Las condiciones de trabajo en la LOTTT.

AutorMora Bastidas, Freddy Alberto

WORKING CONDITIONS IN LOTTT

  1. INTRODUCCION

    La Ley Organica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras (LOTTT) fue publicada en Gaceta Oficial de la Republica Bolivariana de Venezuela No. 6.076 Extraordinaria, del 7.05.2012, de fecha 7.05.2012, segun Decreto No. 8.938. Este instrumento legal ha sido aprobado mediante las facultades constitucionales que tiene el Presidente de la Republica para dictar Decretos--Ley, permitiendo el desarrollo constitucional de los articulos 89 al 97 (ambos inclusive).

    La Ley Organica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras (LOTTT) tienen 554 articulos a diferencia de la Ley Organica del Trabajo (LOT) publicada en Gaceta Oficial No. 5.152 de fecha 17.06.1997 que tiene 647 articulos. Ahora, este nuevo instrumento normativo presenta una estructura similar al instrumento derogado. En materia de Derecho Individual del Trabajo se puede observar que se regulan los siguientes aspectos: a) Proteccion del Trabajador y la Trabajadora; b) Personas en el Derecho del Trabajo; c) Prescripcion de las Acciones; d) Relacion de Trabajo; e) Contrato de Trabajo; f) Sustitucion de Patrono; g) Suspension de la Relacion de Trabajo; h) Terminacion de la Relacion de Trabajo; i) Estabilidad en el Trabajo; j) Salario; k) Participacion de los Trabajadores y las Trabajadoras en los Beneficios de las Entidades de Trabajo; l) Prestaciones Sociales; m) Proteccion al Trabajo, al Salario y las Prestaciones Sociales; n) Condiciones Dignas de Trabajo; o) Jornada de Trabajo; p) Horas Extraordinarias; q) Dias habiles para el trabajo y r) Vacaciones. Sin embargo al revisar el contenido de la regulacion normativa se puede afirmar que existe una mayor parte de las normas que han sido reubicadas dentro del nuevo instrumento normativo; existen unas incorporaciones de normas que se encontraban en el Reglamento de la Ley Organica del Trabajo o en las decisiones de la Sala de Casacion Social y Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia y un pequeno numero de normas que pueden constituir una innovacion porque no se encontraban reguladas dentro de la Ley Organica del Trabajo del ano 1997 (LOT) y han sido incluidas dentro de la LOTTT.

    Es propicia la revision de este instrumento juridico que juega un papel preponderante en la dinamica social actual porque constituye la primera fuente legal que permite la proteccion del hecho social trabajo y la fuente normativa para la contratacion de trabajadores en el sector privado de la economia y se utiliza excepcionalmente en algunos casos de contratados en el ejercicio de la funcion publica.

    El contenido de la presente investigacion se encuentra desarrollado de la siguiente forma: Se estudian las condiciones generales del trabajo contenidas en la Ley Organica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras. Se analizan la regulacion normativa de las condiciones generales del trabajo. Se enumeran las principales innovaciones, incorporaciones y modificaciones en materia de condiciones generales del trabajo. Se hace referencia a la situacion de los funcionarios publicos y los contratados en el ejercicio de la funcion publica. Por ultimo se presentan las conclusiones de la investigacion.

  2. LAS CONDICIONES GENERALES DEL TRABAJO.

    El termino condiciones generales del trabajo tiene distintos significados. (Benardoni y col, 2001, p. 235) afirma que la expresion condiciones de trabajo:

    (...) ha sido entendida en algunos casos muy restrictivamente, para referirse a las circunstancias de modo, tiempo y lugar en que se presta el servicio, en otros por el contrario se le ha atribuido su sentido gramatical de "circunstancias" en que el trabajador puede o debe realizarse segun el ordenamiento juridico, lo que amplia el concepto para comprender todas las instituciones de Derecho del Trabajo que establecen las obligaciones o derechos que rigen la ejecucion de un trabajo. Por su parte, (Santos, 1999, p. 177) afirma que las condiciones generales del trabajo son el "Nucleo y expresion supina del contexto laboral contemporaneo, las condiciones generales de trabajo constituyen el conjunto de obligaciones y derechos que se imponen reciprocamente, trabajados y patronos en virtud de sus relaciones de trabajo".

    Por su parte (Jaime y col, 2005, p. 196) afirma:

    (...) las condiciones de trabajo abarcan las siguientes instituciones: 1) La remuneracion, 2) el tiempo de trabajo y el tiempo de no trabajo (jornada y descansos diarios, semanales o anuales); 3) la forma como se ejecuta la prestacion por parte del trabajador; y, 4) el ambiente de trabajo y la garantia de la seguridad integral del trabajador. Tanto en la Ley Organica del Trabajo de 1997 como en la Ley Organica del Trabajo de 2012 se encuentra la regulacion de las condiciones generales del trabajo, estableciendo un conjunto de parametros que deben asegurarse en la relacion de trabajo y que son desarrollados normativamente en el texto de la Ley.

    El articulo 156 de la Ley Organica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, impone que en las condiciones generales de trabajo se garantice: el desarrollo fisico, intelectual y moral; el tiempo de descanso; el ambiente saludable de trabajo, la proteccion a la vida, la salud y la seguridad laboral; la prevencion y condiciones necesarias para evitar el hostigamiento y el acoso.

    Estas garantias a que hace referencia el articulo 156 de la LOTTT, son aseguradas con la regulacion de las reglas para el otorgamiento de las vacaciones y el pago del bono vacacional, los principios de aseguramiento de un salario digno para el trabajador, el tiempo de descanso intrajornada, interjornada y descanso semanal continuo y obligatorio; asi como el pago de lo que le corresponde al trabajador por los beneficios obtenidos por la entidad de trabajo.

    Las condiciones generales del trabajo, tambien se encuentran reguladas en la Ley Organica de Prevencion, Condiciones y Medio Ambiente del Trabajo (LOPCYMAT). El articulo 59 contempla las condiciones adecuadas para garantizar la proteccion de los trabajadores y las trabajadoras. Estas condiciones deben asegurar a los trabajadores el mas alto grado de salud fisica y mental; la proteccion a ninos, ninas y adolescentes y a personas con discapacidad o necesidades especiales. El empleador debe adaptar la organizacion y funcionamiento del establecimiento, asi como los metodos y sistemas o procedimientos en la ejecucion de los procesos productivos. La maquinaria, equipos, herramientas y utiles deben adaptarse a las caracteristicas de los trabajadores y cumplir con las normas de salud, higiene, seguridad y ergonomia. Se debe prestar la proteccion a la salud y vida de los trabajadores contra las condiciones peligrosas del trabajo. Se debe facilitar el tiempo para la recreacion, descanso, turismo social, capacitacion tecnica y profesional. Se debe impedir cualquier tipo de discriminacion. Se debe garantizar el auxilio inmediato al trabajador lesionado o enfermo y garantizar todos los elementos del saneamiento basico en los puestos de trabajo.

    Para garantizar las condiciones a que se refiere el articulo 59 de la LOPCYMAT, el empleador debe cumplir con lo dispuesto en el articulo 60 que se refiere a la adecuacion de los metodos, maquinarias, herramientas y utiles al proceso de trabajo de acuerdo con las caracteristicas psicologicas, cognitivas, culturales y antropometricas de los trabajadores y las trabajadoras. De acuerdo con lo dispuesto en el articulo 61 debe implementar un Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo y en aplicacion del articulo 62 debe ejecutar un conjunto de politicas para identificar y evaluar los niveles de inseguridad y ejecutar acciones para controlar las condiciones inseguras de trabajo.

  3. LA REGULACION NORMATIVA DE LAS CONDICIONES GENERALES DEL TRABAJO.

    Con relacion a la temporalidad de las normas laborales (Alvarez y col, 2011, pp 125-126) ha dejado sentado lo siguiente:

    En un contrato como el de trabaj o esencialmente la duracion, la afeccion de una normativa nueva puede ser de importancia relevante en la alteracion de las condiciones en que se desarrolla el contrato. En las peculiaridades del Derecho del Trabajo la innovacion legislativa puede afectar no ya al propio contrato sino a la fuente normativa propia de creacion de condiciones de trabajo, al convenio colectivo. Para asegurar las condiciones generales del trabajo en las relaciones laborales, la Ley Organica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, contempla en primer lugar la regulacion de la jornada de trabajo, las horas extraordinarias y los dias habiles para el trabajo. (Benardoni y col, 2001, p. 235) al estudiar la jornada de trabajo, senala lo siguiente: "(...) la limitacion de la jornada de trabajo demarca la frontera entre la utilizacion ajena del trabajo y la libertad personal, para el desarrollo de las potencialidades humanas segun la decision autonoma del individuo".

    La LOTTT en su articulo 167 contempla la definicion de la jornada, bajo los siguientes terminos: "Se entiende por jornada, el tiempo durante el cual el trabajador (...) esta a disposicion para cumplir con las responsabilidades y tareas a su cargo, en el proceso social de trabajo"; sin embargo es importante destacar que esta disposicion tiene una redaccion similar al articulo 178 de la LOT y no incluye los efectos juridicos regulados en el articulo 69 de la LOPCYMAT, en donde se indica lo siguiente:

    Se entiende por accidente de trabajo, (...) 3. Los accidentes que sufra el trabajador o la trabajadora en el trayecto hacia y desde su centro de trabajo, siempre que ocurra en su recorrido habitual, (...). 4. Los accidentes que sufra el trabajador o la trabajadora con ocasion del desempeno de cargos electivos en organizaciones sindicales, asi como los ocurridos al ir o volver del lugar donde se ejerciten funciones propias de dichos cargos, siempre que concurran los requisitos de concordancia cronologica y topografica exigidos en el numeral anterior. En el articulo 173 de la LOTTT, se modifica la...

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