractura abierta IIIA CM1/3, medio del fémur izquierdo por proyectil de arma de fuego a consecuencia de haberse producido un enfrentamiento entre banda en el sector antes mencionado. Quedando identificado como xxxxxxxx.

SEGUNDO

La Representante del Ministerio Público alega como fundamento de su petición de sobreseimiento definitivo, por cuanto el hecho imputado no es típico, toda vez que el arma que le fue incautada al adolescente de autos, resultó ser un arma de juguete para niños, tipo facsimil, en acatamiento al Art. 561 literal D de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con el Art. 318 ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal, por considerar que el hecho no es típico.

TERCERO

De lo antes expuesto, cabe señalar, que la solicitud de Sobreseimiento Definitivo, presentada por la fiscal Sexta del Ministerio Público, es procedente, por lo que debe acordarse con lugar, conforme al numeral 2° del artículos 318 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con los artículos 537,561 literal “D” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Y así se decide.

DISPOSITIVA

Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara con lugar, el Sobreseimiento Definitivo solicitado por la Fiscal Sexta del Ministerio Público, al xxxxxxxxxx, en perjuicio de la Colectividad, por uno de los delitos contra el orden público. La presente decisión tiene su fundamento al numeral 2° del artículo 318 y del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 561 literal “D” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por remisión expresa del artículo 537 Ejusdem.

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