Sentencia nº 444 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala Electoral de 28 de Marzo de 2016
Fecha de Resolución | 28 de Marzo de 2016 |
Emisor | Juzgado de Sustanciación - Sala Electoral |
Ponente | Juzgado de Sustanciación |
Procedimiento | Auto ordenando notificación |
Auto ordenando notificación
Los ciudadanos I.Á.G., A.R.G.T. y J.R., actuando en su carácter de Candidatos a la Presidencia del C.d.A. y Asociados a la Caja de Ahorros y Previsión Social de Empleados Obreros, Jubilados y Pensionados de la Asamblea Nacional, asistidos por la abogada B.C.C., presentaron Recurso Contencioso Electoral conjuntamente con la Medida Innominada de A.C. contra la Comisión Electoral de la Caja de Ahorros y Previsión Social de Empleados Obreros, Jubilados y Pensionados de la Asamblea Nacional, celebrada en fecha 12 de junio de 2015.
Vista la Sentencia N° 23 dictada en fecha 15-03-2016, se acordó notificar a la parte recurrente, al Ministerio Público, a la Comisión Electoral, al C.d.A. y al C.d.V. de la Caja De Ahorros y Previsión Social de los Empleados, Obreros, Jubilados y Pensionados de la Asamblea Nacional (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.). Así como, a los ciudadanos H.M., M.A., Hialeth Borges, L.V., D.M., F.O., M.R., E.R. y J.C. (postulados al C.d.V.) y a los ciudadanos W.V., J.R., R.A., I.Á., A.O. y C.V. (postulados al C.d.A.). Se libraron Boletas y Oficios N° 16-217, 16-218, 16-219 y 16-220, respectivamente. Finalmente, este Juzgado de Sustanciación indica que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá a librar el cartel de emplazamiento a los interesados.
Juzgado de Sustanciación ----VLEX----
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
Caracas, 28 de marzo de 2016
205º y 157º
Vista la Sentencia N° 23 dictada en fecha 15 de marzo de 2016, mediante la cual esta Sala Electoral declaró: PRIMERO: COMPETENTE para conocer del recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, SEGUNDO: ADMITIÓ el recurso contencioso electoral y TERCERO: IMPROCEDENTE la medida cautelar innominada solicitada, se acuerda notificar a los ciudadanos I.Á.G., A.R.G.T. Y J.R. (parte recurrente) y a la Comisión Electoral de la Caja De Ahorros y Previsión Social de los Empleados, Obreros, Jubilados y Pensionados de la Asamblea Nacional (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.). Se remite copia certificada de la mencionada sentencia y del presente auto. Líbrese Boleta y Oficio.
Asimismo, se acuerda notificar al C.d.A. y al C.d.V. de la Caja de Ahorros y Previsión Social de los Empleados, Obreros, Jubilados y Pensionados de la Asamblea Nacional (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.). Se remite copia certificada del escrito libelar, de la mencionada sentencia y del presente auto. Líbrese Oficios.
Igualmente, de conformidad con lo previsto en el artículo 186 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia se ordena notificar al Ministerio Público, anexándole copia certificada del escrito libelar, de la Sentencia N° 23 dictada en fecha 15 de marzo de 2016 y del presente auto. Líbrese Oficio.
En el mismo orden de ideas, se acuerda notificar a los ciudadanos H.M., M.A., Hialeth Borges, L.V., D.M., F.O., M.R., E.R. y J.C. (postulados al C.d.V.) y a los ciudadanos W.V., J.R., R.A., I.Á., A.O. y C.V. (postulados al C.d.A.), anexándole copia certificada del escrito libelar, de la Sentencia N° 23 dictada en fecha 15 de marzo de 2016 y del presente auto. Líbrese Boletas.
Finalmente, este Juzgado de Sustanciación indica que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá de conformidad con los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia a librar el cartel de emplazamiento a los interesados, el cual deberá ser publicado en el diario “Últimas Noticias”, y para ello dispondrá la parte actora de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo, con la advertencia de que si la parte recurrente incumpliera con esta carga, se declarará la perención de la instancia y se ordenará el archivo del expediente.
La Presidenta,
I.M.A. IZAGUIRRE
La Secretaria (E),
INTIANA L.P.
Exp.N°AA70-E-2016-000011
IMAI/ilp/mjr/imr
B O L E T A
Caracas, 28 de marzo de 2016
205º y 157º
SE HACE SABER:
A los ciudadanos I.Á.G., A.R.G.T. Y J.R. (parte recurrente), titulares de la cédula de identidad N° 9.482.546, 4.461.890 y 3.971.597, respectivamente, que la Sala Electoral en fecha 15 de marzo de 2016 dictó Sentencia N° 23 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar innominada por Ustedes, invocando la condición de asociados a la CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS, JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.), asistidos por la abogada B.C.C., inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 17.175, contra el proceso electoral organizado por la Comisión Electoral de la CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS, JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.) para elegir a los miembros del C.d.A. y C.d.V. de la referida Caja, celebrado el día 09 de diciembre de 2015. En dicho fallo, la Sala Electoral declaró: PRIMERO: COMPETENTE para conocer del recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, SEGUNDO: ADMITIÓ el recurso contencioso electoral y TERCERO: IMPROCEDENTE la medida cautelar innominada solicitada. Igualmente, se le informa que este Juzgado de Sustanciación en fecha 28 de marzo de 2016 dictó auto mediante el cual indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá de conformidad con los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia a librar el cartel de emplazamiento a los interesados, el cual deberá ser publicado en el diario “Últimas Noticias”, y para ello dispondrá la parte actora de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo, con la advertencia de que si la parte recurrente incumpliera con esta carga, se declarará la perención de la instancia y se ordenará el archivo del expediente. Se remite copia certificada de la mencionada sentencia y del referido auto.
Se servirán firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.
La Presidenta,
I.M.A. IZAGUIRRE
La Secretaria (E),
INTIANA L.P.
Firma: ________________
Fecha: ________________
Exp.N°AA70-E-2016-000011
IMAI/ilp/mjr/imr
Caracas, 28 de marzo de 2016
Oficio Nº 16-217.
Ciudadana
L.O. DÍAZ
Fiscal General de la República Bolivariana de Venezuela
Su Despacho.
A los fines de su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 186 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, cumplo con remitir a usted en anexo, copia certificada del escrito contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar innominada por los ciudadanos I.Á.G., A.R.G.T. Y J.R., titulares de la cédula de identidad N° 9.482.546, 4.461.890 Y 3.971.597, respectivamente, invocando la condición de asociados a la CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS, JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.), asistidos por la abogada B.C.C., inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 17.175, contra el proceso electoral organizado por la Comisión Electoral de la CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS, JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.) para elegir a los miembros del C.d.A. y C.d.V. de la referida Caja, celebrado el día 09 de diciembre de 2015. Asimismo, se remite copia certificada del fallo N° 23 dictado en fecha 15 de marzo de 2016, en el cual se declaró: PRIMERO: COMPETENTE para conocer del recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, SEGUNDO: ADMITIÓ el recurso contencioso electoral y TERCERO: IMPROCEDENTE la medida cautelar innominada solicitada. Igualmente, se le informa que este Juzgado de Sustanciación en fecha 28 de marzo de 2016 dictó auto mediante el cual indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá de conformidad con los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia a librar el cartel de emplazamiento a los interesados. Asimismo, se remite copia certificada del auto de fecha 28 de marzo de 2016.
Atentamente,
I.M.A. IZAGUIRRE
Presidenta de la Sala Electoral
Exp.N°AA70-E-2016-000011
IMAI/ilp/mjr/imr
Caracas, 28 de marzo de 2016
Oficio Nº 16-218.
Ciudadanos
VIVIANA D´ANDREA, H.Z., C.T., A.C. y R.H..
Integrantes de la Comisión Electoral de la Caja de Ahorros de Funcionarios, Obreros Activo, Pensionados y Jubilados de la Alcaldía de Caracas del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital "CAFUALCAML".
Su Despacho
Me dirijo a ustedes a fin de notificarles que en fecha 15 de marzo de 2016 la Sala Electoral dictó Sentencia N° 23 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar innominada por los ciudadanos I.Á.G., A.R.G.T. Y J.R., titulares de la cédula de identidad N° 9.482.546, 4.461.890 Y 3.971.597, respectivamente, invocando la condición de asociados a la CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS, JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.), asistidos por la abogada B.C.C., inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 17.175, contra el proceso electoral organizado por la Comisión Electoral de la CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS, JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.) para elegir a los miembros del C.d.A. y C.d.V. de la referida Caja, celebrado el día 09 de diciembre de 2015. En dicho fallo la Sala Electoral declaró: PRIMERO: COMPETENTE para conocer del recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, SEGUNDO: ADMITIÓ el recurso contencioso electoral y TERCERO: IMPROCEDENTE la medida cautelar innominada solicitada. Igualmente, se le informa que este Juzgado de Sustanciación en fecha 28 de marzo de 2016 dictó auto mediante el cual indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá de conformidad con los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia a librar el cartel de emplazamiento a los interesados. Se remite copia certificada de la mencionada sentencia y del referido auto.
Atentamente,
I.M.A. IZAGUIRRE
Presidenta de la Sala Electoral
Exp.N°AA70-E-2016-000011
IMAI/ilp/mjr/imr
Caracas, 28 de marzo de 2016
Oficio Nº 16-219.
Ciudadanos
IDEMAR ROJAS, D.D., E.O., DAVID FUENTES, SOLMARINA PULIDO y F.B..
Miembros del C.d.A. de la Caja de Ahorros de Funcionarios, Obreros Activo, Pensionados y Jubilados de la Alcaldía de Caracas del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital "CAFUALCAML".
Su Despacho
Me dirijo a ustedes a fin de notificarles que en fecha 15 de marzo de 2016 la Sala Electoral dictó Sentencia N° 23 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar innominada por los ciudadanos I.Á.G., A.R.G.T. Y J.R., titulares de la cédula de identidad N° 9.482.546, 4.461.890 Y 3.971.597, respectivamente, invocando la condición de asociados a la CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS, JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.), asistidos por la abogada B.C.C., inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 17.175, contra el proceso electoral organizado por la Comisión Electoral de la CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS, JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.) para elegir a los miembros del C.d.A. y C.d.V. de la referida Caja, celebrado el día 09 de diciembre de 2015. En dicho fallo la Sala Electoral declaró: PRIMERO: COMPETENTE para conocer del recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, SEGUNDO: ADMITIÓ el recurso contencioso electoral y TERCERO: IMPROCEDENTE la medida cautelar innominada solicitada. Igualmente, se le informa que este Juzgado de Sustanciación en fecha 28 de marzo de 2016 dictó auto mediante el cual indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá de conformidad con los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia a librar el cartel de emplazamiento a los interesados. Se remite copia certificada del escrito libelar, de la mencionada sentencia y del referido auto.
Atentamente,
I.M.A. IZAGUIRRE
Presidenta de la Sala Electoral
Exp.N°AA70-E-2016-000011
IMAI/ilp/mjr/imr
Caracas, 28 de marzo de 2016
Oficio Nº 16-220.
Ciudadanos
D.C., J.M., J.H., J.M.G., A.A. y J.G..
Miembros del C.d.V. de la Caja de Ahorros de Funcionarios, Obreros Activo, Pensionados y Jubilados de la Alcaldía de Caracas del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital "CAFUALCAML".
Su Despacho
Me dirijo a ustedes a fin de notificarles que en fecha 15 de marzo de 2016 la Sala Electoral dictó Sentencia N° 23 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar innominada por los ciudadanos I.Á.G., A.R.G.T. Y J.R., titulares de la cédula de identidad N° 9.482.546, 4.461.890 Y 3.971.597, respectivamente, invocando la condición de asociados a la CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS, JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.), asistidos por la abogada B.C.C., inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 17.175, contra el proceso electoral organizado por la Comisión Electoral de la CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS, JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.) para elegir a los miembros del C.d.A. y C.d.V. de la referida Caja, celebrado el día 09 de diciembre de 2015. En dicho fallo la Sala Electoral declaró: PRIMERO: COMPETENTE para conocer del recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, SEGUNDO: ADMITIÓ el recurso contencioso electoral y TERCERO: IMPROCEDENTE la medida cautelar innominada solicitada. Igualmente, se le informa que este Juzgado de Sustanciación en fecha 28 de marzo de 2016 dictó auto mediante el cual indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá de conformidad con los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia a librar el cartel de emplazamiento a los interesados. Se remite copia certificada del escrito libelar, de la mencionada sentencia y del referido auto.
Atentamente,
I.M.A. IZAGUIRRE
Presidenta de la Sala Electoral
Exp.N°AA70-E-2016-000011
IMAI/ilp/mjr/imr
B O L E T A
Caracas, 28 de marzo de 2016
205º y 157º
SE HACE SABER:
Al ciudadano H.M. (POSTULADO AL C.D.V.), titular de la cédula de identidad N° 6.091.358, que la Sala Electoral en fecha 15 de marzo de 2016 dictó Sentencia N° 23 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar innominada por los ciudadanos I.Á.G., A.R.G.T. Y J.R., titulares de la cédula de identidad N° 9.482.546, 4.461.890 Y 3.971.597, respectivamente, invocando la condición de asociados a la CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS, JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.), asistidos por la abogada B.C.C., inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 17.175, contra el proceso electoral organizado por la Comisión Electoral de la CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS, JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.) para elegir a los miembros del C.d.A. y C.d.V. de la referida Caja, celebrado el día 09 de diciembre de 2015. En dicho fallo, la Sala Electoral declaró: PRIMERO: COMPETENTE para conocer del recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, SEGUNDO: ADMITIÓ el recurso contencioso electoral y TERCERO: IMPROCEDENTE la medida cautelar innominada solicitada. Igualmente, se le informa que este Juzgado de Sustanciación en fecha 28 de marzo de 2016 dictó auto mediante el cual indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá de conformidad con los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia a librar el cartel de emplazamiento a los interesados, el cual deberá ser publicado en el diario “Últimas Noticias”, y para ello dispondrá la parte actora de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo, con la advertencia de que si la parte recurrente incumpliera con esta carga, se declarará la perención de la instancia y se ordenará el archivo del expediente. Se remite copia certificada del escrito libelar, de la mencionada sentencia y del referido auto.
Se servirá firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.
La Presidenta,
I.M.A. IZAGUIRRE
La Secretaria (E),
INTIANA L.P.
Firma: ________________
Fecha: ________________
Exp.N°AA70-E-2016-000011
IMAI/ilp/mjr/imr
B O L E T A
Caracas, 28 de marzo de 2016
205º y 157º
SE HACE SABER:
Al ciudadano M.A. (POSTULADO AL C.D.V.), titular de la cédula de identidad N° 5.237.353, que la Sala Electoral en fecha 15 de marzo de 2016 dictó Sentencia N° 23 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar innominada por los ciudadanos I.Á.G., A.R.G.T. Y J.R., titulares de la cédula de identidad N° 9.482.546, 4.461.890 Y 3.971.597, respectivamente, invocando la condición de asociados a la CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS, JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.), asistidos por la abogada B.C.C., inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 17.175, contra el proceso electoral organizado por la Comisión Electoral de la CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS, JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.) para elegir a los miembros del C.d.A. y C.d.V. de la referida Caja, celebrado el día 09 de diciembre de 2015. En dicho fallo, la Sala Electoral declaró: PRIMERO: COMPETENTE para conocer del recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, SEGUNDO: ADMITIÓ el recurso contencioso electoral y TERCERO: IMPROCEDENTE la medida cautelar innominada solicitada. Igualmente, se le informa que este Juzgado de Sustanciación en fecha 28 de marzo de 2016 dictó auto mediante el cual indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá de conformidad con los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia a librar el cartel de emplazamiento a los interesados, el cual deberá ser publicado en el diario “Últimas Noticias”, y para ello dispondrá la parte actora de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo, con la advertencia de que si la parte recurrente incumpliera con esta carga, se declarará la perención de la instancia y se ordenará el archivo del expediente. Se remite copia certificada del escrito libelar, de la mencionada sentencia y del referido auto.
Se servirá firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.
La Presidenta,
I.M.A. IZAGUIRRE
La Secretaria (E),
INTIANA L.P.
Firma: ________________
Fecha: ________________
Exp.N°AA70-E-2016-000011
IMAI/ilp/mjr/imr
B O L E T A
Caracas, 28 de marzo de 2016
205º y 157º
SE HACE SABER:
Al ciudadano HIALETH BORGES (POSTULADO AL C.D.V.), titular de la cédula de identidad N° 3.190.267, que la Sala Electoral en fecha 15 de marzo de 2016 dictó Sentencia N° 23 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar innominada por los ciudadanos I.Á.G., A.R.G.T. Y J.R., titulares de la cédula de identidad N° 9.482.546, 4.461.890 Y 3.971.597, respectivamente, invocando la condición de asociados a la CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS, JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.), asistidos por la abogada B.C.C., inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 17.175, contra el proceso electoral organizado por la Comisión Electoral de la CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS, JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.) para elegir a los miembros del C.d.A. y C.d.V. de la referida Caja, celebrado el día 09 de diciembre de 2015. En dicho fallo, la Sala Electoral declaró: PRIMERO: COMPETENTE para conocer del recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, SEGUNDO: ADMITIÓ el recurso contencioso electoral y TERCERO: IMPROCEDENTE la medida cautelar innominada solicitada. Igualmente, se le informa que este Juzgado de Sustanciación en fecha 28 de marzo de 2016 dictó auto mediante el cual indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá de conformidad con los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia a librar el cartel de emplazamiento a los interesados, el cual deberá ser publicado en el diario “Últimas Noticias”, y para ello dispondrá la parte actora de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo, con la advertencia de que si la parte recurrente incumpliera con esta carga, se declarará la perención de la instancia y se ordenará el archivo del expediente. Se remite copia certificada del escrito libelar, de la mencionada sentencia y del referido auto. Se servirá firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.
La Presidenta,
I.M.A. IZAGUIRRE
La Secretaria (E),
INTIANA L.P.
Firma: ________________
Fecha: ________________
Exp.N°AA70-E-2016-000011
IMAI/ilp/mjr/imr
B O L E T A
Caracas, 28 de marzo de 2016
205º y 157º
SE HACE SABER:
Al ciudadano L.V. (POSTULADO AL C.D.V.), titular de la cédula de identidad N° 3.413.915, que la Sala Electoral en fecha 15 de marzo de 2016 dictó Sentencia N° 23 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar innominada por los ciudadanos I.Á.G., A.R.G.T. Y J.R., titulares de la cédula de identidad N° 9.482.546, 4.461.890 Y 3.971.597, respectivamente, invocando la condición de asociados a la CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS, JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.), asistidos por la abogada B.C.C., inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 17.175, contra el proceso electoral organizado por la Comisión Electoral de la CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS, JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.) para elegir a los miembros del C.d.A. y C.d.V. de la referida Caja, celebrado el día 09 de diciembre de 2015. En dicho fallo, la Sala Electoral declaró: PRIMERO: COMPETENTE para conocer del recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, SEGUNDO: ADMITIÓ el recurso contencioso electoral y TERCERO: IMPROCEDENTE la medida cautelar innominada solicitada. Igualmente, se le informa que este Juzgado de Sustanciación en fecha 28 de marzo de 2016 dictó auto mediante el cual indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá de conformidad con los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia a librar el cartel de emplazamiento a los interesados, el cual deberá ser publicado en el diario “Últimas Noticias”, y para ello dispondrá la parte actora de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo, con la advertencia de que si la parte recurrente incumpliera con esta carga, se declarará la perención de la instancia y se ordenará el archivo del expediente. Se remite copia certificada del escrito libelar, de la mencionada sentencia y del referido auto.
Se servirá firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.
La Presidenta,
I.M.A. IZAGUIRRE
La Secretaria (E),
INTIANA L.P.
Firma: ________________
Fecha: ________________
Exp.N°AA70-E-2016-000011
IMAI/ilp/mjr/imr B O L E T A
Caracas, 28 de marzo de 2016
205º y 157º
SE HACE SABER:
Al ciudadano D.M., (POSTULADO AL C.D.V.), titular de la cédula de identidad N° 4.240.179, que la Sala Electoral en fecha 15 de marzo de 2016 dictó Sentencia N° 23 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar innominada por los ciudadanos I.Á.G., A.R.G.T. Y J.R., titulares de la cédula de identidad N° 9.482.546, 4.461.890 Y 3.971.597, respectivamente, invocando la condición de asociados a la CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS, JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.), asistidos por la abogada B.C.C., inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 17.175, contra el proceso electoral organizado por la Comisión Electoral de la CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS, JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.) para elegir a los miembros del C.d.A. y C.d.V. de la referida Caja, celebrado el día 09 de diciembre de 2015. En dicho fallo, la Sala Electoral declaró: PRIMERO: COMPETENTE para conocer del recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, SEGUNDO: ADMITIÓ el recurso contencioso electoral y TERCERO: IMPROCEDENTE la medida cautelar innominada solicitada. Igualmente, se le informa que este Juzgado de Sustanciación en fecha 28 de marzo de 2016 dictó auto mediante el cual indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá de conformidad con los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia a librar el cartel de emplazamiento a los interesados, el cual deberá ser publicado en el diario “Últimas Noticias”, y para ello dispondrá la parte actora de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo, con la advertencia de que si la parte recurrente incumpliera con esta carga, se declarará la perención de la instancia y se ordenará el archivo del expediente. Se remite copia certificada del escrito libelar, de la mencionada sentencia y del referido auto.
Se servirá firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.
La Presidenta,
I.M.A. IZAGUIRRE
La Secretaria (E),
INTIANA L.P.
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Caracas, 28 de marzo de 2016
205º y 157º
SE HACE SABER:
Al ciudadano F.O., (POSTULADO AL C.D.V.), titular de la cédula de identidad N° 6.042.032, que la Sala Electoral en fecha 15 de marzo de 2016 dictó Sentencia N° 23 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar innominada por los ciudadanos I.Á.G., A.R.G.T. Y J.R., titulares de la cédula de identidad N° 9.482.546, 4.461.890 Y 3.971.597, respectivamente, invocando la condición de asociados a la CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS, JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.), asistidos por la abogada B.C.C., inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 17.175, contra el proceso electoral organizado por la Comisión Electoral de la CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS, JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.) para elegir a los miembros del C.d.A. y C.d.V. de la referida Caja, celebrado el día 09 de diciembre de 2015. En dicho fallo, la Sala Electoral declaró: PRIMERO: COMPETENTE para conocer del recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, SEGUNDO: ADMITIÓ el recurso contencioso electoral y TERCERO: IMPROCEDENTE la medida cautelar innominada solicitada. Igualmente, se le informa que este Juzgado de Sustanciación en fecha 28 de marzo de 2016 dictó auto mediante el cual indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá de conformidad con los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia a librar el cartel de emplazamiento a los interesados, el cual deberá ser publicado en el diario “Últimas Noticias”, y para ello dispondrá la parte actora de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo, con la advertencia de que si la parte recurrente incumpliera con esta carga, se declarará la perención de la instancia y se ordenará el archivo del expediente. Se remite copia certificada del escrito libelar, de la mencionada sentencia y del referido auto.
Se servirá firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.
La Presidenta,
I.M.A. IZAGUIRRE
La Secretaria (E),
INTIANA L.P.
Firma: ________________
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Caracas, 28 de marzo de 2016
205º y 157º
SE HACE SABER:
A la ciudadana M.R. (POSTULADA AL C.D.V.), titular de la cédula de identidad N° 6.945.517, que la Sala Electoral en fecha 15 de marzo de 2016 dictó Sentencia N° 23 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar innominada por los ciudadanos I.Á.G., A.R.G.T. Y J.R., titulares de la cédula de identidad N° 9.482.546, 4.461.890 Y 3.971.597, respectivamente, invocando la condición de asociados a la CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS, JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.), asistidos por la abogada B.C.C., inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 17.175, contra el proceso electoral organizado por la Comisión Electoral de la CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS, JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.) para elegir a los miembros del C.d.A. y C.d.V. de la referida Caja, celebrado el día 09 de diciembre de 2015. En dicho fallo, la Sala Electoral declaró: PRIMERO: COMPETENTE para conocer del recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, SEGUNDO: ADMITIÓ el recurso contencioso electoral y TERCERO: IMPROCEDENTE la medida cautelar innominada solicitada. Igualmente, se le informa que este Juzgado de Sustanciación en fecha 28 de marzo de 2016 dictó auto mediante el cual indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá de conformidad con los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia a librar el cartel de emplazamiento a los interesados, el cual deberá ser publicado en el diario “Últimas Noticias”, y para ello dispondrá la parte actora de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo, con la advertencia de que si la parte recurrente incumpliera con esta carga, se declarará la perención de la instancia y se ordenará el archivo del expediente. Se remite copia certificada del escrito libelar, de la mencionada sentencia y del referido auto. Se servirá firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.
La Presidenta,
I.M.A. IZAGUIRRE
La Secretaria (E),
INTIANA L.P.
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Caracas, 28 de marzo de 2016
205º y 157º
SE HACE SABER:
Al ciudadano E.R., (POSTULADO AL C.D.V.), titular de la cédula de identidad N° 7.842.769, que la Sala Electoral en fecha 15 de marzo de 2016 dictó Sentencia N° 23 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar innominada por los ciudadanos I.Á.G., A.R.G.T. Y J.R., titulares de la cédula de identidad N° 9.482.546, 4.461.890 Y 3.971.597, respectivamente, invocando la condición de asociados a la CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS, JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.), asistidos por la abogada B.C.C., inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 17.175, contra el proceso electoral organizado por la Comisión Electoral de la CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS, JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.) para elegir a los miembros del C.d.A. y C.d.V. de la referida Caja, celebrado el día 09 de diciembre de 2015. En dicho fallo, la Sala Electoral declaró: PRIMERO: COMPETENTE para conocer del recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, SEGUNDO: ADMITIÓ el recurso contencioso electoral y TERCERO: IMPROCEDENTE la medida cautelar innominada solicitada. Igualmente, se le informa que este Juzgado de Sustanciación en fecha 28 de marzo de 2016 dictó auto mediante el cual indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá de conformidad con los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia a librar el cartel de emplazamiento a los interesados, el cual deberá ser publicado en el diario “Últimas Noticias”, y para ello dispondrá la parte actora de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo, con la advertencia de que si la parte recurrente incumpliera con esta carga, se declarará la perención de la instancia y se ordenará el archivo del expediente. Se remite copia certificada del escrito libelar, de la mencionada sentencia y del referido auto.
Se servirá firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.
La Presidenta,
I.M.A. IZAGUIRRE
La Secretaria (E),
INTIANA L.P.
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Caracas, 28 de marzo de 2016
205º y 157º
SE HACE SABER:
Al ciudadano J.C. (POSTULADO AL C.D.V.), titular de la cédula de identidad N° 3.624.821 que la Sala Electoral en fecha 15 de marzo de 2016 dictó Sentencia N° 23 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar innominada por los ciudadanos I.Á.G., A.R.G.T. Y J.R., titulares de la cédula de identidad N° 9.482.546, 4.461.890 Y 3.971.597, respectivamente, invocando la condición de asociados a la CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS, JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.), asistidos por la abogada B.C.C., inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 17.175, contra el proceso electoral organizado por la Comisión Electoral de la CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS, JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.) para elegir a los miembros del C.d.A. y C.d.V. de la referida Caja, celebrado el día 09 de diciembre de 2015. En dicho fallo, la Sala Electoral declaró: PRIMERO: COMPETENTE para conocer del recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, SEGUNDO: ADMITIÓ el recurso contencioso electoral y TERCERO: IMPROCEDENTE la medida cautelar innominada solicitada. Igualmente, se le informa que este Juzgado de Sustanciación en fecha 28 de marzo de 2016 dictó auto mediante el cual indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá de conformidad con los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia a librar el cartel de emplazamiento a los interesados, el cual deberá ser publicado en el diario “Últimas Noticias”, y para ello dispondrá la parte actora de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo, con la advertencia de que si la parte recurrente incumpliera con esta carga, se declarará la perención de la instancia y se ordenará el archivo del expediente. Se remite copia certificada del escrito libelar, de la mencionada sentencia y del referido auto.
Se servirá firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.
La Presidenta,
I.M.A. IZAGUIRRE
La Secretaria (E),
INTIANA L.P.
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Caracas, 28 de marzo de 2016
205º y 157º
SE HACE SABER:
Al ciudadano W.V. (POSTULADO AL C.D.A.), titular de la cédula de identidad N° 6.452.703, que la Sala Electoral en fecha 15 de marzo de 2016 dictó Sentencia N° 23 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar innominada por los ciudadanos I.Á.G., A.R.G.T. Y J.R., titulares de la cédula de identidad N° 9.482.546, 4.461.890 Y 3.971.597, respectivamente, invocando la condición de asociados a la CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS, JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.), asistidos por la abogada B.C.C., inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 17.175, contra el proceso electoral organizado por la Comisión Electoral de la CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS, JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.) para elegir a los miembros del C.d.A. y C.d.V. de la referida Caja, celebrado el día 09 de diciembre de 2015. En dicho fallo, la Sala Electoral declaró: PRIMERO: COMPETENTE para conocer del recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, SEGUNDO: ADMITIÓ el recurso contencioso electoral y TERCERO: IMPROCEDENTE la medida cautelar innominada solicitada. Igualmente, se le informa que este Juzgado de Sustanciación en fecha 28 de marzo de 2016 dictó auto mediante el cual indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá de conformidad con los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia a librar el cartel de emplazamiento a los interesados, el cual deberá ser publicado en el diario “Últimas Noticias”, y para ello dispondrá la parte actora de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo, con la advertencia de que si la parte recurrente incumpliera con esta carga, se declarará la perención de la instancia y se ordenará el archivo del expediente. Se remite copia certificada del escrito libelar, de la mencionada sentencia y del referido auto.
Se servirá firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.
La Presidenta,
I.M.A. IZAGUIRRE
La Secretaria (E),
INTIANA L.P.
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Caracas, 28 de marzo de 2016
205º y 157º
SE HACE SABER:
Al ciudadano J.R., (POSTULADO AL C.D.A.), titular de la cédula de identidad N° 3.971.597, que la Sala Electoral en fecha 15 de marzo de 2016 dictó Sentencia N° 23 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar innominada por los ciudadanos I.Á.G., A.R.G.T. Y J.R., titulares de la cédula de identidad N° 9.482.546, 4.461.890 Y 3.971.597, respectivamente, invocando la condición de asociados a la CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS, JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.), asistidos por la abogada B.C.C., inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 17.175, contra el proceso electoral organizado por la Comisión Electoral de la CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS, JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.) para elegir a los miembros del C.d.A. y C.d.V. de la referida Caja, celebrado el día 09 de diciembre de 2015. En dicho fallo, la Sala Electoral declaró: PRIMERO: COMPETENTE para conocer del recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, SEGUNDO: ADMITIÓ el recurso contencioso electoral y TERCERO: IMPROCEDENTE la medida cautelar innominada solicitada. Igualmente, se le informa que este Juzgado de Sustanciación en fecha 28 de marzo de 2016 dictó auto mediante el cual indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá de conformidad con los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia a librar el cartel de emplazamiento a los interesados, el cual deberá ser publicado en el diario “Últimas Noticias”, y para ello dispondrá la parte actora de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo, con la advertencia de que si la parte recurrente incumpliera con esta carga, se declarará la perención de la instancia y se ordenará el archivo del expediente. Se remite copia certificada del escrito libelar, de la mencionada sentencia y del referido auto. Se servirá firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.
La Presidenta,
I.M.A. IZAGUIRRE
La Secretaria (E),
INTIANA L.P.
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Caracas, 28 de marzo de 2016
205º y 157º
SE HACE SABER:
Al ciudadano R.A. (POSTULADO AL C.D.A.), titular de la cédula de identidad N° 6.283.510, que la Sala Electoral en fecha 15 de marzo de 2016 dictó Sentencia N° 23 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar innominada por los ciudadanos I.Á.G., A.R.G.T. Y J.R., titulares de la cédula de identidad N° 9.482.546, 4.461.890 Y 3.971.597, respectivamente, invocando la condición de asociados a la CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS, JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.), asistidos por la abogada B.C.C., inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 17.175, contra el proceso electoral organizado por la Comisión Electoral de la CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS, JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.) para elegir a los miembros del C.d.A. y C.d.V. de la referida Caja, celebrado el día 09 de diciembre de 2015. En dicho fallo, la Sala Electoral declaró: PRIMERO: COMPETENTE para conocer del recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, SEGUNDO: ADMITIÓ el recurso contencioso electoral y TERCERO: IMPROCEDENTE la medida cautelar innominada solicitada. Igualmente, se le informa que este Juzgado de Sustanciación en fecha 28 de marzo de 2016 dictó auto mediante el cual indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá de conformidad con los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia a librar el cartel de emplazamiento a los interesados, el cual deberá ser publicado en el diario “Últimas Noticias”, y para ello dispondrá la parte actora de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo, con la advertencia de que si la parte recurrente incumpliera con esta carga, se declarará la perención de la instancia y se ordenará el archivo del expediente. Se remite copia certificada del escrito libelar, de la mencionada sentencia y del referido auto.
Se servirá firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.
La Presidenta,
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205º y 157º
SE HACE SABER:
Al ciudadano I.Á. (POSTULADO AL C.D.A.), titular de la cédula de identidad N° 9.482.546, que la Sala Electoral en fecha 15 de marzo de 2016 dictó Sentencia N° 23 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar innominada por los ciudadanos I.Á.G., A.R.G.T. Y J.R., titulares de la cédula de identidad N° 9.482.546, 4.461.890 Y 3.971.597, respectivamente, invocando la condición de asociados a la CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS, JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.), asistidos por la abogada B.C.C., inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 17.175, contra el proceso electoral organizado por la Comisión Electoral de la CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS, JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.) para elegir a los miembros del C.d.A. y C.d.V. de la referida Caja, celebrado el día 09 de diciembre de 2015. En dicho fallo, la Sala Electoral declaró: PRIMERO: COMPETENTE para conocer del recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, SEGUNDO: ADMITIÓ el recurso contencioso electoral y TERCERO: IMPROCEDENTE la medida cautelar innominada solicitada. Igualmente, se le informa que este Juzgado de Sustanciación en fecha 28 de marzo de 2016 dictó auto mediante el cual indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá de conformidad con los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia a librar el cartel de emplazamiento a los interesados, el cual deberá ser publicado en el diario “Últimas Noticias”, y para ello dispondrá la parte actora de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo, con la advertencia de que si la parte recurrente incumpliera con esta carga, se declarará la perención de la instancia y se ordenará el archivo del expediente. Se remite copia certificada del escrito libelar, de la mencionada sentencia y del referido auto.
Se servirá firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.
La Presidenta,
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Caracas, 28 de marzo de 2016
205º y 157º
SE HACE SABER:
Al ciudadano A.O. (POSTULADO AL C.D.A.), titular de la cédula de identidad N° 6.362.800, que la Sala Electoral en fecha 15 de marzo de 2016 dictó Sentencia N° 23 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar innominada por los ciudadanos I.Á.G., A.R.G.T. Y J.R., titulares de la cédula de identidad N° 9.482.546, 4.461.890 Y 3.971.597, respectivamente, invocando la condición de asociados a la CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS, JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.), asistidos por la abogada B.C.C., inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 17.175, contra el proceso electoral organizado por la Comisión Electoral de la CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS, JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.) para elegir a los miembros del C.d.A. y C.d.V. de la referida Caja, celebrado el día 09 de diciembre de 2015. En dicho fallo, la Sala Electoral declaró: PRIMERO: COMPETENTE para conocer del recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, SEGUNDO: ADMITIÓ el recurso contencioso electoral y TERCERO: IMPROCEDENTE la medida cautelar innominada solicitada. Igualmente, se le informa que este Juzgado de Sustanciación en fecha 28 de marzo de 2016 dictó auto mediante el cual indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá de conformidad con los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia a librar el cartel de emplazamiento a los interesados, el cual deberá ser publicado en el diario “Últimas Noticias”, y para ello dispondrá la parte actora de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo, con la advertencia de que si la parte recurrente incumpliera con esta carga, se declarará la perención de la instancia y se ordenará el archivo del expediente. Se remite copia certificada del escrito libelar, de la mencionada sentencia y del referido auto.
Se servirá firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.
La Presidenta,
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205º y 157º
SE HACE SABER:
Al ciudadano C.V. (POSTULADO AL C.D.A.), titular de la cédula de identidad N° 11.817.227, que la Sala Electoral en fecha 15 de marzo de 2016 dictó Sentencia N° 23 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar innominada por los ciudadanos I.Á.G., A.R.G.T. Y J.R., titulares de la cédula de identidad N° 9.482.546, 4.461.890 Y 3.971.597, respectivamente, invocando la condición de asociados a la CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS, JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.), asistidos por la abogada B.C.C., inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 17.175, contra el proceso electoral organizado por la Comisión Electoral de la CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS, JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.) para elegir a los miembros del C.d.A. y C.d.V. de la referida Caja, celebrado el día 09 de diciembre de 2015. En dicho fallo, la Sala Electoral declaró: PRIMERO: COMPETENTE para conocer del recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, SEGUNDO: ADMITIÓ el recurso contencioso electoral y TERCERO: IMPROCEDENTE la medida cautelar innominada solicitada. Igualmente, se le informa que este Juzgado de Sustanciación en fecha 28 de marzo de 2016 dictó auto mediante el cual indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá de conformidad con los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia a librar el cartel de emplazamiento a los interesados, el cual deberá ser publicado en el diario “Últimas Noticias”, y para ello dispondrá la parte actora de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo, con la advertencia de que si la parte recurrente incumpliera con esta carga, se declarará la perención de la instancia y se ordenará el archivo del expediente. Se remite copia certificada del escrito libelar, de la mencionada sentencia y del referido auto. Se servirá firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.
La Presidenta,
I.M.A. IZAGUIRRE
La Secretaria (E),
INTIANA L.P.
Firma: ________________
Fecha: ________________
Exp.N°AA70-E-2016-000011
IMAI/ilp/mjr/imr