Decreto N° 3.189, mediante el cual se transfiere a la Corporación Venezolana de Minería, S.A. (CVM), o la filial que ésta designe, el derecho a desarrollar directamente o por intermedio de un ente del Estado, las actividades previstas en el Artículo 1º del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica que Reserva al Estado las actividades de Exploración y Explotación del Oro, y demás Minerales Estratégicos

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