Decisión Nº AP21-R-2017-000353 de Juzgado Primero Superior Del Trabajo (Caracas), 05-05-2017

Número de expedienteAP21-R-2017-000353
Fecha05 Mayo 2017
Distrito JudicialCaracas
EmisorJuzgado Primero Superior Del Trabajo
Tipo de procesoBeneficios Laborales
TSJ Regiones - Decisión


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO SUPERIOR DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS

ASUNTO: AP21-R-2017-000353
PRINCIPAL: AP21-L-2017-000466

En el juicio que por reclamación de prestaciones sociales y otros créditos derivados de la prestación de servicios, sigue, EDUARDO JOSE MANEIRO, titular de la cédula de identidad N° 20.595.566; contra la entidad de trabajo, REPRESENTACIONES REMEMBER 2007, C.A. (operadora del fondo de comercio Restaurante Favola); inscrita por ante el Registro Mercantil V de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha, 17 de diciembre de 2007, bajo el N° 69, tomo 1733-A-QTO., el Juzgado Décimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este mismo Circuito Judicial, en el acta de fecha, 04 de abril de 2017, deja constancia de la incomparecencia de la parte actora a la celebración de la audiencia preliminar fijada para esa fecha, y declara desistido el procedimiento y terminado el proceso.

Contra esta decisión ejerció recurso de apelación la parte actora, por lo cual subieron las actuaciones a esta Alzada, que por auto del 28 de abril de 2017, las dio por recibidas, y fijó el día de hoy, 05 de mayo de 2017, a las 11:00 de la mañana, la oportunidad para la celebración de la audiencia de parte.

Celebrada la referida audiencia sin la comparecencia de ninguna de las partes, el Tribunal declaró desistido el recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la decisión recogida en el acta del 04 de abril de 2017, del Juzgado Décimo Tercero de Primera Instancia de SME de este Circuito Judicial, que dejó constancia de la incomparecencia de la parte actora a la instalación de la audiencia preliminar fijada para esa fecha, a las 10:00 de la mañana, y declaró desistido el Procedimiento y terminado el Proceso.

Ahora bien, en razón de la incomparecencia de la parte actora recurrente a la audiencia de parte fijada para el día de hoy, 05 de mayo de 2017, a las 11:00 de la mañana, el Tribunal dejó constancia de ello, y declaró desistido el recurso se apelación interpuesto por la parte actora contra la decisión del Juzgado 13° de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial, recogida en el acta del 04 de abril de 2017, que declaró desistido el procedimiento y terminado el proceso. En razón de lo cual queda confirmada la decisión recurrida, y en consecuencia, desistido el procedimiento y terminado el proceso, en el juicio por reclamación de prestaciones sociales y otros créditos derivados de la prestación de servicios, que interpusiera, EDUARDO JOSE MANEIRO, titular de la cédula de identidad N° 20.595.566; contra la entidad de trabajo, REPRESENTACIONES REMEMBER 2007, C.A. (operadora del fondo de comercio Restaurante Favola); inscrita por ante el Registro Mercantil V de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha, 17 de diciembre de 2007, bajo el N° 69, tomo 1733-A-QTO. Así se establece.

En fuerza de todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Desistido el recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la decisión recogida en el acta del Juzgado Décimo Tercero de Primera Instancia de SME de este Circuito Judicial, de fecha, 04 de abril de 2017, que declaró desistido el procedimiento y terminado el proceso en el juicio supra reseñado, la cual queda confirmada. SEGUNDO: Desistido el procedimiento y terminado el proceso en el juicio interpuesto por, EDUARDO JOSE MANEIRO, titular de la cédula de identidad N° 20.595.566; contra la entidad de trabajo, REPRESENTACIONES REMEMBER 2007, C.A. (operadora del fondo de comercio Restaurante Favola); inscrita por ante el Registro Mercantil V de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha, 17 de diciembre de 2007, bajo el N° 69, tomo 1733-A-QTO., por reclamación de prestaciones sociales y otros créditos derivados de la prestación de servicios. TERCERO: Se imponen las costas del recurso a la parte actora por haber desistido del recurso.

Regístrese, publíquese y déjese copia.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En Caracas, a los cinco (05) días del mes de mayo de dos mil diecisiete (2017). Años; 207° de la Independencia y 158° de la Federación.

EL JUEZ,

ASDRÚBAL SALAZAR HERNÁNDEZ

LA SECRETARIA,

ADRIANA BIGOTT

En la misma fecha, 05 de mayo de 2017, en horas de despacho y previas las formalidades de Ley, se registró y publicó la anterior decisión.
LA SECRETARIA,

ADRIANA BIGOTT

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