Decisión nº 142-08 de Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo Nuevo Régimen y Procesal Transitorio de Barinas, de 20 de Octubre de 2008

Fecha de Resolución20 de Octubre de 2008
EmisorTribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo Nuevo Régimen y Procesal Transitorio
PonenteCarmen Griselda Martínez de Macabeo
ProcedimientoCobro De Prima

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACIÓN, Y EJECUCIÓN TANTO DEL NUEVO REGIMEN COMO DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS

Barinas, Veinte (20) de Octubre del Año 2008

198 ° y 149 °

Nº DE EXPEDIENTE: EP11-L-2007-000353

PARTE ACTORA: C.J.G., L.D.C. JEREZ, CRISFRANCIA MADROÑERO MARQUEZ, C.I.B.A., R.V.B.O. Y O.D.V.C., venezolanas, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nº V-12.239.961, V-4.925.272, V-12.837.521,V-4.926.711,V- 9.260.584, V-12.552.040 en su orden.

APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: YURELIS DEL VALLE VELASQUEZ TINEO Y B.C.D., Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de Identidad Nros: V-7.068.984 Y V-54.506 su orden, e inscritos en el I.P.S.A con el Nº 56.968 y 54.506 respectivamente.

DEMANDADA: HIDROLOGICA VENEZOLANA (HIDROVEN).

DEMANDADA SOLIDARIA: HIDROLOGICA DE LA CORDILLERA ANDINA (HIDROANDES): inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en fecha: 08 de Septiembre del año 1999, anotado bajo el Nº 60, Tomo: 15A.

APODERADO DE LAS EMPRESAS DEMANDADAS: HIDROLOGICA VENEZOLANA (HIDROVEN) y HIDROLOGICA DE LA CORDILLERA ANDINA (HIDROANDES): J.R.B., Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 17.659.208, e inscrito en el I.P.S.A con el N° 129.498, representación que consta en poderes que fueron autenticados por ante la Notaria Pública Duodécima del Municipio Libertador del Distrito Capital, en fecha: 26 de Septiembre del año 2008, anotado bajo el N° 44, Tomo:55 de los libros respectivos en lo que respecta a HIDROVEN y en cuanto a HIDROANDES el poder fue autenticado por ante la Notaria Publica Segunda de la Ciudad de Barinas, en fecha: Doce (12) de Marzo del año 2008, anotado bajo el N° 24, tomo: 20 de los libros de autenticaciones respectivos, los cuales fueron presentados sus originales a efectum videndi para que previa confrontación sean agregados sus copias a las actas procesales lo cual se efectuó en este mismo acto.

MOTIVO: CUMPLIMIENTO DE CONTRATO.

En el día hábil de hoy; 20 de Octubre dos mil Ocho(2008), siendo las Diez 10:00) de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, comparece ante este Tribunal el Abogado: J.R.B., Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 17.659.208, e inscrito en el I.P.S.A con el N° 129.498, quien actúa en este acto con el carácter de Apoderado de las Empresas demandadas: HIDROLOGICA VENEZOLANA (HIDROVEN) y HIDROLOGICA DE LA CORDILLERA ANDINA (HIDROANDES). Se deja expresa constancia de que los Demandantes no comparecieron a la realización de la Audiencia Preliminar ni por si ni por medio de sus Apoderados, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 149 ° y 198 °.

La Jueza;

Abg. C.G. Martìnez

El Compareciente:

Apoderado de la parte Demandada:

Abg. J.R.B..

La Secretaria;

Abg. N.D..

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