Bases filosóficas de la Constitución de la Provincia de Mérida de 1811

AutorFortunato González Cruz
CargoAbogado
Páginas65-84
Bases filosóficas de la Constitución de la
Provincia de Mérida de 1811
Trabajo de incorporación a la
Academia de Ciencias Políticas y Sociales
Fortunato González Cruz
Abogado
Resumen: La Constitución de la Provincia de Mérida de 1811 tiene como base filo-
sófica fundamental el pensamiento neoescolástico, en particular neotomista, que re-
presenta fundamentalmente Francisco Suarez. La lectura de sus obras era obligato-
ria en los Colegio San Javier de Mérida y más tarde en el Seminario Tridentino de
San Buenaventura de Mérida. No hay duda de la influencia de la Ilustración.
Palabras claves: Constitución. Soberanía popular. Neotomismo. Mérida. Venezuela.
Abstract: The Constitution of the Province of M érida of 1811 has as its fundamen-
tal philosophical basis the Neo-scholastic thought, in particular, Neotomist, fun-
damentally represented by Fra ncisco Suarez. The reading of his works was compul-
sory at the Colegio San Javier at Mérida and later at the Tridentino Seminary of
San Buenaventura of Mérida . There is no doubt about the influence of the Enligh t-
enment.
Key words: Constitution. Popular Soverignty. Neotomism. Merida. Venezuela.
SUMARIO
ESTADO Y DERECHO INTRODUCCIÓN
UNA BREVE REFERENCIA CIRCUNSTANCIAL
LOS HECHOS Y LOS PERSONAJES
LA CONSTITUCIÓN DE MÉRIDA
LOS FUNDAMENTOS TEÓRICOS
INFLUENCIA DE LOS JESUITAS
LA REPÚBLICA DE LAS LETRAS
BIBLIOGRAFÍA
ESTADO Y DERECHO INTRODUCCIÓN
Aquí nos hace falta el académico Allan R. Brewer-Carías, quien me propuso para este
honor que recibo porque es fru to de los compromisos intelectuales que nos han unido por
muchos años y porque se trata de un gesto de reconocimiento a quienes hacemos investiga-
ción en la provincia, en particular en Los Andes. Su silló n está allí, ocupado por el inquieto
espíritu del intelectual más prolífico del país, un milagro tropical como lo calificó el maestro
Eduardo García de Enterría. Agradezco a los señores académicos la aceptación de mi nom-
bre, que al hacerme compañero de camino, me obligan a asumir la carga que significa.
REVISTA DE DERECHO PÚBLICO N° 163/164 - 2020
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El miércoles 5 de mayo del año 2004 leí un breve discurso con ocasión de la toma de
posesión de la presidencia de la Asociación Venezolana de Derecho Constitucional. El acto
se realizó en el Paraninfo de la Universidad de Los Andes que es el corazón de esa Institu-
ción Académica. Sus paredes están adornadas con los óleos salidos del pincel del Cardenal
José Humberto Quintero, y parece que nos observan los personajes que más contribuyeron a
tallar la identidad del colectivo merideño. En esa galería los héroes se visten de civil, y preva-
lecen la toga y la sotana sobre el uniforme militar, lo que tiene un indiscutible y singular
significado. No en vano hubo en Mérida antes que cuarteles y bancos, conventos y monaste-
rios, colegios y seminarios. Dije entonces que aquel lugar y las circunstancias particulares de
la vida política venezolana me inclinaban a hacer un breve trabajo sobre el origen de nuestro
Derecho Constitucional Provincial, gracias a que se cuenta con los documentos originales
que fueron escritos en y con ocasión de la independencia de la Provincia de Mérida generada
a partir del 16 de septiembre de 1810, e intentar extraer la sabiduría contenida en tan impor-
tantes documentos. Me propongo profundizar aquellas reflexiones y hacer una modesta con-
tribución al conocimiento de nuestras raíces jurídico-constitucionales, luego de investigar en
los bien organizados archivos de la Arquidiócesis de Mérida y en la Biblioteca de Libros
Antiguos de la Universidad de Los Andes, y recorrido un tortuoso camino en la búsqueda de
datos que apoyaran mi tesis sobre la influencia del pensamiento escolástico y fundamental-
mente del jesuita Francisco Suárez en nuestra constitución provincial.
En esta búsqueda intenté verificar la existencia en Mérida en los años anteriores a la i n-
dependencia, de los libros y escritos a los que se les atribuye la siembra de las ideas republ i-
canas de libertad, igualdad y soberanía popular. Encontré en los registros una abundante
información sobre la existencia en Mérida a partir de 1628 de una respetable biblioteca. En la
sección de Libros Antiguos de la Universidad de Los Andes localicé algunos libros que per-
tenecieron al antiguo Colegio San Javier. No he podido comprobar en ningún registro que
hubiese en Mérid a antes de 1810 alg ún libro de, por ejemplo John Locke, ni de los enciclo-
pedistas franceses, lo que no quiere decir en modo alguno que no los hubiese leído alguien en
aquella pequeña ciudad bastante culta. Conté para esta investigación con el apoyo de monse-
ñor Baltazar Porras Cardozo y del personal del Archivo Arquidiocesano de Mérida; la guía y
orientación oportuna del padre José del Rey Fajardo s.j Tuve la satisfacción y el honor de
compartir durante 5 días en la residencia de los maristas en Tlalpan, en México D.F. con el
Arzobispo de Tegucigalpa el Cardenal Rodríguez Madariaga y los teólogos el argentino Juan
Carlos Scannone y el peruano Gustavo Gutiérrez. Estas conversaciones no solo ratificaron la
hipótesis que orientó el trabajo, sino que me llevaron al convencimiento, lamentablemente no
sustentado en estudios científicos, de que John Locke y a partir de él los demás filósofos de la
Ilustración, extrajo de los neotomistas y en particular del jesuita Francisco Suárez, las ideas
sobre la libertad, el origen del poder y de la soberanía popular, que ya venían cocinándose en
la retorta de Santo Tomás de Aquino. ¿Por qué el inglés no cita al español? Quizás porque en
Inglaterra se prohibió la lectura de sus libros, como después se prohibirán los del inglés en
España y sus territorios de ultramar. Una breve visita a lo s archivos de Altagracia, en la pr o-
vincia argentina de Córdoba, fue útil para caer en cuenta de la magnitud de la obra de la
Compañía de Jesús y de toda la Iglesia Católica en la formación de las élites que echaron las
bases de la independencia del Continente Americano.
UNA BREVE REFERENCIA CIRCUNSTANCIAL
La ciudad de Mérida fue fundada por Juan Rodríguez Suárez el 9 de octubre de 1558 en
el sitio donde actualmente se encuentra San Juan de Lagunillas. Allí realiza la ceremonia
acostumbrada y nombra autoridades municipales. Días después descubre la meseta que corta
la confluencia del río Chama y el Albarregas formando una punta y trasladada allí a la ciu-
dad, por lo cual, con el tiempo se va a llamar La Punta, o Santiago de La Punta. El primero de

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