Decisión nº 500 de Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristobal, Torbes, Cardenas, Guasimos, Fernando Feo, Libertador y Andrés Bello de Tachira, de 10 de Marzo de 2008

Fecha de Resolución10 de Marzo de 2008
EmisorJuzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristobal, Torbes, Cardenas, Guasimos, Fernando Feo, Libertador y Andrés Bello
PonenteFelix Matos
ProcedimientoPartición De Bienes De La Comunidad Conyugal.

San Cristóbal, Estado Táchira, Lunes 10 de Marzo de 2008, siendo las 9:55 de la mañana, se trasladó y constituyó este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal, Torbes, Cárdenas, Guásimos, F.F., Libertador y A.B. de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, junto con la Abogado N.Y.M.C., titular de la cedula de identidad N° V- 12.889.462 e Inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 83.107, Apoderada Judicial de la ciudadana B.N.M. en un inmueble ubicado en la Concordia, calle 4, entre carrera 7 y octava Avenida, N° 7-33, donde funciona la empresa Tecni – Templex, C.A. Rif. J-30028193-0, a fin de llevar a cabo medida de secuestro decretada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de esta Circunscripción Judicial, demanda incoada por B.N.M., contra el ciudadano R.G.M., Expediente N° 17.088, Partición de la Comunidad Conyugal. Se encuentra presente la parte actora ciudadana B.N.M. de Guerrero, titular de la cedula de identidad N° V- 9.210.532. El Tribunal se hizo acompañar del Cabo II V.A., placa 305, Funcionario de Politachira. Se encuentra presente el ciudadano R.G.G.M., titular de la cedula de identidad N° V-9.223.184, demandado de autos, quien fue notificado de la misión y objeto del Tribunal y quien permite el acceso del Tribunal al inmueble y quien se encuentra asistido en este acto por el Abogado León A.C.P., titular de la cedula de identidad N° V- 9.240.653 e Inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 58.512. En este estado la Apoderada Actora N.M., solicitó el derecho de palabra. Seguidamente el ciudadano Juez, designa como experto al Ingeniero J.A.M., titular de la cedula de identidad N° V- 9.239.533 e Inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 51.192 y como Depositario Judicial a la Depositaria Judicial La Seguridad, representado por el ciudadano C.A.S., titular de la cedula de identidad N° V- 1.555.677, quienes aceptaron los cargos y prestaron el debido juramento de Ley. Seguidamente el ciudadano Juez cede el derecho de palabra a la abogado Actora N.M., quien expone: “Solicito muy respetuosamente al ciudadano Juez proceda llevar a cabo medida de Secuestro decretada por el comitente sobre los siguientes bienes: 1.- El patrimonio (bienes muebles) que posee la Sociedad Mercantil Tecni – Templex, C.A. 2.- Una camioneta Marca: Jeep; Modelo: Cherokee Classi; Año: 1999; Placas: GBB-57T; Color: Plata; Serial Carrocería: 8Y4FF68V9X1903513; Serial Motor: 6 Cil; Uso: Particular. 3.- Un Camión, Marca: Chevrolet; Modelo: Chasis Cab NPR; Año: 2005; Placa: 39ADAR; Serial Carrocería: 8ZCKN34L05V308874; Serial Motor: 05V308874; Color: Blanco; Uso: Carga. 4.- Una camioneta Marca: Chevrolet; Modelo: Chayanne; Año: 1998; Placas 34HEAB; Serial Carrocería: 8ZCER14K7WV336072; Serial Motor: 7WV336072; Uso: Carga; Tipo: Pick – Up. 5.- Una Camioneta Marca: Ford; Modelo: Laviat XLT; Año: 1998; Placa: 40ZSAH; Serial Carrocería: AJF1J815949; Serial Motor: 6 Cilindros; Uso: Carga. 6.- Una Camioneta Marca: Ford; Modelo F-150; Año: 1981; Placas: 92USAF; Color: Blanco; Tipo: Pick – Up; Serial Carrocería: AJF15B53561; Serial Motor: 6 Cilindros. 7.- Un Camión Marca: Mitsubishi; Modelo: Canter FE 649-D; Año: 1998; Serial Carrocería: 8X1FE649W0000058; Placa 08VDAD; Tipo: Plataforma; Color: Blanco; Año: 1998. 8.- Una camioneta Marca: Toyota; Modelo: 4 Runner 4x2 anto; Año: 2002; Placas: FAZ16N; Serial Carrocería: JTB11VNJ020224894; Serial Motor: 5VZ1365385; Color: Beige Metalizado; Uso: Particular”. En este Estado el ciudadano Juez le indica al Perito que proceda a levantar el Inventario de los bienes muebles que conforman el patrimonio de la empresa Tecni – Templex C.A. y de los vehículos señalados y descritos. En este estado el perito informe: 1.- Un Computador compuesto de un monitor Sansung, Serial 011270-00, modelo 591S, teclado Benq., Serial 0510, mouse modelo M105P12, serial 45NSSB10912, CPU sin seriales visibles, impresora marca 65X190 Citizen, Modelo AK20MOT, Serial AXA0041002, en funcionamiento, se desconoce cualquier daño oculto. 2.- Un computador compuesto de: un monitor marca ADC, serial 4DA3034615-2A, modelo 4V, teclado sin marca visible, modo 5G2000, CPU sin serial ni modelo visible, impresora marca 65x190 Citizen, modelo AK20-MD1, serial AK50008788. 3.- Un computador compuesto de: un monitor marca ADC, serial D356CLA45PD, modelo AVH spectrum, teclado BENQ, serial 94P668161545NA30846SA0000, modelo 651ZX, mouse giga – byte, serial 06509008246, modelo XE05072350, se encuentra en funcionamiento, se desconoce algún daño oculto. 4.- Una computadora compuesta de un monitor color negro, marca Sansung, serial LE17H9KY141689W, modelo 7935-0, teclado marca Benq, serial 0510, modelo FEC1DIZITU-105U; CPU sin seriales ni modelo, mouse serial LA05010004, modelo SU-2DMA, Dos cornetas, en funcionamiento, se desconoce cualquier daño oculto. 5.- Un Fax marca Sharp UXP200, serial 47202601, en funcionamiento, color gris. 6.- Un computador compuesto por monitor marca Sansung, serial LB17HCGYB05284R, modelo SYHC Master 793, teclado FC, serial 015080446442, modelo KE3802PSP000F, CPU sin serial ni modelo, mouse marca GIGABYTE, modelo SV-Z0MA, en funcionamiento, se desconoce algún daño oculto. 7.- Dos Impresoras una marca Sansung Laser, modelo 2010, Serial 3A61BKEL5092001, Impresora VIVRA, Serial MY56EB232D, modelo Q5888A; en funcionamiento. 8.- Un fax color negro, marca Panasonic, Serial N° 4CCHD242576. 9.- Una Sumadora color gris, marca Sharp, modelo 5DO206, en funcionamiento. 10.- Una sumadora de 12 dígitos marca Triumpli 121PD. 11.- Dos (02) Sumadores, marca Sharp, modelo EL-1750PIII y EL1750PIII, Seriales 4D09X y SD026. 12.- Dos escritorios tipo L, dividido en dos partes, madera y estructura metálico con tope en madera y vidrio en su parte superior. 13.- Tres (03) archivadores en madera, color marrón claro, de tres gavetas con vidrio en la superficie. 14.- Un archivador metálico color marrón claro de 4 gavetas. 15.- dos archivadores en madera, marrón oscuro, 4 gavetas. 16.- Una silla tipo secretarial tapizada en tela color gris, sobre base metálica de ocho ruedas. 17.- Dos (02) sillas tipo visitante, metálicas, tapizadas en tela color negro. 18.- Dos escritorios en madera, marrón claro de 5 gavetas con vidrio en la superficie. 19.- Un escritorio en madera, marrón clara de dos gavetas, para archivo lateral y una gaveta lateral con espacio para teclado. 20.- Un escritorio en madera, color marrón claro de 5 divisiones para teclado y archivo. 21.- Cinco (05) sillas plásticas, color negro, tapizadas en tela color negro, con ruedas, tipo secretarial. 22.- Dos (02) escritorios pequeños, en madera y formica color negro y marrón claro para computador y archivo. 23.- Dos (02) archivos aéreos en madera color marrón claro de un entrepaño. 24.- Un archivador en vidrio con un entrepaño. 25.- Una silla plástica color negro, tapizado en tela color gris con midas tipo secretarial. 26.- Tres (03) equipos de pintura electrostática, sin seriales visibles, elaboración casera, dos de color azul y uno de color rojo, 27.- un montacarga, marca cechi templex, a gasolina, color amarillo, sin seriales visibles, ruedas de caucho, por información del demandado se encuentra en mal estado. 28.- un escritorio en madera color marrón. 29.- una silla visitante en estructura metálica y forrada en sintético. 30.- Siete (07) estantes metálicos de seis entrepaños. 31.- Un escritorio en madera color marrón oscuro, de una gaveta y dos espacios con vidrios en la parte superior. 32.- Dos sillas visitantes en estructura metálica, color negro y marrón, tapizadas en tela y sintético. 33.- Un multimueble en madera color marrón claro, con cuatro entrepaños. 34.- Un escritorio para computador en madera color marrón claro, con espacio para teclado y vidrio en la parte superior. 35.- Un computador compuesto por un monitor marca ADC, modelo 4x, serial 4DA-2034-615-2ª, impresora HP, modelo DLK9872, Serial C9062A, teclado FC, mouse marca Benq, modelo 300, serial BJQ5588C14, CPU sin serial ni modelo visible. 36.- una sumadora marca Sharp, de 12 dígitos, serial 5D034, modelo EL1750II. 37.- Una computadora compuesta de un monitor marca Sansung, serial LB17HCGYB08107J, modelo LB17LS7LKXBU, impresora marca Epson XL300, serial ETUY270110, teclado Benq, serial 0510, mouse marca Genius, modelo GM04011P, serial 118764104070, CPU sin seriales visibles. 38.- Una central telefónica marca Panasonic, modelo KXT7730X, serial 51CSC440161. 39.- Una sumadora marca Sharp, modelo FL1750P, serial 5DO32. 40.- Una maquina registradora marca Cassio, modelo PCR 255P, serial 0206486. 41.- Una lámpara ultravioleta, marca magitel, modelo BOU11, sin serial visible. 42.- Un vehículo identificado con las siguientes caracteristicas: placa: FAZ16N, marca: Toyota, modelo 4 Runner, serial carrocería JTB11VNJ020224894, serial motor 5VZ1365385, año 2002, color beige, tipo Sport Wagon, tapicería en buen estado, cinco cauchos en buen estado, con todos sus accesorios. 43.- Un vehículo identificado con placa 39ADAR, serial de carrocería 8ZCKN34L054308874, color blanco, serial motor 05V308874, tapicería en buen estado, pintura en regular estado, cauchos en regular estado con todos sus accesorios. 44.- un vehículo clase camioneta, placa 92USAF, color blanco, serial motor 6 cilindros, serial carrocería AJF15B53561, se encuentra en buen estado de conservación, tapicería en buen estado, pintura en regular estado con todos sus accesorios. 45.- una camioneta Cherokee, color plata, placa GBB57T, tapicería en buen estado, cinco cauchos en buen estado, pinturas en regular estado, posee todos sus accesorios. 46.- Un vehículo tipo camioneta, pick – up, placa 40ZSAH, color marrón y blanco, serial carrocería AJF1J815949, serial motor 6 cilindros, pintura y latonería en regular estado, tapicería en regular estado, cauchos en regular estado y con todos sus accesorios. 47.- Tres remachadoras para romanilla, sin marca, serial 1009, modelo 220PH, las dos otras remachadores no tienen seriales visibles pero si tienen sus respectivos motores. 48.- Un troquel sin marca, serial 219, modelo 1707 – 96. 49.- troquel sin marca, modelo 1707-96, serial 2170395. 50.- Una cortadora Black Deker, sin serial ni modelo. 51.- Dos taladros de árbol, modelo 7J5116, motor 750 W con prensa, sin serial visible, el otro tiene serial 161758, modelo CH16N. 52.- Cortadora de hierro marca Blade LOCK LEWER, serial 9509, modelo L6TSH355HA. 53.- Una esmeril sin marca ni seriales visibles. 54.-una prensa manual sin marca visible. 55.- Dos sierras para aluminio, marca Dewaalt, serial 15222, otra con serial 24189, modelo DW705. 56.- un compresor de color azul para 120 libras, sin seriales visibles. 57.- Un puente grúa con un winche de 450 Kg., eléctrico, marca Parma, serial 35082, para 500Kgs. con una ventosa de tres chupones (triples) con motor CZERWENY, procedencia Argentina, serial IEC 600341, en funcionamiento. 58.- Una maquina llamada pulpo, para pulir los orillos de los vidrios. 59.- un taladro marca LEW, sin seriales visibles, color verde. 60.- una maquina Covesa, rectilínea para pulir vidrio sin seriales visibles con un motor de un caballo de fuerza, serial 9398. 61.- Dos compresores de 200 libra, uno de color azul y otro de color negro, sin seriales visibles. 62.- Dos mesas de trabajo de madera y metal en regular estado. El perito informa que la maquinaria señalada en el numeral 60, es de fabricación china. 63.- Un esmeril, color azul sin seriales visibles. 64.- un soldador marca Welter 245, sin seriales visibles. 65.- Dos pulidoras de banda para pulir orillas de vidrio. 66.- una cortadora de aluminio. 67.- un rotatul punta de diamante. 68.- Cuatro (04) aires acondicionados distinguidos así: 1 sansung de 12000 Vtu, 1 mabe de 8000 Vtu, 1 Teka de 12000 Vtu y 1 Whispool de 8000 Vtu. 69.- Tres cortadoras de aluminio de color gris, sin señales visibles. Igualmente consigno en este acto catorce (14) folios útiles inventario el cual fue suministrado por el Director Gerente de Tecni – Templex, C.A., el cual se demuestra la existencia de materia prima, insumos y bienes muebles que forman parte del patrimonio de la Sociedad Mercantil donde se encuentra constituido el Tribunal y el mismo ha sido verificado y cotejado con el físico existente en la sede de la empresa”. Seguidamente el ciudadano Juez hace constar que el inventario ha sido constatado con el experto designado. En este estado el ciudadano Juez, declara legalmente Secuestrados el cincuenta por cierto (50%) de los bienes, materiales y mercancía descrita, se declara la desposesión jurídica y se le hace entrega al Depositario Judicial designados. Se acuerda agregar el inventario cotejado constante de catorce (14) folios útiles. Seguidamente el ciudadano R.G., en su carácter de Director Gerente de la empresa Tecni – Templex, C.A. y debidamente asistido por el Abogado León Contreras, solicitó el derecho de palabra y concedido que le fue expone: “Luego de que han sido debidamente inventariados los bienes que constituyen el Cien Por cierto (100%) de materiales y equipos propiedad de la empresa Tecni – Templex, C.A. así como los vehículos identificados en la orden de secuestro inserta en el Expediente cuya medida se ejecuta en este momento, solicito que el cincuenta por cierto (50%) sobre los cuales recae la medida en cita, sean dejados en guarda y custodia de la empresa Tecni – Templex, C.A. representada en este acto por mi poderdante R.G.G.M., plenamente identificado en autos. Lo anterior con la finalidad de evitar interrumpir el proceso de cumplimiento de obligaciones que tiene la empresa con sus clientes. El lapso por el cual solicito la guarda y custodia de los bienes mencionados objeto de la ejecución de la presente medida, es por un lapso de Treinta (30) días hábiles contados a partir de hoy, es todo”. Seguidamente toma el derecho de palabra la Apoderada Actora N.M. quien expone: “En primer lugar realizado como ha sido el inventario sobre los bienes muebles pertenecientes a esta empresa y anexado como ha sido el mismo, pido al tribunal acuerde por consentimiento entre las partes, lo referente a los treintas (30) días pedidos; así mismo me opongo al petotirio de la, perdón no es que me opongo, sino que estoy de acuerdo en que se concede la guarda y custodia por el lapso antes señalado y así mismo ruego al Tribunal se deje abierto la presente medida de secuestro en lo que respecta a un vehículo señalado en el literal H de la comisión, para que este Tribunal se constituya nuevamente en la oportunidad en que dicho vehículo se encuentre en la sede de la empresa y así llevar a cabo el Secuestro del mismo, es todo”. En este estado el ciudadano Juez visto lo expuesto por las partes, designa como guarda y custodia de los bienes Secuestrados, a la empresa mercantil Tecni – Templex, C.A. representada en este acto por el ciudadano R.G.M. quien estando presente acepta el cargo y prestado el debido juramento de Ley se le indican las obligaciones inherentes al cargo y las consecuencias civiles y penales en caso de incumplimiento. Se acuerda mantener la comisión en el archivo del Tribunal y copia certificada del acta para el copiador de actas llevado por este Tribunal, dejando constancia que en la practica de la presente medida no se cobro ningún tipo de tasa, arancel o pago alguno para éste Tribunal de conformidad con lo establecido en los artículos 26 y 254 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela. No siendo otro el objeto del Tribunal, se da por Terminado el acto, siendo las 6:00 de la tarde, regresando a la sede natural del Tribunal. Terminó, se leyó y conformes firman.- Dr. F.A.M.. Juez Titular. (Fdo). Lugar del Sello. R.G.G.M.. Notificado. Guarda y Custodia representante Tecni – Templex, C.A. (Fdo). B.N.M.. Parte Actora. (Fdo). Abg. León A. Contreras. Abogado Asistente. (Fdo). Abg. N.Y.M.C.A.A.. (Fdo). Ing. J.A.M.. Perito. (Fdo). C.A.S.. Delegado Depositario Judicial La Seguridad. (Fdo). Cabo II V.A.. Funcionario de Politachira. (Fdo). Abg. C.M.P.. Secretaria. (Fdo).

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