Apuntamientos sobre el contenido del Salario a la luz de la Legislación venezolana

AutorDomingo Javier Salgado Rodríguez
CargoProfesor de postgrado de la Universidad «Santa María» y Universidad Nacional Experimental Rómulo Gallegos. Profesor de pregrado de la Universidad Centro Occidental Lisandro Alvarado (UCLA)
Páginas257-290
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Apuntamientos sobre el contenido del
Salario a la luz de la legislación
venezolana
Sumario:
I. Nota introductoria.
II. Salarios Conceptos.
III. Componentes del salario.
IV. Exclusiones Salariales.
V. Salario de eficacia atípica.
VI. Bibliografía.
Domingo Javier Salgado R.
Profesor de postgrado de la Universidad «Santa
María» y Universidad Nacional Experimental
Rómulo Gallegos
Profesor de pregrado de la Universidad Centro
Occidental Lisandro Alvarado (UCLA)
Recibido: 28-05-2005 Aceptado: 01-07-2005
Revista Derecho del Trabajo n° 1/2005 (enero-diciembre) 257-290
Resumen:
Bajo La denominación APUNTAMIENTOS SOBRE EL CONTENIDO
DEL SALARIO A LA LUZ DE LA LEGISLACION VENEZOLANA se presenta
una investigación analítica sobre el desarrollo doctrinal del concepto salario,
haciendo especial referencia al tratamiento legislativo que sobre el mismo se ha
dado en la legislación venezolana desde la Ley del Trabajo de 1936, pasando por
el Reglamento de ésta de 1973, la Ley Orgánica del Trabajo de 1991 y su reforma
1997 así como el Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo de 1999. Se hace
entonces un análisis de los emolumentos que forman parte del salario y de aquellos
que no lo integran, bien porque así expresamente lo señale el legislador o porque
no reúnen las características propias del mismo. Finalmente se hace un examen
sobre denominado “salario de eficacia atípica” o salario de efectos parciales,
presentando algunos cuadros prácticos que pueden facilitar la determinación de su
alcance.
A manera de dedicatoria: Las líneas que siguen las dedico a ese grupo de
hombres y mujeres que con innegable vocación han levantado la jurisdicción
laboral en Venezuela, logrando un verdadero cambio de paradigma del concepto
de administración de justicia laboral, con sentido social y a la vez con
identificación, mística y disciplina. A ustedes honorables Jueces del Trabajo,
secretarios, abogados relatores, asistentes y alguaciles y en especial a mis ex
compañeros de faenas y luchas en la circunscripción judicial del Estado Lara,
República Bolivariana de Venezuela.
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Domingo Javier Salgado R.
Abstract:
Under the denomination NOTE ABOUT THE CONTENT OF THE
WAGE IN THE LIGHT OF VENEZUELAN LEGISLATION an analytic
investigation is presented about the doctrinal development of the wage concept,
with a special reference to the legislative treatment that has been given in the
Venezuelan legislation from the 1936 Work Law, passing trough its regulation
in1973, the Organic Work Law of 1991 and its reform in 1997, in the same way as
in the regulation of the Work Law in 1999. And analysis is made about the
emolument that conform the wage and those that do not integrate it, whether it is
expressly pointed out by a legislator or because it does not gather its own proper
characteristics. Finally a test is made about the “atypical efficiency wage” or wages
of partial assets, presenting some practical charts that can facilitate the
determination of its capacity.
Palabras claves/key words:
i. Salario
ii. Componentes del Salario
iii. Exclusiones Salariales
iV Salario de Eficacia Atípica
Abreviaturas
LOT. Ley Orgánica del Trabajo
RLOT. Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo
OIT. Organización Internacional del Trabajo
TSJ. Tribuna l Supremo de Justicia.
RLT. Reglamento de la Ley del Trabajo.
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Apuntamientos sobre el contenido del Salario a la luz de la legislación ...
I. Nota introductoria.
En los últimos años en Venezuela se han materializado algunas
reformas legislativas en materia laboral, tanto en el plano del Derecho
Sustantivo, como en el régimen procesal, en las cuales las instituciones
de ésta disciplina jurídica han experimentado importantes
transformaciones. El salario viene a ser una de las instituciones objeto
de transformaciones sustanciales, incorporándose en su contenido
algunos emolumentos que antes estaban expresamente excluidos o
así se entendía del análisis doctrinal y jurisprudencial. De manera tal
que el presente ensayo se circunscribe al estudio analítico del salario
y sus componentes así como de las exclusiones salariales. Se delimitan
estos comentarios a la vigencia de la Ley Orgánica del Trabajo,
reformada por el extinto Congreso de la República de Venezuela, hoy
República Bolivariana de Venezuela, en el año 1997 y promulgada
por el Presidente de la República el 19 de junio del mismo año,
publicada en la misma fecha en Gaceta Oficial No.5152, así como
también a su Reglamento publicado en el año de 1999.
II. El Salario. Conceptos.
El eminente escritor argentino Guillermo Cabanellas definió
salario como: “… la composición que recibe el obrero o empleado a
cambio de ceder al patrono todos sus derechos sobre el trabajo
realizado. Comprende la totalidad de los beneficios que el trabajador
obtiene por sus servicios u obras, no solo la parte que recibe en
metálico o especie, como retribución inmediata y directa de su labor,
sino también las indemnizaciones por espera, impedimento o
interrupciones del trabajo, aportaciones patronales, por los seguros
y bienestar, beneficios a los herederos y conceptos semejantes.” Pérez
Botija afirma que el salario es la contraprestación del trabajo, es lo
que el trabajador percibe a cambio de su esfuerzo en la actividad
profesional. Para la Organización Internacional del Trabajo, en lo
adelante OIT, en el Convenio No.95 sobre protección del salario
ratificado por Venezuela el 27 de agosto de 1981 y publicado en Gaceta
Oficial No.2847, el término salario significa “la remuneración o
ganancia, sea cual fuere su denominación o método de cálculo,
siempre que pueda evaluarse en efectivo, fijada por acuerdo o por la
legislación nacional, y debida por un empleador a un trabajador en
virtud de un contrato de trabajo, escrito o verbal, por el trabajo que
éste último haya efectuado o deba efectuar, o por servicios que haya

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