Decisión Nº AP71-R-2018-000106-7.275. de Juzgado Superior Decimo en lo Civil, Mercantil y del Transito (Caracas), 24-04-2018

Fecha24 Abril 2018
Número de expedienteAP71-R-2018-000106-7.275.
PartesLENNY YAJAIRA CÁRDENAS AYALA CONTRA LA CIUDADANA MARITZA COROMOTO CARRILLO JAIMES
EmisorJuzgado Superior Decimo en lo Civil, Mercantil y del Transito
Distrito JudicialCaracas
Tipo de procesoAudiencia Artículo 123 De La Ley Para La Regularización Y Control De Los Arrendamientos De Vivienda
TSJ Regiones - Decisión
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR DECIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO


JUZGADO SUPERIOR DÉCIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
AUDIENCIA ORAL
DEL DÍA MIERCOLES VEINTICINCO (25) DE ABRIL DEL 2018
En horas de despacho del día de hoy, veinticinco (25) de abril del dos mil dieciocho (2018), siendo las diez y media de la mañana (10:30 a.m.), día y hora fijados por este Juzgado para que tenga lugar la audiencia oral prevista en el artículo 123 de la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda, con motivo del juicio que por desalojo sigue la ciudadana LENNY YAJAIRA CÁRDENAS AYALA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número V-14.046.097, contra la ciudadana MARITZA COROMOTO CARRILLO JAIMES, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad número V-9.342.067, en el expediente Nº AP71-R-2018-000106/7.275, nomenclatura de este Superior, a fin de que las partes o sus abogados asistentes expongan en forma oral sus argumentos de hecho y de derecho que consideren convenientes, previo el anuncio del acto a las puertas de este Tribunal por el Alguacil titular del mismo, ciudadano EURO RIERA. La presente audiencia se lleva a cabo en virtud del recurso de apelación interpuesto el 31 de enero del 2018, por la abogada ANA LISBETH MATA en su carácter de apoderada judicial de la parte accionante, contra la sentencia dictada el 29 de enero del 2018, por el Tribunal Décimo Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el expediente Nº AP31-V-2016-000960 nomenclatura llevada por dicho Tribunal; por cuanto fue declarada sin lugar la demanda de desalojo intentada. El bien inmueble objeto de la acción de desalojo, está constituido por una casa de dos plantas, con un área aproximada de sesenta metros cuadrados (60,00 M2), ubicada en la Avenida Morán, Catia, Parroquia Sucre, casa sin número, en la jurisdicción del Municipio Libertador.
Se deja constancia que anunciado el acto a las puertas de este Tribunal ninguna de las partes compareció ni por sí mismas, ni a través de apoderado judicial alguno, por lo que este Juzgado Superior declara DESIERTO el acto de audiencia oral prevista en el artículo 123 de la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda, fijada para el día de hoy a las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m.). Este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los fines de dar cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 123 de la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda, deja constancia que el fallo en extenso se publicará en horas de despacho del día de hoy, por lo que la ciudadana juez se retira a dilucidar el caso de marras, a los fines de proferir el fallo correspondiente. Es todo.
LA JUEZA,


DRA. MARÍA F. TORRES TORRES
LA SECRETARIA,


ABG. ELIANA M. LÓPEZ R.

Exp. Nº AP71-R-2018-000106/7.275.
MFTT/EMLR/Gs.

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