Decisión de Juzgado Primero de Juicio del Trabajo de Aragua, de 25 de Julio de 2013

Fecha de Resolución25 de Julio de 2013
EmisorJuzgado Primero de Juicio del Trabajo
PonenteZuleyma Daruiz Ceballos
ProcedimientoCobro De Prestaciones Sociales Y Otros Conceptos

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial Laboral del Estado Aragua

Maracay, Veinticinco (25) de J.d.D.M.T. .

Años 203° y 154º

ASUNTO: DP11-L-2012-001496

PARTE ACTORA: Ciudadana C.C.C., titular de la cedula de identidad Nro. 13.454.194

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: Abogado J.R.V.C., inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 49.216

PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil TORNILLOS SERRANO CORP C.A. y Sociedad Mercantil INVERSIONES TORNILLOS SERRANO C.A.

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: Abogados V.A.G.A. y J.G.S., inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 125.911 y 76.120, respectivamente.

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS

Ingresado como se encuentra el presente expediente procedente del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Estado Aragua, y estando dentro del lapso establecido para admitir las pruebas en el presente procedimiento de conformidad con lo establecido en el Artículo 75 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal expone lo siguiente:

PRUEBAS DE LA PARTE ACTORA

DOCUMENTALES

Este Tribunal admite cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva, de conformidad con los artículos 77 y 78 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por considerar que las mismas no resultan ilegales ni impertinentes al proceso, las siguientes documentales:

PRIMERO

.- Comisiones a vendedor año 2001, desde el 01/11/2001 hasta el 30/11/2001 y desde el 01/12/2001 hasta 31/12/2001, en cinco (05) folios útiles, que rielan insertos a los folios 04 al 08 (ambos inclusive) de la Pieza de Anexos “1” del presente asunto.

.- Comisiones a vendedor año 2002, con sus respectivos recibos, en treinta y tres (33) folios útiles, que rielan insertos a los 09 al 41 (ambos inclusive) folios de la Pieza de Anexos “1” del presente asunto.

.- Reporte de Bonificación por Cobro de fecha 01/01/2002 al 20/12/2002, en un (01)folio útil, que riela inserto al folio 42 de la Pieza de Anexos “1” del presente asunto.

.- Comisiones al vendedor año 2003, con sus respectivos recibos, en treinta y Seis (36) folios útiles, que rielan insertas a los folios 43 al 78, 80 y 81 de la Pieza de Anexos “1” del presente asunto.

.- Reporte de comisiones del mes de Diciembre de 2003 y Bonificación de fin de año de 2003, que riela inserto al folio 79 de la Pieza de Anexos “1” del presente asunto.

.- Comisiones a Vendedor Año 2004, con sus respectivos recibos, en treinta y siete (38) folios útiles, que rielan insertas a los folios 82 al 118 (ambos inclusive) de la Pieza de Anexos “1” del presente asunto.

.- Bonificación de fin de año, de fecha 15 de Diciembre de 2004, que riela inserta al folio 119 de la Pieza de Anexos “1” del presente asunto.

.- Comisiones a vendedor Año 2005, con sus respectivos recibos, en veintisiete (27) folios útiles, que rielan insertas a los folios 120 al 146 (ambos inclusive de la Pieza de Anexos “1” del presente asunto.

.- Comisiones a vendedor año 2006, con sus respectivos recibos, en cuarenta y cuatro (44) folios útiles, que rielan insertas a los folios 147 al 188 (ambos inclusive) de la Pieza de Anexos “1” del presente asunto.

.- Bonificación de fin de año, de fecha 15 de Diciembre de 2006, en Un (01) folio útil, que riela inserta al folio 107 de la Pieza de Anexos “6” del presente asunto.

.- Recibo de Pago de bonificación fin de año, de fecha 22 de Diciembre de 2006, en un (01) folio útil, que riela inserto al folio 189 de la Pieza de Anexos “1” del presente asunto.

.- Comisiones al vendedor año 2007, y sus respectivos recibos, en cincuenta y cuatro (54) folios útiles, que rielan insertas a los folios 52 al 105 (ambos inclusive) de la Pieza de Anexos “6” del presente asunto.

.- Bonificación de fin de año, de fecha 17 de Diciembre de 2007, en Un (01) folio útil, que riela inserta al folio 106 de la Pieza de Anexos “06” del presente asunto.

.- Comisiones al vendedor año 2008, y sus respectivos recibos, así como Bonificación de Fin de Año, en cincuenta y ocho (58) folios útiles, que rielan insertas a los folios 108 al 165 (ambos inclusive) de la Pieza de Anexos “6” del presente asunto.

.- Comisiones a vendedor año 2009, y sus respectivos recibos, que rielan insertas a los folios 02 al 26, 28 al 31, 33 al (ambos inclusive) de la Pieza de Anexos “7” del presente asunto.

.- Planilla de Control de Clientes Nuevos correspondiente al mes de Abril de 2009, en un (01) folio útil, que riela inserta al folio 32 de la Pieza de Anexos “ 07” del presente asunto.

.- Boucher de Pago de cheque, de fecha 03 de Julio de 2009, que riela inserto al folio 27 de la Pieza de Anexos “7” del presente asunto.

.- Bonificación de fin de año de fecha 15 de Diciembre de 2009, en Un (01) folio útil, que riela inserta al folio 62 de la Pieza de Anexos “7” del presente asunto.

.- Comisiones a vendedor año 2010, en cuarenta y tres (43) folios útiles, que rielan insertas a los folios 63 al 105 (ambos inclusive) de la Pieza de Anexos “7” del presente asunto.

.- Comisiones a vendedor año 2011, que rielan insertas a los folios 106 al 119, 124 al 128, 133 al 137, 142 al 145, 150 al 155, 159 al 163, 168 al 172, 177 al 182, 187 al 190, de la Pieza de Anexos “7” del presente asunto.

.- Factura Nro. 000001 de fecha 31 de mayo de 2011, en Un (01) folio útil, que riela inserta al folio 120 de la Pieza de Anexos “7” del presente asunto.

.- Factura Nro. 000002, de fecha 08 de Junio de 2011, y Comprobante de pago Nro. 736, en Dos (02) folios útiles, que rielan insertas a los folios 123 y 129 de la Pieza de Anexos “7” del presente asunto.

.- Factura Nro. 000003, de fecha 12 de Julio de 2011, y comprobante de pago Nro. 945, en dos (02) folios útiles, que rielan insertas a los folios 138 y 132 de la Pieza de Anexos “7” del presente asunto.

.- Factura Nro. 000005, de fecha 09 de Agosto de 2011, y comprobante de pago Nro. 1161, en dos (02) folios útiles, que rielan insertas a los folios 141 y 146 de la Pieza de Anexos “7” del presente asunto.

.- Factura Nro. 000007, de fecha 08 de Septiembre de 2011, y comprobante de pago Nro. 1383, en dos (02) folios útiles, que rielan insertas a los folios 156 y 149 de la Pieza de Anexos “7”del presente asunto.

.- Factura Nro. 000008, de fecha 10 de Octubre de 2011, y comprobante de pago Nro. 1583, en dos (02) folios útiles, que rielan insertas a los folios 158 y 164 de la Pieza de Anexos “7” del presente asunto.

.- Factura Nro. 000009, de fecha 09 de Noviembre de 2011, y comprobante de pago Nro. 1872, en dos (02) folios útiles, que rielan insertas a los folios 173 y 167 de la Pieza de Anexos “7” del presente asunto.

.- Factura Nro. 000010, de fecha 07 de Diciembre de 2011, y comprobante de pago Nro. 2091, en dos (02) folios útiles, que rielan insertas a los folios 183 y 176 de la Pieza de Anexos del presente asunto.

.- Factura Nro. 000012, de fecha 24 de Enero de 2012, y comprobante de pago Nro. 2319, en dos (02) folios útiles, que rielan insertas a los folios 191 y 187 de la Pieza de Anexos “7” del presente asunto.

.- Bonificación anual de fecha 15 de Diciembre de 2011, factura Nro. 000011 de fecha 13 de Diciembre de 2011 y Comprobante de pago Nro. 2140, en tres (03) folios útiles, que rielan insertas a los folios 194, 195 y 196 de la Pieza de Anexos “7” del presente asunto.

.- Camisones al vendedor del año 2012, que rielan insertas a los folios 201 al 203, 208 al 214, 218 al 226 de la Pieza de Anexos “7” del presente asunto.

.- Factura Nro. 000051, de fecha 17 de Febrero de 2012, y comprobante de pago Nro. 2555, en Dos (02) folios útiles, que rielan insertas a los folios 204 y 200 de la Pieza de Anexos “7” del presente asunto.

.- Factura Nro. 000052, de fecha 16 de Marzo de 2012, y comprobante de pago Nro. 2837, en dos (02) folios útiles, que rielan insertas a los folios 215 y 207 de la Pieza de Anexos “7” del presente asunto.

.- Factura Nro. 000053, de fecha 17 de Abril de 2012, en un (01) folio útil, que riela inserta al folio 217 de la Pieza de Anexos “7” del presente asunto.

.- Factura Nro. 000054, de fecha 08 de mayo de 2012, en un (01) folio útil, que riela inserta al folio 227 de la Pieza de Anexos “7” del presente asunto.

.- Factura Nro. 000055, de fecha 14 de Junio de 2012, en Un (01) folio útil, que riela inserta al folio 228 de la Pieza de Anexos “7” del presente asunto.

SEGUNDO

.- Copias de Facturas Nros. 25903, 34943, 35040, 35119, 35240, 35250, 35270, 32567, 32761, 32766, 32927, 32930, 33734, 34703, 34704, 34705, 34706, 35193, 25940, 34501, 34560, 34626, 34857, 35188, 30583, 30632, 30643, 35285, 34450, 34467, 34535, 34645, 34680, 34734, 34894, 34924, 34948, 34975, 35031, 35039, 35103, 35117, 35154, 35192, 35248, 35295, 35327, 35351, 34331, 34362, 34383, 34389, 34426, 34429, 34435, 34451, 34482, 34612, 34639, 34666, 34684, 34785, 34853, 34976, 34997, 35160, 35196, 35216, 35337, 35354, 35356, 35367, 34971, 35058, 35211, 34911, 35197, 35352, 34678, 34710, en ochenta y dos (82) folios útiles, que rielan insertas a los folios 191 al 272 (ambos inclusive) de la Pieza de Anexos “1” del presente asunto.

TERCERO

.- Transferencias Bancarias, en diecinueve (19) folios útiles, que rielan insertas a los folios 02 al 20 (ambos inclusive) de la Pieza de Anexos “2” del presente asunto.

CUARTO

.- Reportes de Cuentas por cobrar correspondientes a las fechas 05/05/2004, 05/08/2004, 17/12/2007, 03/10/2011, 30/04/2011, 18/05/2012, en cuarenta y tres (43) folios útiles, que rielan insertas a los folios 21 al 63 (ambos inclusive) de la Pieza de Anexos “2” del presente asunto.

QUINTO

.- Listado de Clientes o clientes con datos básicos, de fechas 28/08/2009, 31/03/2009, 21/05/2010, 19/08/2010, 21/10/2010, 30/11/2010, 31/03/2011, 30/08/2011, 28/02/2012, en folios útiles, que rielan insertas a los folios 64 al 241 (ambos inclusive ) de la Pieza de Anexos “2” del presente asunto.

SEXTO

.- Listado de Clientes con sus datos generales, en Ciento Cuarenta y Dos (142) folios útiles, que rielan insertas a los folios 02 al 143 (ambos inclusive) de la Pieza de Anexos “3” del presente asunto.

SEPTIMO

.- Reporte de clientes que no compran desde una fecha, con fecha de emisión 30/11/2010 y fecha a comparar 31/10/2010, en siete (07) folios útiles, que rielan insertas a los folios 144 al 150 (ambos inclusive) de la Pieza de Anexos “3” del presente asunto.

OCTAVO

.- Entrega de facturas y notas de crédito, en ciento cincuenta y ocho (158) folios útiles, que rielan insertas a los folios 02 al 159 (ambos inclusive) de la Pieza de Anexos “4” del presente asunto.

.- Relación de Documentos enviadas al cobro, en diecisiete (17) folios útiles, que rielan insertas a los folios 151 al 167 (ambos inclusive) de la Pieza de Anexos “3” del presente asunto.

NOVENO

.- Recepción de Recibos de Cobro, en cincuenta y Un (51) folios útiles, que rielan insertas a los folios 160 al 210 (ambos inclusive) de la Pieza de Anexos “4” del presente asunto.

DECIMO

.- Descuento y Comisiones “Tabla de Bonificaciones por metas y logros”, en catorce (14) folios útiles, que rielan insertas a los folios 211 al 224 (ambos inclusive) de la Pieza de Anexos “4” del presente asunto.

DECIMO PRIMERO

.- Memorándum, en trece (13) folios útiles, que rielan insertas a los folios 225 al 238 (ambos inclusive) de la Pieza de Anexos “4” del presente asunto.

DECIMO SEGUNDO

.- Listado de Precios, en Ciento Cuarenta (140) folios útiles, que rielan insertas al folio 2 de la Pieza de Anexos “5” del presente asunto.

DECIMO TERCERO

.- Facturas de MoviStar, en Doce (12) folios útiles, que rielan insertas a los folios 2 al 13 (ambos inclusive) de la Pieza de Anexos “6” del presente asunto.

DECIMO CUARTO

.- Retenciones de Impuesto sobre la Renta Efectivas, correspondientes a los años 2011 y 2012, en Diecisiete (17) folios útiles, que rielan insertas a los folios 14 al 30 (ambos inclusive) de la Pieza de Anexos “6” del presente asunto.

DECIMO QUINTO

.- Retenciones al Impuesto del Valor Agregado (IVA), tomada de la Pagina WEB del SENIAT, en catorce (14) folios útiles, que rielan insertas a los folios 31 al 44 (ambos inclusive) de la Pieza de Anexos “6” del presente asunto.

DECIMO SEXTO

.- Carnet de Trabajo de la Empresa Tornillos Serrano C.A., con vigencia Junio-2008 - Junio 2009, en un (01) folio útil, que riela inserto al folio 45 de la Pieza de Anexos “6” del presente asunto.

DECIMO SEPTIMO

.- Recibos de Cobros de los años 2009 – 2010 – 2011 – 2012, en Diez (10) Talonarios, que rielan insertos a las Piezas de Anexos “8”, “9”, “10”, “11” y “12” del presente asunto.

.- Talonarios de Pedidos correspondientes a los años 2010 – 2011, en tres (03) talonarios, que rielan insertas a las Piezas de Anexos “13”, “14” y “15” del presente asunto.

DECIMO OCTAVO

.- Estados de Cuenta de Tarjetas de Crédito, en Seis (06) folios útiles, que rielan insertas a los folios 46 al 51 (ambos inclusive) de la Pieza de Anexos del presente asunto.

EXHIBICION

La parte actora, en su escrito de pruebas, promueve la exhibición de todas las documentales promovidas en el capitulo anterior, por lo que este Tribunal revisadas exhaustivamente las mismas, procede a pronunciarse en los siguientes términos:

PRIMERO

De conformidad al artículo 82 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, el Tribunal la admite por cuanto ha lugar en derecho por no ser impertinente ni ilegal, salvo su apreciación en la definitiva, en consecuencia se ordena a la demandada, se sirvan presentar en la oportunidad de llevarse a efecto la Audiencia de Juicio, apercibiendo a la misma de las consecuencias de la no exhibición del instrumento en el plazo indicado, los siguientes documentos originales que rielan insertas a los folios 67, 103, 193, 194 al 221, 222, 223 al 272 de la Pieza de Anexos “1”; folio 5 de la Pieza de anexos “2”; 157 al 167 de la Pieza de Anexos “3”; folios 147 al 210, 217, 220, 235, 236 y 237 de la Pieza de Anexos “4”; 16, 60, 85, 141 de la Pieza de anexos “6”, 33 51, 64, 73, 77, 88, 89, 90, 91, 92, 97, 98, 121, 122, 123, 130, 131, 139, 140, 147, 148, 165, 166, 174, 175, 182, 184, 185, 192, 193, 197, 198, 205, 206, 207, 213, 216 de la Pieza de Anexos “7”.

SEGUNDO

Con respecto a la exhibición de las Factura Nro. 000001; Factura Nro. 000002, Factura Nro. 000003, Factura Nro. 000005, Factura Nro. 000007, Factura Nro. 000008, Factura Nro. 000009, Factura Nro. 000010 y Factura Nro. 000012, Factura Nro. 000052, Factura Nro. 000053, Factura Nro. 000054, se niega dicha exhibición toda vez que la co-demandada INVERSIONES TORNILLOS SERRANO C.A., promovió y consigno las mismas tal como se desprende de los folios 05 al 18 (ambos inclusive) de la Pieza de Anexos “16” del presente asunto.

TERCERO

En relación a las demás documentales este Tribunal observa que las mismas son copias en los cuales no se observa sello o firma, por lo que este Tribunal niega la admisión de la exhibición de la misma por cuanto no llenan los extremos de Ley.

DECIMO NOVENO

DE LAS TESTIMONIALES

En relación a la prueba testimonial promovida, se admite cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva, y en consecuencia se ordena la comparecencia en la oportunidad de la Audiencia de Juicio, de los ciudadanos: M.M.S., J.B.M., S.P.M., R.J.V.M., C.E.G.L., D.E. MORA Y G.R.R.Z., Venezolanos, Mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros: E-81.101.880, V-10.338.191, V-14.786.493, V-16.338.764, V-9.432.756, V-11.635.362 y V-5.280.460, respectivamente, sin notificación alguna, a fin de que declaren oralmente ante este Juzgado con relación a los hechos debatidos en el proceso, respondiendo al interrogatorio que les formularán las partes, así como el que les formule la ciudadana Juez del Tribunal, conforme lo establece el artículo 153 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

PRUEBAS DE LA PARTE CO-DEMANDADA

INVERSIONES TORNILLOS SERRANO C.A.

CAPITULO I

DE LA PRESCRIPCIÒN DE LA ACCION

En relación a la defensa sobre la perención de la instancia y la Prescripción de la Acción, o fase perentoria de la contestación de la demanda; no es un medio de prueba consagrado en nuestra Legislaron Venezolana; razón por la cual este Tribunal se abstiene de emitir pronunciamiento sobre su admisión. Así se establece.-

CAPITULO II

DE LA COMUNIDAD DE LA PRUEBA

Indica el Tribunal a la parte promovente que ha sido reiterado el criterio de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia en considerar que no es medio de prueba, sino la solicitud de aplicación del Principio de la Comunidad de la Prueba, o de adquisición, que rige en todo el sistema probatorio venezolano y que el Juez esta obligado a aplicarlo de oficio, sin necesidad de alegación de las partes, conforme al cual una vez consten en autos dejan de pertenecer a la promoverte para tener como finalidad el esclarecimiento de la controversia, independientemente de la parte a la que favorezcan; no constituye un medio de prueba consagrado en nuestra legislación vigente, razón por la cual este Tribunal se abstiene de emitir pronunciamiento sobre su admisibilidad. Y así se establece.-

CAPITULO III

DE LAS DOCUMENTALES

Este Tribunal admite cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva, de conformidad con los artículos 77 y 78 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por considerar que las mismas no resultan ilegales ni impertinentes al proceso, las siguientes documentales:

COMPROBANTES DE FACTURAS

:- Marcada “T1”, Factura Nro. 000001 de fecha 31 de mayo de 2011, en Un (01) folio útil, que riela inserta al folio 05 de la Pieza de Anexos “16” del presente asunto.

.- Marcada “T2”, Factura Nro. 000002, de fecha 08 de Junio de 2011, en Un (01) folio útil, que riela inserta al folio 06 de la Pieza de Anexos “16” del presente asunto.

.- Marcada “T3”, Factura Nro. 000003, de fecha 12 de Julio de 2011, en Un (01) folio útil, que riela inserta al folio 07 de la Pieza de Anexos “16” del presente asunto.

.- Marcada “T4”, Factura Nro. 000005, de fecha 09 de Agosto de 2011, en Un (01) folio útil, que riela inserta al folio 08 de la Pieza de Anexos “16” del presente asunto.

.- Marcada “T5”, Factura Nro. 000007, de fecha 08 de Septiembre de 2011, en Un (01) folio útil, que riela inserta al folio 09 de la Pieza de Anexos “16” del presente asunto.

.- Marcada “T6”, Factura Nro. 000008, de fecha 10 de Octubre de 2011, en Un (01) folio útil, que riela inserta al folio 10 de la Pieza de Anexos “16” del presente asunto.

.- Marcada “T7”, Factura Nro. 000009, de fecha 09 de Noviembre de 2011, y comprobante de pago Nro. 1872, en dos (02) folios útiles, que rielan insertas a los folios 11 y 53 de la Pieza de Anexos del presente asunto.

.- Marcada “T8”, Factura Nro. 000010, de fecha 07 de Diciembre de 2011, en Un (01) folio útil, que riela inserta al folio 12 de la Pieza de Anexos “16” del presente asunto.

.- Marcada “T9”, Factura Nro. 000011, de fecha 13 de Diciembre de 2011, en Un (01) folio útil, que riela inserta al folio 13 de la Pieza de Anexos “16” del presente asunto.

- Marcada “T10”, Factura Nro. 000012, de fecha 24 de Enero de 2012, en Un (01) folio útil, que riela inserta al folio 14 de la Pieza de Anexos “16” del presente asunto.

.- Marcada “T11”, Factura Nro. 000051, de fecha 17 de Febrero de 2012, en Un (01) folio útil, que riela inserta al folio 15 de la Pieza de Anexos “16” del presente asunto.

.- Marcada “T12”, Factura Nro. 000052, de fecha 16 de Marzo de 2012, en Un (01) folio útil, que riela inserta al folio 16 de la Pieza de Anexos “16” del presente asunto.

.- Marcada “T13”, Factura Nro. 000053, de fecha 17 de Abril de 2012, en Un (01) folio útil, que riela inserta al folio 17 de la Pieza de Anexos “16” del presente asunto.

.- Marcada “T14”, Factura 000054, de fecha 08 de mayo de 2012, en Un (01) folio útil, que riela inserta al folio 18 de la Pieza de Anexos “16” del presente asunto.

.- Marcada “T15”, Copia simple de la Factura Nro. 000055, de fecha 14 de Junio de 2012, en Un (01) folio útil, que riela inserta al folio 19 de la Pieza de Anexos “16” del presente asunto.

COMPROBACION DE PAGO DE LAS FACTURAS

.- Marcada “T16”, Comprobante de Pago y Retención Nro. 738 de fecha 10 de Mayo de 2011, en tres (03) folios útiles, que rielan insertas a los folios 20, 21 y 22 de la Pieza de Anexos “16” del presente asunto.

.- Marcada “T17”, Comprobante de Pago y Retención Nro. 736 de fecha 16 de Junio de 2011, en cuatro (04) folios útiles, que rielan insertas a los folios 24, 25, 26 y 27 de la Pieza de Anexos “16” del presente asunto.

.- Marcada “T18”, Comprobante de Pago y Retención Nro. 945 de fecha 13 de Julio de 2011, en cinco (05) folios útiles, que rielan insertas a los folios 28 al 33 de la Pieza de Anexos “16” del presente asunto.

.- Marcada “T19”, Comprobante de Pago y Retención Nro. 1161 de fecha 10 de Agosto de 2011, en seis (06) folios útiles, que rielan insertas a los folios 34 al 39 de la Pieza de Anexos “16” del presente asunto.

.- Marcada “T20”, Comprobante de Pago y Retención Nro. 1383 de fecha 09 de Septiembre de 2011, en cinco (05) folios útiles, que rielan insertas a los folios 40 al 44 de la Pieza de Anexos “16” del presente asunto.

.- Marcado “T21”, Comprobante de Pago y Retención Nro. 1583 de fecha 13 de Octubre de 2011, en seis (06) folios útiles, que rielan insertas a los folios 45 al 50 de la Pieza de Anexos “16” del presente asunto.

.- Marcada “T22”, Comprobante de Pago y Retención Nro. 1872 de fecha 14 de Noviembre de 2011, en seis (06) folios útiles, que rielan insertas a los folios de la Pieza de Anexos “16” del presente asunto.

.- Marcada “T23”, Comprobante de Pago y Retención Nro. 2091 de fecha 09 de Diciembre de 2011, en seis (06) folios útiles, que rielan insertas a los folios 57 al 62 de la Pieza de Anexos “16” del presente asunto.

.- Marcada “T24”, Comprobante de Pago y Retención Nro. 2140 de fecha 15 de Diciembre de 2011, en seis (06) folios útiles, que rielan insertas a los folios 63 al 68 de la Pieza de Anexos “16” del presente asunto.

.- Marcada “T25”, Comprobante de Pago y Retención Nro. 2319 de fecha 28 de Enero de 2012, en seis (06) folios útiles, que rielan insertas a los folios de la Pieza de Anexos “16” del presente asunto.

.- Marcada “T26”, Comprobante de Pago y Retención Nro. 2555 de fecha 23 de Febrero de 2012, en seis (06) folios útiles, que rielan insertas a los folios 75 al 80 de la Pieza de Anexos “16” del presente asunto.

.- Marcada “T27”, Comprobante de Pago y Retención Nro. 2837 de fecha 22 de Marzo de 2012, en seis (06) folios útiles, que rielan insertas a los folios 81 al 86 de la Pieza de Anexos “16” del presente asunto.

.- Marcada “T28”, Comprobante de Pago y Retención Nro. 3073 de fecha 20 de Abril de 2012, en cinco (05) folios útiles, que rielan insertas a los folios 87 al 91 de la Pieza de Anexos “16” del presente asunto.

.- Marcada “T29”, Comprobante de Pago y Retención Nro. 3304 de fecha 15 de Mayo de 2012, en seis (06) folios útiles, que rielan insertas a los folios 92 al 97 de la Pieza de Anexos “16” del presente asunto.

.- Marcada “T30”, Comprobante de Pago y Retención Nro. 3670 de fecha 15 de Junio de 2012, en seis (06) folios útiles, que rielan insertas a los folios 98 al 103 de la Pieza de Anexos “16” del presente asunto.

AFILIACIÒN DE LA DEMANDANTE AL INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES (IVSS)

.- Marcada “T31”, Copia de la Cuenta Individual emitida por la Dirección General de Afiliación y Prestaciones en Dinero del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS), en Un (01) folio útil, que riela inserta al folio 104 de la Pieza de Anexos “16” del presente asunto.

DOCUMENTALES DE INVERSIONES TORNILLOS SERRANO C.A.

.- Marcado “T32”, Declaraciones Trimestrales de Empleo, horas trabajadas y salarios pagados ante el Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y la Seguridad Social (MINTRA), desde el Tercer Trimestre del año 2007 hasta el Cuarto Trimestre del año 2012, en ciento treinta y dos (132) folios útiles, que rielan insertas a los folios 105 al 236 de la Pieza de Anexos“16” del presente asunto.

.- Marcado “T33”, Facturas mensuales del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) desde el mes de Septiembre de 2007 hasta el mes de Enero de 2013, en ciento treinta (130) folios útiles, que rielan insertas a los folios 02 al 130 de la Pieza de Anexos “17” del presente asunto.

.- Marcado “T34”, Declaraciones Trimestrales ante el Instituto Nacional de Cooperación Educativa (INCE) actualmente Instituto Nacional de Capacitación Socialista (INCES), desde el Cuarto Trimestre del 2007 hasta segundo trimestre de 2012, en sesenta y cinco (65) folios útiles, que rielan insertas a los folios 131 al 195 de la Pieza de Anexos “17” del presente asunto.

.- Marcado “T35”, Declaración de aporte al Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda (FAOV), en ciento treinta y cuatro (134) folios útiles, que rielan insertas a los folios 196 al 329 de la Pieza de Anexos “17” del presente asunto.

.- Marcado “T36”, Declaraciones de Impuesto sobre la Renta (ISRL), correspondiente a los periodos fiscales 2007, 2008, 2009, 2010 y 2011, de la empresa Inversiones Tornillos Serrano C.A., en veintitrés (23) folios útiles, que rielan insertas a los folios 330 al 352 de la Pieza de Anexos “17” del presente asunto.

CAPITULO IV

DE LOS INFORMES

De conformidad a lo establecido en el artículo 81 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo SE ADMITE la Prueba de Informes, salvo su apreciación en la definitiva. Por tanto, se ordena oficiar a:

1 .- SOCIEDAD MERCANTIL IMPRESORA ANDI C.A., RIF J-307422912, Ubicada en la Calle El Mamon, Nro. 80, Sector Campo Alegre, Maracay, Municipio Girardot del Estado Aragua, a los fines de que informe a este Tribunal sobre los siguientes particulares:

a.- Sobre la elaboración de Talonarios de Facturas a nombre de la ciudadana C.M.C.C., titular de la cedula de identidad Nro. 13.454.194, cuyos números de control van desde el 00-000001 hasta el 00-000100.

  1. - BANCO CORP BANCA, BANCO UNIVERSAL C.A., Ubicado en el Pasaje 5 de Julio C/C 23 de Febrero, frente a la Plaza Bolívar, Palo Negro, Estado Aragua, a los fines de que informe a este Tribunal sobre los siguientes particulares:

    a.- Si se realizaron transferencias bancarias que se indican a continuación:

    .- Transferencia Nro. TE000037188, de fecha 24 de Enero de 2012, cuenta de emisión Nro. 0121-0302-61-010-2325808, acreditado a la cuenta Nro. 0115-0054-42-054-0122487 del Banco Exterior, por la cantidad de Bs. 24.455,52. Asimismo solicitamos al Banco que identifique el titular de la cuenta girada y al titular de la cuenta beneficiaria.

  2. - BANCO EXTERIOR CA., Ubicado en el Centro Comercial Maracay Plaza, Conjunto Residencial El Centro, Locales PB 107-H, 108-H, PA-87-H, Maracay, Estado Aragua, a los fines de que informe a este Tribunal sobre los siguientes particulares:

    a.- Si se realizaron transferencias bancarias que se indican a continuación:

    .- Transferencia Nro. 468100, de fecha 08 de Junio de 2011, por la cantidad de Bs. 29.777,33, cuenta de emisión Nro. 0115-0108-76-100-0774176, acreditada a la cuenta Nro. 0115-0054-42-054-0122487 del Banco Exterior.

    .- Transferencia Nro. 307885, de fecha 12 de Julio de 2011, por la cantidad de Bs. 32.467,03, cuenta de emisión Nro. 0115-0108-76-100-0774176, acreditada a la cuenta Nro. 0115-0054-42-054-0122487 del Banco Exterior.

    .- Transferencia Nro. 808965, de fecha 09 de Agosto de 2011, por la cantidad de Bs. 22.787,54, cuenta de emisión Nro. 0115-0108-76-100-0774176, acreditada a la cuenta Nro. 0115-0054-42-054-0122487 del Banco Exterior.

    .- Transferencia Nro. 196831, de fecha 10 de Octubre de 2011, por la cantidad de Bs. 24.598,57, cuenta de emisión Nro. 0115-0108-76-100-0774176, acreditada a la cuenta Nro. 0115-0054-42-054-0122487 del Banco Exterior.

    .- Transferencia Nro. 31754, de fecha 09 de Noviembre de 2011, por la cantidad de Bs. 23.016,31, cuenta de emisión Nro. 0115-0108-76-100-0774176, acreditada a la cuenta Nro. 0115-0054-42-054-0122487 del Banco Exterior.

    .- Transferencia Nro. 529454, de fecha 07 de Diciembre de 2011, por la cantidad de Bs. 33.484,41, cuenta de emisión Nro. 0115-0108-76-100-0774176, acreditada a la cuenta Nro. 0115-0054-42-054-0122487 del Banco Exterior.

    .- Transferencia Nro. 139617, de fecha 13 de Diciembre de 2011, por la cantidad de Bs. 28.244,65, cuenta de emisión Nro. 0115-0108-76-100-0774176, acreditada a la cuenta Nro. 0115-0054-42-054-0122487 del Banco Exterior.

    .- Transferencia Nro. 258025, de fecha 24 de Enero de 2012, por la cantidad de Bs. 12.633,82, cuenta de emisión Nro. 0115-0108-76-100-0774176, acreditada a la cuenta Nro. 0115-0054-42-054-0122487 del Banco Exterior.

    .- Transferencia Nro. 901367, de fecha 16 de Marzo de 2012, por la cantidad de Bs. 37.670,94, cuenta de emisión Nro. 0115-0108-76-100-0774176, acreditada a la cuenta Nro. 0115-0054-42-054-0122487 del Banco Exterior.

    .- Transferencia Nro. 418051, de fecha 17 de Abril de 2012, por la cantidad de Bs. 34.691,18, cuenta de emisión Nro. 0115-0108-76-100-0774176, acreditada a la cuenta Nro. 0115-0054-42-054-0122487 del Banco Exterior.

    .- Transferencia Nro. 305078, de fecha 08 de Mayo de 2012, por la cantidad de Bs. 28.840,65, cuenta de emisión Nro. 0115-0108-76-100-0774176, acreditada a la cuenta Nro. 0115-0054-42-054-0122487 del Banco Exterior.

    .- Transferencia Nro. 464642, de fecha 14 de Junio de 2012, por la cantidad de Bs. 32.902,83, cuenta de emisión Nro. 0115-0108-76-100-0774176, acreditada a la cuenta Nro. 0115-0054-42-054-0122487 del Banco Exterior.

    Asimismo solicitamos al Banco que identifique el titular de la cuenta girada y al titular de la cuenta beneficiaria.

  3. - BANCO MERCANTIL CA., Ubicado en la Avenida Aragua, Centro Comercial Los Jardines entre Mariño y Guarico, Maracay, Estado Aragua, a los fines de que informe a este Tribunal sobre los siguientes particulares:

    .- Transferencia Nro. 61549, de fecha 31 de Mayo de 2011, por la cantidad de Bs. 16.129,32, cuenta de emisión Nro. 0115-0117-22-111-7146251 acreditada a la cuenta Nro. 0115-0054-42-054-0122487 del Banco Exterior.

    .- Transferencia Nro. 388211, de fecha 08 de Septiembre de 2011, por la cantidad de Bs. 28.717,46, cuenta de emisión Nro. 0115-0117-22-111-7146251 acreditada a la cuenta Nro. 0115-0054-42-054-0122487 del Banco Exterior.

    Asimismo solicitamos al Banco que identifique el titular de la cuenta girada y al titular de la cuenta beneficiaria.

    5- REGISTRO NACIONAL DE EMPRESAS, adscrito al Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y la Seguridad Social, Ubicado en la Avenida M.E., frente al Teatro de la Opera, entre Calles Brion y Junín, Maracay, Municipio Girardot, Estado Aragua, a los fines de que informe a este Tribunal sobre los siguientes particulares:

    a.- Que remita copia certificada de las declaraciones trimestrales de Empleo, horas trabajadas y salarios pagados en el Registro Nacional de Empresas y Establecimientos, de la Sociedad Mercantil INVERSIONES TORNILLOS SERRANO C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, bajo el Nro. 76, Tomo 38-A, en fecha 28 de Mayo de 2007, Registro de Información Fiscal Nro.J-29429379-4, correspondiente desde el tercer Trimestre hasta el cuarto trimestre de 2012.

    b.- Si la sociedad mercantil FERRESUR C.A., protocolizada en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, bajo el Nro. 75, Tomo 70-A, en fecha 23 de Septiembre de 2005, con Registro de Información Fiscal J-31415457-5, se encuentra inscrita en esa institución. En caso de estar registrada la empresa FERRESUR C.A., remita a este d.T.L. copia certificada de las Declaraciones Trimestrales de Empleo, Horas Trabajadas y Salarios Pagados en el Registro Nacional de Empresas y Establecimiento de la referida FERRESUR C.A., correspondiente a los años 2011 y 2012.

  4. - INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES (IVSS), Dirección General de Afiliación y Prestaciones sin Dinero, Ubicado en la Avenida Ayacucho cruce con Calle Páez, edificio Capervi, Planta Baja, Maracay, Estado Aragua, a los fines de que informe a este Tribunal sobre los siguientes particulares:

    a.- Si la ciudadana C.M.C.C., titular de la cedula de identidad Nro. 13.454.194, tiene cuenta individual.

    b.- Que identifique la empresa bajo la cual esta afiliada la ciudadana C.M.C.C., titular de la cedula de identidad Nro. 13.454.194.

  5. - REGISTRO MERCANTIL PRIMERO DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, ubicado en la Calle M.E., diagonal al Hotel P.P., Maracay, Estado Aragua, a los fines de que informe a este Tribunal sobre los siguientes particulares:

    a.- Que informe si la sociedad mercantil FERRESUR C.A., se encuentra inscrita en esa institución, bajo el Nro. 75, Tomo 70-A, en fecha 23 de Septiembre de 2005.

    b.- En caso de que la empresa FERRESUR C.A., se encuentre registrada, se sirva remitir a este Tribunal Laboral una copia certificada de todo el expediente de la referida empresa FERRESUR C.A.

  6. - Sociedad Mercantil SU MAYOR DE FERRETERIA C.A., ubicada en la Avenida Intercomunal de Antímano, final Calle Canacit, Galpón Nro. 01, frente a las antiguas oficinas de SIDETUR, La Yaguara, Caracas, a los fines de que informe este Tribunal sobre los siguientes particulares:

    a.- Si la ciudadana C.M.C.C., titular de la cedula de identidad Nro. 13.454.194, le prestaba sus servicios por cuanta propia como vendedora – cobradora independientemente en el lapso comprendido entre el mes de Junio de 2001 hasta el mes de Octubre de 2006.

  7. - INSTITUTO NACIONAL DE COOPERACIÒN EDUCATIVA (INCE) actualmente denominado INSTITUTO NACIONAL DE CAPACITACIÒN EDUCATIVA SOCIALISTA (INCES), Ubicado en la Avenida B.O., sector La Romana, a media cuadra del Centro Comercial Tiuna, Maracay, Estado Aragua, a los fines de que informe a este Tribunal sobre los siguientes particulares:

    a.- Si la empresa INVERSIONES TORNILLOS SERRANO C.A., se encuentra inscrita y de ser así envíe copia certificada de todas sus Declaraciones Trimestrales, desde le Cuarto (4ª) Trimestre 2007 hasta el segundo (2ª) trimestre de 2012.

  8. - FONDO DE AHORRO OBLIGATORIO PARA LA VIVIENDA (FAOV), adscrito al BANCO NACIONAL DE VIVIENDA Y HABITAT, ubicado en la Avenida Venezuela, Torre Banavih, Sector El Rosal, Caracas, Distrito Capital, a los fines de que informe a este Tribunal sobre los siguientes particulares:

    a.- Si la empresa INVERSIONES TORNILLOS SERRANO C.A. , se encuentra inscrita y de ser así envíe copia certificada de todos los resúmenes de las Declaraciones de Aportes a la vivienda desde agosto 2007 hasta Diciembre 2012.

    CAPITULO V

    DE LA EXHIBICIÓN

    La parte accionada solicita la exhibición de las Factura Nro. 000001; Factura Nro. 000002; Factura Nro. 000003; Factura Nro. 000005; Factura Nro. 000007; Factura Nro. 000008, Factura Nro. 000009, Factura Nro. 000010 y Factura Nro. 000012, Factura Nro. 000052, Factura Nro. 000053, Factura Nro. 000054, se niega dicha exhibición por cuanto se solicita la exhibición de copias por cuanto las originales fueron consignada por la promovente tal como se desprende de los folios 05 al 18 (ambos inclusive) de la Pieza de Anexos “16” del presente asunto; y por la actora en copias al carbón tal como se desprende de los folios 120, 129, 132, 146, 156, 164, 173, 176, 191, 196, 204, 215 y 227, y en relación a la Factura Nro. 000055, se desprende que la parte accionante consigno ejemplar del mismo, tal como al folio 228 de la Pieza de Anexos “7” del presente asunto, por lo que se niega la admisión de la misma. Así se establece.-

    CAPITULO VI

    DE LA PRUEBA DE TESTIGOS

    En relación a la prueba testimonial promovida, se admite cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva, y en consecuencia se ordena la comparecencia en la oportunidad de la Audiencia de Juicio, de las ciudadanas: A.E.L.L., N.E.M.R. Y N.A.C.A., Venezolanos, Mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros: 7.151.180, 10.582.843 y 7.288.626, respectivamente, sin notificación alguna, a fin de que declaren oralmente ante este Juzgado con relación a los hechos debatidos en el proceso, respondiendo al interrogatorio que les formularán las partes, así como el que les formule la ciudadana Juez del Tribunal, conforme lo establece el artículo 153 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

    CAPITULO VII

    DECLARACION DE PARTE:

    El Tribunal se abstiene de admitirla, toda vez que la misma de conformidad con el artículo 103 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, es atribuida al Juez, quien de considerar necesario, y a los fines de esclarecer hechos ventilados en el juicio, someterá a interrogatorio a las partes. Y así se establece.-

    PRUEBAS DE LA CO-DEMANDADA

    TORNILLOS SERRANO CORP C.A.

    CAPITULO I

    DE LA PRESCRIPCIÒN DE LA ACCIÒN

    En relación a la defensa sobre la Prescripción, que hace la parte accionada en este Capitulo, observa este Tribunal que son alegaciones que deben efectuarse en la fase perentoria de la contestación de la demanda; no es un medio de prueba consagrado en nuestra Legislaron Venezolana; razón por la cual este Tribunal se abstiene de emitir pronunciamiento sobre su admisión. Así se establece.-

    CAPITULO II

    COMUNIDAD DE LAS PRUEBAS

    En lo que respecta al principio de la comunidad de la prueba, que rige en todo el sistema probatorio venezolano y que el Juez esta obligado a aplicarlo de oficio, sin necesidad de alegación de las partes, conforme al cual una vez consten en autos dejan de pertenecer a la promoverte para tener como finalidad el esclarecimiento de la controversia, independientemente de la parte a la que favorezcan; dicho principio no constituye un medio de prueba consagrado en nuestra legislación vigente; razón por la cual este Tribunal se abstiene de emitir pronunciamiento sobre su admisibilidad. Y así se establece.-

    CAPITULO III

    DE LAS DOCUMENTALES

    Este Tribunal admite cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva, de conformidad con los artículos 77 y 78 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por considerar que las mismas no resultan ilegales ni impertinentes al proceso, las siguientes documentales:

  9. - Marcado “C1”, Constancia emitida por la Sociedad Mercantil SU MAYOR FERRETERIA C.A., en Un (01) folio útil, que riela inserta al folio 02 de la Pieza de Anexos “18” del presente asunto.

  10. - Marcado “C2”, Forma 26 atinente a la Declaración de Impuesto sobre la Renta (ISRL) de la demandada TORNILLOS SERRANO C.A, correspondientes a los periodos fiscales desde el año 1999 hasta el año 2010, en Treinta y tres (33) folios útiles, que rielan insertas a los folios 03 al 35 de la Pieza de Anexos del presente asunto.

    CAPITULO IV

    DE LA PRUEBA DE INFORMES

    De conformidad a lo establecido en el artículo 81 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo SE ADMITE la Prueba de Informes, salvo su apreciación en la definitiva. Por tanto, se ordena oficiar a:

  11. - REGISTRO MERCANTIL PRIMERO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, ubicado en la Avenida M.E., diagonal al Hotel P.P., entre Calle 1 y la Avenida Bermúdez, Maracay, Estado Aragua, a los fines de que informe a este Tribunal sobre los siguientes particulares:

    a.- Que informe si se encuentra inscrita en dicho registro la sociedad mercantil FERRESUR C.A., bajo el Nro. 75, Tomo 70-A, en fecha 23 de Septiembre de 2005.

    b.- En caso de ser así, que expida copia certificada de totalidad del expediente de esa empresa.

  12. - Sociedad Mercantil SU MAYOR DE FERRETERIA C.A., ubicada en la Avenida Intercomunal de Antímano, Calle Canacit, Galpón Nro. 01, La Yaguara, Distrito Capital, a los fines de que informe este Tribunal sobre los siguientes particulares:

    a.- Si la ciudadana C.M.C.C., titular de la cedula de identidad Nro. 13.454.194, le prestaba sus servicios como vendedora – cobradora de manera autónoma e independiente en el lapso comprendido entre el mes de Junio de 2001 hasta el mes de Octubre de 2006, y suministre los comprobantes de que disponga sobre esa relación profesional o mercantil.

    CAPITULO V

    DE LA PRUEBA DE TESTIGOS

    En relación a la prueba testimonial promovida, se admite cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva, y en consecuencia se ordena la comparecencia en la oportunidad de la Audiencia de Juicio, de las ciudadanas: N.E.M.R. y N.A.C.A., Venezolanos, Mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros: 10.582.846 y 7.288.626, respectivamente, sin notificación alguna, a fin de que declaren oralmente ante este Juzgado con relación a los hechos debatidos en el proceso, respondiendo al interrogatorio que les formularán las partes, así como el que les formule la ciudadana Juez del Tribunal, conforme lo establece el artículo 153 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

    CAPITULO VI

    DE LA PRUEBA DE LA DECLARACION DE PARTE:

    El Tribunal se abstiene de admitirla, toda vez que la misma de conformidad con el artículo 103 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, es atribuida al Juez, quien de considerar necesario, y a los fines de esclarecer hechos ventilados en el juicio, someterá a interrogatorio a las partes. Y así se establece.-

    Por cuanto el domicilio de la Sociedad Mercantil SU MAYOR DE FERRETERIA C.A., y del FONDO DE AHORRO OBLIGATORIO PARA LA VIVIENDA (FAOV), adscrito al BANCO NACIONAL DE VIVIENDA Y HABITAT., se encuentra fuera del perímetro de esta ciudad, se acuerda exhortar a los Juzgados de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial Laboral del Área Metropolitana de Caracas, a los fines de la notificación de dichos entes, adjunto al cual se le remitirán los oficios respectivos.

    LA JUEZ,

    ABG. Z.D.C.

    LA SECRETARIA,

    ABG. M.B..

    ZDC/MB/edith

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