La 'Asamblea Nacional Constituyente' en la Gaceta Oficial de la República (quinta parte)

AutorGabriel SIRA SANTANA
CargoAbogado
Páginas375-380
Comentarios Legislativos
LA “ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE”
EN LA GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA
(QUINTA PARTE)
Gabriel Sira Santana
Abogado
Resumen: El artículo identifica las decisiones (“decretos constituyentes”) adopta-
das por la asamblea nacional constituyente y publicadas en la Gaceta Oficial.
Palabras Clave: Asamblea nacional constituyente, decretos constituyentes.
Abstract: The article identifies the decisions (“constituent decrees”) adopted by
the national constituent assembly and published in the Official Gazette.
Key words: National constituent assembly, constituent decrees
Desde el número 153-154 de esta revista, correspondiente al primer semestre del añ o
2018, hemos publicado una serie d e artículos donde –como hicimos en otros ocasiones, res-
pecto a otras materias1– reseñamos los diversos actos divulgados en la Gaceta Oficial de la
República (en lo sucesivo, G.O.) por la “Asamblea Nacional Constituyente”.
Lo anterior, con la intención de brindar al lector una imagen de conjunto que facilitara
la comprensión de qué han hecho los representantes llamados a “decidir el futuro de la Pa-
tria”2 y determinar –a su vez– cuál es la verdadera finalidad de la llamada “Asamblea Nacio-
nal Constituyente”3.
1 Véanse, en coautoría con Antonio Silva Aranguren, los artículos sobre los decretos con rango,
valor y fuerza de ley publicados en G.O. producto de las leyes habilitantes de 2015, 2013 y 2010
en los N° 143-144 (2015), 140 (2014) y 130 ( 2012) –respectivamente– de la Revista de Derecho
Público, editada por la Editorial Jurídica Venezolana.
2 Véase el artículo 1 del Decreto N° 2.830, publicado en G.O. N° 6.295 Extraordinario del 01-05-
2017, mediante el cual s e “convocó” a una “ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE, ciu-
dadana y de profunda participación popular, para que nuestro Pueblo, como depositario del Poder
Constituyente Originario, con su voz suprema, pueda decidir el futuro de la Patria, reafirmando los
principios de independencia, soberanía, igualdad, paz, democracia participativa y protagónica,
multiétnica y pluricultural”.
3 Al efecto resulta oportuno recordar que según el artículo 347 de la Constitución de la República,
“[e]l pueblo de Venezuela es el depositario del poder constituyente originario. En ejercicio de di-
cho poder, puede convocar una Asamblea Nacional Constituyente con el objeto de transformar al
Estado, crear un nuevo ordenamiento jurídico y redactar una nueva Constitución”. Véase al res-
pecto Brewer-Carías, Allan R. y García Soto, Carlos (compiladores): Estudios sobre la Asamblea
Nacional Constituyente y su inconstitucional convocatoria en 2017. Editorial Jurídica de Venezue-
la. Caracas, 2017.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR