Decisión nº 885-2011 de Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de Lara (Extensión Barquisimeto), de 7 de Abril de 2011

Fecha de Resolución 7 de Abril de 2011
EmisorTribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
PonenteRosangela Mercedes Sorondo Gil
ProcedimientoAutorizacion Para Retirar Dinero

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de Barquisimeto

Barquisimeto, siete de abril de dos mil once

200º y 152º

ASUNTO : KP02-S-2008-015114

Solicitante: Clorimar G.R., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.719.531, de este domicilio.

Beneficiario: (Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) de trece (13) años de edad.

Motivo: Autorización judicial.

Por cuanto la Abg. R.S.G., fue designada Juez Segunda de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación conforme a Resolución Nº 2008-0032 de fecha 06 de agosto de 2008, emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39034 de fecha 09 de octubre de 2.008, se aboca al conocimiento de la presente causa la juez designada.

En fecha 18 de marzo de 2.011, la ciudadana Clorimar G.R., titular de la cédula de identidad Nº 10.719.531, actuando en representación de su hijo el adolescente (Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) , presentó escrito solicitando autorización para retirar de la cuenta de ahorro del Banco Banfoandes la cantidad de VEINTINUEVE MIL BOLIVARES CUATROCIENTOS SESENTA Y TRES 29.463.ºº Bs., para cubrir los gastos referente a compra de computadora, vestuario, calzado, odontólogo y viaje a los Estados Unidos de Norteamérica en beneficio del adolescente (Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) , este Tribunal acuerda la entrega de la cantidad de TRECE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO BOLIVARES (Bs. 13.654,00) del dinero que tiene resguardado esta Juzgadora en la entidad Bancaria BANFOANDES, hoy BICENTENARIO, a fin de cubrir los gastos de CINCO MIL BOLÍVARES (Bs. 5000ºº) para cubrir lo referente a adquisición de computadora, DOS MIL NOVECIENTOS SETENTA Y SEIS BOLÍVARES (Bs. 2976ºº) para compra de vestuario, MIL SEISCIENTOS SETENTA Y OCHO BOLÍVARES (Bs. 1678ºº) compra de calzado y CUATRO MIL BOLIVARES (Bs. 4000ºº), para cubrir los gastos odontológicos del adolescente, quien preside este Juzgado actuando como garante del ejercicio de los derechos y deberes de los Niños, Niñas y Adolescentes de conformidad con lo estipulado en el artículo 177 parágrafo segundo, literal “a” de la Ley Orgánica para la Protección de Niño, Niñas y Adolescentes niega el retiro del resto de los montos solicitados. En consecuencia remítase al departamento de contabilidad adscrito a este Juzgado a los fines legales consiguientes.-

Publíquese y Regístrese.

Dada, firmada y sellada en el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Barquisimeto, a los 07 días del mes de abril del dos mil Once (2011).

La Juez Segunda de Mediación y Sustanciación

Abg. R.S.G..

El Secretario,

Abg. C.B..

En esta misma fecha se pública y registra bajo el Nº 885-2011, siendo las 12:05 p.m.

El Secretario,

Abg. C.B..

Luis J

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR