Decisión Nº AP31-S-2018-3976 de Tribunal Vigésimo Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas. (Caracas), 29-06-2018

Fecha29 Junio 2018
Número de expedienteAP31-S-2018-3976
PartesLISETT DEL CARMEN MARTINEZ TOVAR
Distrito JudicialCaracas
EmisorTribunal Vigésimo Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas
Tipo de procesoDeclaracion De Unicos Y Universales Herederos
TSJ Regiones - Decisión
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL VIGÉSIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS.


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL VIGESIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.

Caracas, 29 de junio de 2018
208º y 159°

Vista la anterior solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS, las Justificaciones promovidas y evacuadas al efecto, y de conformidad con lo previsto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal Declara ÚNICA y UNIVERSAL HEREDERA a favor de la ciudadana LISETT DEL CARMEN MARTINEZ TOVAR, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-19.507.184 causahabiente del De-Cujus OSWALDO JOSÉ MARTINEZ, quien en vida fue venezolano y titular de la cédula de identidad Nº V-4.939.284, fallecido Ab-intestato en fecha 13 de abril del 2018, en la Parroquia El Paraíso Municipio Libertador del Distrito Capital.
Expídanse por secretaría copias certificadas de la presente solicitud y entréguese a la parte interesada de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, una vez sea consignado por la solicitante los fotostátos correspondientes.
Devuélvanse las presentes actuaciones a la parte interesada a los fines legales consiguientes, previa anotación en el Libro Diario llevado en este Tribunal. Cúmplase.
LA JUEZ,

ABG. ENEIDA TORREALBA.
LA SECRETARIA,


ABG. THAIS PINO CASANOVA.

S-2018-3976


VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR