Decisión nº IG012013000536 de Corte de Apelaciones de Falcon, de 27 de Septiembre de 2013

Fecha de Resolución27 de Septiembre de 2013
EmisorCorte de Apelaciones
PonenteCarmen Zabaleta
ProcedimientoSolicitud Del Asunto Principal

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón

Coro, 27 de Septiembre de 2013

203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL : IP01-P-2011-003821

ASUNTO : IP01-R-2013-000197

SOLICITUD DEL ASUNTO PRINCIPAL

Visto que fueron elevadas al conocimiento de esta Corte de Apelaciones las presentes actuaciones, procedentes del Juzgado Segundo de Control de este Circuito Judicial Penal, en virtud del recurso de apelación interpuesto por el Abogado F.H., actuando como Defensor Privado de los ciudadanos: ANDEMAR A.A.G., O.J.M.B. y M.R.T.C., contra la decisión publicada en fecha 08 Agosto de 2013, en virtud que el Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, declaró sin lugar la nulidad planteada por la defensa al momento de celebrarse la audiencia especial de la presentación a la orden de aprehensión que fue librada en su contra en la causa penal signada con el número IP01-P-2011-003821, por el referido Juzgado, mediante el cual declaró sin lugar la solicitud de nulidad absoluta de las actuaciones existentes a partir del día 01-08-2013 invocada por la defensa ; no obstante de la revisión de las presentes actuaciones se hace necesario solicitar las actuaciones que rielan insertas en el asunto principal signado con el numero IP01-P-2011-003821, es por lo que se acuerda conforme a lo previsto en el artículo 441 del Código Orgánico Procesal Penal, el cual dispone: (….) “excepcionalmente, la Corte de Apelaciones podrá solicitar copias o las actuaciones originales sin que esto implique el procedimiento la paralización del procedimiento”, solicitar al Tribunal de Juicio de este Circuito Judicial Penal con sede en S.A.d.C. que por distribución le haya correspondido en virtud del auto de apertura a juicio oral y público de fecha 09 de Agosto de 2013, dictado por el Tribunal Segundo de Control de este Circuito Judicial Penal, en contra de los imputados A.R. DUNO, ANDEMAR ACOSTA M.T. y O.M., remita a esta Sala el Asunto Principal Nº IP01-P-2011- 003821, a fin de admitir o no el Recurso de Apelación que fuere interpuesto por el mencionado Defensor. Es todo. Cúmplase.-

Abogada MORELA F.B.

JUEZA PROVISORIA y PRESIDENTA

Abogada G.O.R.

JUEZA TITULAR

Abogada C.N.Z.

JUEZA PROVISORIA y PONENTE

Abogada JENNY OVIOL RIVERO

SECRETARIA

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.

La Secretaria

RESOUCION Nº IG012013000536

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