Aplicación de la Ley Orgánica de Emolumentos, Pensiones y Jubilaciones de los Altos Funcionarios y Altas Funcionarias del Poder Público en las empresas estadales. Memorando N° 04-00-229 del 12 de abril del año 2011

Páginas238-242
DICTÁMENES AÑOS 2011-2012 – N° XXII
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FUNCIÓN PÚBLICA: Aplicación de la Ley Orgánica de Emolumentos,
Pensiones y Jubilaciones de los Altos Funcionarios y Altas Funcionarias
del Poder Público en las empresas estadales.
El criterio institucional sobre el ámbito de aplicación de la
Ley Orgánica de Emolumentos, Pensiones y Jubilaciones
de los Altos Funcionarios y Altas Funcionarias del Poder
Público, se orienta a que este instrumento normativo debe
interpretarse restrictivamente y aplicarse dentro de los
órganos y entes del sector público sujetos a su ámbito de
aplicación.
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Se solicita opinión de esta Dirección General, sobre el ámbito de
aplicación de la Ley Orgánica de Emolumentos, Pensiones y Jubilaciones
de los Altos Funcionarios y Altas Funcionarias del Poder Público1 espe-

que prestan servicios en la Corporación de Servicios y Mantenimiento
de Estado Miranda S.A. está referida la Ley.
El consultante plantea que ha observado que los montos cancelados
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poración, incluyendo aquellos que desempeñan cargos de coordinación,
se han visto disminuido a partir de la vigencia de dicha Ley, por lo cual
pareciese que la aplicación de sus disposiciones se ha hecho efectiva
hasta el referido nivel de jerarquía.
Una vez analizado el planteamiento formulado, esta Dirección Ge-
neral pasa a emitir su opinión en los términos siguientes:
El criterio institucional sobre el ámbito de aplicación de la Ley
Orgánica de Emolumentos, Pensiones y Jubilaciones de los Altos Fun-
cionarios y Altas Funcionarias del Poder Público, se orienta a que este
instrumento normativo debe interpretarse restrictivamente y aplicarse
dentro de los órganos y entes del sector público sujetos a su ámbito de
aplicación, a los funcionarios indicados en los artículos 8 al 13 de
la Ley.
En el análisis efectuado por esta Dirección General en el memorán-

virtud del carácter taxativo y restrictivo de este régimen excepcional de
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