Decisión de Juzgado Superior Septimo en lo Civil, Mercantil y del Transito de Caracas, de 17 de Febrero de 2016

Fecha de Resolución17 de Febrero de 2016
EmisorJuzgado Superior Septimo en lo Civil, Mercantil y del Transito
PonenteVictor Gonzalez
ProcedimientoPropiedad Intelectual

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL

DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.

Caracas, diecisiete (17) de febrero de dos mil dieciséis (2016)

Años 205º y 156º

Expediente Nº AP71-R-2015-001094 (676)

Visto el fallo dictado por este Despacho en fecha 13 de enero del presente año, mediante el cual se confirma la competencia para el conocimiento de la presente demanda por Cobro de Bolívares y Daños y Perjuicios por Perturbación del Derecho de Propiedad Intelectual (Derecho de Autor), incoada por el ciudadano I.G.R. contra la sociedad civil Fundación Editorial Salesiana (FES), al Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de esta Circunscripción Judicial; en consecuencia, este Tribunal ordena de oficio practicar cómputo por secretaría de los días de despacho transcurridos desde el día 10 de febrero de 2016, hasta el día 16 de febrero de 2016, (ambas fecha inclusive), siendo la última fecha el día en el cual venció el lapso para ejercer el recurso a que hubiere lugar contra la decisión supra referida. Cúmplase.-

El Juez,

Dr. V.J.G.J..

La Secretaria,

Abg. M.E.R..

Quien suscribe, M.E.R., Secretaria del Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, deja constancia que desde el día 10 de febrero de 2016, hasta el día 16 de febrero de 2016 (ambas fecha inclusive), transcurrieron CINCO (05) días de despacho, los cuales se especifican a continuación: febrero 2016: 10, 11, 12, 15 y 16. Caracas, diecisiete (17) de febrero del año dos mil dieciséis (2016). Año: 205º años de la Independencia y 156º de la Federación.

La Secretaria,

Abg. M.E.R..

Expediente Nº AP71-R-2015-001094 (676)

VJGJ/MER

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL

DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.

Caracas, diecisiete (17) de febrero de dos mil dieciséis (2016)

Años 205º y 156º

Expediente Nº AP71-R-2015-001094 (676)

Visto el computo que antecede y por cuanto se evidencia que no se ejerció recurso de hecho ante la negativa del Recurso de Casación en fecha 05 del mismo mes y año ejercido por la abogada YUVIRDA PLAZA MORENO, inscrita en el inpreabogado N° 128.748, apoderada judicial de la parte demandante contra la decisión dictada por este despacho en fecha 13 de enero del presente año, mediante el cual se confirma la competencia para el conocimiento de la presente demanda por Cobro de Bolívares y Daños y Perjuicios por Perturbación del Derecho de Propiedad Intelectual (Derecho de Autor), incoada por el ciudadano I.G.R. contra la sociedad civil Fundación Editorial Salesiana (FES), al Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de esta Circunscripción Judicial, todo ello en virtud del juicio por COBRO DE BOLÍVARES y DAÑOS Y PERJUICIOS POR PERTURBACIÓN DEL DERECHO DE PROPIEDAD INTELECTUAL sigue el ciudadano I.G.R. contra la sociedad civil FUNDACIÓN EDITORIAL SALESIANA, (FES) en consecuencia, este Tribunal declara firme la mencionada sentencia y ordena la remisión del expediente al Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Líbrese el correspondiente oficio de remisión. Cúmplase.-

El Juez,

Dr. V.J.G.J..

La Secretaria,

Abg. M.E.R..

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente y se libró oficio Nº 2016-A-

La Secretaria,

Abg. M.E.R..

Expediente Nº AP71-R-2015-001094 (676)

VJGJ/MER

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL

DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.

Caracas, diecisiete (17) de febrero de dos mil dieciséis (2016)

Años 205º y 156º

Oficio Nº 2016-A-

Ciudadano:

Dr. L.R. HERRERA GONZÁLEZ.

Juez del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

Su Despacho.-

Me dirijo a usted, con la finalidad de remitirle anexo al presente oficio el expediente signado con el Nº AP71-R-2015-001094 (676) de la nomenclatura llevada por este Tribunal, contentivo del juicio de la Regulación de Competencia planteada en el juicio por Cobro de Bolívares y Daños y Perjuicios por Perturbación del Derecho de Propiedad Intelectual (Derecho de Autor), incoada por el ciudadano I.G.R. contra la sociedad civil Fundación Editorial Salesiana (FES), constante de una (01) pieza de sesenta (62) folios útiles.-

Remisión que se hace, en virtud de haber sido declarada firme en esta misma fecha, la decisión dictada por este Tribunal en fecha 13 de enero de 2016 que determinó su competencia para conocer de la demanda.-

Dios y Federación.

El Juez Titular,

Dr. V.J.G.J..

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