Decisión Nº AP31-S-2018-002430. de Tribunal Trigésimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas. (Caracas), 31-05-2018

Fecha31 Mayo 2018
Número de expedienteAP31-S-2018-002430.
PartesSANDRO DI PRINZIO PRINZIO Y RITA DI PRINZIO DE GIANGIORDANO
EmisorTribunal Trigésimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas
Distrito JudicialCaracas
Tipo de procesoDeclaracion De Unicos Y Universales Herederos
TSJ Regiones - Decisión
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TRIGÉSIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS.


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Trigésimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, Treinta y Uno (31) de Mayo de Dos Mil Dieciocho (2018)
208º y 159º

ASUNTO: AP31-S-2018-002430.

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, y la justificación promovida y evacuada al efecto, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara como ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO de la De Cujus MARIA DOMENICA DI PRINZIO DE DI PRINZIO, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad Nº V- E-746.668, a los ciudadanos SANDRO DI PRINZIO PRINZIO y RITA DI PRINZIO DE GIANGIORDANO, titulares de las cédulas de identidades nros. V-4.885.852 y V-11.664.875, respectivamente.

Se acuerda expedir copias certificadas de la presente solicitud, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, previo suministro de los fotostatos necesarios, dejando copia certificada del presente decreto en el archivo de este Circuito Judicial, en atención a lo previsto en el artículo 13 de la Resolución Nº 2012-0001 de fecha 11 de Abril de 2012, dictada por la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia. Devuélvase las presentes actuaciones en original a los interesados. Cúmplase.-
LA JUEZA TITULAR,



DRA. MARIA CECILIA CONDE MONTEVERDE
LA SECRETARIA TITULAR,



Abg. ADRIANA EIGLYN PLANAS.


MCCM/AEP/Johnny




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