Sentencia nº 59 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala Político Administrativa de 27 de Enero de 2011

Fecha de Resolución27 de Enero de 2011
EmisorJuzgado de Sustanciación - Sala Político Administrativa
PonenteJuzgado de Sustanciación
ProcedimientoDemanda

SALA POLÍTICO ADMINISTRATIVA

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 27 de enero de 2011

200º y 151º

Como quiera que en fecha 16.06.10, entró en vigencia la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, y visto además que no se ha aperturado el lapso de emplazamiento, en virtud de que no se ha practicado la citación de los demandados, este Juzgado, como director del proceso y con fundamento en los artículos 9 y 206, del Código de Procedimiento Civil, deja sin efecto la decisión de admisión de la demanda de fecha 26.03.08, en lo que respecta al procedimiento aplicable; y, en consecuencia, se acuerda librar autos de comparecencia indicando que la sociedad mercantil Equipos y Maquinarias de Oriente 2001 C.A., en la persona de su Presidente L.M.N. Rojas y el ciudadano L.E.R.N., en su carácter de Vicepresidente de la referida empresa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, deben comparecer por ante este Juzgado a la audiencia preliminar, la cual se fijará una vez que conste en autos la última de las citaciones practicadas, así como también a contestar la demanda interpuesta. Compúlsese el libelo, la mencionada decisión del 26.03.08, el presente auto y sus correspondientes autos de comparecencia.

Asimismo, se deja establecido que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, la contestación de la demanda deberá realizarse por escrito dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a la celebración de la audiencia preliminar.

La Jueza,

M.L.A.L.

La Secretaria,

N. delV.A.

Exp Nº 2008-176/ech.

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