Decisión Nº AP-31-S-2018-8438 de Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas. (Caracas), 04-02-2019

Fecha04 Febrero 2019
Número de sentencia362
Número de expedienteAP-31-S-2018-8438
EmisorTribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas
Distrito JudicialCaracas
PartesANTONIO JOSE RAMIREZ.
Tipo de procesoTitulo Supletorio
TSJ Regiones - Decisión


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL


Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, cuatro de febrero de dos mil diecinueve
208º y 159º

ASUNTO : AP31-S-2018-008438

Por recibido y visto el escrito de solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentado en fecha 12 de diciembre de 2018, ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial Civil de los Juzgados de Municipio del Área Metropolitana de Caracas, por el ciudadano ANTONIO JOSE RAMIREZ REY titular de la cedula de identidad Nro. V-23.529.941, asistido por la abogada MARY LUZ FONTALVO. B inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro 43.102, así como los documentos consignados, este Tribunal previo al pronunciamiento de declaración de título suficiente requerido, observa:
En el escrito que encabeza las presentes actuaciones la parte interesada solicita que le sea declarado titulo supletorio sobre un inmueble, situado en el Barrio Carapita, Calle Principal, Sector El Manguito, Casa Nº 65, Parroquia Antímano del Municipio Libertador del Distrito Capital.
Ahora bien, en virtud de las incongruencias observadas en las testimoniales rendidas por los ciudadanos Sergio Enrique Trejo y Fabián Solórzano, quienes no obstante haber manifestado que los hechos les constan por ser sus vecinos, la dirección suministrada como domicilio de los mismos, es la misma a la que se refiere el inmueble sobre el cual pretende el solicitantes le sea otorgado título supletorio, las cuales rielan a los folios 12 y 14, en razón de ello, este Tribunal se ve forzado a negar como en efecto NIEGA la declaración de TITULO SUPLETORIO solicitada, y así se decide.
Por las razones que anteceden, este Juzgado, administrando justicia, en nombre de la República y por la autoridad que le confiere la Ley, NIEGA el otorgamiento de TÍTULO SUPLETORIO a favor del ciudadano ANTONIO JOSE RAMIREZ REY.
No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la presente decisión.
Publíquese y regístrese la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los cuatro días del mes de febrero de dos mil diecinueve (2019). Años 208º de la Independencia y 158º de la Federación.
LA JUEZA TITULAR,


Abg. LETICIA BARRIOS RUIZ.

LA SECRETARIA


MARY CAROLINA PEREZ
En esta misma fecha se publicó y registró la anterior decisión, siendo las
LA SECRETARIA

MARY CAROLINA PEREZ

LBR/MCP/Lfdm











VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR