Decreto N° 2.885, mediante el cual se concede la exoneración del pago del Impuesto al Valor Agregado, en los términos y condiciones previstos en este Decreto, a las operaciones de importación definitiva de bienes muebles corporales realizadas por el Consejo Nacional Electoral, así como las ventas nacionales de bienes muebles corporales que se efectúen a dicho Órgano, estrictamente necesarias para la realización de los procesos electorales que en él se mencionan.

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