Censurar y castigar.

AutorBola
CargoRese

Censurar y castigar Por Andrew Von Hirsch. Editorial Trotta. Madrid. España. 1998. pp. 181.

Von Hirsh es uno de los teóricos de la pena que con mayor sistematicidad ha abordado el tema. Siendo consciente de la importancia y delicadeza del mismo, vuelve una y otra vez en una vasta bibliografía que aborda algunos de los aspectos de mayor relevancia relacionados con esta institución. En censurar y castigar el autor aborda la cuestión del quantum de la pena. Históricamente, desde que las penas penales existen han estado más o menos asociadas a una cantidad --de años, meses, días y en el caso de las penas pecuniarias a una cantidad de dinero-- cabe preguntarse ¿Con base a cuáles principios o criterios se escoge una cantidad de años en preferencia a otra cantidad? ¿Qué determina que un específico quantum y no otro cumpla con el fin que se ha propuesto cumplir con la pena? Para abordar el asunto, Von Hirsch da por sentado que la cuestión de la proporcionalidad de las penas es un asunto filosófico asociado a la justificación que se tiene de las penas y reconoce que quizá por esta razón es un aspecto que ha sido muy poco abordado por los teóricos. También parte de que el Derecho Penal es ante todo preventivo y que está dirigido a un ser humano racional y consciente de sus elecciones y decisiones. Asume que la pena no puede ser neutral pues esto significaría que todos los seres se reducen a seres vivientes, equiparando hombres y animales.

La naturaleza preventiva del derecho penal reposa precisamente en el hecho de que con la norma jurídico-penal se trata de evitar la comisión de delitos, lo que implica que el mensaje normativo está respaldado por razones morales, generándose un espacio de tensión entre reprobación y prevención. Con la sola reprobación estamos tratando los seres humanos como seres no racionales y la sola prevención resulta insuficiente porque la pena al tiempo que es reproche es también un mensaje para desincentivar, esto es, constituye una razón adicional que colaborará con el sujeto al momento de decidir si comete o no el delito. Tal elección es posible porque el Derecho Penal reconoce el carácter racional y moral del ser humano y en el marco de tal racionalidad es que el ser humano puede entender la razón que le está dando el Derecho Penal para no cometer delitos, es decir, la pena. Para el autor la pena es una razón prudencial que debería conllevar a resistir la tentación de la comisión del hecho punible. He allí la estrecha...

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