Decisión de Corte de Apelaciones de Apure, de 28 de Julio de 2016

Fecha de Resolución28 de Julio de 2016
EmisorCorte de Apelaciones
PonenteEdwin Antonio Espinoza Colmenares
ProcedimientoSe Admite, El Recurso De Apelación

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

CORTE DE APELACIONES

DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE

San F.d.A., 28 de julio de 2016

205° y 156°

CAUSA Nº 1Aa-2612-13

JUEZ PONENTE: E.E.C.

Corresponde a esta Alzada pronunciarse sobre la admisibilidad de la pretensión interpuesta el 26-8-2013, por el Abg. N.J.G.L., Fiscal Segundo del Ministerio Público, contra la decisión dictada el 12-8-2013, por la Jueza 2ª de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Abg. M.G.F., mediante la cual declaró Sin lugar la solicitud Fiscal de Desestimación de la denuncia presentada por el ciudadano C.J.M.G., en contra del ciudadano J.D.S., por la presunta comisión del delito de: Amenaza, previsto y sancionado en el artículo 175 del Código Penal. La Corte pasa a pronunciarse en los siguientes términos:

Por no configurarse ninguno de los supuestos de inadmisibilidad establecidos en el artículo 428 del Código Orgánico Procesal Penal, se admite la pretensión de conformidad con el artículo 442 eiusdem. Ahora bien la recurrente fundamentó legalmente la apelación de conformidad con el artículo 439 numeral 1º, pero esta Corte considera que encuadra en la causal prevista en el numeral 5º artículo 439, ibidem, por tratarse de una decisión que produjo gravamen irreparable al Ministerio Público, y así se admite.

Este Tribunal Superior se reserva el lapso establecido en el primer aparte del artículo 442 de la ley adjetiva penal, para resolver el fondo de la cuestión planteada.

LA JUEZA PRESIDENTA,

C.M.M.C..

EL JUEZ,

J.C.G.G..

EL JUEZ, (PONENTE)

E.E.C..

LA SECRETARIA,

K.L.

CMMC/JCGG/EEC/KL/jlsr.-

Causa N° 1Aa-2612-12

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