Decisión nº HG212015000057 de Corte de Apelaciones de Cojedes, de 9 de Marzo de 2015

Fecha de Resolución 9 de Marzo de 2015
EmisorCorte de Apelaciones
PonenteGabriel Ernesto España Guillen
ProcedimientoInadmisible La Acción De Amparo Constitucional

N° Expediente : HP21-O-2015-000006 N° Sentencia : HG212015000057 Fecha: 09/03/2015 Procedimiento:

Inadmisible La Acción De A.C.

Partes:

ACCIONANTE: ABOGADO H.P.H., EN SU CONDICIÓN DE DEFENSOR PRIVADO DEL CIUDADANO G.I.C.R. (IMPUTADO), ACCIONADO: JUZGADO DE CONTROL N° 01 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES.

Resumen:

DISPOSITIVA Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones, actuando en sede Constitucional, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la Acción de A.C. interpuesto por el ciudadano Abogado H.P.H., en su condición de Defensor Privado del ciudadano G.I.C.R. (Imputado), en fecha 06-03-2015, en contra del Juzgado de Control N° 01 de este Circuito Judicial Penal, de conformidad con lo establecido en el artículo 6 numeral 1 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Así se declara. Dada, firmada, sellada en Sala de Audiencias de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, actuando en sede Constitucional, a los Nueve (09) días del mes de M.d.D. mil Quince (2015). Año 204° de la Independencia, 156° de la Federación. M.H.J. PRESIDENTA DE LA CO.....

Juez/Ponente:

Gabriel Ernesto España Guillen

Organo:

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