Artículos 46

AutorPedro Rengel Núñez
Cargo del AutorAbogado UCAB 1982
Páginas1469-1472
1469
Artículo 46
Cuando ninguna de las causales invocadas prospere, se declarará sin lugar el
recurso, se condenará en costas al recurrente y el laudo se considerará de
obligatorio cumplimiento para las partes
Pedro Rengel Núñez
Abogado UCAB 1982, Master en Jurisprudencia Comparada, New York University, 1983,
profesor de pre y post grado de la Universidad Monteávila

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR