El arbitraje comercial frente a la responsabilidad civil extracontractual

AutorRamón Escovar Alvarado
CargoUniversidad Católica Andrés Bello, Abogado; Profesor de Derecho Internacional Privado y de Resolución Alternativa de Conflictos
Páginas533-550
El arbitraje comercial frente a la responsabilidad
civil extracontractual
Ramón esCoVar alVaraDo*
RVLJ, N.º 13, 2020, pp. 533-550.
Sumario
Planteamiento 1. Responsabilidad Civil extracontractual
originaria 1.1. Def‌iniciones normativas 1.2. Arbitrabilidad
objetiva 2. Responsabilidad civil extracontractual derivada
2.1. Responsabilidad civil extracontractual derivada de una
relación contractual entre partes 2.1.1. El principio de auto-
nomía del acuerdo de arbitraje 2.1.2. Método para determinar
si una determi nada controversia se encuentra comprendida por
un acuerdo de arbitraje 2.2. Responsabilidad civil extracon-
tractual derivada de una relación contractual entre terceros
Conclusiones
Planteamiento
A veinte años de vigencia de la Ley de Arbitraje Comercial, en Venezuela
se desarrolla una cultura proarbitral. En efecto, paulatinamente ha calado
en nuestro foro la idea de que el arbitraje constituye el mecanismo de resolu-
ción de controversias mediante el cual los comerciantes del siglo xxi resuelven
* Universidad Católica Andrés B ello, Abogado; Profesor de Derecho Interna cional
Privado y de Resolución Alter nativa de Conf‌licto s. Universidad de Nueva York,
Magister en Derecho C omparado. Universidad Central de Venezuela, Magister
Scientiarum en Derecho Int ernacional Privado y Compara do; Profesor de Arbitraje
Comercial Inter nacional. Ejerce el Derecho en ESC+G Abogados, S.C.
534 Revista Venezolana de Legislación y Jurisprudencia • N.o 13 • 2020
sus disputas. Dicho reconocimiento no solo es consecuencia de un coherente
conjunto normativo que conforma un «Sistema de Arbitr aje Comercial», sino
también de un número de importantes decisiones jurisprudenciales que res-
paldan y promueven los principios fundamentales de la instit ución arbitral.
Desde el punto de vista normativo, el sistema de Arbitraje Comercial ve-
nezolano se fundamenta en los artículos 253 y 258 de la Constitución de la
República, disposiciones que incorporan a los medios alternativos de resolu-
ción de controversias al sistema de justicia y, por vía de consecuencia, consa-
gran la interpretación proarbitraje como método interpretativo aplicable a los
supuestos de hecho de arbitraje. De acuerdo con la interpretación proarbitraje,
cualquier duda debe ser resuelta de manera de expandi r la ef‌icacia práctica del
derecho fundamental de los justiciables a acudir a arbitraje. Es consecuencia
del aludido principio y de la interpretación proarbitraje que en Venezuela los
comerciantes posean un derecho fu ndamental a acudir a arbitraje1.
Aunado a lo anterior, la jurisprudencia venezolana ha cumplido un desta-
cado rol en desarrollar la ef‌icacia práctica de los principios sobre los cuales se
erige el sistema de arbitraje comercial. Así, destacan las decisiones dictadas
por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia2:
La sentencia N.º 192/2008 resalta el derecho de los justiciables a elegir entre
dirimir sus controversias por tribunales judiciales o por tribunales arbitrales,
pues en nuestro ordenamiento jurídico existe «u n derecho fundamental al arbi-
traje que está inserto e n el derecho a la tutela jurisdiccional»3. De igual forma,
la decisión N.º 1541/2008 delimita el tema de la arbitrabilidad objetiva,
1 Sobre el derecho fundamental de acud ir a arbitraje véase her nánDe z-Bretón,
Eugenio: «Arbitr aje y Constitución: El arbit raje como derecho fund amental». En:
Arbitraje comercial interno e internacional, ref‌l exiones teórica s y experiencias
prácticas. Academia de Ciencias Políticas y So ciales. Caracas, 2005.
2 TSJ/SC, sents. N.os 192, del 28-02-08; 1541, del 17-10-08; 1067, del 03-11-10 y 1773,
de l 30 -11-11.
3 En e ste sentido, cabe desta car que la noción del derecho fundamental a l arbitraje
había sido expuesta tiempo ant es de la comentada decisión por hernánDez-Br etón:
ob. cit. («Arbit raje y Constitución »), p. 30.

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