Decisión de Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de Yaracuy, de 18 de Julio de 2006

Fecha de Resolución18 de Julio de 2006
EmisorTribunal de Protección del Niño y del Adolescente
PonenteEmir Morr
ProcedimientoAutorización De Viaje

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

Sala de Juicio N° 2

En fecha 30 de junio de 2006, la ciudadana J.M.W.Q., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.045.263, actuando en nombre y representación de sus hijos identidad omitida, quienes están asistidos por la Abg. Yrela I.C.R., en su carácter de Defensora Pública Primera, adscrita al Sistema Autónomo de la Defensa Pública del Estado Yaracuy, presentó escrito con anexos en el cual solicita AUTORIZACION JUDICIAL para tramitar el PASAPORTE de sus hijos, ante la ONIDEX y así puedan viajar a A.S., específicamente a Euro-Village Compaund, Dhaliapad, N° 8, Al-Khobar, para encontrase con su padre ciudadano J.V.S., titular de la cédula de identidad N° V-5.752.537.

Vista las partidas de nacimiento de los adolescentes identidad omitida, que cursan a los folios 3 y 4 del expediente; Autorización firmada por el padre de los adolescentes de autos, la cual cursa al folio 6 del expediente; Copia del pasaporte y las cédulas de identidad de los padres y adolescentes de autos, las cuales cursan de los folios 7 al 9 del expediente. Al folio 11 del expediente, cursa auto de admisión de fecha 10 de julio de 2006; Al folio 14 del expediente, cursa boleta de notificación debidamente firmada en fecha 13-07-2006, por la Fiscal Séptimo del Ministerio Público y vista las declaraciones de los adolescentes las cuales corren a los folios 15 y 16 del expediente.

Es por lo que este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA conceder autorización a la ciudadana J.M.W.Q., titular de la cédula de identidad N° V-7.045.263, para que tramite el PASAPORTE de sus hijos los adolescentes identidad omitida, ante la ONIDEX, y en consecuencia puedan viajar al exterior a A.S., específicamente a Euro-Village Compaund, Dhaliapad, N° 8, Al-Khobar, para encontrase con su padre ciudadano J.V.S., titular de la cédula de identidad N° V-5.752.537.

Expídase por secretaria a la solicitante, copia certificada de la presente autorización para que surta sus efectos legales. Devuélvanse los originales presentados por la solicitante. Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. En San Felipe a los dieciocho (18) días del mes de julio de 2006. Años: 196° de la Independencia y 147° de la Federación.

La Juez,

Abg. E.J.M.N..

La Secretaria,

Abg. P.V..

Exp. Solicitud N° 1357/06

EJMN/pv/ajg.-

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