Capítulo I: Postura axiólogica de la pena

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Finalidad de la pena desde la perspectiva histórica filosófica y su
influencia en el marco jurídico penal imperante
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POSTURA AXIOLÓGICA DE LA PENA
Sócrates: ¿Y responder con el mal cuando se recibe mal, es
justo, como afirma la mayoría, o es injusto? Critón: De ningún
modo es justo. Sócrates: Luego no se debe responder con la
injusticia ni hacer mal a ningún hombre, cualquiera que sea el
daño que se reciba de él… Jamás es bueno ni cometer injusticia
ni responder a la injusticia con la injusticia, ni responder
haciendo el mal cuando se recibe el mal
(En Ferrajoli, 2001:290)
Se toma como sustento en este apartado la postura del autor Jorge Enrique Zavala
Baquerizo (1922-2014) que es, sin duda, el más grande penalista y criminólogo de la
historia en Ecuador. Renovador del derecho penal y penitenciario de su época y
creador de una relevante obra jurídica en la que el jurista analiza la pena. Su obra ha
sido influyente en el pensamiento de juristas ecuatorianos ulteriores desde el
liberalismo radical hasta el socialismo del siglo XXI bajo el contexto de la condición
del autor de nuestro estudio como penalista, político, académico e histórico,
contemporáneo y subsiguiente a él, ya que propone reformas legislativas y una
innovación del sistema penitenciario y, además, aporta argumentos aquilatados sobre
valores e instrumentos, de carácter ético y jurídico, inevitables para la reinserción
social del justiciable. Así, y desde luego, su trascendencia tal vez sólo pueda encontrar
comparación en su probado humanismo.
La obra de nuestro autor es un tanto compleja y, por lo tanto, no es tan fácil abordarla
por varias razones. El discurso zavaliano sobre su obra La pena resulta dialéctico y
promueve la defensa del valor libertad. Se puede decir que el profesor ecuatoriano
examina a propósito esta consecuencia a fin de advertir al órgano político estatal a
través de su voz grave y articulada que no debe existir restricción de la libertad de
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influencia en el marco jurídico penal imperante
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ningún justiciable como castigo o pena, sin que exista previamente la declaración de
la infracción como delito en la ley penal. Su obra es un tanto compleja por el propio
contenido de sus ideas y, especialmente, por su carácter sistemático.
El discurso iusfilosófico de Jorge Enrique se caracteriza por el razonamiento dialéctico.
Así, este particular aspecto implica que ningún componente puede ser entendido por sí
mismo, de manera separada, sino que cada uno de los componentes que comprende
la sistematización logra su distinción con relación a los demás. De manera que, esto
admite, en efecto, que no se puede estudiar felizmente solamente una parte de su
obra como discurso iusfilosófico, sino que puede entenderse si se estudia toda su obra
a la vez.
El abordaje que hacemos a la pena consecuencia jurídica del delito ha sido debida e
históricamente estudiada desde diferentes perspectivas, entre ellas, se recalca la
iusfilosófica
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en general y particularmente se la estudia desde la argumentación
jurídica y política en el itinerario del profesor Zavala Baquerizo, de manera que,
requiere adoptar una serie de ilustraciones terminológicas conceptuales y de mesuras
referentes al contexto general o enciclopédico en el que se encuentran construidas.
El propósito de este capítulo es ofrecer una aproximación significativa a la
interpretación iusfilosófica de la idea teorizante del castigo en el itinerario de nuestro
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El objeto de estudio de este capítulo es lanzar una mirada a la teoría del castigo o pena en el itinerario
jurídico y político de Zavala, que nace precisamente de su aquilatada obra científica, debido a su
relevante afán de buscar a través de la justicia, la igualdad y la transparencia para determinar una pena,
ya que en la actualidad se intenta combatir la idea distributiva de la prevención, de acuerdo con la cual
la medida de la pena se puede incrementar en función de los pronósticos que se puedan hacer sobre
eventos y progresos en el futuro. En definitiva, con la pena se honra al delincuente como ser racional,
lo que puede parecer sarcástico, sin embargo, se deriva de la idea que el delincuente es susceptible de
culpabilidad porque se le reconoce su dignidad, capacidad y competencia (Cfr. Feijoo Sánchez,
Bernardo, 2007. Retribución y prevención general. Un estudio sobre la teoría de la pena y las funciones
del derecho penal. Montevideo-Buenos Aires: Editorial B de F., p. 36).
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influencia en el marco jurídico penal imperante
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iusfilósofo de las ciencias penal y criminológicas de Ecuador desde la segunda mitad
del siglo XX
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. Así, para ello, dividimos y subdividimos en los apartados siguientes:
El desarrollo de este aparte medular como queda indicado ha sido centrado,
específicamente, en los discursos iusfilosófico y jurídico penal de nuestro autor, entre
los que abordamos también, algunas cuestiones relacionadas con las terminologías
filosóficas utilizadas por el autor obviamente, emulando a maestros que influyen en él
como Kant, Hegel, Beccaria, entre otros, con la finalidad concreta de dilucidar las
terminologías cuyos significados resulten un tanto enigmáticas para el lector. Esto de
alguna manera incide a su vez en la construcción de la doctrina ecuatoriana.
Una breve introducción histórica. La pena y su rol en la historia de la humanidad
El tema de la pena en la historia ha sido objeto de interés relevante en la tradición de
juristas y moralistas. En vivo contraste con este interés, todo parece indicar que, en el
presente análisis crítico, el asunto no ha dejado de inquietar, tanto a los que deberían
legal, como a los ciudadanos llamados a enfrentarse con el problema de la pena en la
práctica. Este hecho resulta alarmante, porque es signo de la violencia privada y
estatal, respectivamente, cuya hondura y repercusiones son difíciles de medir. Para
estar a la altura del ambicioso epígrafe de este apartado haría falta llevar a cabo un
análisis histórico, muy crítico y erudito, de grandes proporciones.
Es preciso, no obstante, sea con peligro de incurrir en simplificaciones y hasta en
errores de bulto, debemos admitir que el maestro Jorge Enrique Zavala Baquerizo
desde las generalidades encuentra las líneas claves sobre el tema y entre lo más
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Así, independientemente del derecho positivo, “los filósofos en general y los penalistas en particular
han venido atribuyendo a la pena un fundamento y unos fines ideales” (Roldán Barbero, Horacio &
Padilla Alba, Herminio Ramón (2018). Manual de derecho penal. Parte general (3ª ed.) Granada,
España: Editorial Comares, SL., p. 189).

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