Decisión Nº AP71-X-2016-000083 de Juzgado Superior Septimo en lo Civil, Mercantil y del Transito (Caracas), 16-03-2017

Número de expedienteAP71-X-2016-000083
Fecha16 Marzo 2017
Distrito JudicialCaracas
EmisorJuzgado Superior Septimo en lo Civil, Mercantil y del Transito
PartesABG. MANUEL BUMEISTER ANSELMI CONTRA DR. LUIS RODOLFO HERRERA GONZALEZ
Tipo de procesoRecusación
TSJ Regiones - Decisión
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, dieciséis (16) de marzo de 2017.
206° y 158°

Por cuanto se observa, de la revisión efectuada a las presentes actas procesales que no se ha recibido respuesta del requerimiento efectuado a la Inspectoría General de Tribunales, adscrita a la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, mediante el cual se solicito por oficios Nros. 2016-A-0172 y 2017-A-0033, el primero de fecha 13 de julio del 2016 y el segundo del 03 de febrero del corriente año, información sobre el particular II del escrito de promoción de pruebas promovido presentado por los abogados MANUEL BAUMEISTER ANSELMI y MARÍA ALEJANDRA CORREA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 45.935 y 51.864, en su orden de mención, actuando el primero de ellos en su carácter de accionista y representante judicial de la sociedad mercantil VALCREDI CASA DE BOLSA, C.A. y la segunda como apoderada judicial de la referida sociedad mercantil, y en que en caso de ser positiva la información, nos sea remitida copia de las actuaciones que corresponda, todo ello en virtud de la recusación planteada por el abogado Manuel Baumeister Anselmi contra el Dr. Luis Rodolfo Herrera G, en su condición de Juez Titular a cargo del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de esta Circunscripción Judicial, este Tribunal lo acuerda de conformidad. En consecuencia, se ratifican dichos oficios, dirigido a la Inspectoría General de Tribunales de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, a fin que informe sobre el contenido del Capítulo II del escrito de promoción de pruebas promovido por el recurrente, a tal efecto se le concede un lapso perentorio de 48 horas, contadas a partir del recibo del oficio que a tal efecto se ordena librar para que informe a esta Alzada lo requerido anteriormente. Cúmplase.
EL JUEZ,

Dr. VÍCTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES.
LA SECRETARIA,
Abg. MARÍA ELVIRA REIS.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.
LA SECRETARIA,
Abg. MARÍA ELVIRA REIS.
Expediente Nº AP71-X-2016-000083 (782)














REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, dieciséis (16) de marzo de 2017.
206° y 158°
Oficio Nº 2017-A-
Inspectoría General de Tribunales de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura (DEM)
Su Despacho.

Mediante el presente me dirijo a usted, a los fines de extender un cordial saludo y a su vez, hacer de su conocimiento que por auto de esta misma fecha se acordó ratificar el contenido de los oficios Nros. 2016-A-00172 y 2017-A-0033, el primero de fecha 13 de julio del 2016 y el segundo del 03 de febrero del corriente año, y recibidos en esa sede en los días 15 de julio del pasado año y 06 de febrero del presente año, en los cual expresa lo siguiente: “… solicitar su valiosa colaboración, en el sentido que se sirva informar a esta alzada a la mayor brevedad posible, del contenido de lo señalado en el capítulo II del escrito de promoción de pruebas presentado por los abogados MANUEL BAUMEISTER ANSELMI y MARÍA ALEJANDRA CORREA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 45.935 y 51.864, en su orden de mención, actuando el primero de ellos en su carácter de accionista y representante judicial de la sociedad mercantil VALCREDI CASA DE BOLSA, C.A. y la segunda como apoderada judicial de la referida sociedad mercantil, y en que en caso de ser positiva la información, nos sea remitida copia de las actuaciones que corresponda, todo ello en virtud de la recusación planteada por el abogado Manuel Baumeister Anselmi contra el Dr. Luis Rodolfo Herrera G, en su condición de Juez Titular a cargo del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de esta Circunscripción Judicial, que se sustancia en el expediente signado bajo el Nº AP71-X-2016-000083 (782) de la nomenclatura interna de este juzgado…” a tal efecto se le concede un lapso perentorio de 48 horas, contadas a partir del recibo del oficio que a tal efecto se ordena librar para que informe a esta Alzada lo requerido anteriormente.
Sin más a que hacer referencia, solicitud que se le hace a los fines legales consiguientes.
DIOS Y FEDERACIÓN
EL JUEZ,

Dr. VÍCTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES.
Edificio José María Vargas, Esquina de Pajaritos, piso 17, Palacio de Justicia,
Municipio Libertador del Distrito Capital. Teléfono: (0212)4829194.

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