Decisión nº PJ0332012000341 de Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución de Anzoategui (Extensión El Tigre), de 17 de Abril de 2012

Fecha de Resolución17 de Abril de 2012
EmisorTribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución
PonenteFarah Melisa Azocar Chacin
ProcedimientoAutorización Judicial

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui extensión El Tigre

El Tigre, diecisiete de abril de dos mil doce

201º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-J-2012-000534

ASUNTO: BP12-J-2012-000534

Por admitida la presente solicitud de AUTORIZACION PARA TRAMITAR PASAPORTE, propuesta por la ciudadana C.O.B., venezolana mayor de edad, titular de la cedula de identidad, 8.273.890, asistida por el abogado YORF C.L., inscrito en el impreabogado bajo el Nº 102.305, mediante la cual ocurre ante esta competente autoridad para solicitar la Autorización para Tramitar el Pasaporte de la niña (XXX).Éste Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de conformidad con lo establecido en el artículo 8 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, el cual es de Obligatorio Cumplimiento en la toma de todas las decisiones concernientes a los Niños, Niñas y Adolescentes, el derecho a mantener contacto directo con los padres (artículo 27), Derecho a la L.d.T. (Artículo 39), en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, AUTORIZA SUFICIENTEMENTE a la ciudadana C.O.B., venezolana mayor de edad, titular de la cedula de identidad, 8.273.890, para la tramitación de toda la documentación necesaria para la OBTENCION de PASAPORTE para su hija (XXX), por ante la Oficina de Servicios Administrativos de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME)., ubicado en la ciudad de Anaco Estado Anzoátegui. Expídase por Secretaría, copia certificada de la presente decisión y entréguese a la parte interesada, a los f.L. consiguientes.

LA JUEZ

ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR

LA SECRETARIA

ABOG. LIZONY PERDOMO

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