Decisión nº 1M-108-07 de Tribunal Segundo de Juicio Los Teques de Miranda, de 31 de Marzo de 2009

Fecha de Resolución31 de Marzo de 2009
EmisorTribunal Segundo de Juicio Los Teques
PonenteIndira Libertad Romero Mora
ProcedimientoSentencia Condenatoria

TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO

JUZGADO SEGUNDO ITINERANTE EXTENSIÓN LOS TEQUES

Corresponde a este Juzgado Mixto fundamentar la Sentencia Condenatoria, cuyo dispositivo fue pronunciado en forma unánime en fecha 03 de Marzo de 2009, una vez culminado el Juicio Oral y Público celebrado en la presente causa, conforme a lo dispuesto en el artículo 365 del Código Orgánico Procesal Penal, cumpliendo para ello con los requisitos exigidos en el artículo 364 ejusdem y en consecuencia, pasa a pronunciarse en los términos siguientes:

CAPÍTULO “I”

IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES

ACUSADOS: G.C.L.A., de nacionalidad venezolana, natural de Caracas Dtto Capital, donde nació el 07-03-83, de 26 años de edad, estado civil soltero, de profesión u oficio Comerciante, hijo de C.C. (V) y L.G. (V), residenciado en La Parroquia La Vega, Callejón El Esfuerzo, casa sin número, Caracas. Distrito Capital y titular de la cédula de identidad número V-17.560.688 y R.M.R.E., de nacionalidad venezolana, natural de Caracas Dtto. Capital, donde nació el 29-09-88, de 20 años de edad, de estado civil soltero, hijo de N.M. (V) y A.R.C. (V), de profesión u oficio obrero, residenciado en la Parroquia La Vega, Callejón El Esfuerzo, casa sin número, Caracas, Distrito Capital y titular de la cédula de identidad número V.-19.733.353.

DEFENSA: Dr. M.C., Defensor Público Penal Itinerante Penal del Estado M.E.L.T..

FISCAL: Dra. K.N.H.P., Fiscal Sexagésima Primera del Ministerio Publico del Área Metropolitana de Caracas, con comisión ampliada por la ciudadana Fiscal General de la República Dra. L.O.D., para actuar en el Estado Miranda.

VÍCTIMAS: MODESTINO SANTOSOUSSO ANTONIO y COVUCCIA ALBERTO.

ESACABINOS: D.J.P.S. Y M.L.P.D.P.

CAPÍTULO “II”

ENUNCIACIÓN DE LOS HECHOS OBJETO DE JUICIO

Consta en el Expediente, escrito de acusación presentado por el Dr. O.P.O., en su carácter de Fiscal Tercero del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en contra de los ciudadanos L.A.G.C. y R.E.R.M., por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos MODESTINO SANTOSOUSSO ANTONIO y COVUCCIA ALBERTO, la cual fue explanada en la audiencia de apertura del juicio oral y público, por la Dra. K.N.H.P., Fiscal Sexagésima Primera del Ministerio Publico del Área Metropolitana de Caracas, con comisión ampliada por la ciudadana Fiscal General de la República Dra. L.O.D., para actuar en el Estado Miranda, en los siguientes términos:

Buenas tardes, efectivamente en virtud de lo manifestado por el Tribunal el Ministerio Público, manifiesta que la pretensión actuando en representación de las victimas, es que escuchemos a los testigos promovidos en la fase inicial de la presente causa. El Ministerio Público, investigó por medio de los funcionarios de Polisalias que el día 03/08/2007, aproximadamente a las 3:00 de la tarde cuando se desplazaban en labores de patrullaje, en la avenida perimetral o la Avenida F.S., por donde está el Banco de Venezuela, fueron alertados por un grupo de trabajadores que les manifestaron que los dueños de esa empresa, habían sido robados, pero que los autores del delito iban abordando una unidad de trasporte público, estos funcionarios interceptan dicha unidad arrestando a los acusados G.C.L.A. y R.M.R.E., a quienes amparados en la Ley, les hacen la revisión corporal y encuentran evidencia de interés criminalístico, donde se evidencia que despojaron al ciudadano COVUCCIA ALBERTO y MODESTINO SANTOSUSS0 y por ser día viernes, les correspondía pagar la nómina de estos ciudadanos, los sometieron contra el piso alertando que no subieran la cabeza, ni que se movieran, se llevaron el dinero de la nómina que tenían que pagar a los empleados, alertaron a los funcionarios policiales y levantaron el acta de aprehensión policial. El Ministerio Público, tiene la carga de la prueba y debe demostrar que esos hechos ocurrieron de esta manera y que son responsables los ciudadanos presentes en sala, el funcionario Á.A. es el que hizo el reconocimiento de los billetes y pertenencias, que despojaron a las víctimas, el desgaste que tienen las cosas incautadas por la aprehensión flagrante de los ciudadanos en sala, el testimonio de los funcionarios de Polisalias, los ciudadanos Maikelin Romero y J.C.; también aspira el Ministerio Público que sean evacuadas las víctimas, ya que fueron estos los ciudadanos que soportaron que se llevaran la nómina y los objetos que le pertenecían, en el mismo sitio reconocieron a los ciudadanos y reconocieron todas sus pertenencias y en caso de confirmar lo dicho y si el Ministerio Público demuestra lo manifestado en sala, solicitará la sentencia conforme a derecho, por el delito de Robo Agravado 458 de la Ley Sustantiva Penal, en la aprehensión para sorpresa de todos y lo que es común en el día a día, es que los que fueron victima de este delito, no fueron robados con un arma de fuego como tal, era un facsímil, con apariencia de ser un arma real y la victima no sabe como identificar si era un arma real, el Tribunal Supremo de Justicia, considera que a pesar que esta arma no va a matar a nadie, hace que ésta victima tenga miedo porque le van a causar la muerte o lo van agredir, por lo que ajustado a derecho es considerar éste delito con la calificación de Robo Agravado, esta calificación de los hechos podrá desvirtuarse o confirmarse durante el desarrollo del presente proceso y de conformidad con los principios de inmediación y publicidad, espera evacuar los mismos y obtener una sentencia justa. Es todo.

Una vez presentados los argumentos que sustentan el acto conclusivo de proponer la correspondiente acusación por parte de la Representación del Ministerio Público, procedió el Dr. M.C., Defensor Público Penal Itinerante Penal del Estado M.E.L.T., en su carácter de defensora de los acusados L.A.G.C. y R.E.R.M., a contestar la misma alegando entre otras cosas lo siguiente:

Buenas tardes, la Defensa se opone a la pretensión realizada por el Ministerio Público, en relación al facsímil que es objeto de la acusación del Ministerio Público, la defensa insiste en la inocencia de los acusados de sala, ya que están amparados por el principio de presunción de inocencia, de que toda persona es inocente hasta que se pruebe lo contrario y siendo así, en base a estos principios, será la Fiscal del Ministerio Público la que tendrá la carga de la prueba, la que tendrá que desvirtuar la presunción de inocencia, veremos en el desarrollo del Juicio Oral y Público, todos los órganos de prueba a los fines de observar y escuchar los mismos, motivo por el cual se le solicita a los escabinos que presten la mayor atención, a los fines de que les sea aplicada una justicia justa a estos ciudadanos, la defensa alega el principio de la comunidad de la prueba a los fines de preguntar y repreguntar los órganos de prueba promovidos por el Ministerio Público. Es todo.

Conforme a la narración que de los hechos efectuara la Dra. K.N.H.P., Fiscal Sexagésima Primera del Ministerio Publico del Área Metropolitana de Caracas, con comisión ampliada por la ciudadana Fiscal General de la República Dra. L.O.D., para actuar en el Estado Miranda y que fueron base para que el Dr. O.P.O., Fiscal Tercero del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, arribara al acto conclusivo de proponer la correspondiente acusación y efectuados igualmente los descargos por el Dr. M.C., Defensor Público Penal Itinerante Penal del Estado M.E.L.T., en su carácter de defensora de los acusados L.A.G.C. y R.E.R.M., fueron presentados los siguientes elementos de prueba, debatidos en el acto del Juicio Oral y Público, con plena observancia de todos los Derechos y Garantías consagrados tanto en los Principios establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal, así como en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, de los cuales se realizará un breve resumen, a los fines de determinar con precisión los hechos comprobados en dicho acto.

Acto seguido, fue impuesto el acusado L.A.G.C., de sus derechos consagrados en el artículo 125 del Código Orgánico Procesal Penal y del contenido del artículo 49 Ordinal 5º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, explicándosele en palabras claras y sencillas el hecho que se les atribuye, quien manifestó al Tribunal Mixto, su deseo de rendir declaración y en consecuencia expuso:

Yo resido en Caracas, Parroquia La Vega, sector Los Paraparos, soltero, tengo tres (3) hijos, soy comerciante, ante todo, buenas tardes a todos los presentes, lo que pasó ese día 03/08/2007, fue lo siguiente: Yo tengo un negocio propio, estaba con el joven Elisaul, el negocio estaba legal, algo informal pero estaba todo por registrarse, le dije que íbamos a trabajar hasta las diez y media de la mañana, íbamos a ver un local comercial en los castores para montar un negocio de comida rápida, un local que me había recomendado mi tía, yo fui a visitarlo, salí como a las once (11:00 a.m.) de la mañana, llegamos como a la una (1) de la tarde, fuimos a ver el punto, lo hicimos un día viernes ya que es el día donde hay mas movimiento de clientes, nos comimos una hamburguesa, no nos pudimos entrevistar con la dueña del local, luego se nos hizo las dos (2:00 p.m.) de la tarde cuando llegamos a la Cascada, estábamos cerca de la parada del autobús, duramos en la parada como diez minutos nos metimos en el autobús, cancelamos el pasaje y duramos en el autobús como diez minutos, después que el autobús arrancó se montaron dos policías uno con el arma de fuego en la mano, ellos nos ven nerviosos, nos pusimos nervioso porque tenían el arma en la mano apuntando, ellos nos bajan del autobús, nos esposaron, no me dijeron porque me esposaban, me despojan de mi teléfono, koala, yo sigo forcejeando con ellos y a mi me lanzaron en el Jeep, entre dos funcionarios de polimiranda, a mi compañero lo montaron en otro carro. Ellos me enseñan un bolso negro, llegaron unos señores y no conozco a esos señores ni de vista, duramos detenidos en la Comandancia de Polisalias dos días, tenemos 20 meses detenidos, no sabemos porque estamos detenidos somos padres de familia, lo que paso ese día fue eso exactamente y no sabemos porque estamos aquí, yo no conozco a nadie, es primera vez que estuve por esa parte y las veces que he laborado, fue en ese tipo de comercio de venta de comida rápida, de cinco hermanos tres trabajamos en comida rápida y ellos son gerentes en varios de ellos, eso fue lo que paso ese día.

Seguidamente, la defensa de los acusados L.A.G.C. y R.E.R.M., pasa a interrogar de la siguiente manera:

PRIMERA PREGUNTA: ¿Cuál fue el motivo de tu visita a la ciudad de San A.d.L.A.? Respuesta: Fui al Centro Comercial de Los Castores, a ver un local, me dijeron que habían locales comerciales libres y que se podía hacer negocio, eso fue lo que hicimos en ese momento. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Tenían algún puesto para ese momento? Respuesta: En una licorería, yo empecé como vendedor, en la comunidad donde yo vivo vendía víveres, jugos, agua, trabajaba con la licorería, había sido todo registrado y para ese momento tenía todo constituido, a eso me dedicaba. TERCERA PREGUNTA: ¿Cuándo te trasladas a San Antonio, que objetos tenías encima? Respuesta: El teléfono, un Koala negro, unas facturas y el efectivo que tenía encima, mas nada. CUARTA PREGUNTA: ¿Entre la 1 y las 3 de la tarde, recuerda que hicieron? Respuesta: A la una estábamos en el Centro Comercial Los Castores, llegamos a la una, el se quedó sentado, como a las dos, dos y medias ya habíamos salido. QUINTA PREGUNTA: ¿El autobús lo esperaron en dónde? R: En la parada legal, la que está en Los Castores. SEXTA PREGUNTA: ¿De dónde los funcionarios pararon el autobús, que tiempo paso? Respuesta: Un minuto a minuto y medio. SÉPTIMA PREGUNTA: ¿El recorrido fue corto? Respuesta: Si. OCTAVA PREGUNTA: ¿Cuándo se montaron en el autobús, observaron que tenía poca o mucha gente? Respuesta: Prácticamente estaba vacío, el autobús esperó como diez minutos, había alrededor de 2 o 3 personas. NOVENA PREGUNTA: ¿Cómo era el autobús? Respuesta: Un autobús grande, con capacidad de los autobuses grande. DÉCIMA PREGUNTA: ¿Cuándo los policías paran el autobús, como sabes que eran policías? Respuesta: Estaban uniformados y sacaron el arma cuando entraron al autobús, uno se quedo adelante y el otro llego hasta el final. DÉCIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿Uno recorrió el autobús o se dirigió a ti? Respuesta: Nos apuntó el que estaba parado adelante, me apunto, yo levanté las manos, le entregue el Koala y me colocaron contra una cerca. DÉCIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Mientras ustedes estaban sentados, podían visualizar si habían otras personas? R: Sí, nosotros estábamos en el tercer puesto y había gente detrás de nosotros. DÉCIMA TERCERA PREGUNTA: ¿La puerta de atrás estaba abierta o cerrada? Respuesta: Estaba cerrada, yo veía hacia adelante no me fije si la abrieron al momento. DÉCIMA CUARTA PREGUNTA: ¿Fuera del autobús los funcionarios le leyeron sus derechos o garantías? R: En ningún momento, ellos nos colocaron las manos en la cabeza y nos preguntaban por que habíamos hecho eso, que en San Antonio no se podía robar, fue cuando llegaron otros policías. DÉCIMA QUINTA PREGUNTA: ¿Cuándo los baja la policía a ustedes dos y lo pegan contra la cerca, es en ese momento que los requisaron? Respuesta: Sí, el que tenía el arma. DÉCIMA SEXTA PREGUNTA: ¿Qué te incautó? Respuesta: Las cosas mías, el teléfono, el dinero, el cargador, el Koala, yo tenia como 500 a 540 mil bolívares, no se si es que lo ligaron con el dinero de mi compañero y una factura de un cliente. DÉCIMA SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Qué tiempo pasó cuando llegaron las personas que fungen como víctima? Respuesta: No sabría decir, abajo es que me dicen quienes son las victimas, en un cruce y me dijeron esas dos personas que van en esa camioneta son las victimas, nos llevaron en dos camionetas distintas. DÉCIMA OCTAVA PREGUNTA: ¿Hubo otras personas que observaron la aprehensión? R: Sí, había gente que llegaba a ver lo que pasaba, yo me resistí porque no me dijeron que estaba pasando. DÉCIMA NOVENA PREGUNTA: ¿En las actuaciones dicen que había un bolso? Respuesta: En la unidad cuando me llevaban, fue que me dijeron que había un bolso y me preguntaban porque hiciste eso, yo dije que no había hecho nada. Eso es todo.

Acto seguido, la representante del Ministerio Público pasa a interrogar de la siguiente manera:

PRIMERA PREGUNTA: ¿Cómo se llama su negocio? Respuesta: Comercial Primero de mayo, es una confitería, le gano más a la pepsi cola y a la coca cola, yo les vendo a las Bodegas. SEGUNDA PREGUNTA: ¿En qué sector trabaja? R: En la Vega. TERCERA PREGUNTA: ¿Qué estabas haciendo en los castores? Respuesta: Mi tía me dijo que viera un local, porque ella come en la calle y vio un local que podía servirme para montar mi negocio. CUARTA PREGUNTA: ¿Conoces San Antonio? R: No, el chofer me dijo que era más allá del elevado de San Antonio. QUINTA PREGUNTA: ¿Dónde comiste? Respuesta: En un local de hamburguesas, creo que se llama hamburguesa a la parrilla, ese local queda en el Centro Comercial Los Castores. SEXTA PREGUNTA: ¿Cuándo llegó a San Antonio observó que el Centro Comercial Los Castores quedaba más adelante o más atrás del elevado? Respuesta: Pasamos una Panadería, creo que a la altura del mismo elevado. SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Dónde queda la parada? Respuesta: Cruzas la calle, yo Salí del Centro Comercial, le pregunte donde quedaban las camionetas que van hacia la Cascada y me monté en el autobús. OCTAVA PREGUNTA: ¿Dónde iba el autobús? R: Por donde estaba la cerca del local que dijeron que habían robado. NOVENA PREGUNTA: ¿En que sitio se sentaron? Respuesta: Como en el tercer puesto del lado del chofer. DÉCIMA PREGUNTA: ¿A quién mas bajaron? Respuesta: No noté si bajaron otras personas porque andaba preocupado. DÉCIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿Sabe cuál es la empresa que robaron? Respuesta: No, lo vi en el escrito. DÉCIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Antes de qué tú subieras a la unidad estaba más o menos vacía? Respuesta: La unidad esperó como 10 minutos. DÉCIMA TERCERA PREGUNTA: ¿Desde que se subieron ustedes, hasta que llegaron los funcionarios se montaron dos o más ciudadanos? Respuesta: No recuerdo iba entretenido. DÉCIMA CUARTA PREGUNTA: ¿Cuándo viste el bolso? Respuesta: Cuando iba detenido. DÉCIMA QUINTA PREGUNTA: ¿Cómo era el bolso? Respuesta: Era negro, vi como un tubo, unos papeles, yo le decía que lo mío era mi Koala, el cargador del teléfono y mi dinero. DÉCIMA SEXTA PREGUNTA: ¿Qué tenía su compañero? R: El sueldo, yo le pagaba 200 mil bolívares. DÉCIMA SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Cuánto costaba la hamburguesa? R: Doce mil bolívares más 5000 bolívares de un refresco. DÉCIMA OCTAVA PREGUNTA: ¿Dices que los pegaron de la cerca donde decían que los habían robado? Respuesta: Sí, había una multitud de gente gritando. DÉCIMA NOVENA PREGUNTA: ¿Qué gritaba la gente? Respuesta: Es difícil decir que alguien estaba robando, no puedo decir que alguien dijo eso. VIGÉSIMA PREGUNTA: ¿Cuál es el nombre de la empresa que le pagó una factura de 500.000,00 Bolívares? R: Eran 494.000,00 Bolívares, algunos negocios son legales, otras son en casa. VIGÉSIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿La que te pago es una casa de una señora? R: Sí, una que vive en los Paraparos en la Vega. VIGÉSIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Ha tenido problemas con funcionarios? Respuesta: No. VIGÉSIMA TERCERA PREGUNTA: ¿Puede describir al funcionario que lo apuntó? Respuesta: Ni idea, era fuerte, cuadrado, frentón, con pinchos, ojos grandes y el otro funcionario era mas bajo, moreno, si los veo los reconozco. VIGÉSIMA CUARTA PREGUNTA: ¿Recuerda que funcionario los detuvo y cual a su compañero? R: Los funcionarios que estaban de gris se llevaron a mi compañero a Polisalias. VIGÉSIMA QUINTA PREGUNTA: ¿Observó gritos en la cerca que estaba más adelante? Respuesta: No, normal. Es todo.

Con posterioridad, la Escabino M.P., procediendo a preguntar lo siguiente:

PRIMERA PREGUNTA: ¿Qué dinero transporta normalmente cuándo va de un lado a otro? Respuesta: Lo que necesite y había cobrado una factura, venía a San Antonio y estaba empezando, no podía derrochar el dinero. Es todo.

Acto seguido, fue impuesto el acusado R.E.R.M., de sus derechos consagrados en el artículo 125 del Código Orgánico Procesal Penal y del contenido del artículo 49 Ordinal 5º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, explicándosele en palabras claras y sencillas el hecho que se les atribuye, quien manifestó al Tribunal Mixto, su deseo de rendir declaración y en consecuencia expuso:

““Yo trabajaba para él, yo lo acompañé a San Antonio, como a las once de la mañana, llegamos a San Antonio y regresamos como a las dos de la tarde, él le preguntó algo a varios dueños de las tiendas, almorzamos, en lo que salimos cruzamos la calle, nos subimos al autobús, duramos como diez minutos para subir no duro ni cinco minutos después que salieron, empezaron a decirnos que porque habíamos robado, a mi me trasladaron en una patrulla de polimiranda, no supe nada mas de él hasta que nos llevaron a Polisalias. Es todo.”

Seguidamente, la defensa de los acusados L.A.G.C. y R.E.R.M., pasa a interrogar de la siguiente manera:

PRIMERA PREGUNTA: ¿Qué tiempo tiene conociendo a L.C.? R: 2 o 3 años. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Viven cerca? Respuesta: Son vecinos. TERCERA PREGUNTA: ¿Qué actividad realizabas? R: Entregaba los pedidos. CUARTA PREGUNTA: ¿Cuándo fue el primer momento en que te encontraste con Luís? Respuesta: A primera hora de la mañana, baje de mi casa. QUINTA PREGUNTA: ¿Cuánto le pagaban? Respuesta: 200 mil bolívares semanales. SEXTA PREGUNTA: ¿Ese día era viernes el te canceló algo? R: Sí, el me canceló 200 mil bolívares. SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Qué hiciste después que el te canceló? R: Me fui a mi casa y subí con los 200 mil bolívares. OCTAVA PREGUNTA: ¿A qué hora llegaste a San Antonio? Respuesta: Como a las dos de la tarde. NOVENA PREGUNTA: ¿De donde saliste? R: De la Vega al Nuevo Circo y de allí a San Antonio. DÉCIMA PREGUNTA: ¿Cuánto tiempo duraste en el Centro Comercial? R: Como una hora, nos comimos unas hamburguesas. DÉCIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿De donde agarran la camioneta, hacia dónde se dirigía? Respuesta: Hacia el Centro Comercial La Cascada. DÉCIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Era una unidad tipo camioneta o autobús? Respuesta: Era autobús de dos puertas. DÉCIMA TERCERA PREGUNTA: ¿De qué color? Respuesta: Azul con Blanco. DÉCIMA CUARTA PREGUNTA: ¿En qué lugar se sentaron? Respuesta: 3 puestos detrás del chofer. DÉCIMA QUINTA PREGUNTA: ¿Cuántas personas observaron que se montaron? Respuesta: Como 15 o 20 personas, el autobús se mantuvo como quince minutos en la parada. DÉCIMA SEXTA PREGUNTA: ¿Cuánto tiempo dura el recorrido cuando arrancó el autobús? Respuesta: Como 5 minutos y se subieron los policías. DÉCIMA SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Cuántos funcionarios? Respuesta: Dos. DÉCIMA OCTAVA PREGUNTA: ¿Qué hicieron los funcionarios? Respuesta: Nos dijeron que nos bajáramos, como una redada, el autobús arrancó. DÉCIMA NOVENA PREGUNTA: ¿Los funcionarios los apuntaron o los dos? R: Uno, el que se montó. VIGÉSIMA PREGUNTA: ¿Quienes se bajaron del autobús? Respuesta: Nosotros y se bajaron como 3 personas, después el autobús arrancó y nos dijeron que habíamos robado y nosotros no habíamos robado a nadie. VIGÉSIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿Los funcionarios le leyeron los derechos? Respuesta: Nos pegaron contra la pared no nos dijeron nada. VIGÉSIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Los requisaron? Respuesta: Sí, me quitaron la cartera y elementos personales. VIGÉSIMA TERCERA PREGUNTA: ¿Qué le incautaron a tu compañero? Respuesta: La cartera. VIGÉSIMA CUARTA PREGUNTA: ¿Dice que los trasladaron a cada uno en diferentes unidades, había una sola unidad o varias? R: A mí me subieron en una de Polimiranda, no se que paso con él. VIGÉSIMA QUINTA PREGUNTA: ¿Cuánto tiempo transcurrió hasta que llegó Luís? R: Cómo 10 minutos. VIGÉSIMA SEXTA PREGUNTA: ¿Cuándo estaban parados que los tenían contra la cerca quienes estaban? R: Las personas que ¿dejaron ir. VIGÉSIMA SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Tienen antecedentes penales? R: No. VIGÉSIMA OCTAVA PREGUNTA: ¿Has sido detenido en redadas? Respuesta: No. Es todo.

Acto seguido, la representante del Ministerio Público pasa a interrogar de la siguiente manera:

PRIMERA PREGUNTA: ¿Qué edad tenía para cuando ocurrieron los hechos? Respuesta: 18 años. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Sus familiares acudieron a interponer denuncia en contra de los funcionarios? Respuesta: No se. TERCERA PREGUNTA: ¿De qué sexo o características eran las 3 o 4 personas? Respuesta: Una mujer y dos hombres. CUARTA PREGUNTA: ¿Quién pagó las hamburguesas? Respuesta: Mi causa. QUINTA PREGUNTA: ¿Le quitaron el dinero? Respuesta: Sí. SEXTA PREGUNTA: ¿Sabe cuánto dinero tenía el ciudadano? Respuesta: No. SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Desde que llegó a la unidad de transporte, observó alguna actitud extraña o sospechosa? Respuesta: Todo normal. OCTAVA PREGUNTA: ¿Usted observó mientras duró la aprehensión, vio algún bolso o algún objeto que lo hayan señalado como robado? R: Los policías nos preguntaron que donde estaba la pistola y que nos habíamos robado. NOVENA PREGUNTA: ¿Cómo era el bolso? Respuesta: Un bolso negro. DÉCIMA PREGUNTA: ¿Pusieron todo en la mesa? R: Los documentos y unos sobres. DÉCIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿Qué había en esos sobres? Respuesta: Dinero. DÉCIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Usted sabe cual fue la victima? Respuesta: No, ni se cual es la empresa. DÉCIMA TERCERA PREGUNTA: ¿Qué hacían los obreros? Respuesta: Trabajar en una constructora. DÉCIMA CUARTA PREGUNTA: ¿Qué distancia hay del Centro Comercial a la parada? R: El cruce de la calle nada más. DÉCIMA QUINTA PREGUNTA: ¿Cuánto tiempo duró el autobús en la parada? R: De diez a quince minutos. Es todo.

Con posterioridad, la Escabino M.P., procediendo a preguntar lo siguiente:

PRIMERA PREGUNTA: ¿Cuándo los bajan los funcionarios de la unidad que actitud tuvieron? R: Una actitud sorprendente, me puse nervioso. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Por qué? Respuesta: Todos se pusieron nerviosos, porque nos mandaron a bajarnos del autobús. Es todo.

Igualmente, la ciudadana Juez pasa a interrogar de la siguiente manera:

PRIMERA PREGUNTA: ¿Ustedes se resistieron al procedimiento Policial? Respuesta: No. Es todo.

Con posterioridad a que los acusados manifestaran lo que a bien tuvieron, de conformidad con lo establecido en el artículo 347 del Código Orgánico Procesal Penal, fueron llamados a declarar los testigos promovidos por la Representante del Ministerio Público y por la Defensa en el Proceso, quienes depusieron el conocimiento que tuvieron de los hechos, en los siguientes términos:

En primer lugar, declaró el ciudadano COVUCCIA ALBERTO, quien estando legalmente juramentado, de conformidad con lo establecido en los artículos 355 y 356 del Código Orgánico Procesal Penal, expuso:

Estaba yo y mi socio en la oficina, de repente entraron dos hombres, pensé que querían buscar trabajo, pero nos pusieron boca abajo en el piso, me amarraron, nos revisaron los bolsillos, nos amarraron en la parte de atrás eso fue lo que pasó, pasaron 10 o 15 minutos y cuando vieron que la puerta de la oficina estaba cerrada, se acercaron a la oficina los obreros y nos soltaron. Eso fue lo que me pasó a mí. Es todo.

Acto seguido, la representante del Ministerio Público pasa a interrogar de la siguiente manera:

PRIMERA PREGUNTA: ¿Cuándo pasó los hechos? Respuesta: Un viernes, como a las dos o tres de la tarde, yo estaba preparando la nómina, creo que en el mes de agosto, no recuerdo el día. SEGUNDA PREGUNTA: ¿A quién le iba a pagar? R: A los trabajadores que estaban con nosotros. TERCERA PREGUNTA: ¿Cuántos obreros habían en la obra en aquella oportunidad? Respuesta: Como diez. CUARTA PREGUNTA: ¿Esta oficina tiene acceso desde la calle? Respuesta: De la calle tiene una cerca que da acceso. QUINTA PREGUNTA: ¿Desde la cerca a la puerta que distancia hay? Respuesta: 30 o 40 metros. SEXTA PREGUNTA: ¿Para llegar allí entra por la puerta principal? R: No. SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Cuántas personas lo sometieron con su socio? Respuesta: Dos. OCTAVA PREGUNTA: ¿Ambos eran masculinos? Respuesta: Sí ambos. NOVENA PREGUNTA: ¿Vio dos personas que parecía que iban a buscar trabajo? R: Sí, y una tenía algo en la cintura. DÉCIMA PREGUNTA: ¿Cuándo ellos llegaron que hicieron? Respuesta: Ellos me dijeron, que nos pusiéramos boca abajo, nos amarraron con cable y a mi compañero también, con el material que estaba dentro de la oficina. DÉCIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿Qué tiempo duró esa acción, desde que los metieron a la oficina y los amordazaron? Respuesta: Como 10 o 15 minutos. DÉCIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Le revisaron los bolsillos? R: Si la cartera, todos los bolsillos. DÉCIMA TERCERA PREGUNTA: ¿Qué más se llevaron? Respuesta: Una bomba de achique; una cinta métrica, la nómina, estaba el dinero metido en sobres con el nombre de cada obrero. DÉCIMA CUARTA PREGUNTA: ¿Dejaron algo o se llevaron todo? Respuesta: Como tres (3) millones y algo. DÉCIMA QUINTA PREGUNTA: ¿Usted sabe en que transportaron la Bomba? R: Un morral, un bolso, algo. DÉCIMA SEXTA PREGUNTA: ¿Recuerda el color? Respuesta: No, no recuerdo, eso fue en segundos. DÉCIMA SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Uno tenía algo metido por la cintura? Respuesta: Una pistola y en la parte de afuera del galpón consiguieron una pistola de juguete. DÉCIMA OCTAVA PREGUNTA: ¿Recuerda el color de la camisa de la persona? Respuesta: No. DÉCIMA NOVENA PREGUNTA: ¿Eran viejos o jóvenes? Respuesta: Jóvenes. VIGÉSIMA PREGUNTA: ¿Consiguieron los documentos solos o con alguna persona? Respuesta: No se. VIGÉSIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿Dónde estaba usted, cuándo llegó la policía? Respuesta: Yo Salí, estaba nervioso. VIGÉSIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Puso la denuncia? Respuesta: Sí. VIGÉSIMA TERCERA PREGUNTA: ¿Qué decía la denuncia? R: No recuerdo, eso fue hace un año y medio. Es todo.

Seguidamente, la defensa de los acusados L.A.G.C. y R.E.R.M., pasa a interrogar de la siguiente manera:

“PRIMERA PREGUNTA: ¿A cuánto ascendía la nómina de los obreros? Respuesta: De 280.000,00 o 300.000,00 bolívares por obrero. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Cuánto era el total de la nómina? Respuesta: Como 3 millones. TERCERA PREGUNTA: ¿Cuándo usted estaba con su socio, exactamente en que lugar estaba? Respuesta: En la puerta de la oficina. CUARTA PREGUNTA: ¿De ese lugar a dónde están los trabajadores que distancia hay? Respuesta: Como 40 metros. QUINTA PREGUNTA: ¿De allí a dónde estaba se podía observar lo que estaba pasando? R: Depende, si alguien pasaba. SEXTA PREGUNTA: ¿Usted pudo observar de donde venían las personas que lo abordaron? Respuesta: Al entrar pensé que estaban buscando trabajo. SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Alguna persona aparte de los obreros y su socio, es decir, alguna otra persona sabia que usted cancela la nómina de los trabajadores? R: No, todo el mundo que trabaja allí sabe que cobra los viernes. OCTAVA PREGUNTA: ¿De dónde sacan el dinero de pago de los trabajadores? Respuesta: Yo y mi socio. NOVENA PREGUNTA: ¿A qué banco se dirigieron? R: Banco de Venezuela de San A.d.L.A.. DÉCIMA PREGUNTA: ¿Qué tiempo estuvo usted maniatado con su socio? Respuesta: Diez minutos, en esos momentos no mides el tiempo, algo así. DÉCIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿Quién se dio cuenta de que la puerta estaba cerrada? Respuesta: El encargado de la obra J.S.. DÉCIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Qué hizo después que lo desamarraron? Respuesta: Me quedé allí en el galpón. DÉCIMA TERCERA PREGUNTA: ¿Usted recuerda las características de las personas que los sometieron? Respuesta: “Yo las vi sólo cuando entraron. DÉCIMA CUARTA PREGUNTA: ¿Si la ve podría señalarlos? R: No, el contacto fue muy poco. DÉCIMA QUINTA PREGUNTA: ¿Cuándo llegó a la Jefatura vio a los que los robaron? Respuesta: No. DÉCIMA SEXTA PREGUNTA: ¿Usted reconocería a los que los robaron? Respuesta: No, eso fue muy rápido.”

Con posterioridad, la Escabino M.P., procediendo a preguntar lo siguiente:

PRIMERA PREGUNTA: ¿La pistola la ve de lado o en frente? R: Cuando se me acercaron, el se levantó la camisa y me enseño la pistola. Es todo.

Con posterioridad se llamó a rendir declaración al ciudadano MODESTINO SANTOSOUSSO ANTONIO, quien estando legalmente juramentado, de conformidad con lo establecido en los artículos 355 y 356 del Código Orgánico Procesal Penal, expuso:

Aproximadamente, hace un año y medio, un día viernes entre dos y tres de la tarde, fuimos víctimas de un robo, estaba conversando con mi socio en la obra que estábamos realizando en San A.d.L.A., en una oficina de campo que estaba en el sitio, fuimos sorprendidos por unos individuos que nos mostraron unas presuntas armas, nos quitaron las pertenencias, nos preguntaron por la nómina, luego nos ataron, nos dijeron que no nos moviéramos, ni que hiciéramos ruido, cerrando la puerta que no tenía ningún tipo de cerradura, al poco tiempo llegaron unos obreros a auxiliarnos, le indicamos a los obreros que nos habían robado y nos dijeron que habían unos agentes; nos enseñaron unas pertenencias de nosotros, unos sobres de nómina y la cinta métrica, lo cual identificamos como nuestras pertenencias y que para recuperar las mismas, teníamos que acercarnos a la sede de la Policía de los Salias. Es todo.

Acto seguido, la representante del Ministerio Público pasa a interrogar de la siguiente manera:

PRIMERA PREGUNTA: ¿Cómo se llama su socio? R: A.C.. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Habían otras personas? Respuesta: Nuestros obreros, a una distancia relativamente de 30 a 40 metros. TERCERA PREGUNTA: ¿Podían entrar desde la calle o de la quebrada que esta por la parte de atrás? R: Es posible. CUARTA PREGUNTA: ¿Qué vio cuando venían? Respuesta: Venían dos personas con un bolso, vi unas armas y nos mandaron a acostar en el piso. QUINTA PREGUNTA: ¿Estas personas eran de mucha edad? R: Eran personas jóvenes. SEXTA PREGUNTA: ¿Cómo estaban vestidas? R: No recuerdo nada. SÉPTIMA PREGUNTA: ¿De qué color era el Bolso? Respuesta: Negro. OCTAVA PREGUNTA: ¿Cómo era el arma? Respuesta: Una de las armas era como plateada. NOVENA PREGUNTA: ¿Recuerda el color de la camisa de la persona? Respuesta: No. DÉCIMA PREGUNTA: ¿Qué pasó cuándo vieron las armas? Respuesta: Nos mandaron al piso, nos dijeron no nos mires, nos preguntaron donde estaba la nómina, la que teníamos en una gaveta en el escritorio. DÉCIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿Qué más le preguntaron? Respuesta: Nos decían que nos quedáramos tranquilos, nos pusieron las manos detrás de la cabeza y nos maniataron con cables que estaban allí mismo en la oficina, cables de equipos eléctricos, de computadoras y otros cables. DÉCIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Recuerda que tiempo estuvieron maniatados, cuánto tiempo transcurrió? Respuesta: No se decirle, como 5 minutos. DÉCIMA TERCERA PREGUNTA: ¿Sabe dónde se llevaron las pertenencias u objetos? Respuesta: En un bolso. DÉCIMA CUARTA PREGUNTA: ¿Es el mismo bolso que trajeron? Respuesta: En el momento, ni siquiera sabía que se habían llevado la bomba de achique, lo vi en la calle. DÉCIMA QUINTA PREGUNTA: ¿Dónde estaba? Respuesta: Con la policía y los detenidos. DÉCIMA SEXTA PREGUNTA: ¿Este bolso de que color era? Respuesta: Negro. DÉCIMA SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Además de los detenidos y sus pertenencias vio el dinero? Respuesta: vi. los sobres de la nómina, esos estaban en la oficina en sobres, con los nombres de los obreros. DÉCIMA OCTAVA PREGUNTA: ¿Ese dinero estaba en la oficina antes de que ellos ingresaran? Respuesta: Sí, se los llevaron estos sujetos. DÉCIMA NOVENA PREGUNTA: ¿Usted cuando sale a la calle que ve? Respuesta: Me acompañó un obrero, de los que agarraron las cosas que me robaron y me enseñan el bolso, y si eran nuestras pertenencias. VIGÉSIMA PREGUNTA: ¿Cuánto dinero se llevaron? Respuesta: Como 3 millones de Bolívares, después de unos meses recuperamos los objetos y el dinero. VIGÉSIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿Cómo supo la Fiscal que los objetos les pertenecían? Respuesta: Por la declaración de nosotros. VIGÉSIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Usted vio a las personas detenidas, pudo reconocerlas como las personas que ingresaron al local? Respuesta: Yo los vi vagamente, lo que identifique fueron mis pertenencias. VIGÉSIMA TERCERA PREGUNTA: ¿Los funcionarios le informaron de dónde sacaron las pertenencias? Respuesta: Nos dijeron que nuestros obreros de entonces, se dieron cuenta y salieron a la calle, los detuvieron y le indicaron donde se habían montado, que era en un colectivo, los funcionarios actuaron. VIGÉSIMA CUARTA PREGUNTA: ¿Cuál era la actitud de los sujetos aprehendidos y de los funcionarios que estaban con los funcionarios policiales? Respuesta: Cuando los fueron a montar al Jeep se montaron un poco renuentes. Es todo.

Seguidamente, la defensa de los acusados L.A.G.C. y R.E.R.M., pasa a interrogar de la siguiente manera:

PRIMERA PREGUNTA: ¿Usted vio venir a las personas? Respuesta: Los vi cuando los teníamos al lado. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Los sometieron inmediatamente o hubo intercambio de palabras? Respuesta: Nos mandaron a echarnos al piso, nosotros estábamos conversando. TERCERA PREGUNTA: ¿Dentro de la oficina los ataron? Respuesta: Antes de atarnos, nos insistieron en que no levantáramos la cara del piso, nos requisaron, escuche que tomaban cosas. CUARTA PREGUNTA: ¿Ese día iba a cancelar la nómina, cuántos sobres eran? Respuesta: Alrededor de 7 sobres. QUINTA PREGUNTA: ¿Dónde estaban y en que condición? Respuesta: Unidos con una liga. SEXTA PREGUNTA: ¿Cuál fue su acto, cuándo lo sueltan, se reincorpora? R: Me levanté limpiándome la tierra y en eso llegó otro de los obreros y nos dijo que agarraron a los tipos con las pertenencias. SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Llegó al sitio de la aprehensión? Respuesta: Sí. OCTAVA PREGUNTA: ¿Cómo estaban las personas? Respuesta: Uno se lo estaban llevando en un Jeep y el otro estaba allí. NOVENA PREGUNTA: ¿Qué otras personas estaban allí? R: Los obreros, nada más. DÉCIMA PREGUNTA: ¿Usted observó los materiales que estaban en la oficina? R: Sí y unos sobres. DÉCIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿Cuándo le devuelven sus pertenencias, le devolvieron cuántos sobres? R: No recuerdo, pero la cantidad de dinero estaba completa. DÉCIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Cuándo llegó al destacamento policial se le hizo una entrevista, que depuso? Respuesta: Lo que pasó, los sobres que se llevaron, la cantidad exacta de lo que tenía en el bolsillo para ese momento. DÉCIMA TERCERA PREGUNTA: ¿Al momento de devolverles sus pertenencias, estaban completas? Respuesta: Si, con exactitud no recuerdo la cifra, pero si recuerdo que era aproximadamente. DÉCIMA CUARTA PREGUNTA: ¿En esa declaración usted señaló alguna persona, como quién lo atracó? Respuesta: Di unas declaraciones muy similares a la actual, nunca señalé a nadie, identifique las pertenencias. Es todo.

Con posterioridad, la Escabino M.P., procediendo a preguntar lo siguiente:

PRIMERA PREGUNTA: ¿Quién llamó a la policía? Respuesta: Un grupo de obreros que notó algo sospechoso y salen a la calle, esas personas vieron un Jeep cerca de Polisalias y le indicaron que había un robo. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Qué tiempo pasó? Respuesta: Desde que nos amarraron hasta que nos incorporamos, pasaron de 10 a 15 minutos, apenas me pare, me estaba sacudiendo la tierra del piso y ya estaba la policía. Es todo.

Así mismo, se llamó a rendir declaración al funcionario MAIKELIN A.R.R., quien estando legalmente juramentado, de conformidad con lo establecido en los artículos 355 y 356 del Código Orgánico Procesal Penal, expuso:

El día 03/08/2007 aproximadamente a las dos o tres de la tarde, me encontraba de labores de patrullaje, en la avenida F.S., a la altura del Complejo Cultural de los Salias, nos abordan obreros de la obra y nos indican que había ocurrido un robo y que las víctimas se encontraban maniatadas adentro y nos informan que los ladrones se habían montado en una unidad colectiva, procedimos a detenerlos, uno de ellos cargaba un bolso en la mano y lo lanzó, el otro ciudadano se iba a escapar por la parte trasera del colectivo, cuando bajan los obreros identifican el bolso, allí mismo se apersonaron las victimas e identifican el bolso, abrimos el bolso, ellos identifican las herramientas que estaban allí, motivo por el cual procedimos a trasladarnos a la sede de nuestro despacho, sacamos todo lo que estaba allí, ellos reconocen las herramientas, un facsímil de arma de fuego de color gris, los sobres, eso fue todo lo que hicimos. Es todo.

Acto seguido, la representante del Ministerio Público pasa a interrogar de la siguiente manera:

PRIMERA PREGUNTA: ¿Cuántos obreros le manifestaron lo que había ocurrido? Respuesta: Eran varias personas. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Cuánto había recorrido la unidad de transporte de dónde estaban ustedes? Respuesta: Desde la parada donde los detuvimos como 50 metros, es la parada del Picacho. TERCERA PREGUNTA: ¿El vehículo estaba detenido o en marcha? Respuesta: El autobús venía en dirección a nosotros. CUARTA PREGUNTA: ¿Quién ingresó a la unidad? Respuesta: Yo le di la voz de alto, dijo una grosería y como el otro ciudadano se quería escapar por detrás, mi compañero se fue hacía allá. QUINTA PREGUNTA: ¿Cuál fue la palabra obscena que dijo cuando se monto? Respuesta: Coño de la madre y lo lanzó hacia atrás. SEXTA PREGUNTA: ¿A que distancia? Respuesta: Estaba en la parte posterior, iban a bajarse. SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Cómo impidió la acción su compañero? Respuesta: Le solicité al chofer que abriera la parte posterior y los bajamos. OCTAVA PREGUNTA: ¿Los pasajeros dijeron algo? Respuesta: No. NOVENA PREGUNTA: ¿Cuándo bajaron de la unidad, le informaron por qué estaban detenidos? Respuesta: Cuando ellos se están bajando lo identificaron los obreros y decían revisa el bolso, fue cuando abrí el bolso, salieron los sobres y las víctimas los reconocieron. DÉCIMA PREGUNTA: ¿Qué más había en el bolso? R: Unos sobre de pago de obreros. DÉCIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿Cuántos sobres habían? Respuesta: Como cuatro. DÉCIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Cuánto dinero había? Respuesta: Como tres millones, había una bomba de achique, el facsímil, un pico de soplete. DÉCIMA TERCERA PREGUNTA: ¿Quién tomó la entrevista? Respuesta: El jefe de los servicios. DÉCIMA CUARTA PREGUNTA: ¿Dice que las víctimas reconocieron sus pertenencias, ellos le indicaron que se llevaron? Respuesta: No, ellos decían que eran el sobre de pago, ellos identificaron las herramientas. DÉCIMA QUINTA PREGUNTA: ¿Dijeron como los sometieron? Respuesta: Me imagino que lo dijeron en su acta de entrevista y en el comando, ellos reconocieron sus cosas. DÉCIMA SEXTA PREGUNTA: ¿Ellos le informaron si los ciudadanos le sacaron dinero de sus bolsillos? Respuesta: Ellos nos manifestaron, que los habían requisado y se les entregó la billetera a cada ciudadano por eso no se plasmó en actas. DÉCIMA SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Las víctimas señalaron a los ciudadanos como autores del hecho? Respuesta: No, me imagino que por los nervios, no voltearon, ni vieron bien. DÉCIMA OCTAVA PREGUNTA: ¿Los obreros rindieron declaración? R: No sólo llevamos a las víctimas. DÉCIMA NOVENA PREGUNTA: ¿Recuerda las características de los obreros que señalaron que estas personas cometieron el hecho? Respuesta: Uno moreno fuerte, es el único que reconozco. Es todo.

Seguidamente, la defensa de los acusados L.A.G.C. y R.E.R.M., pasa a interrogar de la siguiente manera:

PRIMERA PREGUNTA: ¿Qué tiempo tiene laborando en Polisalias? Respuesta: 6 años. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Qué le manifestaron las personas de la construcción? Respuesta: Me manifestaron que los encargados de la obra habían sido víctimas de un robo. TERCERA PREGUNTA: ¿El procedimiento que se llevó a cabo, fue cómo, cómo ingresó? Respuesta: Ingresé con el armamento en la mano, por presumir que los ciudadanos estaban armados. CUARTA PREGUNTA: ¿El ciudadano soltó el bolso y dijo la palabra obscena? R: Sí. QUINTA PREGUNTA: ¿Observó a las dos personas? Respuesta: Sí, estaban como por la mitad. SEXTA PREGUNTA: ¿Se bajaron únicamente las personas que habían cometido el hecho? Respuesta: Sí, ellos nada más. SÉPTIMA PREGUNTA: ¿El autobús siguió su marcha? R: Sí, siguió su marcha. OCTAVA PREGUNTA: ¿Este tipo de procedimiento, tiene conocimiento que se practica con testigos, por qué no se hizo? Respuesta: Sí, como testigos pusimos a las víctimas. NOVENA PREGUNTA: ¿Por qué se practicó la aprehensión sin testigos del autobús? Respuesta: Nosotros estábamos pendientes de los ciudadanos. DÉCIMA PREGUNTA: ¿Se fue el autobús, cuántas personas quedaron en el sitio? Respuesta: Los obreros, los aprehendidos, nosotros los dos funcionarios. DÉCIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿Por qué no solicitaron a las personas que les sirvieran de testigos, ya que habían sometido a los supuestos atracadores? Respuesta: Es una falla de nosotros. DÉCIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Usted le realizó la inspección de personas a los dos o a uno? R: A uno. DÉCIMA TERCERA PREGUNTA: ¿Qué le incautó a la que usted requisó? Respuesta: La cartera, objetos personales, no tenía armamento, ni nada de eso. DÉCIMA CUARTA PREGUNTA: ¿En el momento del procedimiento hicieron una revisión del bolso detallada? Respuesta: Como era en la avenida principal, se abrió el bolso para que identificaran algunas cosas, identificaron las herramientas que eran de ellos y en el despacho, es que se hace detalladamente. DÉCIMA QUINTA PREGUNTA: ¿La víctima que identificó? Respuesta: El bolso y la bomba de achique. Es todo.

Con posterioridad, la Escabino M.P., procediendo a preguntar lo siguiente:

PRIMERA PREGUNTA: ¿Cuándo usted está dentro de la unidad, que hace que lo identifique? Respuesta: El bolso que tenía en la mano, porque nos habían dicho eso.

Igualmente, la ciudadana Juez pasa a interrogar de la siguiente manera:

PRIMERA PREGUNTA: ¿Recuerda las características fisonómicas de los ciudadanos aprehendidos? Respuesta: No. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Cuánto tiempo duro el procedimiento? Respuesta: Como de 20 a 25 minutos. Es todo.

Con posterioridad se llamó a rendir declaración al funcionario CHACÓN MEJÍA J.J., quien estando legalmente juramentado, de conformidad con lo establecido en los artículos 355 y 356 del Código Orgánico Procesal Penal, expuso:

Ese procedimiento fue el 03/08/2007, se realizaba el recorrido en San A.d.l.A., en compañía del detective Maikelin Romero, avistamos a un grupo de ciudadanos que manifestaron que donde trabajaban, fueron atracados por dos sujetos que abordaron una unidad colectiva, detuvimos una unidad que se encontraba a la altura del elevado de los Altos, vimos a dos sujetos, cuando vieron la unidad policial, uno de los sujetos con rabia soltó un bolso de color negro y se acercaron dos ciudadanos que dijeron que eran los ingenieros de la obra y que con amenaza de muerte le quitaron los reales de la nómina, en compañía de los agraviados revisamos el bolso y en su interior tenía sobres de pago, herramientas y un facsímil de arna de fuego. Es todo.

Acto seguido, la representante del Ministerio Público pasa a interrogar de la siguiente manera:

PRIMERA PREGUNTA: ¿Cuál fue el aproximado de obreros que los alertaron? Respuesta: Como de 3 a 5. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Qué le indicaron? Respuesta: Qué donde trabajaban, había sido objeto de robo y que habían abordado una unidad colectiva. TERCERA PREGUNTA: ¿De dónde ustedes estaban, a la unidad de transporte que distancia había? Respuesta: Como de 100 metros. CUARTA PREGUNTA: ¿Que sucedió cuando abordaron la unidad de transporte público? R: Cuando abordamos la unidad, los dos sujetos se pusieron nerviosos, querían salirse por las ventanas y uno soltó el bolso. QUINTA PREGUNTA: ¿Recuerda detalles del procedimiento? Respuesta: Sí. SEXTA PREGUNTA: ¿Cuándo bajan a las personas de la unidad, habían pasajeros? R: Se encontraba sólo. SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Una vez abajo los requisan? Respuesta: Sí. OCTAVA PREGUNTA: ¿Quién los requisó? Respuesta: Yo, al del bolso y mi compañero al otro. NOVENA PREGUNTA: ¿A quién requisó? Respuesta: Al que tiene la Chemisse Azul, A.C.. DÉCIMA PREGUNTA: ¿Opusieron resistencia? Respuesta: Cuando él soltó el bolso al piso, se entregó. DÉCIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿Quién fue el que dijo la palabra obscena? R: Al que yo agarré dijo una palabra obscena, dijo coño de la madre y lo soltó. DÉCIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Las víctimas reconocieron las pertenencias? Respuesta: Sí, ellos indican las herramientas, los sobres de pago y el facsímil. DÉCIMA TERCERA PREGUNTA: ¿Dónde les enseñaron las pertenencias? Respuesta: En el despacho. DÉCIMA CUARTA PREGUNTA: ¿Qué vio? Respuesta: Sobres de pago, herramientas que utilizan ellos y el facsímil. DÉCIMA QUINTA PREGUNTA: ¿Había dinero suelto? Respuesta: Creo que sí. DÉCIMA SEXTA PREGUNTA: ¿Incautaron alguna evidencia de interés criminalístico? R: No, cargaban dinero en efectivo y decía que era de él. DÉCIMA SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Cómo era el facsímil? Respuesta: Plástica, de color gris con negro, parecía una 9 milímetros. DÉCIMA OCTAVA PREGUNTA: ¿Usted le tomó las declaraciones a las víctimas? Respuesta: No, el Jefe de los Servicios. DÉCIMA NOVENA PREGUNTA: ¿Por qué no llevaron por lo menos, los nombres de alguno de los testigos de la unidad de transporte o de los obreros? Respuesta: En ese momento, por el procedimiento llevamos a los dueños de la obra. VIGÉSIMA PREGUNTA: ¿Las víctimas podían indicar o hicieron la indicación de las características físicas? Respuesta: No. Es todo.

Seguidamente, la defensa de los acusados L.A.G.C. y R.E.R.M., pasa a interrogar de la siguiente manera:

PRIMERA PREGUNTA: ¿Qué tiempo tiene laborando en la Policía de Los Salias? Respuesta: 8 años. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Cuándo detienen el autobús, en que puerta se montó? Respuesta: Yo por la parte trasera, al tiempo que mi compañero se montaba por la parte delantera, casi simultáneamente, mi compañero le señaló al autobusero que abriera la puerta trasera. TERCERA PREGUNTA: ¿Cuándo usted se montó, uno de los agresores trató de escapar? Respuesta: Si, en la puerta trasera hay como una rueda, él se enredo. CUARTA PREGUNTA: ¿Qué tiempo pasó para que usted ingresara a la unidad? Respuesta: Nosotros le íbamos haciendo señas, mi compañero le hizo señas al chofer durante 15 o 20 segundos. QUINTA PREGUNTA: ¿Cuántas personas estaban dentro del autobús? Respuesta: No recuerdo. SEXTA PREGUNTA: ¿Habían otras personas dentro del autobús? Respuesta: Sí. SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Cuántas personas bajaron? Respuesta: A dos personas. OCTAVA PREGUNTA: ¿Cuándo bajan las personas del autobús, éste se quedó parado o siguió su marcha? Respuesta: Siguió la marcha. NOVENA PREGUNTA: ¿Le leyó los derechos? Respuesta: Sí, el motivo por el cual eran aprehendidos, el derecho de hablar con sus abogados y de llamar telefónicamente. DÉCIMA PREGUNTA: ¿Usted le realizó la inspección a uno de ellos? Respuesta: Si no incauté nada, sólo la cédula. DÉCIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿Qué tiempo pasó hasta el momento en que llegaron las víctimas? R: Como 5 minutos. DÉCIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Cuántas víctimas llegaron? Respuesta: Dos. DÉCIMA TERCERA PREGUNTA: ¿Terminado el procedimiento se trasladaron en una sola unidad o en varias? Respuesta: Una sola unidad, en la toyota a los delincuentes, las víctimas en su carro. DÉCIMA CUARTA PREGUNTA: ¿Ustedes procedieron a abrir el bolso al momento de la aprehensión? Respuesta: Las victimas indicaron que ese era el bolso. DÉCIMA QUINTA PREGUNTA: ¿Quien le hizo la inspección al Bolso? Respuesta: Yo. DÉCIMA SEXTA PREGUNTA: ¿Qué había en el bolso? R: Cuando lo abrimos habían unos sobres, las herramientas y el facsímil. Es todo.

Con posterioridad, la Escabino M.P., procediendo a preguntar lo siguiente:

PRIMERA PREGUNTA: ¿Cómo identificaron que eran dos? Respuesta: Porque uno se fue hacia la parte delantera y el otro hacia la parte trasera. Es todo.

Con posterioridad se llamó a rendir declaración al Experto Á.C.A.H., quien estando legalmente juramentado, de conformidad con lo establecido en los artículos 355 y 356 del Código Orgánico Procesal Penal, expuso:

La primera experticia corresponde a un avalúo Real, tiene como finalidad dejar constancia de los objetos activos o pasivos de un hecho delictivo, primero fue una caja de cartón impresa, denominada cinta métrica, la segunda de un pico de soplete, dos boquillas de interconexión de oxigeno y gas, se valoró en 100.000,00 bolívares, otra una bomba de achique eléctrica, el total de las piezas fue de 480.000,00 Bolívares, fue devuelta a la comisión de la Policía Judicial. La Segunda experticia corresponde a un reconocimiento legal, donde se realiza un minucioso estudio, a fin de establecer el estado de uso y mantenimiento, como numeral uno (1), un bolso de fibra sintética, éste bolso poseía una impresión donde podía leerse Gatorade, a la conclusión que se llegó es que es un receptáculo, para guardar varias piezas. En el numeral dos, (2) un facsímile de material sintético, plateado, conformada por dos piezas, una corredera, un sistema de cargado extraíble que aloja balines de material sintético, a la conclusión que se llegó es que la misma corresponde a una replica de arma de fuego verdadera que se vende en juguetería, esta puede comprometer la vida y utilizado como elemento contundente, puede causar lesiones leves y puede ser logrado el objetivo, simulando tratarse de un arma de fuego verdadera, seguidamente se peritaron varios sobres los cuales tenían varios recibos que decían de pago y contenían papel moneda que parecían de curso legal, pagaderos al portados en la oficina del Banco por un monto de 2.823.000,00 Bolívares, con cero céntimos y fueron devueltas a la comisión policial del municipio Los Salías. Es todo

Acto seguido, la representante del Ministerio Público pasa a interrogar de la siguiente manera:

PRIMERA PREGUNTA: ¿En relación al avalúo Real, dijo que se realiza sobre piezas reales o no, puede indicar al tribunal en el presente caso si usted tenía frente a usted los marcados con los numerales 1, 2 y 3 ? R: Sí. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Cómo recibe estas piezas? R: El área de técnica policial del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, a diario recibe evidencias mediante un oficio, se le realiza la peritación y se devuelve a la comisión. TERCERA PREGUNTA: ¿Pudiera decir por qué a los objetos se le hace avalúo real y a los otros el reconocimiento? R: En el avalúo real, es para determinar el monto sustraído y en el reconocimiento son para analizar los instrumentos utilizados para la comisión del delito. CUARTA PREGUNTA: ¿El facsímile fue incautado a los ciudadanos aprendidos? La defensa objeta la pregunta argumentando que su deposición es solamente relacionada con lo que se perito. La Fiscal Retira la pregunta y reformula. QUINTA PREGUNTA: ¿Manifestó en la pregunta anterior, qué los objetos pertenecían a la víctima, el oficio indicaba a quién le pertenecía? R: El oficio venía indicando que se utilizaron en la comisión del hecho. Es todo.

Seguidamente, la defensa de los acusados L.A.G.C. y R.E.R.M., pasa a interrogar de la siguiente manera:

PRIMERA PREGUNTA: ¿En cuánto al reconocimiento legal tenemos el bolso, el facsimil y el sobre, a éstos elementos se le podría practicar otro tipo de experticia? R: La experticia solicitada fue un Reconocimiento legal. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Otro tipo de peritaje pudiese relacionar el manejo que hizo el acusado de los objetos incautados? La Fiscal objeta la pregunta, por cuanto la defensa pretende hablar de experticias hipotéticas que no se solicitaron realizarlas y que no tiene nada que ver con las experticias expuestas. La Defensa indica la intención de la defensa, que es para saber si se le hizo otro tipo de evaluación a los fines de determinar si fueron manejadas por otras personas, y procedió a reformular la pregunta. ¿A los elementos que se le practicó la experticia pudieron ser sometidos a otra experticia, como reconocimiento de huellas? R: En la actualidad no creo que se practique y para ese momento, se pudo practicar un barrido para determinar las huellas dactilares. Es todo.

Fueron incorporadas para su lectura, de conformidad con lo establecido en el artículo 359 del Código Orgánico Procesal Penal, las siguientes pruebas:

1) Experticia de Avalúo Real número 9700-113-AR-252, de fecha 04/08/2007, practicada por el funcionario Á.C.A.H., adscrito a la División de Área Técnica del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas ;

2) Experticia de Reconocimiento Legal número 9700-113-RL-265 de fecha 04/08/207, practicada por el funcionario Á.C.A.H., adscrito a la División de Área Técnica del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas.

Por último, una vez finalizada la etapa de recepción de pruebas en el presente Juicio, fueron presentadas las conclusiones por parte del Representante del Ministerio Público, en los siguientes términos:

El nueve (09) de febrero del presente año se dio inicio al presente debate de juicio Oral y Publico el Ministerio Público manifestó que la intención de incorporar todos los elementos de prueba, es a los fines de que se escucharan a cada uno de los testigos, para que manifestaran el conocimiento que tenían sobre los hechos y vinieron todos los testigos y se paso el juicio al presente debate; tuvimos y escuchamos en sala la declaración de los acusados y en esta sala escuchamos el testimonio de ambos y el día de hoy siendo la segunda y última audiencia, se observan además que vinieron todos los órganos de prueba promovidos por el Ministerio Público, el órgano de investigación policial y el Ministerio Público erraron, fallaron, fueron insuficientes, pudieron incorporar otros elementos de pruebas, pudieron traer alguno de los obreros presentes en el lugar de los hechos, los que señalaron a los acusados como los que robaron a los ciudadanos en la obra en construcción, soy funcionaria al servicio del estado y el Ministerio Público conforme lo establece nuestra Ley Venezolana, el Ministerio Público podría solicitar una sentencia absolutoria ya que el Ministerio Público, pide actuar como parte de buena fe y considero que no se desvirtuó el principio de presunción de inocencia o pudiera solicitar una sentencia condenatoria, por cuanto con los testimonios escuchados en sala, se observa que si se cometió un delito y a pesar de cometerse éste, considera quien les habla como funcionaria al servicio del estado con 15 años en la Institución que represento y en aplicación a lo que el legislador impone, según el artículo 22 del Código Orgánico Procesal Penal, relacionado con la sana crítica y máximas de experiencia, considera que los acusados de autos son autores culpables y responsables del delito de Robo Agravado y anticipo mi solicitud de sentencia condenatoria, ya que no le queda duda al Ministerio Público que efectivamente el Ministerio Público pudo, debió, ordenar la practica de otras diligencias y no se realizaron otras diligencias, imponemos justicia, ya que con los elementos que se promovieron, hay puntos dentro del debate que no son controvertidos, ya que los ciudadanos cuando estuvieron en la Avenida Perimetral, con el objeto de hacer unas diligencias, se dirigieron al Transporte Público, agarraron un autobús y esperaron, lo dijeron ellos, los funcionarios y lo comprobaron en sala. ¿Qué es lo que esta controvertido?, los ciudadanos dicen que ellos no son los responsables del delito porque estaban realizando diligencias laborables, es un hecho cierto que las victimas pensaron que las dos personas, que se dirigían a ellos era para buscar empleo, ellos le vieron un arma en la cintura, le ordenaron lanzarse al piso y no les vieron la cara, estas victimas manifestaron los minutos que pasaron de angustia, los amordazaron, los maniataron, se llevaron varias pertenencias, estos salen del sitio de la empresa y son observados por lo obreros, estos le notifican a los funcionarios de la Policía Municipal y les dicen que se montaron dos sujetos con un bolso negro y dicen los funcionarios que se tardaron 10 o 16 segundos para que el transporte se detuviera, entraron uno por la parte delantera y la otra por la parte de atrás, y al verse detenido uno de los acusados dijo una palabra s.a.j.d. quien les habla, esa es una relación de causalidad, ya que ese bolso negro lo tuvieron los acusados, efectivamente detienen la unidad, los bajaron de la unidad, los ponen contra la reja de la empresa y salen las victimas diciendo, esa es mi bomba de achique, los recibos de nómina y que eso es nuestro. Yo represento el estado venezolano, solicito la aplicación de la justicia, aunque al tribunal le parezca diferente y que la sentencia a imponer sea de tipo condenatoria, donde depusieron los acusados, los funcionarios policiales señalaron a los acusados, al que dijo la palabra soez, el bolso que contenía las pertenencias de la victima y las experticias realizadas por el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, esa relación de causalidad es innegable tal y como lo sabemos por las máximas de experiencia, en consecuencia, de los escabinos solicito sentencia condenatoria. Es todo.

En el mismo acto, la defensa de los acusados L.A.G.C. y R.E.R.M., presentó sus conclusiones en los términos siguientes:

Ciertamente en fecha 09/02/2009, se inicio éste Juicio Oral Público y la defensa insistía en la inocencia de los acusados, por los principios establecidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la defensa esgrimía que quien tenia la carga de la prueba es el Ministerio Público, se evacuaron los órganos de prueba y así se hizo. Hoy tres de marzo la defensa insiste nuevamente, ratifica el dicho en la apertura de éste Juicio Oral y Público, voy a insistir en la Inocencia de los Acusados, porque ciertamente en esa fecha pudimos gracias a la prontitud y a la celeridad del proceso, escuchamos todos los órganos de prueba hasta hoy que escuchamos la deposición del experto, y en las exposiciones hechas por los acusados, observando que ambos relatos de mis defendidos fueron consistentes, bajo esas circunstancias se abrió la recepción de las pruebas, se escuchó a la victima ciudadano Covuccia Alberto, quien relató lo sucedido ese día y lo fundamental para la defensa es que no lo reconoció y no lo señaló y en sala escuchamos también la declaración de la otra víctima, Modestino Santosousso, que de igual forma expuso sobre los hechos ocurridos y tampoco señaló a las personas presentes en sala, como las personas que actuaron en ese hecho. Precisamente estamos aquí para cerciorarnos que ocurrió un hecho delictivo, lo que no consta es la demostración de la culpabilidad, el desvirtuar la presunción de Inocencia de los acusados, no solo el no señalamiento de las victimas, que depusieron, eso lo pongo en un primer plano, en segundo plano escuchamos a los funcionarios Maykelin Romero funcionario aprehensor de mis defendidos, llama poderosamente la atención que a pesar de la experiencia de éste funcionario, haya realizado un procedimiento, donde lo básico es que estos procedimientos se realicen con testigos, ya que tuvieron dos oportunidades, en virtud que manifestaron que dentro del transporte público, según el decir de los funcionarios habían otras personas, asimismo, estaban los obreros que señalaron donde se encontraban los acusados, cuando señalaron que se habían subido a un transporte público, en el procedimiento consta que se esta realizando un procedimiento en flagrancia y que hay otra persona que puede corroborar lo dicho por los funcionarios, llámese al Fiscal, al Secretario, a la Juez, a los Escabinos y mediante un procedimiento bien realizado por un funcionario policial, pero eso no ocurrió, por lo que existe la duda que favorece a estos funcionarios, no se realizó el procedimiento como debió ser, en primer lugar sabemos que sí hubo un chofer y de lo expuesto por los funcionarios policiales, bajan del autobús a los aprehendidos, esta otro grupo de personas los obreros y llega una victima y de allí es que los trasladan a la comisaría de Guaicaipuro, ésta era la oportunidad para subsanar lo del autobús, tampoco agarraron a los testigos, ni de los trabajadores de la fabrica, ni del autobús. Se pregunta la defensa con que corroboramos ese hecho, sería cierto que fueron interceptados estos agentes policiales por los obreros o estaba el bolso al final del autobús, no lo sabemos, porque no es corroborable ese dicho. Haciendo mención a otra declaración del funcionario Maikelin Romero, quien indicó que la dirección es de Caracas a Los Teques, en comparación Los Salías es el Municipio mas seguro y el 03/08/2007, analizado los hechos por la presidenta de éste Tribunal, le preguntaron al funcionario antes mencionado si podía describir a la persona que aprehendió y dijo que no. Pudiéramos considerar a las victimas, por las circunstancias en que se cometieron los hechos, pero con el funcionario policial no debe haber ninguna consideración. También pudimos escuchar la declaración de Chacón Mejías, que tiene dos años más que el otro funcionario, tiene 8 años, el desempeño de éste funcionario fue similar a la actuación de su compañero y en su declaración fue contradictorio, es un hecho relativamente de data, de poco tiempo, sin embargo éste funcionario fue contradictorio no con su compañero, sino con las victimas, recordemos que Covuccia declaró que el se encontraba en tal estado de nerviosismo que no salió, pero el funcionario dijo que llegaron las dos victimas y reconocieron el bolso, el ciudadano Modestino declaró que llegó solo y que no reconoció el bolso, que el reconoció las cosas que estaban adentro, eso fue contradictorio y esa fue la particularidad de esa declaración y fue participe de un mal procedimiento. Recuerdo que en la apertura, le agradecía de antemano la atención que le iban a prestar a todos los órganos de prueba, frente a las circunstancias de mis defendidos, sus declaraciones fueron concisas y corroborables, frente a la circunstancia del mal procedimiento efectuado por los funcionarios de la Policía del Municipio Los Salías y la declaración de las victimas, la defensa declara que solicita una decisión absolutoria, decía en la apertura que les agradecía la atención prestada, ya que en sus manos está la forma de aplicar una justicia justa a los acusados, siendo así, la defensa termina su exposición y agradece que hayan venido a éste juicio oral y público, ya que sin su participación no hubiesen llegado a este punto.

El Representante del Ministerio Público, ejerció su derecho a réplica en los términos siguientes:

Hago objeción a la manifestación de la defensa, de que habla en relación de que las victimas no reconocieron en sala a su representada y dice que esa es una cosa de las no controvertidas, no los pueden reconocer porque los lanzaron de espalda contra el piso, ya que no los pudieron ver y solo los vieron unos segundos porque los amordazaron, en mi conclusión, como eso le favorece a la defensa va a insistir en eso. No hay una formula matemática, usamos la lógica, una relación de causalidad y las máximas de experiencia; habla la defensa de un mal procedimiento policial, no es un juicio en contra de los funcionarios y el Ministerio Público asume la responsabilidad por ello, ya que en mi conclusión y con los elementos que nos quedan el Ministerio Público considera que sí son los responsables del hecho. Evidentemente en relación a la actuación de los policías, de donde sacaron las pertenencias, ese es el hecho de causalidad, en la audiencia pasada la escabino M.P., le preguntó al funcionario Chacón que como supo que eran ellos y contestó de manera indudable, porque tenían el bolso negro donde estaban las pertenencias y que uno de los acusados al verlo dijo una palabra soez, la defensa al finalizar menciona que un policía, un funcionario de nombre Maikelin Romero, dice que ese policía no reconocía a los acusados y es perfectamente posible, que no se acuerde de la cara de todos los acusados, la defensa dice que no lo reconoció pero el otro sí y eso, es uno de los elementos que sirven para determinar sin son culpables o responsables. La defensa habla de duda razonable el In Dubio pro Reo, frente e la Posición del Ministerio Público, que considera que son suficientes los argumentos y hechos aquí narrados, ya que no se le puede pedir a una persona que es amenazada de muerte, amordazada y amarrada que reconozca a los acusados, estos fueron detenidos en flagrancia, motivo por el cual ratifico la condenatoria. Es todo.

Por lo que el defensor de los acusados L.A.G.C. y R.E.R.M., lo hizo en contra réplica de la siguiente manera:

Me siento indignado por lo expuesto por la Representación Fiscal, ya que los malos procedimientos policiales son lo que han llevado la presente causa a éste estado, ésta es una causa que no debió haber pasado de la Audiencia Preliminar, ya que con estos órganos de prueba no se puede activar el órgano judicial, ya que estuviésemos en otro juicio que si valga la pena realizar. Ya que si fue con actitud indignante, la fiscal alega sobre el reconocimiento de la victima, ninguna de las partes estuvimos allí, ella habla de una incoherencia ilógica, por eso se llama procedimiento para llevar una estructura lógica para que llegara a un resultado, ya que no es una fórmula matemática, pero es un procedimiento que hay que cumplir. El dicho policial pudo ser corroborado, ya que la Ley exige que sean ratificados, ya que se estarían violando las garantías constitucionales y no solo el acta policial, ya que ésta es un acto meramente administrativo, no es una fórmula matemática, sí se necesitan los testigos que van a corroborar el dicho policial y el dicho de la victima, no se puede sentenciar a un ciudadano, cuando no se puede corroborar la participación de un ciudadano en un hecho delictivo, no hubo algún órgano de prueba que los señalara y últimamente escuchamos al experto Á.A., se peritaron los objetos incautados, pero éste no implica a mis defendidos, son otros órganos de prueba que hubiesen podido practicarse para determinar o no la culpabilidad de los acusados. En cuanto a los funcionarios, no estamos juzgando a los funcionarios policiales, pero es tan determinante su actuación, aunque el Ministerio Público indica que no se realizaron los trámites necesarios, ya que ese error pudo culpar o exculpar a mis defendidos. Allí si cabe la coherencia o la lógica, motivo por el cual ratifico mi petición de sentencia absolutoria a favor de los acusados.

CAPÍTULO “III”

DETERMINACIÓN PRECISA Y CIRCUNSTANCIADA DE LOS HECHOS QUE ESTE TRIBUNAL ESTIMA ACREDITADOS

Este Juzgado Mixto luego del detenido análisis de los elementos probatorios debatidos en el presente juicio, conforme a lo dispuesto en el artículo 22 del Código Orgánico Procesal Penal, procede a determinar los hechos que quedaron probados en el mismo, teniendo como base la sana crítica, las reglas de la lógica, los conocimientos científicos y las máximas de experiencias. En consecuencia tenemos:

Que se encuentra plenamente comprobado, que en fecha 03 de Agosto de 2007, siendo aproximadamente las dos y treinta horas de la tarde, cuando los ciudadanos MODESTINO SANTOSOUSO ANTONIO y COVUCCIA ALBERTO, se encontraban en el Centro Cultural de San A.d.L.A., ubicado en la Av. Los Salias Estado Miranda, se presentaron los acusados L.A.G.C. y R.E.R.M., quienes portando un facsímil de arma de fuego y profiriendo amenazas, procedieron a someter a los mencionados ciudadanos y los introdujeron a la oficina, donde los maniataron y los despojaron del dinero de la nómina d los empleados, consistente en Dos Millones Ochocientos Veintitrés Mil Bolívares (2.823.000 Bs), así como de una cinta métrica marca Truper, dos picos de soplete y una bomba de achique eléctrica, dándose posteriormente a la fuga a bordo de una unidad de transporte público de la Compañía Paraná, siendo observados por los obreros de la construcción que acababan de asaltar, quienes dieron aviso a una unidad policial que transitaba por el lugar, los cuales procedieron a interceptar el vehículo, logrando aprehender a los mencionados acusados, a quienes le incautaron la totalidad de lo despojado a las víctimas, así como el facsímil utilizado para ello. Todo lo cual se evidencia de los testimonios de los funcionarios MAIKELIN A.R.R., quien manifestó: “El día 03/08/2007 aproximadamente a las dos o tres de la tarde, me encontraba de labores de patrullaje, en la avenida F.S., a la altura del Complejo Cultural de los Salias, nos abordan obreros de la obra y nos indican que había ocurrido un robo y que las víctimas se encontraban maniatadas adentro y nos informan que los ladrones se habían montado en una unidad colectiva, procedimos a detenerlos, uno de ellos cargaba un bolso en la mano y lo lanzó, el otro ciudadano se iba a escapar por la parte trasera del colectivo, cuando bajan los obreros identifican el bolso, allí mismo se apersonaron las victimas e identifican el bolso, abrimos el bolso, ellos identifican las herramientas que estaban allí, motivo por el cual procedimos a trasladarnos a la sede de nuestro despacho, sacamos todo lo que estaba allí, ellos reconocen las herramientas, un facsímil de arma de fuego de color gris, los sobres, eso fue todo lo que hicimos. Es todo.” y a preguntas formuladas contestó “PRIMERA PREGUNTA: ¿Cuántos obreros le manifestaron lo que había ocurrido? Respuesta: Eran varias personas. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Cuánto había recorrido la unidad de transporte de dónde estaban ustedes? Respuesta: Desde la parada donde los detuvimos como 50 metros, es la parada del Picacho. TERCERA PREGUNTA: ¿El vehículo estaba detenido o en marcha? Respuesta: El autobús venía en dirección a nosotros. CUARTA PREGUNTA: ¿Quién ingresó a la unidad? Respuesta: Yo le di la voz de alto, dijo una grosería y como el otro ciudadano se quería escapar por detrás, mi compañero se fue hacía allá. QUINTA PREGUNTA: ¿Cuál fue la palabra obscena que dijo cuando se monto? Respuesta: Coño de la madre y lo lanzó hacia atrás. SEXTA PREGUNTA: ¿A que distancia? Respuesta: Estaba en la parte posterior, iban a bajarse. SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Cómo impidió la acción su compañero? Respuesta: Le solicité al chofer que abriera la parte posterior y los bajamos. OCTAVA PREGUNTA: ¿Los pasajeros dijeron algo? Respuesta: No. NOVENA PREGUNTA: ¿Cuándo bajaron de la unidad, le informaron por qué estaban detenidos? Respuesta: Cuando ellos se están bajando lo identificaron los obreros y decían revisa el bolso, fue cuando abrí el bolso, salieron los sobres y las víctimas los reconocieron. DÉCIMA PREGUNTA: ¿Qué más había en el bolso? R: Unos sobre de pago de obreros. DÉCIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿Cuántos sobres habían? Respuesta: Como cuatro. DÉCIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Cuánto dinero había? Respuesta: Como tres millones, había una bomba de achique, el facsímil, un pico de soplete. DÉCIMA TERCERA PREGUNTA: ¿Quién tomó la entrevista? Respuesta: El jefe de los servicios. DÉCIMA CUARTA PREGUNTA: ¿Dice que las víctimas reconocieron sus pertenencias, ellos le indicaron que se llevaron? Respuesta: No, ellos decían que eran el sobre de pago, ellos identificaron las herramientas. DÉCIMA QUINTA PREGUNTA: ¿Dijeron como los sometieron? Respuesta: Me imagino que lo dijeron en su acta de entrevista y en el comando, ellos reconocieron sus cosas. DÉCIMA SEXTA PREGUNTA: ¿Ellos le informaron si los ciudadanos le sacaron dinero de sus bolsillos? Respuesta: Ellos nos manifestaron, que los habían requisado y se les entregó la billetera a cada ciudadano por eso no se plasmó en actas. DÉCIMA SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Las víctimas señalaron a los ciudadanos como autores del hecho? Respuesta: No, me imagino que por los nervios, no voltearon, ni vieron bien. DÉCIMA OCTAVA PREGUNTA: ¿Los obreros rindieron declaración? R: No sólo llevamos a las víctimas. DÉCIMA NOVENA PREGUNTA: ¿Recuerda las características de los obreros que señalaron que estas personas cometieron el hecho? Respuesta: Uno moreno fuerte, es el único que reconozco… PRIMERA PREGUNTA: ¿Qué tiempo tiene laborando en Polisalias? Respuesta: 6 años. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Qué le manifestaron las personas de la construcción? Respuesta: Me manifestaron que los encargados de la obra habían sido víctimas de un robo. TERCERA PREGUNTA: ¿El procedimiento que se llevó a cabo, fue cómo, cómo ingresó? Respuesta: Ingresé con el armamento en la mano, por presumir que los ciudadanos estaban armados. CUARTA PREGUNTA: ¿El ciudadano soltó el bolso y dijo la palabra obscena? R: Sí. QUINTA PREGUNTA: ¿Observó a las dos personas? Respuesta: Sí, estaban como por la mitad. SEXTA PREGUNTA: ¿Se bajaron únicamente las personas que habían cometido el hecho? Respuesta: Sí, ellos nada más. SÉPTIMA PREGUNTA: ¿El autobús siguió su marcha? R: Sí, siguió su marcha. OCTAVA PREGUNTA: ¿Este tipo de procedimiento, tiene conocimiento que se practica con testigos, por qué no se hizo? Respuesta: Sí, como testigos pusimos a las víctimas. NOVENA PREGUNTA: ¿Por qué se practicó la aprehensión sin testigos del autobús? Respuesta: Nosotros estábamos pendientes de los ciudadanos. DÉCIMA PREGUNTA: ¿Se fue el autobús, cuántas personas quedaron en el sitio? Respuesta: Los obreros, los aprehendidos, nosotros los dos funcionarios. DÉCIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿Por qué no solicitaron a las personas que les sirvieran de testigos, ya que habían sometido a los supuestos atracadores? Respuesta: Es una falla de nosotros. DÉCIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Usted le realizó la inspección de personas a los dos o a uno? R: A uno. DÉCIMA TERCERA PREGUNTA: ¿Qué le incautó a la que usted requisó? Respuesta: La cartera, objetos personales, no tenía armamento, ni nada de eso. DÉCIMA CUARTA PREGUNTA: ¿En el momento del procedimiento hicieron una revisión del bolso detallada? Respuesta: Como era en la avenida principal, se abrió el bolso para que identificaran algunas cosas, identificaron las herramientas que eran de ellos y en el despacho, es que se hace detalladamente. DÉCIMA QUINTA PREGUNTA: ¿La víctima que identificó? Respuesta: El bolso y la bomba de achique… PRIMERA PREGUNTA: ¿Cuándo usted está dentro de la unidad, que hace que lo identifique? Respuesta: El bolso que tenía en la mano, porque nos habían dicho eso… PRIMERA PREGUNTA: ¿Recuerda las características fisonómicas de los ciudadanos aprehendidos? Respuesta: No. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Cuánto tiempo duro el procedimiento? Respuesta: Como de 20 a 25 minutos. Es todo.” y J.J.C.M. quien manifestó: “Ese procedimiento fue el 03/08/2007, se realizaba el recorrido en San A.d.l.A., en compañía del detective Maikelin Romero, avistamos a un grupo de ciudadanos que manifestaron que donde trabajaban, fueron atracados por dos sujetos que abordaron una unidad colectiva, detuvimos una unidad que se encontraba a la altura del elevado de los Altos, vimos a dos sujetos, cuando vieron la unidad policial, uno de los sujetos con rabia soltó un bolso de color negro y se acercaron dos ciudadanos que dijeron que eran los ingenieros de la obra y que con amenaza de muerte le quitaron los reales de la nómina, en compañía de los agraviados revisamos el bolso y en su interior tenía sobres de pago, herramientas y un facsímil de arna de fuego. Es todo.” y a preguntas formuladas contestó “PRIMERA PREGUNTA: ¿Cuál fue el aproximado de obreros que los alertaron? Respuesta: Como de 3 a 5. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Qué le indicaron? Respuesta: Qué donde trabajaban, había sido objeto de robo y que habían abordado una unidad colectiva. TERCERA PREGUNTA: ¿De dónde ustedes estaban, a la unidad de transporte que distancia había? Respuesta: Como de 100 metros. CUARTA PREGUNTA: ¿Que sucedió cuando abordaron la unidad de transporte público? R: Cuando abordamos la unidad, los dos sujetos se pusieron nerviosos, querían salirse por las ventanas y uno soltó el bolso. QUINTA PREGUNTA: ¿Recuerda detalles del procedimiento? Respuesta: Sí. SEXTA PREGUNTA: ¿Cuándo bajan a las personas de la unidad, habían pasajeros? R: Se encontraba sólo. SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Una vez abajo los requisan? Respuesta: Sí. OCTAVA PREGUNTA: ¿Quién los requisó? Respuesta: Yo, al del bolso y mi compañero al otro. NOVENA PREGUNTA: ¿A quién requisó? Respuesta: Al que tiene la Chemisse Azul, A.C.. DÉCIMA PREGUNTA: ¿Opusieron resistencia? Respuesta: Cuando él soltó el bolso al piso, se entregó. DÉCIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿Quién fue el que dijo la palabra obscena? R: Al que yo agarré dijo una palabra obscena, dijo coño de la madre y lo soltó. DÉCIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Las víctimas reconocieron las pertenencias? Respuesta: Sí, ellos indican las herramientas, los sobres de pago y el facsímil. DÉCIMA TERCERA PREGUNTA: ¿Dónde les enseñaron las pertenencias? Respuesta: En el despacho. DÉCIMA CUARTA PREGUNTA: ¿Qué vio? Respuesta: Sobres de pago, herramientas que utilizan ellos y el facsímil. DÉCIMA QUINTA PREGUNTA: ¿Había dinero suelto? Respuesta: Creo que sí. DÉCIMA SEXTA PREGUNTA: ¿Incautaron alguna evidencia de interés criminalístico? R: No, cargaban dinero en efectivo y decía que era de él. DÉCIMA SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Cómo era el facsímil? Respuesta: Plástica, de color gris con negro, parecía una 9 milímetros. DÉCIMA OCTAVA PREGUNTA: ¿Usted le tomó las declaraciones a las víctimas? Respuesta: No, el Jefe de los Servicios. DÉCIMA NOVENA PREGUNTA: ¿Por qué no llevaron por lo menos, los nombres de alguno de los testigos de la unidad de transporte o de los obreros? Respuesta: En ese momento, por el procedimiento llevamos a los dueños de la obra. VIGÉSIMA PREGUNTA: ¿Las víctimas podían indicar o hicieron la indicación de las características físicas? Respuesta: No. Es todo… PRIMERA PREGUNTA: ¿Qué tiempo tiene laborando en la Policía de Los Salias? Respuesta: 8 años. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Cuándo detienen el autobús, en que puerta se montó? Respuesta: Yo por la parte trasera, al tiempo que mi compañero se montaba por la parte delantera, casi simultáneamente, mi compañero le señaló al autobusero que abriera la puerta trasera. TERCERA PREGUNTA: ¿Cuándo usted se montó, uno de los agresores trató de escapar? Respuesta: Si, en la puerta trasera hay como una rueda, él se enredo. CUARTA PREGUNTA: ¿Qué tiempo pasó para que usted ingresara a la unidad? Respuesta: Nosotros le íbamos haciendo señas, mi compañero le hizo señas al chofer durante 15 o 20 segundos. QUINTA PREGUNTA: ¿Cuántas personas estaban dentro del autobús? Respuesta: No recuerdo. SEXTA PREGUNTA: ¿Habían otras personas dentro del autobús? Respuesta: Sí. SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Cuántas personas bajaron? Respuesta: A dos personas. OCTAVA PREGUNTA: ¿Cuándo bajan las personas del autobús, éste se quedó parado o siguió su marcha? Respuesta: Siguió la marcha. NOVENA PREGUNTA: ¿Le leyó los derechos? Respuesta: Sí, el motivo por el cual eran aprehendidos, el derecho de hablar con sus abogados y de llamar telefónicamente. DÉCIMA PREGUNTA: ¿Usted le realizó la inspección a uno de ellos? Respuesta: Si no incauté nada, sólo la cédula. DÉCIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿Qué tiempo pasó hasta el momento en que llegaron las víctimas? R: Como 5 minutos. DÉCIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Cuántas víctimas llegaron? Respuesta: Dos. DÉCIMA TERCERA PREGUNTA: ¿Terminado el procedimiento se trasladaron en una sola unidad o en varias? Respuesta: Una sola unidad, en la toyota a los delincuentes, las víctimas en su carro. DÉCIMA CUARTA PREGUNTA: ¿Ustedes procedieron a abrir el bolso al momento de la aprehensión? Respuesta: Las victimas indicaron que ese era el bolso. DÉCIMA QUINTA PREGUNTA: ¿Quien le hizo la inspección al Bolso? Respuesta: Yo. DÉCIMA SEXTA PREGUNTA: ¿Qué había en el bolso? R: Cuando lo abrimos habían unos sobres, las herramientas y el facsímil. Es todo… PRIMERA PREGUNTA: ¿Cómo identificaron que eran dos? Respuesta: Porque uno se fue hacia la parte delantera y el otro hacia la parte trasera. Es todo.”, quienes fueran los funcionarios encargados del procedimiento donde resultaron aprehendidos los hoy acusados L.A.G.C. y R.E.R.M. y recuperados en su poder tanto el dinero, como los objetos que momentos antes le habían despojado a las víctimas, circunstancias estas comprobadas con el testimonio del Experto Á.C.A.H., quien manifestó “La primera experticia corresponde a un avalúo Real, tiene como finalidad dejar constancia de los objetos activos o pasivos de un hecho delictivo, primero fue una caja de cartón impresa, denominada cinta métrica, la segunda de un pico de soplete, dos boquillas de interconexión de oxigeno y gas, se valoró en 100.000,00 bolívares, otra una bomba de achique eléctrica, el total de las piezas fue de 480.000,00 Bolívares, fue devuelta a la comisión de la Policía Judicial. La Segunda experticia corresponde a un reconocimiento legal, donde se realiza un minucioso estudio, a fin de establecer el estado de uso y mantenimiento, como numeral uno (1), un bolso de fibra sintética, éste bolso poseía una impresión donde podía leerse Gatorade, a la conclusión que se llegó es que es un receptáculo, para guardar varias piezas. En el numeral dos, (2) un facsímile de material sintético, plateado, conformada por dos piezas, una corredera, un sistema de cargado extraíble que aloja balines de material sintético, a la conclusión que se llegó es que la misma corresponde a una replica de arma de fuego verdadera que se vende en juguetería, esta puede comprometer la vida y utilizado como elemento contundente, puede causar lesiones leves y puede ser logrado el objetivo, simulando tratarse de un arma de fuego verdadera, seguidamente se peritaron varios sobres los cuales tenían varios recibos que decían de pago y contenían papel moneda que parecían de curso legal, pagaderos al portados en la oficina del Banco por un monto de 2.823.000,00 Bolívares, con cero céntimos y fueron devueltas a la comisión policial del municipio Los Salías. Es todo” y a preguntas formuladas contestó “PRIMERA PREGUNTA: ¿En relación al avalúo Real, dijo que se realiza sobre piezas reales o no, puede indicar al tribunal en el presente caso si usted tenía frente a usted los marcados con los numerales 1, 2 y 3 ? R: Sí. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Cómo recibe estas piezas? R: El área de técnica policial del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, a diario recibe evidencias mediante un oficio, se le realiza la peritación y se devuelve a la comisión. TERCERA PREGUNTA: ¿Pudiera decir por qué a los objetos se le hace avalúo real y a los otros el reconocimiento? R: En el avalúo real, es para determinar el monto sustraído y en el reconocimiento son para analizar los instrumentos utilizados para la comisión del delito. CUARTA PREGUNTA: ¿El facsímile fue incautado a los ciudadanos aprendidos? La defensa objeta la pregunta argumentando que su deposición es solamente relacionada con lo que se perito. La Fiscal Retira la pregunta y reformula. QUINTA PREGUNTA: ¿Manifestó en la pregunta anterior, qué los objetos pertenecían a la víctima, el oficio indicaba a quién le pertenecía? R: El oficio venía indicando que se utilizaron en la comisión del hecho. Es todo… PRIMERA PREGUNTA: ¿En cuánto al reconocimiento legal tenemos el bolso, el facsimil y el sobre, a éstos elementos se le podría practicar otro tipo de experticia? R: La experticia solicitada fue un Reconocimiento legal. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Otro tipo de peritaje pudiese relacionar el manejo que hizo el acusado de los objetos incautados? La Fiscal objeta la pregunta, por cuanto la defensa pretende hablar de experticias hipotéticas que no se solicitaron realizarlas y que no tiene nada que ver con las experticias expuestas. La Defensa indica la intención de la defensa, que es para saber si se le hizo otro tipo de evaluación a los fines de determinar si fueron manejadas por otras personas, y procedió a reformular la pregunta. ¿A los elementos que se le practicó la experticia pudieron ser sometidos a otra experticia, como reconocimiento de huellas? R: En la actualidad no creo que se practique y para ese momento, se pudo practicar un barrido para determinar las huellas dactilares. Es todo.”, quien practicara las Experticias tanto al facsímil de arma de fuego, como al dinero y objetos decomisados a los acusados L.A.G.C. y R.E.R.M..

La relación histórica acotada supra, se encuentra plenamente corroborada con los testimonios aportados por los ciudadanos COVUCCIA ALBERTO, quien manifestó: “Estaba yo y mi socio en la oficina, de repente entraron dos hombres, pensé que querían buscar trabajo, pero nos pusieron boca abajo en el piso, me amarraron, nos revisaron los bolsillos, nos amarraron en la parte de atrás eso fue lo que pasó, pasaron 10 o 15 minutos y cuando vieron que la puerta de la oficina estaba cerrada, se acercaron a la oficina los obreros y nos soltaron. Eso fue lo que me pasó a mí. Es todo.” y a preguntas formuladas contestó “PRIMERA PREGUNTA: ¿Cuándo pasó los hechos? Respuesta: Un viernes, como a las dos o tres de la tarde, yo estaba preparando la nómina, creo que en el mes de agosto, no recuerdo el día. SEGUNDA PREGUNTA: ¿A quién le iba a pagar? R: A los trabajadores que estaban con nosotros. TERCERA PREGUNTA: ¿Cuántos obreros habían en la obra en aquella oportunidad? Respuesta: Como diez. CUARTA PREGUNTA: ¿Esta oficina tiene acceso desde la calle? Respuesta: De la calle tiene una cerca que da acceso. QUINTA PREGUNTA: ¿Desde la cerca a la puerta que distancia hay? Respuesta: 30 o 40 metros. SEXTA PREGUNTA: ¿Para llegar allí entra por la puerta principal? R: No. SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Cuántas personas lo sometieron con su socio? Respuesta: Dos. OCTAVA PREGUNTA: ¿Ambos eran masculinos? Respuesta: Sí ambos. NOVENA PREGUNTA: ¿Vio dos personas que parecía que iban a buscar trabajo? R: Sí, y una tenía algo en la cintura. DÉCIMA PREGUNTA: ¿Cuándo ellos llegaron que hicieron? Respuesta: Ellos me dijeron, que nos pusiéramos boca abajo, nos amarraron con cable y a mi compañero también, con el material que estaba dentro de la oficina. DÉCIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿Qué tiempo duró esa acción, desde que los metieron a la oficina y los amordazaron? Respuesta: Como 10 o 15 minutos. DÉCIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Le revisaron los bolsillos? R: Si la cartera, todos los bolsillos. DÉCIMA TERCERA PREGUNTA: ¿Qué más se llevaron? Respuesta: Una bomba de achique; una cinta métrica, la nómina, estaba el dinero metido en sobres con el nombre de cada obrero. DÉCIMA CUARTA PREGUNTA: ¿Dejaron algo o se llevaron todo? Respuesta: Como tres (3) millones y algo. DÉCIMA QUINTA PREGUNTA: ¿Usted sabe en que transportaron la Bomba? R: Un morral, un bolso, algo. DÉCIMA SEXTA PREGUNTA: ¿Recuerda el color? Respuesta: No, no recuerdo, eso fue en segundos. DÉCIMA SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Uno tenía algo metido por la cintura? Respuesta: Una pistola y en la parte de afuera del galpón consiguieron una pistola de juguete. DÉCIMA OCTAVA PREGUNTA: ¿Recuerda el color de la camisa de la persona? Respuesta: No. DÉCIMA NOVENA PREGUNTA: ¿Eran viejos o jóvenes? Respuesta: Jóvenes. VIGÉSIMA PREGUNTA: ¿Consiguieron los documentos solos o con alguna persona? Respuesta: No se. VIGÉSIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿Dónde estaba usted, cuándo llegó la policía? Respuesta: Yo Salí, estaba nervioso. VIGÉSIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Puso la denuncia? Respuesta: Sí. VIGÉSIMA TERCERA PREGUNTA: ¿Qué decía la denuncia? R: No recuerdo, eso fue hace un año y medio. Es todo… PRIMERA PREGUNTA: ¿A cuánto ascendía la nómina de los obreros? Respuesta: De 280.000,00 o 300.000,00 bolívares por obrero. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Cuánto era el total de la nómina? Respuesta: Como 3 millones. TERCERA PREGUNTA: ¿Cuándo usted estaba con su socio, exactamente en que lugar estaba? Respuesta: En la puerta de la oficina. CUARTA PREGUNTA: ¿De ese lugar a dónde están los trabajadores que distancia hay? Respuesta: Como 40 metros. QUINTA PREGUNTA: ¿De allí a dónde estaba se podía observar lo que estaba pasando? R: Depende, si alguien pasaba. SEXTA PREGUNTA: ¿Usted pudo observar de donde venían las personas que lo abordaron? Respuesta: Al entrar pensé que estaban buscando trabajo. SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Alguna persona aparte de los obreros y su socio, es decir, alguna otra persona sabia que usted cancela la nómina de los trabajadores? R: No, todo el mundo que trabaja allí sabe que cobra los viernes. OCTAVA PREGUNTA: ¿De dónde sacan el dinero de pago de los trabajadores? Respuesta: Yo y mi socio. NOVENA PREGUNTA: ¿A qué banco se dirigieron? R: Banco de Venezuela de San A.d.L.A.. DÉCIMA PREGUNTA: ¿Qué tiempo estuvo usted maniatado con su socio? Respuesta: Diez minutos, en esos momentos no mides el tiempo, algo así. DÉCIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿Quién se dio cuenta de que la puerta estaba cerrada? Respuesta: El encargado de la obra J.S.. DÉCIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Qué hizo después que lo desamarraron? Respuesta: Me quedé allí en el galpón. DÉCIMA TERCERA PREGUNTA: ¿Usted recuerda las características de las personas que los sometieron? Respuesta: “Yo las vi sólo cuando entraron. DÉCIMA CUARTA PREGUNTA: ¿Si la ve podría señalarlos? R: No, el contacto fue muy poco. DÉCIMA QUINTA PREGUNTA: ¿Cuándo llegó a la Jefatura vio a los que los robaron? Respuesta: No. DÉCIMA SEXTA PREGUNTA: ¿Usted reconocería a los que los robaron? Respuesta: No, eso fue muy rápido… PRIMERA PREGUNTA: ¿La pistola la ve de lado o en frente? R: Cuando se me acercaron, el se levantó la camisa y me enseño la pistola. Es todo.” y MODESTINO SANTOSOUSO ANTONIO, quien entre otras cosas manifestó “Aproximadamente, hace un año y medio, un día viernes entre dos y tres de la tarde, fuimos víctimas de un robo, estaba conversando con mi socio en la obra que estábamos realizando en San A.d.L.A., en una oficina de campo que estaba en el sitio, fuimos sorprendidos por unos individuos que nos mostraron unas presuntas armas, nos quitaron las pertenencias, nos preguntaron por la nómina, luego nos ataron, nos dijeron que no nos moviéramos, ni que hiciéramos ruido, cerrando la puerta que no tenía ningún tipo de cerradura, al poco tiempo llegaron unos obreros a auxiliarnos, le indicamos a los obreros que nos habían robado y nos dijeron que habían unos agentes; nos enseñaron unas pertenencias de nosotros, unos sobres de nómina y la cinta métrica, lo cual identificamos como nuestras pertenencias y que para recuperar las mismas, teníamos que acercarnos a la sede de la Policía de los Salias. Es todo.” y a preguntas formuladas contestó “PRIMERA PREGUNTA: ¿Cómo se llama su socio? R: A.C.. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Habían otras personas? Respuesta: Nuestros obreros, a una distancia relativamente de 30 a 40 metros. TERCERA PREGUNTA: ¿Podían entrar desde la calle o de la quebrada que esta por la parte de atrás? R: Es posible. CUARTA PREGUNTA: ¿Qué vio cuando venían? Respuesta: Venían dos personas con un bolso, vi unas armas y nos mandaron a acostar en el piso. QUINTA PREGUNTA: ¿Estas personas eran de mucha edad? R: Eran personas jóvenes. SEXTA PREGUNTA: ¿Cómo estaban vestidas? R: No recuerdo nada. SÉPTIMA PREGUNTA: ¿De qué color era el Bolso? Respuesta: Negro. OCTAVA PREGUNTA: ¿Cómo era el arma? Respuesta: Una de las armas era como plateada. NOVENA PREGUNTA: ¿Recuerda el color de la camisa de la persona? Respuesta: No. DÉCIMA PREGUNTA: ¿Qué pasó cuándo vieron las armas? Respuesta: Nos mandaron al piso, nos dijeron no nos mires, nos preguntaron donde estaba la nómina, la que teníamos en una gaveta en el escritorio. DÉCIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿Qué más le preguntaron? Respuesta: Nos decían que nos quedáramos tranquilos, nos pusieron las manos detrás de la cabeza y nos maniataron con cables que estaban allí mismo en la oficina, cables de equipos eléctricos, de computadoras y otros cables. DÉCIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Recuerda que tiempo estuvieron maniatados, cuánto tiempo transcurrió? Respuesta: No se decirle, como 5 minutos. DÉCIMA TERCERA PREGUNTA: ¿Sabe dónde se llevaron las pertenencias u objetos? Respuesta: En un bolso. DÉCIMA CUARTA PREGUNTA: ¿Es el mismo bolso que trajeron? Respuesta: En el momento, ni siquiera sabía que se habían llevado la bomba de achique, lo vi en la calle. DÉCIMA QUINTA PREGUNTA: ¿Dónde estaba? Respuesta: Con la policía y los detenidos. DÉCIMA SEXTA PREGUNTA: ¿Este bolso de que color era? Respuesta: Negro. DÉCIMA SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Además de los detenidos y sus pertenencias vio el dinero? Respuesta: vi. los sobres de la nómina, esos estaban en la oficina en sobres, con los nombres de los obreros. DÉCIMA OCTAVA PREGUNTA: ¿Ese dinero estaba en la oficina antes de que ellos ingresaran? Respuesta: Sí, se los llevaron estos sujetos. DÉCIMA NOVENA PREGUNTA: ¿Usted cuando sale a la calle que ve? Respuesta: Me acompañó un obrero, de los que agarraron las cosas que me robaron y me enseñan el bolso, y si eran nuestras pertenencias. VIGÉSIMA PREGUNTA: ¿Cuánto dinero se llevaron? Respuesta: Como 3 millones de Bolívares, después de unos meses recuperamos los objetos y el dinero. VIGÉSIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿Cómo supo la Fiscal que los objetos les pertenecían? Respuesta: Por la declaración de nosotros. VIGÉSIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Usted vio a las personas detenidas, pudo reconocerlas como las personas que ingresaron al local? Respuesta: Yo los vi vagamente, lo que identifique fueron mis pertenencias. VIGÉSIMA TERCERA PREGUNTA: ¿Los funcionarios le informaron de dónde sacaron las pertenencias? Respuesta: Nos dijeron que nuestros obreros de entonces, se dieron cuenta y salieron a la calle, los detuvieron y le indicaron donde se habían montado, que era en un colectivo, los funcionarios actuaron. VIGÉSIMA CUARTA PREGUNTA: ¿Cuál era la actitud de los sujetos aprehendidos y de los funcionarios que estaban con los funcionarios policiales? Respuesta: Cuando los fueron a montar al Jeep se montaron un poco renuentes. Es todo… PRIMERA PREGUNTA: ¿Usted vio venir a las personas? Respuesta: Los vi cuando los teníamos al lado. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Los sometieron inmediatamente o hubo intercambio de palabras? Respuesta: Nos mandaron a echarnos al piso, nosotros estábamos conversando. TERCERA PREGUNTA: ¿Dentro de la oficina los ataron? Respuesta: Antes de atarnos, nos insistieron en que no levantáramos la cara del piso, nos requisaron, escuche que tomaban cosas. CUARTA PREGUNTA: ¿Ese día iba a cancelar la nómina, cuántos sobres eran? Respuesta: Alrededor de 7 sobres. QUINTA PREGUNTA: ¿Dónde estaban y en que condición? Respuesta: Unidos con una liga. SEXTA PREGUNTA: ¿Cuál fue su acto, cuándo lo sueltan, se reincorpora? R: Me levanté limpiándome la tierra y en eso llegó otro de los obreros y nos dijo que agarraron a los tipos con las pertenencias. SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Llegó al sitio de la aprehensión? Respuesta: Sí. OCTAVA PREGUNTA: ¿Cómo estaban las personas? Respuesta: Uno se lo estaban llevando en un Jeep y el otro estaba allí. NOVENA PREGUNTA: ¿Qué otras personas estaban allí? R: Los obreros, nada más. DÉCIMA PREGUNTA: ¿Usted observó los materiales que estaban en la oficina? R: Sí y unos sobres. DÉCIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿Cuándo le devuelven sus pertenencias, le devolvieron cuántos sobres? R: No recuerdo, pero la cantidad de dinero estaba completa. DÉCIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Cuándo llegó al destacamento policial se le hizo una entrevista, que depuso? Respuesta: Lo que pasó, los sobres que se llevaron, la cantidad exacta de lo que tenía en el bolsillo para ese momento. DÉCIMA TERCERA PREGUNTA: ¿Al momento de devolverles sus pertenencias, estaban completas? Respuesta: Si, con exactitud no recuerdo la cifra, pero si recuerdo que era aproximadamente. DÉCIMA CUARTA PREGUNTA: ¿En esa declaración usted señaló alguna persona, como quién lo atracó? Respuesta: Di unas declaraciones muy similares a la actual, nunca señalé a nadie, identifiqué las pertenencias. Es todo… PRIMERA PREGUNTA: ¿Quién llamó a la policía? Respuesta: Un grupo de obreros que notó algo sospechoso y salen a la calle, esas personas vieron un Jeep cerca de Polisalias y le indicaron que había un robo. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Qué tiempo pasó? Respuesta: Desde que nos amarraron hasta que nos incorporamos, pasaron de 10 a 15 minutos, apenas me pare, me estaba sacudiendo la tierra del piso y ya estaba la policía. Es todo.”, de todo lo cual se colige la autoría de los acusados L.A.G.C. y R.E.R.M. en el hecho punible que le imputara el Ministerio Público, tipificado como ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos MODESTINO SANTOSOUSO ANTONIO y CUVUCCIA ALBERTO, pues ha quedado plenamente comprobado que los mencionados acusados fueron las personas que portando un facsímil de arma de fuego, despojaron a los mismos de sus pertenencias.

Y si bien, las víctimas señalan que no pueden reconocer a los autores del hecho, ello no es óbice para estimar que los acusados L.A.G.C. y R.E.R.M., sean los autores del hecho punible que aquí se ventila; toda vez que está plenamente comprobado, que los mismos fueron aprehendidos en el interior de una unidad de transporte público de la Compañía Paraná, siéndoles incautado un bolso de color negro, en cuyo interior se hallaban todas las pertenencias que momentos antes habían despojado a los ciudadanos MODESTINO SANTOSOUSO ANTONIO y COVUCCIA ALBERTO, así como el facsímil utilizado para ello, resultando inverosímil la versión de exculpación pretendida por la defensa, ya que a todas luces existe una relación de causalidad naciente del momento en que los acusados someten a las víctimas y las despojan de sus pertenencias, hasta que finaliza en el interior de la camioneta donde son aprehendidos y se les decomisa el bolso en referencia, cuyo contenido es reconocido totalmente por los mencionados ciudadanos, como el dinero y las pertenencias que les habían robado mediante la utilización de un facsímil de arma de fuego, el cual igualmente fue incautado. Tales circunstancias de causalidad, le dan certeza a este Tribunal Mixto para considerar sin lugar a dudas, que los acusados L.A.G.C. y R.E.R.M., son los autores del hecho que nos ocupa, razón por la cual deberán responder penalmente por la acusación que presentó en su contra al Ministerio Público, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal y ASÍ SE HACE CONSTAR. En el mismo sentido y dirección considera quién aquí decide que no se puede sacrificar la Justicia, por el sólo hecho de que no fueron identificados testigos en la aprehensión flagrante de los Acusados de Marras, obviando la verdad que se reveló a todas luz, derivada de una circunstancia lógica como lo es, lo descrito por las Víctimas como objetos despojados; lo incautado a recuperado en poder de los Acusados de Marras y posteriormente reconocimiento y acreditación de propiedad por parte de las Víctimas de los objetos que habían sido despojados; así mismo por lógica razonable se observa, lo cual esta Juzgadora valora y adminicula la manifestación de los Acusados con la de los Funcionarios Actuantes Aprehensores, quienes manifestaron que interceptaron Unidad Colectiva por cuanto obreros de cuya nómina había sido afectada les indicaron que los sujetos que habían cometido el Robo habían abordado Unidad Colectiva y es en la Unidad Colectiva que efectivamente aprehenden a los Acusados de Sala que además tenían los objetos que posteriormente fueron reconocidos por sus propietarios, de no ser el caso los Funcionarios Actuantes Aprehensores no hubiesen podido materializar el procedimiento flagrante; donde recuperan los objetos robados; circunstancias estas suficientemente razonadas que conducen a e este Tribunal Mixto; a proferir Sentencia Condenatoria; atendiendo al sentido teleológico del Estado Social de Derecho y Justicia que propugna nuestro M.T. y que prela ante la impunidad y el desborde de inseguridad que afecta a la colectividad, conforme a criterio Jurisprudencial de Sala Constitucional, en Expediente. 01-1274-, de fecha 24 de Enero de 2002, con ponencia del Magistrado Jesús Eduardo Cabrera Romero.

CAPÍTULO “V”

FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO

Una vez plasmados los hechos que quedaron acreditados en el juicio oral y público, procede quien aquí preside este Tribunal Mixto a encuadrarlos en las normativas jurídicas correspondientes y así tenemos:

Que los hechos anteriormente narrados, encuadran perfectamente en el tipo que se identifica como el delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, así tenemos que dicha normativa tipifica:

Artículo 458. Cuando alguno de los delitos previstos en los artículos precedentes se haya cometido por medio de amenazas a la vida, a mano armada o por varias personas, una de las cuales hubiere estado manifiestamente armada, o bien por varias personas ilegítimamente uniformadas, usando hábito religioso o de otra manera disfrazadas, o si, en fin, se hubiere cometido por medio de un ataque a la libertad individual, la pena de prisión será por tiempo de diez a diecisiete años; sin perjuicio a la persona o personas acusadas, de la pena correspondiente al delito de porte ilícito de armas....

Por lo que obviamente, en base a los hechos previamente establecidos, la conducta de los acusados L.A.G.C. y R.E.R.M., encuadra perfectamente en la normativa anteriormente señalada, que tipifica y sanciona el delito de ROBO AGRAVADO, en perjuicio de los ciudadanos MODESTINO SANTOSOUSO ANTONIO y COVUCCIA ALBERTO, razón por la cual quienes aquí decidimos como Tribunal Mixto estimamos en forma unánime, que los mencionados acusados deberán responder penalmente como autores responsables del ilícito en referencia y ASÍ SE HACE CONSTAR.

PENALIDAD

En lo que respecta al delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, establece una sanción de DIEZ (10) A DIECISIETE (17) AÑOS DE PRISIÓN, siendo su término medio conforme a lo dispuesto en el artículo 37 ejusdem, de TRECE (13) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN. Ahora bien, en favor de los acusados L.A.G.C. y R.E.R.M., obran las circunstancias atenuante de la Buena Conducta Predelictual, pues no consta en autos lo contrario y para el último de los mencionados, igualmente la Minoría de Edad, pues contaba con 18 años de edad para el momento de cometer el hecho punible, razón por la cual conforme a lo establecido en el artículo 74 ordinales 1º y 4º ibídem, la sanción se aplicará en su límite inferior, es decir, DIEZ (10) AÑOS DE PRISIÓN, que en definitiva será la sanción a imponérsele a los acusados L.A.G.C. y R.E.R.M., y ASÍ SE DECLARA.

D E C I S I O N

En base a las anteriores observaciones, ESTE JUZGADO MIXTO SEGUNDO ITINERANTE DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA, EXTENSIÓN LOS TEQUES, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, EN FORMA UNÁNIME EMITE LOS SIGUIENTES PRONUNCIAMIENTOS: PRIMERO: De conformidad con lo establecido en el artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal CONDENA a los acusados L.A.G.C. y R.E.R.M., titulares de las cédulas de identidad No V-17.560.688 y V-19.733.353 respectivamente, ampliamente identificados en autos anteriores, a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos MODESTINO SANTOSOUSO ANTONIO y CUVUCCIA ALBERTO. Igualmente, se les condena a las penas accesorias contenidas en los artículos 16 del Código Penal vigente y 267 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se Mantiene la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad que pesa sobre los mencionados acusados.

Publíquese, regístrese, déjese copia y notifíquese a las partes, por cuanto la presente sentencia se publica fuera del lapso establecido en el artículo 365 del Código Orgánico Procesal Penal.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias de ESTE JUZGADO MIXTO SEGUNDO ITINERANTE DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA, EXTENSIÓN LOS TEQUES, a los 31 días del mes de Marzo del año DOS MIL NUEVE. 198º DE LA INDEPENDENCIA Y 150º DE LA FEDERACIÓN.

LA JUEZ

Dra. INDIRA LIBERTAD ROMERO MORA

ESCABINOS

D.J.P.S.

MARÍA LUISA PERETE DE PIETERS

EL SECRETARIO,

ABG. Y.B.

Seguidamente, se dio cumplimiento a lo ordenado en la presente sentencia.-

EL SECRETARIO,

ABG. Y.B.

ILRM/ilrm

Exp. Nº: 1M-108-07

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