Decreto Nº 3.848, mediante el cual se modifica la denominación de la Vicepresidencia Sectorial para el Desarrollo Social y la Revolución de las Misiones, por Vicepresidencia Sectorial del Socialismo Social y Territorial
NICOLÁS MADURO MOROS
Presidente de la República Bolivariana de Venezuela
Con el supremo compromiso y voluntad de lograr la mayor eficacia política y calidad revolucionaria en la construcción del Socialismo, la refundación de la Patria venezolana, basado en principios humanistas, sustentado en condiciones morales y éticas que persiguen el progreso del país y del colectivo, por mandato del pueblo de conformidad con lo establecido en el artículo 226 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y en ejercicio de las atribuciones conferidas en los numerales 2, 11 y 20 del artículo 236 ejusdem, y los artículos 34 y 46 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública, en Consejo de Ministros.
DECRETO
En virtud de la supresión ordenada en este Decreto, le corresponderá a la Vicepresidencia Sectorial del Socialismo Social y Territorial, como órgano superior de dirección de la acción de gobierno, la coordinación de los Ministerios con competencia en las materias de hábitat y vivienda, comunas, salud, pueblos indígenas, mujer y la igualdad de género, juventud y el deporte, proceso social del trabajo, ciencia y tecnología, educación y educación universitaria, así como la definición de las líneas elementales en la formulación de políticas públicas afines con el ámbito de su actividad, su ejecución y control.
Dicha estructura estará comprendida por una Oficina de Gestión Interna, en la cual se organizarán las funciones relativas a la administración financiera, la gestión de talento humano, asesoría jurídica y todos los servicios propios del funcionamiento de la Vicepresidencia Sectorial, para lo cual se requerirá la aprobación del Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de Planificación.