Decisión de Juzgado del Municipio Arismendi de Sucre, de 20 de Septiembre de 2010
Fecha de Resolución | 20 de Septiembre de 2010 |
Emisor | Juzgado del Municipio Arismendi |
Ponente | Rafael Teodoro Castillo |
Procedimiento | Solicitud De Titulo Supletorio |
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO ARISMENDI
SEGUNDO CIRCUITO
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE
Río Caribe, 20 de Septiembre del 2010
200º y 151º
Parte Actora: L.M.M.D.E.
Motivo: Solicitud del Titulo Supletorio.
Tipo de Sentencia: Definitiva
Exp. Nº.133-2010
Visto el contenido del anterior escrito, presentado por la ciudadana: L.M.M.D.E., venezolana, mayor de edad, y titular de la Cédula de Identidad N° V-3.423.281, mediante el cual solicita un Título Supletorio a su favor sobre una casa, ubicada en la calle del sector N° 3 del Barrio 23 de Enero de esta ciudad de Río C.M.A.d.E.S., sobre terreno que se dice pertenecerle a la solicitante, el cual tiene una superficie de: trescientos cuarenta y siete metros cuadrados (347,00 M.2) y alinderado así: NORTE: con casa que es o fue de R.A.V. de González, en 42,22 mts; SUR: con casa que es o fue de G.M.V., en 42,22 mts; ESTE: su fondo con las faldas del cerro en 8.48 mts y OESTE: su frente con la calle del sector. 03 del 23 de Enero, en 7,88 mts; constante de cinco (05) habitaciones, un (01) salón, una (01) sala, recibo comedor, cocina, construida con paredes bloques de cemento frisado, techo de zinc y piso de cemento pulido, por un precio de Cuarenta Mil Bolívares Fuertes (Bs.40.000,00).
Ahora bien llenos como se encuentran, los extremos exigidos por los artículos 936 y 937 ambos del Código de Procedimiento Civil, para que prospere la solicitud de titulo supletorio, resulta forzoso declarar la procedencia de la misma y así se decide.
Por todas las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas este Juzgado del Municipio A.d.S.C. de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de Titulo Supletorio a favor de: L.M.M.D.E. previamente identificada en autos, DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS.
Publíquese, regístrese y expídase copia certificada.
Dado firmado y sellado en la sala del Juzgado del Municipio A.d.S.C. de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. En Río Caribe a los veinte (20) días del mes de septiembre del año dos mil diez (2010). 200° años de la Independencia y 151° años de la Federación.-
El Juez Provisorio,
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Abg. R.T.C.
El Secretario
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Abg. J.H.C.M.:
Nota: En la misma fecha de hoy: (20-09-10), a las 3:00 p.m., se cumplió lo anteriormente ordenado.-
El Secretario,
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Abg. J.H.C.M.
Exp.N°. 133-2010.
/j.c.