Decisión de Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte de Carabobo, de 6 de Agosto de 2010

Fecha de Resolución 6 de Agosto de 2010
EmisorJuzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte
PonenteOscar León Uzcategui
ProcedimientoRecurso De Nulidad Con Amparo Cautelar

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

EL JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE LA REGION CENTRO NORTE.-

Valencia, 06 agosto 2010

Años: 200º y 151º

Expediente Nº 12.197

Visto el escrito presentado el 03 agosto 2010 por el abogado RHAYWAL PARRA AGUIAR, cédula de identidad V-18.256.029, Inpreabogado Nros. 133.757, con carácter de apoderado judicial de AGROCPECUARIA COMPAÑÍA ANONIMA GALEY, mediante el cual expone “en nombre de mi representada, parte actora en el juicio que sigue su curso bajo el expediente 12.197, declaro que DESISTO, del procedimiento y de la acción”, del recurso de nulidad llevado contra el ESTADO COJEDES; este Juzgador observa que el desistimiento no es contrario al orden público, a la moral, buenas costumbres ni disposición expresa de la ley que impida su homologación, en razón de lo cual este Juzgado impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley declara Homologado el desistimiento realizado por la parte recurrente.

Archívese el expediente.

El Juez Provisorio,

O.J. LEÓN UZCÁTEGUI

El Secretario,

Abog. G.B.R.

Exp. Nº 12.197

OLU/Yasneidymc

Diarizado Nº_____

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