Decisión de Juzgado Superior Quinto en lo Civil, Mercantil y del Transito de Caracas, de 24 de Octubre de 2008

Fecha de Resolución24 de Octubre de 2008
EmisorJuzgado Superior Quinto en lo Civil, Mercantil y del Transito
PonenteEder Jesús Solarte
ProcedimientoParticion Y Liquidacion De Comunidad Concubinaria

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

EL JUZGADO SUPERIOR QUINTO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.

Caracas, 24 de octubre de 2008.

198º y 149º

En atención a que en la anterior sentencia de fecha 08 de octubre del año en curso, correspondiente al juicio por PARTICIÒN DE COMUNIDAD CONCUBINARIA intentado por L.A.G. contra la ciudadana LEYTHER J.F.A., se incurrió en un error material en la página 15, de la sentencia folio 195, al momento de identificar el tribunal de la sentencia sometida a revisión por este juzgador en consecuencia donde dice: “…PRIMERO: Con lugar la apelación planteada por el abogado J.R.G.A., contra la sentencia de fecha 24.04.2007, del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Nulo todo lo actuado, incluyendo el auto de admisión de la demanda de fecha 27.10.2005, emanado del Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, así como el fallo recurrido…”, debe leerse: “…PRIMERO: Con lugar la apelación planteada por el abogado J.R.G.A., contra la sentencia de fecha 24.04.2007, del Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Nulo todo lo actuado, incluyendo el auto de admisión de la demanda de fecha 27.10.2005, emanado del Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, así como el fallo recurrido…”. Este Juzgado Superior Quinto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas de conformidad con el contenido y alcance del artículo 252 del Código de Procedimiento Civil, mediante el presente auto subsana el error en referencia, a los fines legales consiguientes.

EL JUEZ,

E.J.S.M.

LA SECRETARIA,

ABG. E.J. TORREALBA C.

Exp. Nº 9381

EJSM/EJTC/Thais.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR