Decisión nº 6C-34115-04 de Tribunal Sexto de Control Los Teques de Miranda, de 29 de Octubre de 2004

Fecha de Resolución29 de Octubre de 2004
EmisorTribunal Sexto de Control Los Teques
PonenteRicardo E. Rangel Avilés
ProcedimientoAdmisibilidad De Querella

Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control N° 06, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, acuerda:

Primero

Se ADMITE la querella presentada por el ciudadano A.J.C.C., mediante el cual interpone acción en contra de la Sociedad Mercantil Fondo Común Banco Universal, C.A., domiciliada en Caracas, Distrito Capital, inscrita el 22/01/2001 por ante el Registro Mercal de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y estado Miranda, bajo el N° 17, tomo 10-A Pro, por la presunta comisión del delito de Usura, de conformidad con lo establecido en el artículo 296 del Código Orgánico Procesal Penal.-

Segundo

Se confiere la condición de parte querellante a la víctima ciudadano: A.J.C.C., titular de la cédula de identidad N° V-4.363.352, y la condición de querellado a la sociedad mercantil: Fondo Común Banco Universal, C.A., representado por la persona de su presidente S.H.B., domiciliada en Caracas, Distrito Capital, inscrita el 22/01/2001 por ante el Registro Mercal de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y estado Miranda, bajo el N° 17, tomo 10-A Pro, de conformidad con lo establecido en el artículo 296 ejusdem.-

Remítase la presente causa al Representante del Ministerio Público en su oportunidad legal de conformidad con lo establecido en el artículo 300 de la norma adjetiva penal.-

Notifíquense a las partes de conformidad con lo establecido en el único aparte del artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal.-

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