Decisión de Tribunal Octavo de Sustanciación, Mediacion y Ejecución del Trabajo de Monagas, de 27 de Febrero de 2009

Fecha de Resolución27 de Febrero de 2009
EmisorTribunal Octavo de Sustanciación, Mediacion y Ejecución del Trabajo
PonenteRamon Velasquez
ProcedimientoCalificación De Despido

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACION Y EJECUCION DEL NUEVO REGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS

Maturín, 27 de Febrero de 2009

ASUNTO: NP11-L-2009-000115

PARTE DEMANDANTE: A.R.M., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.336.190, de este domicilio.

ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDANTE: G.P.D., inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 47.191

PARTE DEMANDADA: SEGUROS CORPORATIVOS, C.A.

APODERADOS JUDICIALES: NO CONSTAN EN AUTOS

MOTIVO: DESPIDO INDIRECTO

La presente causa se inicia con la interposición de una demanda en fecha 26 de Enero de 2009, por DESPIDO INDIRECTO, que intentara el ciudadano A.R.M., en contra de la empresa SEGUROS CORPORATIVOS, C.A.

Declara el accionante en su demanda, que en fecha 26 de Abril de 2001, ingresó a prestar servicios para la empresa SEGUROS CORPORATIVOS, C.A., desempeñando el cargo de analista y luego de Coordinador, que así fue hasta el 22 de Octubre de 2007,, cuando fue transferido a la Sucursal de Punto Fijo, Estado Falcón. Posteriormente en fecha 01 de Noviembre del 2007, suscribió un contrato de trabajo con el cargo de Gerente, devengando un salario mensual de Dos Mil Quinientos Bolívares (Bs. F. 2.500,00), más un Bono de Producción mensual del uno coma cinco por ciento (1,5%) del monto facturado. Luego a partir del mes de Enero de 2008, le fue incrementado el salario mensual pasando a ganar la cantidad de TRES MIL BOLIVARES (Bs. F. 3.000,00). Que el día 21 de Julio de 2008, recibió llamada telefónica de parte de la Gerente de Recursos Humanos, en la ciudad de Punto Fijo, donde se encontraba de permiso, notificándole que se reintegrara a la Sucursal de Maturín a ocupar el mismo cargo, pero se encontró que en dicho cargo se encontraba otra persona, encontrándome actualmente en una situación de desmejora e incomoda toda vez que se ha iniciado por parte del propietario de la empresa una guerra psicológica orientada a que renuncie a la empresa Seguros Corporativos. Así mismo desde que fue transferido a la Sucursal de Maturín le fue dejado de pagar el BONO DE PRODUCCION que devengaba. Por estas razones es por que acude a los fines de que se ordene su restitución al cargo que venía desempeñando en la ciudad de Punto Fijo, en los mismos términos y condicionasen que se encontraba para el momento en que fue desmejorado.

La demanda fue recibida por este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, quien por auto de fecha 27 de Enero de 2009, la admite y ordena la notificación correspondientes de la parte demandada; sin embargo, antes de la realización de la Audiencia Preliminar, el ciudadano A.R.M., parte actora en esta causa, asistido por el abogado en ejercicio G.P.D., antes identificado, mediante diligencia de fecha 17 de Febrero de 2009, manifiesta que desiste de la Acción y del procedimiento, por cuanto ha renunciado al cargo que venía desempeñando en la empresa Mercantil demandada SEGUROS CORPORATIVOS, C.A., y consecuencialmente el patrono le ha pagado la cantidad de CINCUENTA Y TRES MIL SETECIENTOS VEINTIOCHO BOLIVARES CON SETENTA Y CUATRO CENTIMOS (Bs. F. 53.728,74) y solicita copia cerificada de las resultas y del auto que declare el archivo del presente expediente; en virtud de lo cual se Homologa el referido desistimiento.

En consecuencia, éste Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, impartiendo Justicia, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, considera DESISTIDA LA ACCION Y EL PROCEDIMIENTO que por DESPIDO INDIRECTO, intentara el ciudadano A.R.M., en contra de la empresa SEGUROS CORPORATIVOS, C.A; identificados en autos, y declara Terminado el presente juicio y ordena el archivo del expediente.

REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y DÉJESE COPIA.-

Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. En Maturín a los Veintisiete (27) días del mes de Febrero del año dos mil nueve (2009). Año 198º de la Independencia y 150º de la Federación.

El Juez Temporal

Abg. R.V..

Secretario (a),

En esta misma fecha, se registró y publicó la anterior sentencia. Conste.

Secretario (a),

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR