Decisión Nº AP21-S-2016-00008 de Juzgado Duodécimo De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo (Caracas), 20-03-2017

Fecha20 Marzo 2017
Número de expedienteAP21-S-2016-00008
EmisorJuzgado Duodécimo De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
Partes: ADMINISTRADORA RESCARVEN C.A. VS. JOHANA CONTRERAS
Distrito JudicialCaracas
Tipo de procesoBeneficios Laborales
TSJ Regiones - Decisión



REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Duodécimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, 20 de marzo de dos mil diecisiete (2017)
206° y 157º

ASUNTO : AP21-S-2016-00008

PARTE OFERENTE: ADMINISTRADORA RESCARVEN C.A.
PARTE OFERIDA: JOHANA CONTRERAS venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad número 17.491.164.

Se inicia la presente oferta real de pago presentada en fecha 12 de enero de 2016.
Se dictó auto de recibido en fecha 15 de enero de 2016.
Por auto de fecha 15 de enero de 2016 se dictó auto admitiendo la oferta y se libró oficio a la Oficina de Control y consignaciones para la apertura de la cuenta de ahorros.
Mediante AUTO de fecha 4 de marzo de 2016 se ordenó la remisión de la causa al archivo intermedio.
A la presente fecha no consta en autos en modo alguno ningún acto de procedimiento de las partes.
Por su parte, el artículo 201 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo contempla:
“Toda instancia se extingue de pleno derecho por el transcurso de un (01) año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes…”

En tal sentido, en el caso de marras, desde la última y única actuación (12 de enero de 2016) hasta la presente fecha, ha transcurrido más del año previsto en la norma antes transcrita; por lo que conforme al artículo 202 ejusdem, forzoso es para este Tribunal declarar la perención.

Por las motivaciones de hecho y derecho antes expuestas este Juzgado Duodécimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, declara LA PERENCION DE LA INSTANCIA en la oferta real presentada por ADMINISTRADORA RESCARVEN C.A. a favor de la ciudadana JOHANA CONTRERAS.

No hay condenatoria en costas, por la naturaleza del presente fallo.


PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA.

Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho Juzgado Duodécimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, en Caracas, a los 20 del mes de marzo de 2017. Años 206° y 157°
La Juez


Abog. Neyireé Toledo


El Secretari0

Abg. Freddy Montilla


Nota: En esta misma fecha, se publicó la anterior decisión, siendo las 11:15am


El Secretario

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