Decisión nº WP01-R-2013-000310 de Corte de Apelaciones de Vargas, de 8 de Mayo de 2013

Fecha de Resolución 8 de Mayo de 2013
EmisorCorte de Apelaciones
PonenteRoraima Medina García
ProcedimientoConfirma La Decisión Dictada

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

CORTE DE APELACIONES EN PENAL ORDINARIO

RESPONSABILIDAD DE ADOLESCENTES Y VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS

Macuto, 08 de mayo de 2013

203º y 154º

Asunto Principal WP01-P-2013-000916

Recurso WP01-R-2013-000310

Corresponde a esta Corte de Apelaciones conocer la causa seguida al ciudadano ADICK A.V.M., titular de la cédula de identidad número V-18.587.863, en virtud del recurso de apelación en EFECTO SUSPENSIVO interpuesto en la audiencia para escuchar al imputado por la Abogada NAYLIZ GUZMAN, en su condición de Fiscal de Flagrancias del Ministerio Público de conformidad con lo dispuesto en el artículo 374 del texto adjetivo penal, en contra el pronunciamiento del Juzgado Segundo de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Circunscripcional de fecha 05 de mayo de 2013, mediante la cual le decretó la L.S.R. al referido ciudadano, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO SIMPLE FRUSTRADO EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, previsto y sancionado en el artículo 405 en concordancia con el artículo 80 segundo aparte y 424 todos del Código Penal. En tal sentido se observa:

La Representante Fiscal Abogada NAYLIZ GUZMAN, en la audiencia para oír al imputado manifestó:

…En este acto ejerzo el efecto suspensivo de la presente decisión, de conformidad con el artículo 374 del Código Orgánico Procesal Penal, en cuanto a la decisión emanada de este tribunal, mediante la cual le concede l.s.r. al imputado de autos, toda vez que considera esta Representación Fiscal, que efectivamente surgen de las actas procesales plurales y concordantes elementos de convicción procesal, los cuales fueron consignados en la presente audiencia: actas de entrevistas de las victimas y testigos plenamente identificados, reconocimiento médico legal de A.N., que permiten demostrar que efectivamente el imputado de autos, fue la persona que conjuntamente con sus compañeros delictuales, cada uno portando armas de fuego, decidieron amenazar, constreñir y causar lesiones en la humanidad de las victimas mencionadas, y más en la humanidad de NODA G.A., ya que uno de éstos decidió accionar su arma de fuego, en el abdomen de la última victima mencionada, realizando todo lo necesario para quitarle la vida, y sin embargo no lo lograron por circunstancias independientes y externas a la voluntad del culpable, ya que la victima fue trasladado (sic) de manera inmediata al hospital, donde recibió asistencia médica, en este sentido, se dieron todos los elementos, para el delito de FRUSTRACION EN EL DELITO DE HOMCIIDO (sic) INTENCIONAL EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, es decir utilizaron un arma de fuego, capaz de matar, accionaron la misma donde existen órganos vitales (abdomen) en este sentido, los imputados a pesar de escuchar la explicación suministrada por todo el grupo familiar de la victima, de que el mismo estaba vomitando, y debido a esto estaba recostado en la camioneta, estos hicieron caso omiso, y continuaron con las agresiones físicas e intimidatorios, en perjuicio del grupo familiar, y si bien es cierto que nadie señala al imputado de manera directa, no es menos cierto, que efectivamente el imputado estaba en ese lugar, e indica que surgió esa discusión, es por esto que el Ministerio público (sic), se refiere al grado de complicidad correspectiva, por otra parte considero, que aun falta recabar en la fase de investigación, la experticia de reconocimiento técnico e imágenes del CD, contentivo de imágenes que fue consignado por la victima B.N., donde seguramente se demostrara la participación que tuvo cada uno de los imputados, por otra parte se evidencias (sic) comunicaciones emanada por el C.I.C.P.C, donde le orden practicar reconocimiento médico legal a varias victimas de los hechos, y serán recabados los resultados, en su debido momento es necesario garantizar el resultado del proceso penal, y así evitar que se haga nugatoria la finalidad de la administración de la justicia, la alerta es para la sociedad, y demuestren que hechos como estos no quedan impune, y que las victimas queden sin el resarcimiento de su daño. Y Mas (sic) aun cuando se encuentran llenos los extremos del artículo 236 numerales 1, 2, 3, 237, numerales 2, 3, parágrafo primero, y artículo 2538 (sic) numeral 2 todos del Código Orgánico Procesal Penal…

El Defensor Privado Abogado J.J.A., por su parte alegó en la referida audiencia que:

…Considera esta defensa que el recurso de efecto suspensivo aquí ejercido por el Ministerio Público es improcedente, por cuanto que mi patrocinado no se encuentra imputado por ninguno de los delitos, cuyas excepciones prevé el Código Orgánico Procesal Penal para que se suspenda la decisión acordada a su favor, por cuanto que el Homicidio que se le incrimina es en grado de frustración y en complicidad correspectiva y la excepción es para los imputados debidamente por el delito de HOMICIOID (sic) INTENCIONAL, valga decir el consumado y por otra parte los delitos de LESIONES GENÉRICAS y AGAVILLAMIENTO, no están previstos como excepción en los casos de recursos de efectos suspensivos, y por otra parte y ya para concluir en el presente caso el Ministerio Público, requirió procedimiento Ordinario y no Abreviado, por lo tanto considero infundado el recurso en el artículo 374 del Código Orgánico Procesal Penal, es todo…

Ahora bien, este Órgano Colegiado advierte que para que resulte procedente el decreto de una MEDIDA CAUTELAR, en cualquiera de sus modalidades, es requisito indispensable que se demuestre la corporeidad material de un hecho típico, que merezca pena privativa de libertad, cuya acción penal no se encuentre prescrita, que surjan elementos de convicción para estimar que el imputado han concurrido en el hecho delictivo en cualquiera de los modos de participación criminal y que la presunción razonable de peligro de fuga o de obstaculización en la búsqueda de la verdad, puedan ser satisfechos para garantizar las resultas del proceso con la aplicación de una medida menos gravosa, conforme al principio de la proporcionalidad y con base al principio de inocencia y afirmación de la libertad, contenidos en los artículos 230, 8 y 9, todos del Código Orgánico Procesal Penal.

La afirmación anteriormente efectuada se desprende de manera clara y sin ninguna duda de interpretación del contenido del encabezamiento del artículo 242, del texto penal adjetivo, cuando establece que “Siempre que los supuestos que motivan la privación judicial preventiva de libertad puedan ser razonablemente satisfechos con la aplicación de otra medida menos gravosa para el imputado...”, lo que implica consecuencialmente, que a los fines de imponer una medida cautelar sustitutiva de libertad, es requisito fundamental establecer la corporeidad material de un hecho delictivo, que merezca pena privativa de libertad aún no prescrita y que se determinen elementos de convicción para estimar la participación del imputado de autos en el hecho investigado.

El Juzgado Segundo de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, dictó la decisión impugnada el 05 de mayo de 2013, donde entre otros pronunciamientos dictaminó:

…Como PUNTO PREVIO, se declara SIN LUGAR la solicitud de nulidad de la aprehensión del imputado de autos, en virtud que el ciudadano imputado fue impuesto de sus derechos y garantías constitucionales en este Tribunal, igualmente de conformad con la sentencia nº 526 de fecha 09-04-2001, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia con ponencia del Magistrado Iván Rincón Urdaneta, ratificada por esa Sala en la sentencia Nº 521 de fecha 12-05-2009 con ponencia del Magistrado Marcos Tulio Dugarte Padrón, donde establece que las presuntas violaciones alegadas por el accionante cesan con el dictamen judicial del Juez de Control. PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud interpuesta por el Defensor de Confianza, y se decreta LA L.S.R. del ciudadano ADICK A.V.M., ampliamente identificado en autos, por no estar satisfecho el numeral 2º (sic) del artículo 236 del Código Orgánico Procesal Penal, toda vez que no hay en la presente causa fundados elementos de convicción para estimar que el imputado ha sido autor o partícipe en la comisión de un hecho punible. La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en la sentencia nº 649, de fecha 04-04-2003, con ponencia del Magistrado Antonio J. García García, estableció que “…para dictar la privación de libertad, el tribunal debe a.y.s.q.s. encuentran cumplidos los requisitos exigidos por el Código Orgánico Procesal Penal, para su procedencia…”, y en la presente causa, no está satisfecho el numeral 2º (sic) del artículo 236 del Código Orgánico Procesal Penal, esto es, que hayan indicios serios y ciertos, con hechos indicantes debidamente probados, que permitan estimar que el imputado es autor o partícipe. SEGUNDO: Se acoge parcialmente la precalificación jurídica dada a los hechos por el Ministerio Público por considerar que el delito que pudiera probarse es HOMICIDIO SIMPLE FRUSTRADO EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, previsto y sancionado en el artículo 405 en concordancia con el artículo 80, se segundo aparte y 424 del Código Penal. TERCERO: Se declara CON LUGAR la solicitud del Ministerio Público y se acuerda tramitar la causa por la vía del PROCEDIMIENTO ORDINARIO de conformidad con los artículos 280 y 373, último aparte, del Código Orgánico Procesal Penal CUARTO: Se declara SIN LUGAR la solicitud de la Defensa en el sentido que se ordenara aperturar investigación a los funcionarios actuantes del presente procedimiento. QUINTO: Se acuerda las copias solicitadas por las partes…”

Ante los anteriores alegatos, este Tribunal Colegiado observa lo siguiente:

En relación a la constitucionalidad del recurso de apelación con efecto suspensivo, esta Alzada se permite traer a colación la sentencia de fecha 05/05/2005, Exp. 04-2615 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, con ponencia del Magistrado PEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ, en la cual estableció: “…la Sala estima pertinente la acotación de que, en el proceso penal, conforme el principio general del efecto suspensivo que establece el artículo 374 del Código Orgánico Procesal Penal, la interposición del recurso de apelación suspende la ejecución de la decisión que otorgó la libertad o una medida sustitutiva de la privativa de libertad, con la sola excepción de que el hecho punible que se impute merezca una pena privativa de libertad menor de tres años, en su límite máximo, y el imputado no tenga antecedentes penales. En el presente asunto, la libertad que acordó la juez de control, en virtud de la apelación que fue ejercida por el representante del Ministerio Público, se encontraba sometida al referido efecto suspensivo, ya que los hechos que se imputaron a los quejosos merecen una pena privativa de libertad superior a tres años…” (Cursivas de la Corte).

Como se puede advertir de la sentencia anteriormente transcrita, el recurso de apelación con efecto suspensivo se puede interponer en el mismo momento de celebrarse la Audiencia de Presentación de Imputado, cuando el Tribunal de Control dentro de sus pronunciamientos, decrete la l.s.r. o cuando imponga medidas cautelares sustitutivas, facultando al Ministerio Publico para ejercer tal recurso de manera sobrevenida cuando considere que las decisiones de dicho tribunal, no reúnen los requisitos legales para su procedencia.

Se advierte igualmente, que los hechos ilícitos imputados al ciudadano ADICK A.V.M., fueron precalificados por el Ministerio Público como HOMICIDIO SIMPLE FRUSTRADO EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, previsto y sancionado en el artículo 405 en concordancia con el artículo 80 segundo aparte y 424 todos del Código Penal, el cual establece pena de DOCE (12) A DIECIOCHO (18) AÑOS DE PRESIDIO; LESIONES GENERICAS EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, previsto y sancionado en el artículo 413 en concordancia con el artículo 424 del ejundem, y AGAVILLAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 286 ibídem, pero el Juzgado A quo solo acogió el primero de los mencionados; ilícito este que no se encuentra evidentemente prescrito, ya que fue presuntamente cometido en fecha 31/12/2012. Asimismo, exige el artículo 236 del Código Adjetivo Penal la existencia de fundados elementos de convicción para estimar que el imputado ha sido autor o partícipe en la comisión del hecho punible imputado.

Ahora bien a continuación se transcriben los elementos que cursan en actas, los cuales dieron origen a la investigación donde resultó detenido el ciudadano ADICK A.V.M.:

1. ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL de fecha 04 de mayo de 2013, levantada por funcionarios adscritos a la División de Investigaciones Contra el Robo y Vehículos del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub Delegación Vargas, en la que se deja constancia de:

"En esta misma fecha siendo las 12:00 horas de la madrugada al momento de encontrarme en labores de investigación y en la búsqueda y localización de vehículos provenientes de la comisión de hechos delictivos Previstos (sic) y sancionados en la Ley sobre el Hurto y Robo de vehículos automotores (sic), específicamente en el SECTOR SANSUSI, LA TERCERA VUELTA DEL CALVARIO, PARROQUIA S.T., MUNICIPIO LIBERTADOR, CARACAS, DISTRITO CAPITAL, en compañía de los funcionarios, INSPECTOR JEFE G.P., INSPECTOR EDWARD BRICEÑO, Y DETECTIVE WILVANNY PADRINO, a bordo de la unidad P-17, en momentos en que nos desplazábamos por dicho sector específicamente frente a la casa numero 40-01, del referido sector, logramos avistar, aparcado frente a las inmediaciones de la vivienda, un vehículo MARCA: TOYOTA, MODELO COROLLA, DE COLOR BEIGE, PLACAS MAS51S; por lo (sic) procedimos a realizar llamado vía telefónica al funcionario DETECTIVE AGREGADO SOSA JOHAN, a fin de verificar el estatus, ante el Sistema de Información Policial, quien luego de una breve espera nos manifestó que las placas suministradas correspondían al vehículo MARCA: TOYOTA, MODELO: COROLLA, AÑO 1998, COLOR BEIGE, PLACAS: MAS51S, CLASE AUTOMÓVIL, SERIAL DE CARROCERÍA AE1019830433, SERIAL DE MOTOR: 4AM070298, arrojando como resultado que el mismo se encuentra SOLICITADO por la SUB DELEGACIÓN LA GUAIRA de fecha 01-01-2013 según expediente K-13-0138-00001, por uno de los Delitos Contra las Personas (lesiones), acto seguido se nos acerco un ciudadano con las siguientes características fisonómicas: tez trigueño, contextura gruesa, cabello castaño oscuro corto, de un metro ochenta y tres centímetros aproximadamente, portando como vestimenta un pantalón blue jeans, y una franela de color a.c., de nombre: VASQUEZ MORILLO ADICK AUGUSTO…titular de la cédula de identidad numero V-18.587.863, quien adujo ser el propietario por más de un año y que estaba en conocimiento de la situación del vehículo la cual obedece a un altercado que sostuvo en la (sic) Guaira, en vista de lo antes expuesto se realizo llamada telefónica, nuevamente a fin de verificar los posibles registros y/o solicitudes que pusiese presentar el ciudadano antes mencionado, luego de una breve espera se pudo conocer que la cédula suministrada corresponde a: VASQUEZ MORILLO ADICK AUGUSTO, titular de la cédula de identidad numero V-l8.587.863, y que el mismo no presenta registro ni solicitud alguna, en consecuencia amparados en el artículo 191 y 193 del Código Orgánico Procesal Penal, el funcionario Detective WILVANNY PADRINO procedió a realizarle la revisión corporal al citado ciudadano e inspección del vehículo en referencia, no encontrándose ninguna evidencia de interés Criminalístico, acto seguido se procedió a realizar la respectiva Inspección técnica de Ley del Sitio de Suceso, motivo por el cual se procedió a trasladar al supra mencionado, y el vehículo en cuestión a la Sede de esta oficina donde se le notifico al Jefe de Investigaciones de la División Contra el Robo de Vehículo Inspector Jefe A.G., quien ordeno que el referido ciudadano, fuese puesto a la orden del Departamento de aprehensión de este organismo policial, se (sic) le sea notificada la situación jurídica al detenido, de igual manera se le fueron leídos sus derechos como imputados consagrados (sic) en el artículo 49 de la Constitución Nacional y 127 del Código Orgánico Procesal Penal y que le sea participado del procedimiento a la fiscalía 1° del Ministerio Público, quien se encuentra de guardia en este Despacho, razón por el cual le efectué llamada telefónica, a la Abogada O.G., a quien luego de identificarme como funcionario de este Cuerpo de Investigaciones y manifestarle el motivo de mi llamada la misma se dio por notificada, de igual manera ordenó que el vehículo y motor en cuestión fuese objeto de los peritajes de rigor y el vehículo automotor quedara en el Departamento de experticias (ÁREA CAPITAL), a la orden de la representación fiscal que conozca de la causa, se le notifico al Jefe de la brigada (sic) de vehículos(sic) de la (sic) Guaira, funcionario comisario C.S., quien se dio por notificado del estado del vehículo, se consigna Inspección Técnica, derechos de imputado, y copia, fotostática, de las averiguaciones signadas con la nomenclatura K-13-0138-00001…

Cursante a los folios 02 al 03 de la causa.

  1. ACTA DE INSPECCIÓN TÉCNICA de fecha 03 de mayo de 2013, según expediente número K-13-0138-00001, levantada por funcionarios adscritos a la División de Investigaciones Contra el Robo de Vehículos del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub Delegación Vargas, en la que se deja constancia de:

    …siendo las 12:50 horas de la Mañana, se constituyó una comisión del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, integrada por los Funcionarios: Detectives Willvany Padrino y E.R., adscritos a esta Dirección: hacia la siguiente dirección: Tercera Vuelta Del Calvario, Sector Sansusy, frente a la casa 40-1, Vía Pública, Parroquia Sucre, Municipio Libertador, Caracas, Distrito Capital, lugar en el cual se acordó efectuar Inspección de conformidad con lo establecido en los artículo 115°, 153° y 186° (sic), del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 41° y 51° (sic) numeral 5 de la Ley Orgánica del Servicio de Policía de Investigación, El Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas y el Servicio Nacional de Medicina y Ciencias Forenses; a tal efecto se procedió, dejándose constancia de lo siguiente: "Tratase de un sitio de suceso abierto, donde se aprecia buena iluminación natural y artificial, temperatura ambiental fresca, piso de asfalto, todo esto para el momento de practicar la presente Inspección Técnica, correspondiente a un tramo de la calle, ubicada en la dirección arriba mencionada, la cual permite el tránsito vehicular en ambos sentidos, dicho lugar se halla conformada por la respectiva calzada asfáltica. Así mismo se observan transitar vehículos de diferentes marcas, modelos y colores Posteriormente se procede a practicar un minucioso rastreo a las adyacencias en procura de algún tipo de evidencia de interés Criminalístico en el lugar del hecho, siendo la (sic) infructuoso el mismo. Es todo cuanto tenemos que informar al respecto y de esta manera concluimos…

    Cursante a folio 05 de la causa.

  2. ACTA DE INSPECCIÓN de fecha 04 de mayo de 2013, según expediente número K-13-0138-00001, levantada por funcionarios adscritos a la División de Investigaciones Contra el Robo de Vehículos del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub Delegación Vargas, en la que se deja constancia de:

    …siendo las (sic) 01:00 horas de la Mañana, se constituye una comisión del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalistas, integrada por los funcionarios: DETECTIVES PADRINO WILLVANY Y E.R., en la siguiente dirección: El Patio de la División del Departamento de Experticias de Vehículo, Área Capital, Quinta Crespo, Parroquia S.T., Municipio Libertador, Distrito Capital, lugar donde se acordó practicar Inspección Técnico Policial de acuerdo con lo establecido en los Artículos 186° y 189° (sic) del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo (sic) 41° Y (sic) 51° (sic) de la Ley Orgánica del Servicio de Policía de Investigación, El Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas y el Servicio Nacional de Medicina y Ciencias Forenses, a tal efecto se procedió dejándose constancia de lo siguiente: "Una vez en el lugar que resulto ser un estacionamiento de los comúnmente usados para aparcar vehículos automotores ubicado en la dirección arriba citada, el cual presenta su fachada orientada en sentido Oeste, está a su vez protegido por un portón del tipo batiente de una hoja revestidas con pintura de color negro, encontrándose abiertos para el momento de practicar la presente Inspección, al trasponer el umbral del mismo se aprecia un nivel de temperatura ambiental cálido, óptima iluminación artificial y visibilidad física, todos estos aspectos físicos presentes para el momento de realizar la respectiva inspección técnica, continuando con dicha Inspección se deja ver que el mencionado lugar está estructurado de la siguiente forma: Piso cemento y tierra, y su periferia protegida por una pared elaborada en concreto, donde observamos debidamente estacionados vehículos automotores de diferentes marcas y modelos entre los cuales destaca uno con las siguientes características: MARCA: TOYOTA, MODELO: CORULLA, TIPO SEDAN, COLOR: BEIGE, AÑO: 1998, CLASE: AUTOMÓVIL, USO PARTICULAR, PLACAS: MAS51S, SERIAL DE CARROCERÍA: AE1019836433, SERIAL DE MOTOR 4AM070298: Su latonería, micas, faros de iluminación, neumáticos y demás accesorios en buen Estado de uso y Conservación. EXAMINADO EN SU PARTE INTERNA: en buen Estado de Uso Conservación sin radio reproductor y parcialmente desvalijado. Caso relacionado con la causa numero K-13-0138-00001. Es todo cuanto tenemos que informar al respecto y de esta forma concluimos…

    Cursante al folio 08 de la causa.

  3. EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO LEGAL EN EL SERIAL DE CARROCERÍA Y MOTOR de fecha 04 de mayo de 2013, suscrito por los Expertos P.L. y NAIVETH CONTRERAS, al Servicio del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, adscritos a la Dirección Nacional de Investigaciones Contra el Robo de Vehículos, en la cual deja constancia de los siguiente:

    …Por cuanto se hace necesario y urgente la práctica de la experticia, los suscritos P.L. Y NAIVETH CONTRERAS, expertos al servicio del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, adscritos a la Dirección Nacional de Investigaciones Contra el Robo y Hurtos de Vehículos y designados para practicar experticia y avalúo a un vehículo, pasamos a rendir bajo juramento de conformidad con lo establecido en los artículos 238 y 239 del Código Orgánico Procesal Penal vigente, el siguiente informe pericial: MOTIVO: Realizar experticia de reconocimiento legal en el serial de carrocería y motor, con el fin de dejar constancia de la originalidad, falsedad o determinar posibles alteraciones. EXPOSICIÓN: A los efectos se procedió a la experticia de un vehículo que para el momento de su revisión se encontraba en el estacionamiento de este Departamento, reuniendo las siguientes características:

    CLASE: AUTOMÓVIL MARCA: TOYOTA MODELO: COROLLA

    COLOR: BEIGE PLACAS: MAS-51S TIPO: SEDAN

    SERIAL DE CARROCERÍA: AE1019830433

    SERIAL DE MOTOR: 4AM070298

    El mismo tiene un valor comercial de 140.000,00 Bs…PERITAJE…De conformidad con el pedimento formulado constatamos que: El serial de la carrocería donde se lee la cifra alfanumérica: AE1019830433 se encuentra ORIGINAL. La unidad en estudio posee un serial de motor: 4AM070298 se encuentra ORIGINAL...CONCLUSIONES:…01. El serial de la carrocería donde se lee la cifra alfanumérica: AE1019830433, se encuentra ORIGINAL…02. La unidad en estudio posee un serial de motor 4AM070298 ORIGINAL…03. La unidad en estudio será trasladada a la depositaría Judicial Vista Ávila…Peritaje que presentamos a los 04 días del mes de Mayo del año 2013…

    Cursante al folio 09 de la causa.

  4. RECEPCIÓN DE LLAMADA TELEFONICA 171, de fecha 31 de diciembre de 2012, suscrita por funcionario adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub Delegación Vargas, en la que entre otras cosas se lee:

    …Se recibe la misma de parte del Sistema de Emergencias 171 de este Estado, informando que en el Hospital J.M.V., Parroquia La Guaira, Estado Vargas, ingreso una persona de sexo masculino quien resultó lesionado ante (sic) heridas presuntamente producidas por el paso de proyectiles disparados por arma de fuego, quien procede de las adyacencias del sector Las Quince Letras frente al edificio Las Palmas, vía pública, Parroquia Macuto, Estado Vargas, motivo por el cual se requiere comisión de este despacho a fin de esclarecer el hecho en cuestión, desconociendo más detalles al respecto…

    Cursante al folio 12 de la causa.

  5. ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL de fecha 01 de enero de 2013, levantada por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub Delegación Vargas, en la que se deja constancia de:

    "…Encontrándome en la sede de este despacho, vista y leída transcripción de novedad que antecede, procedí a trasladarme a bordo de la unidad Toyota, P-30491 en compañía de los funcionarios: Detective Yetsica GUILLÓN y Agente Osber RIVAS, hacia la siguiente dirección: Hospital Dr. J.M.V.. Parroquia La Guiara, Estado Vargas, a fin de verificar el hecho indicado, las circunstancias que lo rodearon, así como las primeras pesquisas tendientes al esclarecimiento del presente hecho punible; una vez en el lugar estando plenamente identificados como funcionarios activos de este Cuerpo de Investigaciones y luego de manifestar el motivo de nuestra presencia, sostuvimos entrevista, con el grupo de guardia número tres, quien nos manifestó que efectivamente siendo las 22:45 horas del día 31/12/2012, ingresó al área de emergencias del referido nosocomio, una persona procedente del sector las quince letras (sic), Parroquia Macuto de este Estado, presentando herida presumiblemente por el paso de proyectil disparado por arma de fuego, quien se encuentra en el quirófano siendo intervenido. Posterior a las diligencias efectuadas, fuimos abordados por una persona de sexo femenino, quien nos indicó ser la esposa del ciudadano hoy herido, quedando identificada como: CÁRDENAS B.V., exteriorizando a su vez que su pareja responde al nombre de: NODA G.A.A.d. nacionalidad venezolana natural de la (sic) Guaira, Estado Vargas, de 45 años de edad, fecha de nacimiento 26-09-67 estado civil soltero, residenciado en sector el teleférico (sic), casa sin numero, Parroquia Macuto, Estado Vargas, cédula de identidad V.-7.991.678 de igual manera la ciudadana entrevistada nos manifestó ser testigo presencial del hecho que nos ocupa por lo que se le libro boleta de citación, a fin de que comparezca por ante este Despacho, de igual manera informo que el hecho se suscito en las adyacencias da las quince letras (sic), frente del edificio las (sic) Palmas, ya que allí unos sujetos desconocidos golpearon a su pareja y luego uno de ellos saco a relucir un arma de fuego y le disparo, huyendo del lugar, en un vehiculo COROLLA placas MAS51S, por lo que rápidamente nos trasladamos hacia el lugar antes descrito, con la finalidad de ubicar, identificar y practicar la posible aprehensión de los sujetos mencionados en la presente acta; una vez en el lugar estando plenamente identificados como funcionarios activos de este Cuerpo de Investigaciones, se procedió e (sic) efectuar la inspección técnica de ley, no logrando ubicar evidencia alguna de interés criminalístico; seguidamente sostuvimos entrevista con una ciudadana quien abordo la comisión identificándose como ARLIYET C.M.B., informando que en el lugar había una reunión hecha por su persona donde para el momento de encontrarse en la fiesta le informaron que en frente de su residencias había ocurrido un problema, donde estaba involucrado su hermano y otras personas más, motivado a que había una persona herida por arma de fuego, donde desconoce que sucedió al igual que (sic) persona pudiese haber cometido el hecho, mas sin embargo le dijeron que allí estaban los ciudadanos A.A.M.B., ALEX y otras personas más que no recuerda sus nombres, siendo el primer ciudadano mencionado su hermano, por lo que le solicitamos la ubicación de cada una de las personas antes mencionadas, desconociendo su paradero, por lo que le libramos boleta de citación, a fin de que compadezca (sic) por ante este Despacho, para ser entrevistada. Culminadas las diligencias investigativas antes expuestas, procedimos a trasladarnos a la sede de este despacho, dándole así inicio a las actas procesales signadas, con la nomenclatura K-13-0138-00001, por la comisión de uno de los Delitos Contra las Personas (Lesiones por arma de fuego), informándole a su vez a la superioridad sobre las diligencias practicadas, dejando constancia en actas de lo antes expuesto. Consigno mediante la presente, inspección técnica del sitio del suceso. Es todo…” Cursante a los folios 13 y 14 de la causa.

  6. ACTA DE ENTREVISTA de fecha 04 de enero de 2013, rendida por el ciudadano L.R. y levantada por funcionarios adscritos a la Brigada de Investigaciones de Homicidios del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub Delegación Vargas, en la que entre otras cosas manifestó:

    …Resulta ser que el día 31/12/2012, a eso de las 10:00 horas, me encontraba con mi (sic) familiares en mi residencia ubicada al lado del Hotel Las Quince Letra, residencia las Palmas Planta baja, a la espera del nuevo año, 2013, cuando de pronto me percaté que cinco sujetos desconocidos estaban golpeando a mi tío de nombre: NODA Amrram y a mi primo de nombre: NODA Oswaldo, por lo que me trasladé a lugar del problema, para tratar de calmar la situación y unos de los sujetos me comenzó a golpear y luego me sacaron un arma de fuego, luego de eso escuché un disparo y me percate que habían herido a mi tío antes mencionado, luego los sujetos perpetradores del hecho, se montaron en su vehículo y huyeron del lugar, seguidamente trasladaron a mi tío, quien tenía un tiro en la espalda, al Seguro Social de la (sic) Guaira, Estado Vargas, donde lo prestaron los primeros auxilios y estaba siendo atendido, desconociendo mas detalles al respecto, es todo

    SEGUIDAMENTE EL FUNCIONARIO RECEPTOR PASA A INTERROGA (sic) A LA ENTREVISTADA DE LA SIGUIENTE MANERA: PRIMERA PREGUNTA : ¿Diga usted, lugar, hora y fecha de los hechos antes narrados? CONTESTÓ: “Eso ocurrió en las adyacencias de la residencia las (sic) Palmas, vía pública, Parroquia Macuto. Estado Vargas, a las 10:00 horas de la noche, del día Lunes 31-12-2012” SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento el motivo por el (sic) se suscitaron los hechos que narra? CONTESTO: “Porque mi primo de nombre NODA Gustavo, estaba vomitando al lado de una camioneta de la cual desconozco la (sic) características y el propietario de la misma se molestó y pensó que mi primo antes mencionado quería abrir la misma para robarle alguna pertenencia” TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento los datos filiatorios del ciudadano propietario de dicho vehículo? CONTESTO: “Si, el se llama: M.A.” CUARTA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento donde puede ser ubicado el ciudadano que menciona como M.A.? CONTESTO: "El puede ser ubicado mediante el ciudadano SIMANCAS Miguel, quien reside en la dirección donde se suscitaron los hachos específicamente piso 4, apartamento 4-A,” QUINTA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento donde pude ser ubicado el ciudadano que menciona como NODA Oswaldo? CONTESTO: "Mediante mi persona” SEXTA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento donde pude ser ubicado el ciudadano que menciona como NODA Gustavo? CONTESTO: "Mediante mi persona” SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, las características fisonómicas de los sujetos perpetradores del presente hecho? CONTESTO: "Solo logré ver a dos de ellos quienes presentan las siguientes características fisonómicas, el primero es de tez morena, contextura regular, cabello color negro, tipo liso, corto, de 1,75 de estatura aproximadamente, de unos 30 años de edad y el segundo es de tez morena, cabello color negro, tipo liso, contextura gruesa, de 1,70 de estatura aproximadamente, de unos 25 años de edad aproximadamente" OCTAVA PREGUNTA: ¿Diga usted, que vestimenta portaban lo (sic) sujetos antes mencionados para el momento que refiere haberlos observado? CONTESTO: “El primero tenia una camisa de vestir, de color blanco y un pantalón jeans y el segundo tenia una camisa de vestir de color azul y pantalón no recuerdo el color" NOVENA PREGUNTA: ¿Diga usted, que tipo de arma de fuego portaban los sujetos para el momento del hecho? CONTESTO: “Los sujetos portaban varias armas pero solo logré observar el arma del sujeto que me apunto que era una pistola marca Glock, de color negro” DÉCIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, su persona resultó lesionado para el momento del hecho que narra? CONTESTO: “Si, recibí varios golpes en la cabeza” DÉCIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, que medios utilizaron los sujetos para agredido (sic)? CONTESTO: “Los puños” DÉCIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, cual es el estado de salud del ciudadano que menciona como: NODA Amrram? CONTESTO: "Esta estable y fue dado del alta medica el día 02/01/13, en horas de la mañana” DÉCIMA TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, en que parte del cuerpo resultó lesionado el ciudadano que menciona como NODA Amrram? CONTESTO: “En la espalda” DÉCIMA CUARTA PREGUNTA: ¿Diga usted, que medios utilizaron los sujetos para agredir al ciudadano que menciona como NODA Amrram? CONTESTO: "Un arma de fuego" DÉCIMA QUINTA PREGUNTA: ¿Diga usted, en el lugar existe algún sistema de circuito cerrado o vigilancia? CONTESTO: "Si, hay cámaras en todo el edificio” DÉCIMA SEXTA PREGUNTA: ¿Diga usted, los sujetos perpetradores del hecho se encontraban bajo los efectos del alcohol o alguna circunstancia (sic) psicotrópica” CONTESTO: "Si, estaban tomados” DÉCIMA SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, alguna otra persona en particular resultó lesionada para el momento en el cual donde se suscitaron los hechos? CONTESTO: “Si, también golpearon a mi hermana: REGALADO Siulybeth" DÉCIMA OCTAVA PREGUNTA: ¿Diga usted, que medios utilizaron para agredir a la ciudadana: REGALADO Siulybeth? CONTESTO: "Los puños” DÉCIMA NOVENA PREGUNTA: ¿Diga usted, en que parte del cuerpo resultó lesionada la ciudadana que menciona como REGALADO Siulybeth? CONTESTO: “En el cuello y en la cabeza” VIGÉSIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, es primera, vez que le sucede un hecho de esta naturaleza con los sujetos en cuestión? CONTESTO: “Si” VIGÉSIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, desea agregar algo más a la presentó entrevista? CONTESTO: "No, es todo…” Cursante a los folios 16 al 18 de la causa.

  7. ACTA DE ENTREVISTA de fecha 04 de enero de 2013, rendida por la ciudadana B.N. y levantada por funcionarios adscritos a la Brigada de Investigaciones de Homicidios del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub Delegación Vargas, en la que entre otras cosas manifestó:

    "…Resulta ser que el día 31-12-2012, mi hermano de nombre AMRRAM NODA, fue a visitarme en compañía de mis sobrinos de nombre O.N., S.N., G.N., su novia de nombre YAIMARA CÁRDENAS y los hijos de esta ERICK, HIKLARYr cuando se encontraban en la parte de afuera de la residencia mi sobrino G.N., le dieron ganas de vomitar, así que se recostó de un vehículo tipo AUTOMÓVIL, marca MITSUBISHI, el cual se encontraba estacionada en las (sic) parte de afuera de la residencia, cuando de pronto salió un sujeto desconocido, quien se encontraba en el salón de fiestas manifestándole que si estaba pendiente de robarle su camioneta, mi sobrino le responde que no, en eso viene mi otro sobrino O.N. y le dice a su hermano que se despegue de ese carro, en ese momento viene el sujeto desconocido y le lanza un golpe a mi sobrino O.N., éste le devuelve el golpe y comenzaron a darse golpes, después llegaron dos invitados de los ciudadano (sic) A.M. y ANGILET C.M., estos dos sujetos comenzaron a golpear a mi sobrino O.N., mi hermano al ver que estaban golpeando a su hijo se bajó de su camioneta y le dijo a estos sujetos que porque agredían a su hijo, en ese momento uno de estos sacó aun (sic) arma de fuego y le dio un cachazo a mi hermano en la cara, éste cae al suelo por el golpe y dichos sujetos comenzaron a caerle a patadas, cuando mi hermano busca de levantarse del suelo, estos le dispararon en la espalda, es todo" SEGUIDAMENTE EL FUNCIONARIO RECEPTOR PASA A INTERROGAR AL ENTREVISTADO DE LA SIGUIENTE MANERA: PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento del lugar, hora y fecha dónde agreden a su hermano antes mencionado? CONTESTO: "Eso ocurrió en el sector Punta Brisa, específicamente en las afueras de la residencia Las Palmas, Parroquia Macuto. Estado Vargas, a las 10:30 horas de la noche aproximadamente, el día 31-12-2012". SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, el motivo por el cual se suscitó el hecho antes narrado? CONTESTÓ: "Por que (sic) estas personas decían que mi sobrino les quería robar la camioneta". TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento de los datos filiatorios de las personas que agredieron físicamente a los ciudadanos AMRRAM NODA y O.N.? CONTESTO: "Desconozco" CUARTA PREGUNTA ¿Diga usted, tiene conocimiento donde pueden ser ubicados dichos sujetos? CONTESTO: "Por medio de mi vecino de nombre M.S., estos sujetos eran sus invitados". QUINTA PREGUNTA ¿Diga usted, donde puede ser ubicado el ciudadano M.S.? CONTESTO: "En su residencia ubicada en el sector Punta Brisa, residencia Las Palmas, piso 04, apartamento 04-A y por el número de telefónico 0412-386.63.79" SEXTA PREGUNTA: ¿Diga usted, las características físicas de los sujetos en cuestión? CONTESTO: "Ellos eran de contextura gruesa, corte militar y 1.75 metros de estatura aproximadamente," SEPTIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento que supramencionados sujetos se encontraran bajo los efectos del alcohol o alguna sustancia estupefaciente o psicotrópica? CONTESTO: "Desconozco" OCTAVA PREGUNTA: ¿Diga usted, en que parte del cuerpo resultaron lesionados los ciudadanos AMRRAM NODA y O.N.? CONTESTO: "AMRRAM NODA, tiene fractura en la nariz y un disparo en la parte media de la espalda y mi sobrino O.N., fue lesionado en la mandíbula y el tobillo derecho" NOVENA PREGUNTA: ¿Diga usted, luego del hecho las personas lesionadas fueron trasladadas a algún centro asistencial? CONTESTO: "Sí, fueron trasladados al hospital Doctor J.M.V." DECIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, cómo es el estado de salud de los referidos ciudadanos? CONTESTO: "Ellos se encuentran estables" DECIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, alguna otra persona resultó lesionada en el presente hecho? CONTESTO: "Sí, mis hijos de nombre L.R. y SIULIBETH REGALADO” DECIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, en que parte pueden ser ubicados los ciudadanos L.R. y SIULIBETH REGALADO? CONTESTO: "Por medio de mi persona" DÉCIMA TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, en que partes del cuerpo resultaron lesionados los ciudadanos L.R. y SIULIBETH REGALADO? CONTESTO: “L.R., fue lesionado en el cuello, la cabeza y SIULIBETH REGALADO en el pecho, la cabeza y las manos” DECIMA CUARTA PREGUNTA: ¿Diga usted, que medio utilizaron los sujetos autores materiales del hecho para huir del lugar? CONTESTO: “En un vehiculo marca Toyota, placas MAS-51S” DECIMA QUINTA PREGUNTA: ¿Diga usted, alguna persona en particular se percato del hecho? CONTESTO: “Si, el conserje de la residencia” DECIMA SEXTA PREGUNTA: ¿Diga usted, desea agregar algo mas a la presente entrevista? CONTESTO: “Si, poseo los videos de las cámaras de seguridad que fueron grabados el día del hecho, el cual deseo consignar (EL FUNCIONARIO RECEPTOR DEJA CONSTANCIA DE HABER RECIBIDO DE MANOS DE LA PERSONA ENTREVISTADO (sic) LO ANTES EXPUESTO), es todo…” Cursante a los folios 20 al 22 de la causa.

  8. ACTA DE ENTREVISTA de fecha 04 de enero de 2013, rendida por la ciudadana B.C. y levantada por funcionarios adscritos a la Brigada de Investigaciones de Homicidios del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub Delegación Vargas, en la que entre otras cosas manifestó:

    "…Me encuentro en esta oficina con la finalidad de declarar sobre lo ocurrido el día 31-12-2012 a las 10:15 horas de la noche aproximadamente: Resulta ser que mi pareja y nuestros hijos que íbamos llegando a la residencia donde vive mi cuñada de nombre B.N.. Mientras esperábamos que nos abriera el portón, se baja uno de mis hijastros a vomitar porque se sentía mal, luego sale un Corolla color crema, del frente de la residencia y se detiene delante del carro de mí pareja A.N., seguidamente se bajaron dos sujetos del Corolla portando armas de fuego y uno de ellos apunta a mi hijastro, motivo por el cual nos bajamos del vehículo a intentar mediar, porque estaban armados, y uno de ellos le da un cachazo en la cara a mi pareja A.N., por lo que se bajan dos sujetos más del Corolla, y comienza una discusión donde nos comenzaron a empujar y golpear, en lo que mi pareja está forcejeando con uno de ellos, aprovecho el primero que estaba apuntando a mi hijastro y le disparo por la espalda a mi pareja. Luego se montan nuevamente los sujetos al vehículo y se van, seguidamente montamos a mi pareja en el carro y lo lleve al hospital en compañía de mí cuñada BETZAIDA y mi hijastro OSWALDO, es todo” SEGUIDAMENTE EL FUNCIONARIO RECEPTOR PASA A INTERROGAR AL ENTREVISTADO DE LA SIGUIENTE MANERA: PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, hora y fecha de los hechos antes narrados? CONTESTO: "Eso ocurrió frente a las residencias las palmas (sic), Parroquia Macuto, Estado Vargas, a las 10:15 horas de la noche aproximadamente el día 31-12-2012". SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento el motivo por el cual se suscita el hecho antes narrado? CONTESTO: "Desconozco, ya que no había motivo alguno" TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, quienes se encontraban presentes al momento de suscitarse el hecho? CONTESTO: "Mi persona, mi pareja AMRAN NODA, mis tres hijastros de nombres E.N., O.N. y M.N. y mis dos hijos E.A. y HILARY RINCÓN" CUARTA PREGUNTA: ¿Diga usted, donde pueden ubicadas las personas testigo del hecho que se investiga? CONTESTO: "A través de mi persona" QUINTA PREGUNTA: ¿Diga usted, otra persona resultó lesionada para el momento de suscitarse el hecho? CONTESTO: "Si, todos los que estábamos presentes fuimos golpeados" SEXTA PREGUNTA: ¿Diga usted, conoce de vista trato y comunicación a los sujetos agresores? CONTESTO: "No, porque es primera vez que iba a visitar a mi cuñada para su casa" SEPTIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, de volver a ver a los sujetos agresores los reconocería? CONTESTO: "Si" OCTAVA PREGUNTA: ¿Diga usted, Las características de los sujetos agresores y que vestimenta portaban para el momento del hecho? CONTESTO: "A) El que iba manejando era, tez blanco, contextura regular, de 1,75 de estatura aproximadamente, cabello liso; corto de color negro, y portaba como vestimenta una camisa manga corta de color blanca y un pantalón marrón oscuro: B) El que iba de copiloto es de tez moreno, contextura fuerte, de 1.80 de estatura aproximadamente, cabello corto de color negro, y portaba como vestimenta una camisa de color blanca manga larga y un pantalón de color Beige y de los que se bajaron de la parte trasera del carro C) uno era de tez blanco, contextura gruesa, de 1,60 de estatura aproximadamente, calvo y estaba vestido con un pantalón azul oscuro y una camisa manga larga de (sic) con líneas azules y D) el otro era de tez moreno oscuro, de contextura fuerte, de 1,75 de estatura aproximadamente, cabello corto y portaba como vestimenta una camisa blanca manga larga y un pantalón negro" NOVENA PREGUNTA: ¿Diga usted, la participación de cada uno de los sujetos agresores al momento de cometer el hecho? CONTESTO: "Todos nos estaban agrediendo y nosotros como podíamos nos defendíamos, pero los cuatro tenían armas de fuego y el que iba de copiloto en el Corolla fue el que le disparo a mi pareja A.N." DÉCIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, las características de las armas de fuego que portaban los sujetos antes descritos? CONTESTO: "Todas eran pistolas negras" DECIMA PRIMERA PREGUNTA; ¿Diga usted, las características del vehículo en el cual se desplazaban los sujetos agresores? CONTESTO: "Era un Corolla color crema, placa MAS51S” DECIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, como era la iluminación para el momento del hecho? CONTESTO: “Se veía claramente ya que la residencia tiene alumbrado hacia la calle” DECIMA TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento que los sujetos agresores se encuentren residenciados en el edificio donde vive su cuñada? CONETESTO (sic): “Si, el de tez blanco, contextura gruesa, de 1.60 de estatura aproximadamente, calvo, que portaba como vestimenta un pantalón azul oscuro y una camisa manga larga de (sic) con líneas azules claras, me entere que vive en las residencias” DECIMA CUARTA PREGUNTA: ¿Diga usted, desea agregar algo mas a la presente entrevista? CONTESTO: “No, es todo…” Cursante a los folios 23 al 25 de la causa.

  9. ACTA DE ENTREVISTA de fecha 04 de enero de 2013, rendida por la ciudadana SIULYBETH REGALADO y levantada por funcionarios adscritos a la Brigada de Investigaciones de Homicidios del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub Delegación Vargas, en la que entre otras cosas manifestó:

    "…Resulta ser que el día 31-12-2012, a mi tío de nombre AMRRAM NODA, le dieron un disparo en las afueras del lugar donde vivo, al bajar a ver lo que sucedía empecé a preguntar que fue lo que había sucedido ya que había herido a mi tío, la esposa del ciudadano M.S., me manifestó que a ella no le importaba que si le habían dado un disparo o no a mi tía (sic), ya que el mismo no era familia de ella, yo le dije que como ella iba a decir eso ya que la persona herida era mi tío y yo me tenía que preocupar, en es momento dicho ciudadana en compañía de su mama, su hija, su hermana y otra persona desconocida, me agredieron físicamente, es todo" SEGUIDAMENTE EL FUNCIOMARÍO RECEPTOR PASA A INTERROGAR AL ENTREVISTADO DE LA SIGUIENTE MANERA: PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento del lugar, hora y fecha dónde fallece su primo antes mencionado? CONTESTÓ: "Eso ocurrió en el sector Punta Brisa, específicamente en las afueras de la residencia Las Palmas, Parroquia Macuto, Estado Vargas, a las 10:40 horas de la noche aproximadamente, el día 31-12-2012". SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, el motivo por el cual el ciudadano AMRRAM NODA resultó herido? CONTESTO: “Por que Estada (sic) defendiendo a mi primo de nombre O.N.”. TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento de los datos filiatorios de las personas que la agredieron físicamente? CONTESTO: "No” CUARTA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento donde pueden ser ubicadas dichas ciudadanas? CONTESTO: "Por medío de mi vecino de nombre M.S.” QUINTA PREGUNTA: ¿Diga usted, donde puede ser ubicado el ciudadano M.S.? CONTESTO: "En su residencia ubicada en el sector Punta Brisa, residencia Las Palmas, piso 04, apartamento 04-A y por el número de telefónico 0412-386.63,79" SEXTA PREGUNTA: ¿Diga usted, las características físicas de las ciudadanas en cuestión'' CONTESTO: "Solo me recuerdo de la esposa M.S., quien es de tez blanca, de 30 años de edad aproximadamente, contextura delgada, cabello de color castaño con mechas/corto/liso y de su hermana, es de tez blanca, de 35 años de edad aproximadamente, contextura regular, cabello de color castaño con mechas/corto/liso" SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento que las supramencionadas (sic) ciudadanas se encontraran bajo los efectos del alcohol o alguna sustancia estupefaciente o psicotrópica? CONTESTO: “Desconozco" OCTAVA PREGUNTA: ¿Diga usted, en (sic) parte del cuerpo su persona resultó lesionada? CONTESTO: "En la cabeza, las manos los brazos y las piernas” NOVENA PREGUNTA: ¿Diga usted, luego del hecho su persona acudió a algún centro asistencial? CONTESTO: “No” DECIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, alguna otra persona resultó lesionada en el presente hecho? CONTESTO: "Sí, mi hermano de nombre de nombre (sic) L.R. y mi p.O. NODA” DECIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, desea agregar algo más a la presente entrevista? CONTESTO: “No, es todo…” Cursante a los folios 27 y 28 de la causa.

  10. ACTA DE ENTREVISTA de fecha 09 de enero de 2013, rendida por la ciudadana AMRRAM NODA y levantada por funcionarios adscritos a la Brigada de Investigaciones de Homicidios del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub Delegación Vargas, en la que entre otras cosas manifestó:

    "…Resulta ser que el día 31-12-12, a las 10:40 horas de la noche me encontraba en las afueras de la residencia de nombre las (sic) Brisas, ubicada en el Sector las Quince Letras, Parroquia Macuto, Estado Vargas, ya que iba a visitar a mi hermana de nombre B.N., en compañía de mis tres hijos de nombres NODA ESTEFANI, NODA OSWALDO y N. G., cuando esperaba a mi hermana para que abriera la puerta de la residencia, mi menor hijo se acercó a un vehículo y comenzó a vomitar, luego apareció un vehículo Marca TOYOTA, Modelo COROLLA, color BEIGE, al detenerse se bajaron cuatro sujetos fuertemente armados, apuntando a mi hijo y a su vez le decían, me estas robando el carro, en eso me acerco y les indicó a esas personas que mi hijo está vomitando y éstos tomaron una actitud violenta en contra de nosotros comenzaron agredir a mis hijos, luego uno de estos halo a mi hija por los cabellos y la lanzó al piso, al yo tratar de evitar que continuaran las agresiones, uno de éstos sujetos me golpeo y al defenderme otro de los sujetos me disparo por la espalda y al caer al suelo, estos sujetos se subieron al vehiculo y uno de los sujetos le decía al conductor que me pasar (sic) por encima, luego se dieron a la fuga, luego me trasladaron al hospital J.M.V. donde fui atendido quirúrgicamente. Es todo" SEGUIDAMENTE EL FUNCIONARIO RECEPTOR AMPLIA AL ENTREVISTADO DE LA SIGUIENTE MANERA: PREGUNTA: Diga Usted, lugar, hora y fecha de los hechos antes narrados? CONTESTÓ: "Eso ocurrió en las afueras de la residencia de nombre las (sic) Brisas, ubicada en el Sector las (sic) Quince Letras, vía pública, Parroquia Macuto, Estado Vargas, a las 10:40 horas de la noche del día 31-12-12" PREGUNTA: ¿Diga Usted, partes del cuerpo donde resultó lesionada su persona? CONTESTÓ: "Bueno recibí un disparo en la espalda y el mismo salió por el costado izquierdo" PREGUNTA: ¿Diga Usted, alguna otra persona resultó lesionada para el momento de los hechos? CONTESTÓ: "Sí, mis hijos de (sic) NODA ESTEFANI, NODA OSWALDO y N. G., resultaron lesionados pero por la fuerza física por parte de estas personas” PREGUNTA: ¿Diga Usted, motivo por el cual se suscitaron los hechos? CONTESTÓ: “Bueno ya que mi hijo de nombre ANRANODA (sic) GUSTAVO, se encontraba vomitando cerca de un vehículo, luego se acercó un vehículo Marca TOYOTA, Modelo COROLLA, de color BEIGE, a bordo de cuatro sujetos fuertemente armados, quienes al bajarse del mismo, comenzaron apuntar a mi hijo y a su vez le decían, me estas robando el carro, luego me acerque y les indique a esas personas que mi hijo está vomitando y estos tomaron una actitud violenta en contra de nosotros comenzaron agredir a mis tres hijos, luego uno de éstos halo a mi hija por los cabellos al yo tratar de evitar que continuaran las agresiones, uno de estos sujetos me golpeo y al defenderme otro de los sujetos me disparo por la espalda y se dieron a la fuga”. PREGUNTA: ¿Diga Usted, tiene conocimiento (sic) los datos filiatorios de los ciudadanos autores del hecho? CONTESTO: “Bueno es primera vez que los veo, pero mi hermana de nombre B.N., me indicó que los mismos estaban de visita en la residencia de nombre las (sic) Brisas, piso 04, apartamento 4-B, ubicada en el Sector las (sic) Quince Letras, vía pública, Parroquia Macuto, Estado Vargas" PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento que personas habitan en la residencia de nombre las (sic) Brisas, piso 04, apartamento 4-B, ubicada en el Sector las (sic) Quince Letras, vía pública, Parroquia Macuto, Estado Vargas? CONTESTO: "Bueno mi hermana me indico que allí reside una persona de nombre MIGUEL” PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento las características del ciudadano que le efectuó el disparo? CONTESTO: “Desconozco, ya que la persona que me efectuó el disparo lo hiso (sic) por mi espalda y solo sé que fue uno de ellos" PREGUNTA: ¿Diga usted, características de los ciudadanos autores de los hechos? CONTESTO: “Bueno los cuatros ciudadanos eran altos, de contextura regular” PREGUNTA: ¿Diga usted, características de las armas portadas por los ciudadanos en cuestión? CONTESTO: “Bueno eran tres armas negras y una plateada" PREGUNTA: ¿Diga usted, Tiene (sic) conocimiento donde pueden ser ubicados los ciudadanos en cuestión? CONTESTO: "Desconozco” PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento que los ciudadanos antes mencionados frecuenten el lugar donde ocurrieron los hechos? CONTESTO: "Desconozco” PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento que en las adyacencias del lugar exista algún tipo de sistema de vigilancia? CONTESTO: "Desconozco" PREGUNTA: ¿Diga usted, para el momento de los hechos su persona fue despojado de algunas de sus pertenencias? CONTESTO: “No” PREGUNTA:¬¬¬ ¿Diga usted, tiene conocimiento que los ciudadanos pertenezcan alguna banda delictiva? CONTESTO: “Desconozco" PREGUNTA: ¿Diga usted como era la iluminación para el momento de los hechos? CONTESTO: “Bueno a pesar que era de noche estaba algo claro" PREGUNTA: ¿Diga usted, su persona fue trasladado algún centro asistencial? CONTESTO: "Si, fui trasladado al Hospital J.M.V." PREGUNTA: ¿Diga usted, desea agregar algo más a la presente entrevista? CONTESTO: "Sí, temo por la vida de mi familia, ya que así como me dispararon por la espalda, pueden atentar en contra de la integridad física de mis familiares, Es (sic) todo...” Cursante a los folios 31 al 34 de la causa

  11. ACTA DE ENTREVISTA de fecha 14 de enero de 2013, rendida por el adolescente G. N., y levantada por funcionarios adscritos a la Brigada de Investigaciones de Homicidios del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub Delegación Vargas, en la que entre otras cosas manifestó:

    "…Resulta ser que el día 31-12-12, en horas de la noche, me encontraba en las afueras de la residencia de nombre las Brisas, ubicada en el Sector las (sic) Quince Letras, Parroquia Macuto, Estado Vargas, en compañía de mi padre de nombre NODA ANRAM y mis dos hermanos de nombre NODA ESTEFANI y NODA OSWALDO, yo me baje a vomitar cerca de una camioneta que estaba en la entrada de la urbanización y de repente apareció un vehículo Marca TOYOTA, Modelo COROLLA, color BEIGE al detenerse se bajaron cuatro sujetos armados, apuntándome y diciéndome que si le estaba robando el carro, en eso se baja mi hermano del vehículo de mi padre y le indica a estos sujetos que yo estaba vomitando, tomando estos sujetos una actitud violenta en contra de nosotros agrediéndonos a golpes, en vista de esto mi padre se acerco para tratar de evitar que continuaran las agresiones y uno de estos sujetos lo golpeo y al caer al suelo, otro de los sujetos le disparo por la espalda, montándose posteriormente en el vehículo y dándose a la fuga, inmediatamente trasladamos a mi padre al hospital J.M.V., a fin de que fuera atendido. Es todo". SEGUIDAMENTE EL FUNCIONARIO RECEPTOR AMPLIA AL ENTREVISTADO DE LA SIGUIENTE MANERA: PREGUNTA: Diga Usted, lugar, hora y fecha de los hechos antes narrados? CONTESTO: "Eso ocurrió en las afueras de la residencia de nombre las Brisas, ubicada en el Sector las Quince Letras, vía pública, Parroquia Macuto, Estado Vargas, a las 10:45 horas de la noche aproximadamente del día 31-12-12". PREGUNTA: ¿Diga Usted, en que parte del cuerpo resultó lesionado su persona? CONTESTO: "A mí me empujaron y me raspe todas las rodillas" PREGUNTA: ¿Diga Usted, alguna otra persona resultó lesionada para el momento de los hechos? CONTESTÓ: "Sí, mis hermanos de nombre NODA ESTEFANI, NODA OSWALDO, resultaron lesionados y mi padre NODA ANRAM resultó lesionado por arma de fuego, ya que uno de estos sujetos le disparo por la espalda". PREGUNTA: ¿Diga Usted, motivo por el cual se suscitaron los hechos? CONTESTO: "Porque ellos pensaron que yo le iba a robar el carro". PREGUNTA: ¿Diga Usted, tiene conocimiento los datos filiatorios de los ciudadanos autores del hecho? CONTESTÓ: "Desconozco" PREGUNTA: ¿Diga usted, que dirección tomaron los sujetos causantes del hecho, luego de efectuar el mismo? CONTESTO: "Hacia El Sector La Guaira" PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento las características del ciudadano que le efectuó el disparo a su padre hoy lesionado? CONTESTO: "Desconozco” PREGUNTA: ¿Diga usted, características de los ciudadanos autores de los hechos? CONTESTO: "Solo sé que eran cuatro sujetos, pero no recuerdo sus características" PREGUNTA: ¿Diga usted, características de las armas portadas, por los ciudadanos en cuestión? CONTESTO: "Solo observé dos pistolas y eran de color negro" PREGUNTA: ¿Diga usted, Tiene (sic) conocimiento dónde pueden ser ubicados los ciudadanos en cuestión? CONTESTO: "Desconozco" PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento que los ciudadanos antes mencionados frecuenten el lugar donde ocurrieron los hechos? CONTESTO: "Desconozco" PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento que en las adyacencias del lugar exista algún tipo de sistema de vigilancia? CONTESTO: "Desconozco" PREGUNTA: ¿Diga usted, para el momento de los hechos su persona fue despojado de algunas de sus pertenencias? CONTESTO: "No" PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento que los ciudadanos pertenezcan alguna banda delictiva? CONTESTO: "Desconozco" PREGUNTA: ¿Diga usted, como era la iluminación para el momento de los hechos? CONTESTO: "Era Clara, por la luz de los poste" PREGUNTA: ¿Diga usted, su progenitor de nombre NODA ANRAM asistió algún centro asistencial? CONTESTO. "Si, fue trasladado al Hospital J.M.V." PREGUNTA: ¿Diga usted, cuantos disparos escucho su persona? CONTESTO: "Un disparo" PREGUNTA: ¿Diga usted, para el momento de los hechos estas personas se llamaron por algún nombre u apodo? CONTESTO: "No” PREGUNTA: ¿Diga usted, desea agregar algo mas a la presente entrevista? CONTESTO: "No, es todo…” Cursante a los folios 35 y 36 de la causa.

  12. ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL de fecha 15 de enero de 2013, levantada por funcionarios adscritos a la Brigada de Investigaciones de Homicidios del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub Delegación Vargas, en la que se deja constancia de:

    “…siendo las 11:30 horas, comparece antes este despacho el funcionario Agente P.L., adscrito a la Brigada de Investigaciones de Homicidio de esta Delegación, quien debidamente juramentado…deja constancia de la siguientes diligencia efectuada en la presente averiguación;“Encontrándome y prosiguiendo con las averiguaciones relacionadas a las actas procesales número K-13-0138-00001, iniciada por antes este Despacho por unos de los delitos CONTRA LAS PERSONAS (LESIONES POR ARMA DE FUEGO), Procedí a trasladarme en compañía de los funcionarios Agente REGALADO Felipe y SERRANO Juan, hacia la siguiente dirección: Sector el (sic) Calvario, calle 3, casa número 40-a, monte piedad (sic), municipio libertador (sic), caracas (sic), Distrito Capital, con la finalidad de ubicar, citar e identificar a los ciudadanos mencionado como M.A. y SIMANCA Miguel, ya que se encuentra mencionado en las presente actas procesales, una vez en el lugar plenamente identificados como funcionarios activos del Cuerpo de Investigaciones, procedimos a tocar la puerta del inmueble en reiteradas oportunidades, siendo atendido por una ciudadana que se identifico como: M.B.A.C., venezolana, Natural (sic) de Caracas, Distrito Capital, de 34 años de edad, fecha de nacimiento 06-11-1978, Soltera, Profesión u Oficio: Analista Financiero, Residenciada en la dirección antes mencionada, teléfono 0416-838-27-54, cédula de identidad V-13.968.143, a quien luego de manifestarle el motivo de nuestra presencia la misma manifestó tener conocimiento de los hechos que se investigan, así mismo informo que su pareja de nombre SIMANCA Miguel, no se encontraba en la residencia pero que él también tenia conocimiento de lo que había sucedido, al igual que un ciudadano de nombre AVILAN Henry, quien se encontraba en el sitio al momento de los hechos, acto seguido procedimos a librarle boleta de citaciones a la ciudadana mencionada y a nombre de los ciudadano mencionado, a fin de que comparezcan a la sede de esta oficina con la finalidad de que rinda entrevista con respecto a la averiguación , es todo…” Cursante a los folios 37 al 40 de la causa.

  13. ACTA DE ENTREVISTA de fecha 16 de enero de 2013, rendida por la ciudadana ANLIYET MORENO y levantada por funcionarios adscritos a la Brigada de Investigaciones de Homicidios del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub Delegación Vargas, en la que entre otras cosas manifestó:

    …Me encuentro en esta oficina debido a que funcionarios de este cuerpo policial me citaron, con la finalidad de declarar en relación a un hecho ocurrido en las afueras de las residencias Las Palmas, ubicada en la Parroquia Macuto, Estado Vargas, el día 31 de diciembre de 2012, a las 10:30 horas de la noche aproximadamente, donde supuestamente resulto herida una persona, es todo

    SEGUIDAMENTE EL FUNCIONARIO RECEPTOR PASA A INTERROGA A LA ENTREVISTADA DE LA SIGUIENTE MANERA: PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, lugar, hora y fecha de los hechos investigados? CONTESTÓ: ''Eso ocurrió en las afueras de las residencias Las Palmas, ubicada en la Parroquia Macuto, Estado Vargas, el día 31 de diciembre de 2012, a las 10:30 horas de la noche aproximadamente" SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento que persona resultó herida en el hecho” CONTESTO: “No se" TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento que alguna persona se haya percatado de los hechos antes narrados? CONTESTO: "No se, porque estaba en el interior de las residencias, en el apartamento y esos hechos ocurrieron en la calle cuando salí a ver ya no había nadie y solo me dijeron que supuestamente habían herido a una persona” CUARTA PREGUNTA; ¿Diga usted, tiene conocimiento que el ciudadano A.M., se encontrara en las afueras de las residencias para el momento de los hechos? CONTESTO: “No se" QUINTAD PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento que el ciudadano A.M. se presentó el día 31 de diciembre de 2012, a las Residencias Las Palmas? CONTESTO: "Si, él estuvo allí ya que era una reunión familiar de fin de año" SEXTA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento que persona acompañaban al ciudadano A.M., el día 31 de diciembre de 2013 (sic)? CONTESTO: “Su esposa ANYILBETH DABOIN y sus tres hijas" SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento que el ciudadano A.M., posea algún vehículo automotor" CONTESTO: “No posee vehículo" OCTAVA PREGUNTA; ¿Diga usted, tiene conocimiento a que hora se retiro el ciudadano A.M., de las residencias Las Palmas el día de los hechos que se investigan? CONTESTO: “Desconozco” NOVENA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento que el ciudadano A.M., porte algún tipo de arma de fuego? CONTESTO: "Desconozco" DÉCIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento a que se dedica ciudadano A.M.? CONTESTO: "El trabaja en el transporte de persona particulares" DÉCIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted tiene conocimiento donde puede ser ubicado el ciudadano A.M." CONTESTO: “Solo se que vive en el sector el Observatorio del 23 de enero" DÉCIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, posee algún numero telefónico de contacto del ciudadano A.M.? CONTESTO: “Sí, 0412-567-13-81” DÉCIMA TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, desea agregar algo más a la presente entrevista? CONTESTO; "No, es todo…” Cursante a los folios 41 y 42 de la causa.

  14. ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 16 de enero de 2013, rendida por el ciudadano M.S. y levantada por funcionarios adscritos a la Brigada de Investigaciones de Homicidios del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub Delegación Vargas, en la que entre otras cosas manifestó:

    "…Me encuentro en la sede de este Despacho ya que fui citado en fecha 08-01-2013, con motivo de una situación que presuntamente se presentó en las afueras de las residencias donde vivo el día 31-12-2013, es todo” SEGUIDAMENTE EL FUNCIONARIO RECEPTOR PASA A INTERROGAR AL ENTREVISTADO DE LA SIGUIENTE MANERA: PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, hora y fecha de los hechos? CONTESTÓ: "Eso ocurrió frente a las residencias las palmas, Parroquia Macuto, Estado Vargas, a las 08:30 horas de la noche aproximadamente el día 31-12-2012”. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento el motivo por el cual se suscita el hecho? CONTESTO: "Desconozco, ya que no estaba presente cuando sucedieron los hechos" TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento quienes se encontraban presentes al momento de suscitarse el hecho? CONTESTO: “No" CUARTA PREGUNTA: ¿Diga usted, su persona conoce de vista, trato o comunicación al ciudadano de nombre ADRIÁN? CONTENTO: “Sí” QUINTA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento donde puede ser ubicado el ciudadano ADRIÁN? CONTESTO: “No se la dirección exacta yo se que vive en el Sector del Observatorio, Parroquia 23 de Enero, Caracas, Distrito Capital, no conozco exactamente la dirección” SEXTA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento del numero telefónico del ciudadano ADRIAN? CONTESTO: “No” SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, conoce los datos filiatorios completos del ciudadano ADRIÁN? CONTESTO: "Solo sé que se llama A.M.” OCTAVA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento que el ciudadano A.M., se haya apersonado al lugar donde sucedió el hecho? CONTESTO: "Sí” NOVENA PREGUNTA; ¿Diga usted, tiene conocimiento de la hora en que el ciudadano A.M., se retiró de la residencia donde ocurrieron los hechos? CONTESTO: "Como a las 9 horas de la noche” DÉCIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento a que se dedica el ciudadano A.M.? CONTESTO: “Desconozco" DÉCIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento que el ciudadano A.M., el día en que ocurrieron los hechos portaba algún tipo de arma de fuego? CONTESTO: "Desconozco” DÉCIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, en dichas residencias existe cámara de video o algún tipo de vigilancia privada? CONTESTO: “Sí” DÉCIMA TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, que vestimenta portaba el ciudadano A.M. para el día que se suscitaron los hechos? CONTESTO: "No recuerdo” DÉCIMA CUARTA PREGUNTA: ¿Diga usted, características físicas del ciudadano A.M.? CONTESTO: "Es de tez morena, cabello liso, tipo corto, como de 1.70 metros de estatura aproximadamente, de contextura gruesa, como de 31 años de edad aproximadamente” DÉCIMA QUINTA PREGUNTA: ¿Diga usted, como se entera su persona de los hechos que narra? CONTESTO: “Cuando me encontraba en el salón de fiesta escuche gritos de discusiones en las afueras del edificio y me apersoné a la entrada del edificio” DÉCIMA SEXTA PREGUNTA: ¿Diga usted, que personas se encontraban discutiendo en las entradas de la residencia donde ocurrió el hecho? CONTESTO: "La (sic) ciudadanas de nombre ASCRIT, ANYELIT Y ANLIYET” DÉCIMA SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento el motivo por el cual estaban discutiendo referidas ciudadanas? CONTESTO: “Por el suceso ocurrido fuera de la residencia, donde al parecer hubo una persona herida el cual desconozco el nombre” DÉCIMA OCTAVA PREGUNTA: ¿Diga usted, dichas personas le comentaron a su persona quien fue el autor del hecho" CONTESTO: "No, ya que esas personas supuestamente no estaban presentes" DÉCIMA NOVENA PREGUNTA: ¿Diga usted, desea agregar algo más a la presente entrevista? CONTESTO: “No, es todo…” Cursante al folio 43 vto., de la causa.

  15. ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 16 de enero de 2013, rendida por el ciudadano H.A. y levantada por funcionarios adscritos a la Brigada de Investigaciones de Homicidios del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub Delegación Vargas, en la que entre otras cosas manifestó:

    "…Me encuentro en esta Oficina, ya que recibí una citación motivado a que en el edificio donde había una fiesta de fin de año resultó lesionada una persona a quien no conozco". Es todo SEGUIDAMENTE ELFUNCIONARIO RECEPTOR ENTREVISTA AL EXPONENTE DE LA SIGUIENTE MANERA: PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, lugar hora y fecha que (sic) ocurrieron los hechos que narra?, CONTESTO: "Sector 15 letras, frente al edificio Las Palmas, vía pública, parroquia Macuto, estado Vargas, siendo aproximadamente las 11 horas de la noche del día 31-12-2012" SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento el motivo por el cual se suscitó el problema? CONTESTO: "Porque al momento que ADIC, quien es sobrino de mi esposa, me iba a dar la cola para el Hotel 15 Letras, que queda cerca del lugar, en compañía de mi hijo y mi cuñado A.M., observe dos sujetos que se encontraban agachados cerca de la puerta del copiloto del carro de mi esposa, que estaba estacionado al otro lado de la calle donde queda el edificio, como me pareció sospechoso yo le dije a ADIC, que detuviera el vehículo don (sic) íbamos, a fin de verificar o ver que hacían estos sujetos allí, me acerque hacia donde estaba y les dije "pasa algo", ellos empezaron a decirme groserías, yo decidí retornar a donde estaba estacionadoel (sic) vehículo donde se encontraba ADIC y A.M., para no discutir con ellos, sin embargo ADIC y A.M., se bajaron del carro y fueron hacia donde estaban estos sujetos, iniciando discusión entre ellos, de pronto de un vehículo que estaba cerca se bajaron otros dos sujetos que estaban acompañando a los sujetos desconocidos, la discusión se tornó acalorada y se fueron a las manos, se dispersaron alejándose del lugar en diferentes direcciones, de pronto se escuchó un disparo, observe que ADIC y A.M., venían retornando, yo decidí sacar del vehículo a mi hijo, ADIC y A.M., se retiraron del lugar y retorne al salón de fiesta donde estaban mis familiares" TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, dichos sujetos llegaron a llamarse entre sí por algún nombre ó apodo? CONTESTO: "No" CUARTA PREGUNTA. ¿Diga usted, a parte de ADIC y A.M., alguna persona que conozca llego a observar lo antes relatado? CONTESTO: "No" QUINTA PREGUNTA: ¿Diga usted, recuerda las características físicas de los sujetos desconocidos con los que se suscitó la discusión? CONTESTO: "Los dos primeros sujetos que se encontraban cerca del carro de mi esposa ambos eran de tez blanca, cabello corte bajo, color negro, 1,68 metros de estatura, uno de contextura delgada, el otro regular, vestían de color negro, los que luego se bajaron del vehículo solo pude detalla (sic) que uno portaba una camisa de color blanco con rayas y el otro ciudadano maduro no recuerdo lo demás" SEXTA PREGUNTA: ¿Diga usted, a que distancia se encontraba de donde se suscitó la discusión? CONTESTO: "Como seis metros aproximadamente" SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, como era la iluminación para el momento que ocurrieron los hechos? CONTESTO: "Estaba un poco oscuro" OCTAVA PREGUNTA: ¿Diga usted, posee porte para portar arma de fuego, para defensa personal? CONTESTO: "Si" NOVENA PREGUNTA: ¿Diga usted, para que tipo de arma posee porta (sic)? CONTESTO: "Para un arma tipo pistola, marca GLOCK, modelo 17 serial KWL664” DECIMA PREGUNTA: ¿diga usted, para el momento que ocurrieron los hechos se encontraba armado? CONTESTO: "No" DÉCIMA PRIMERA PREGUNTA: (sic) usted, a que se dedica su persona? CONTESTO: "Seguridad Privada (escolta)” DECIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento ADIC o A.M. posean porte de arma de uso para defensa personal? CONTESTO: “Desconozco DECIMA TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, llego a entablar alguna conversación con ADIC o A.M., luego que retornaron de la discusión? CONTESTO: "No" DECIMA CUARTA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento hacia dónde y porque se retiraron ADIC y A.M.? CONTESTO: "No" DECIMA QUINTA PREGUNTA: ¿Diga usted, como se enteró que una de las personas resulto lesionada? CONTESTO: "Porque las persona del edificio lo comentaban" DECIMA SEXTA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento que alguno de los sujetos no conocidos por su persona residan en el edificio donde se celebraba la fiesta? CONTESTO: "Desconozco" DECIMA SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento que el edificio donde se celebraba dicha fiesta posea cámaras o personas de seguridad CONTESTO: "Sé que posee personal de seguridad, desconozco lo otro" DECIMA OCTAVA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento de los datos filiatorios de los ciudadanos ADIC y A.M.? CONTESTO: “No” DECIMA NOVENA PREGUNTA: ¿Diga usted, donde pueden ser ubicados los ciudadanos ADIC y A.M.? CONTESTO: "Sé que viven en el 23 de enero, Caracas, desconozco su dirección exacta" VIGÉSIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, a que se dedican los ciudadanos ADIC y A.M.? CONTESTO: "creo que ambos trabajan como escoltas de seguridad privada” VIGÉSIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted conoce o posee algún número telefónico de contacto los ciudadanos ADIC y A.M.? CONTESTO: "Solo de A.M., son 0412-567.13.81” VIGÉSIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento en que parte del cuerpo resultó lesionada la persona que resultada herida en dicho hecho? CONTESTO: "No” VIGÉSIMA TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, desea agregar algo más a la presente entrevista? CONTESTO: “No, es todo…” Cursante a los folios 44 al 45 de la causa.

  16. EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO LEGAL de fecha 04 de enero de 2013, signada con el número 9700-0138-050, suscrito por el Médico Forense R.G., adscrito a la Medicatura Forense del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub Delegación Vargas, en la cual deja constancia de lo siguiente:

    …Yo, R.G., Cédula de Identidad Nº 11.038.719, Médico Forense de la Medicatura del Estado Vargas, en el cumplimiento a lo ordenado por ese despacho, rindo Experticia de reconocimiento Médico-Legal practicado al Ciudadano (a): AMRAN NODA…Examinado (a) en este servicio el 09-01-13; apreciamos:-Se acude a macuto (sic) Edificio Arcángel piso apartamento 12 se avalúa lesionado quien presenta: Herida por proyectil único percutado por am (sic) de fuego en abdomen hecho ocurrido el día 31-12-2012 a las 10 de la noche en las adyacencias de las 15 letras motivo por el cual fue trasladado al IVSS La Guaira donde se le realizo Laparotomía exploradora de emergencia (No tiene Informe Medico)…Al examen físico se evidencia Herida quirúrgica supra e infra- umbilical (Laparotomía exploradora de emergencia realizada en el IVSS La Guaira)…Orificio de entrada de proyectil único disparado por arma de fuego de aproximadamente 0.8 milímetros de diámetros cicatrizados en región lumbar izquierda con orificio de salida de un centímetros de diámetro en flanco izquierdo…Excoriación en codo derecho…Excoriación en región malar derecha…Nota. Presenta Rx AP lateral de columna lumbar donde no se observa lesiones óseas…Se solicita Informe Medico…Estado General: Bueno…Tiempo de curación de treinta días aproximadamente, salvo complicaciones é igual tiempo de privación de ocupaciones habituales, con asistencia médica…Para dictaminar acerca de los trastornos de función s (sic) necesario un nuevo reconocimiento a los treinta días después de curado…Quedarán cicatrices no visibles por su ubicación…Carácter GRAVE…

    Cursante a los folios 46 al 47 de la causa.

    A los folios 77 al 91 de la causa, cursa acta levantada en fecha 05 de mayo de 2013, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Circunscripcional, en la que se deja constancia de la celebración del acto de presentación del imputado, en el cual el ciudadano ADICK A.V.M., manifestó querer declarar y quien expone lo siguiente:

    …Me encontraba en mi trabajo, a eso de las 08:30 horas de la noche, recibo la llamada telefónica de mi madre indicándome que había una comisión del CICPC verificando el vehiculo, diciéndole a ella que estaba solicitado, como pude salí del trabajo y me dirigí hacia la casa, cuando llego efectivamente estaban allí los funcionarios manifestándome que mi vehiculo se encontraba solicitado mas no me informaron el por que, me pidieron que lo acompañara hacia la sede de vehiculo del CICPC, cuando llego a la comisaría me hablan de que el vehiculo estaba solicitado por lesiones personales, que tenia que quedar detenido, en cuanto a los hechos ocurrido el 31 de Diciembre de 2012, yo me encontraba en Macuto en el apartamento de una prima con toda mi familia a eso de las 10 de la noche decidimos mi familia y yo buscar alojamiento extra, donde poder pasar la noche ya que no cabíamos en el apartamento, es cuando salimos del edificio y avistamos a tres sujetos intentando abrir unos de los carros de la familia, cuando lo abordamos para preguntarle que pasaba con el vehiculo fuimos atacados sin mediar palabras, motivo por el cual tratamos de defendernos para repeler esa acción desatándose así una riña entre los ciudadanos y nosotros, y es cuando ya a eso de 10 a 15 minutos tratando de repeler esa acción abordamos el vehiculo en vista de que escuchamos un disparo y nos fuimos del lugar, Es Todo

    . A PREGUNTAS DE LA FISCALIA: ¿Puede explicar al Tribunal en que vehículo llegaste al lugar? Toyota Corolla, color beige, placas MAS51S…¿Puede indicarle al Tribunal la identidad de las personas con las que se encontraba en el interior de ese vehículo? No quiso responder…¿Usted puede indicarle al Tribunal si usted y sus amigos resultaron lesionados y en que lugar del cuerpo? Si resultamos lesionados, el rostro, pecho, tórax, manos…¿Sus amigos? No tengo idea…¿Usted podría indicar las cantidad de personas y únicamente si son femeninos o masculinos los que se encontraban con usted? No va a contestar…¿Con cuántas personas conformaban el grupo familiar con la que se inició esa discusión? No la voy a contestar…¿Cuántos eran esas personas con el grupo que aparecen como victimas en el presente proceso? Cinco (05) personas…¿Pudieras indicar cuántas femeninas y cuantos masculinos? Tres masculinos y dos femeninas…¿Usted podría indicar cual de esos tres masculinos y cual de esas dos femeninas lo agredieron a usted? Todos…¿Con sus manos o con objetos o armas de fuegos? Botellas y manos…¿Usted podría indicar al Tribunal que oficio desempeña? Seguridad…¿Dónde? División 365 seguridad AC…¿Usted porta algún arma de fuego, tiene autorización del Estado para portar armas de fuego? Si…¿Podría describir las características del arma que el Estado lo autorizo para portar? Tipo pistola, marca Glock, modelo 26, serial KUP384…¿Usted podría indicar si para ese momento portaba el arma de fuego? No…¿Pudiera indicar al Tribunal si tiene conocimiento si las personas con quien usted se encontraba portaban armas de fuego? No, ninguna…¿Usted dice que escucho un disparo, usted podría indicara si sabe de donde surgió ese disparo? No tengo la menor idea, ya que estaba de espalda a donde fue el disparo de donde escuche el disparo, tratando de repeler la acción de mi atacante…¿Usted se defendió de esas agresiones físicas? Si…¿Pudiera indicar que actitud vio en esos masculinos que estaban cerca de la camioneta? Forjando la puerta del lado derecho, del co piloto, agachados…¿Pudiera indicar de quien es la camioneta y las características de la misma? Del esposo de una prima es una montero Mitsubishi, blanca…¿Usted abordo a estos sujetos para reclamarle sobre el ilícito penal? Si de manera pacifica le pregunte que hacían en la camioneta…¿Con qué te respondieron estas personas o esos masculinos? Agresiones verbales y físicas…¿Por qué motivo no dio parte a las autoridades sobre ese ilícito penal que estaban cometiendo esas personas? Fui atacado inmediatamente al momento de acercarme a estas personas, sin darme tiempo de notificarlo…¿Usted podría indicar si vio a ese grupo familiar con armas de fuego? No lo puedo indicar…¿Usted puede indicar a una persona a quien llama A.M.? No lo conozco…¿Y al señor H.A.? Tampoco…¿Tiene conocimiento quien pudo haber lesionado a esta persona con el arma de fuego? No lo tengo…¿Usted ahí en el lugar donde ocurrieron los hechos tiene un familiar? No, el esposo de mi prima, Miguel Simancas…¿Usted ese día consumió bebidas alcohólicas? Si…A PREGUNTAS DE LA DEFENSA: ¿A parte del vehículo y aparte de la MItsubishi (sic) había más vehículos en el lugar? Sí, el de los de estas personas agresoras…¿Las femeninas y los masculinas estaban juntos o primero llegaron unos y después los otros? Dos grupos, primero vi a los masculinos…¿Tu fuiste funcionario policial? Si…¿de que Cuerpo? Policía del Municipio Sucre…¿Me pudiera explicar las razones por las cuales no portabas tu arma de fuego ese día? Estaba con mi familia y no uso armas cuando salgo con ellos, mi arma es solo elemento de trabajo…¿Tu te fijaste si estas personas estaban bajo el efecto del alcohol? Tenían un alto nivel etílico…A PREGUNTAS DEL TRIBUNAL: ¿Usted conoce de vista trato y comunicación a la supuesta victima Anram Noda y a sus hijos? No…”

    Con los elementos anteriormente trascritos, se evidencia que en fecha 31 de diciembre de 2012, siendo aproximadamente las 10:45 horas de la noche, en el Sector Las Quince Letras, frente a la residencia Las Palmas, Parroquia Macuto, estado Vargas, cuando uno de los hijos del ciudadano AMRRAM NODA, se encontraba cerca de una camioneta, por sentirse mal del estomago, se acercaron varios sujetos manifestándole al adolescente si quería robar la camioneta, por lo que se bajo su hermano y posteriormente el padre, hoy víctima y les indicaron que el mismo se sentía mal, en ese momento se inició una pelea y a la víctima le dispararon por la espalda, resultando lesionado, tal y como consta en reconocimiento médico legal que cursa al folio (46) de la causa, por lo que se encuentra demostrada la comisión del delito de HOMICIDIO SIMPLE FRUSTRADO EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, previsto y sancionado en el artículo 405 en concordancia con el artículo 80 segundo aparte y 424 todos del Código Penal; pero en cuanto a la participación del ciudadano ADICK A.V.M. en el mencionado ilícito, no existen fundados elementos de convicción en su contra, ya que ninguna de las personas que deponen en la investigación mencionan los nombres de las personas involucradas y si bien es cierto el hoy imputado estuvo presente en el lugar de los hechos, éste manifiesta que cuando escucho el disparo se monto en su vehículo y se fue del lugar, sin existir hasta este momento procesal elementos que demuestre que el imputado haya efectuado el disparo que lesionó al ciudadano AMRRAM NODA, así como tampoco se encuentra demostrado que le haya causado algún tipo de lesión a la mencionada víctima o a otra de las personas que manifestaron haber sido lesionadas, hecho este que por demás no aparece corroborado en actas con reconocimiento médico legales que se hayan practicado a los mismos; en consecuencia, estiman quienes aquí deciden que lo procedente y ajustado en derecho es CONFIRMAR la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Circunscripcional, en la que decretó la L.S.R. al ciudadano ADICK A.V.M., por no estar satisfechos los requisitos exigidos en el numeral 2 del artículo 236 del Código Orgánico Procesal Penal. Y así se decide.

    DISPOSITIVA

    Por los fundamentos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones en Penal Ordinario, Responsabilidad Penal de Adolescentes y Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONFIRMA la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Circunscripcional, en fecha 05 de mayo de 2013, en la que decretó la L.S.R. al ciudadano ADICK A.V.M., titular de la cédula de identidad número V-18.587.863, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO SIMPLE FRUSTRADO EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, previsto y sancionado en el artículo 405 en concordancia con el artículo 80 segundo aparte y 424 todos del Código Penal, ello en virtud de no encontrarse satisfechos los requisitos exigidos en el numeral 2 del artículo 236 del Código Orgánico Procesal Penal.

    Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto con efecto suspensivo por el representante del Ministerio Público.

    Publíquese. Regístrese. Déjese copia certificada. Remítase de manera inmediata la causa al Juzgado A-quo, a los fines de la ejecución de la presente decisión.

    LA JUEZ PRESIDENTE,

    RORAIMA M.G.

    PONENTE

    EL JUEZ, LA JUEZ

    ERICKSON LAURENS ZAPATA ROSA CADIZ RONDON

    LA SECRETARIA,

    HAIDELIZA DARIAS

    En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.

    LA SECRETARIA,

    HAIDELIZA DARIAS

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