748 En palabras de F C : ob. cit. (El Registro del Estado…), p. 24, «el estado
civil que estudia el De recho moderno no contiene los atributos o enunciaciones que
esblecía el Estado roma no».
Lección
El estado civil
S : Introducción 11.1. El estado civil 11.2. Caracteres
del estado civil 11.2.1. Inmanente 11.2.2. Alternativo 11.2.3. Ge-
neral 11.2.4. De fácil constatación registral 11.3. Elementos del
estado civil 11.3.1. La nacionalidad 11.3.2. La relación de pareja
y parentesco 11.3.3. El ser hábil en derecho 11.4. Efectos del estado
civil. Conclusiones
I
La institución del estado civil se remonta a los tiempos de la fundación de
Roma, y desde tal época ha disfrutado de especial repercusión en la vida civil
de los sujetos, ya que las circunstancias que lo determinan generan o hacen
depender de ellas la producción de determinadas consecuencias jurídicas.
Luego, para adentrarse en el examen del instituto, es necesario deslas-
trarse de la idea romana, en razón de que, si bien representó el génesis de
la gura en análisis, hoy día la misma ha recibido una nueva sonomía
producto de la evolución de la sociedad contemporánea748. Así las cosas,
resaltan como elementos que integran al estado civil las circunstancias de
nacionalidad, relación de pareja, el parentesco y el ser hábil en derecho.
Todas ellas surgen como derivación de instituciones que el Derecho re-
gula con propiedad y de las cuales se deducen a su vez derechos, deberes
y cargas de diferente tenor.