Decreto Nº 4.132 mediante el cual se crea un Estado Mayor de los Consejos Productivos de Trabajadores de la industria petrolera, petroquímica y gasífera, para la renovación, rectificación y una transformación revolucionaria de dicha industria

El Ministro del Poder Popular para el Ecosocialismo, designado mediante el Decreto Nº 3.946 de fecha 12 de agosto de 2019, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 41.692 de la misma fecha, en ejercicio de las atribuciones conferidas en los artículos 65 y 78 numerales 3 y 19 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 6.147 Extraordinario de fecha 17 de noviembre de 2014; en concordancia con lo establecido en los artículos 18, 61, 62 y 63 de la Ley Orgánica del Ambiente, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 5.833 Extraordinario de fecha 22 de diciembre de 2006.

CONSIDERANDO

Que en el marco de la Convención de las Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificaclón en los Países Afectados por Sequía Grave o Desertificación, en particular en África (CNULD), surgió el compromiso de conformar grupos multidisciplinarios que coordinadamente participen en la aplicación, permanencia, seguimiento y evaluación de dicho Tratado, a fin de formular propuestas de legislación,

CONSIDERANDO

Que mediante Resolución Nº 221 de fecha 11 de junio de 2018, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 41.418 de fecha 13 de junio de 2018, se creó con carácter permanente el Comité de Coordinación Nacional de Lucha contra la Desertificación del Ministerio del Poder Popular para el Ecosocialismo,

CONSIDERANDO

Que es pertinente actualizar la denominación y miembros del Comité de Coordinación Nacional de Lucha contra la Desertificación (CCNLD) y reorganizar su estructura de acuerdo a los cambios surgidos en la composición orgánica de este Ministerio,

RESUELVE

Artículo 1

El Comité de Coordinación Nacional de Lucha contra la Desertificación (CCNLD) creado mediante Resolución Nº 221 de fecha 11 de junio de 2018, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 41.418 de fecha 13 de junio de 2018 pasa a denominarse "Comité de Coordinación Nacional de Lucha contra la Desertificación y Sequía (CCNLDS)", el cual tiene como objeto asesorar y contribuir técnicamente en la definición de las políticas que seguirá el Ministerio del Poder Popular para el Ecosocialismo, en la promoción de los asuntos vinculantes al cumplimiento de la Convención de las Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificación en los Países Afectados por Sequía Grave o Desertificación, en particular en África (CNULD) y las políticas de desarrollo del país.

Artículo 2

El Comité de Coordinación Nacional de Lucha contra la Desertificación y Sequía (CCNLDS) estará integrado por las Direcciones Generales de Políticas de Gestión y Conservación de Ecosistemas, quien ejercerá la Coordinación como Punto Focal Operativo, con el apoyo de la Dirección de línea de Conservación de Suelos, Desertificación y Sequía; la Oficina Estratégica de Seguimiento y Evaluación de Políticas Públicas; Diversidad Biológica; Formación para el Ecosocialismo; Oficina de Integración y Asuntos Internacionales, como Punto Focal Administrativo; Patrimonio Forestal; Gestión de la Calidad Ambiental; Adaptación y Mitigación al Cambio Climático; Fiscalización y Control de Impactos Ambientales; y el Instituto Nacional de Parques (INPARQUES).

Cada Miembro del Comité, contará con la representación de un (01) miembro principal y su respectivo suplente, debiendo contar éstos con el perfil necesario para participar en los procesos de evaluación requeridos por el mismo, como se establezca en su Reglamento Interno.

Artículo 3 La Dirección General de Políticas de Gestión y Conservación de Ecosistemas presidirá el Comité y coordinará la designación de sus miembros, así como la elaboración de su Reglamento Interno de funcionamiento, previsto en el artículo 6 de esta Resolución.
Artículo 4

La Dirección General de Políticas de Gestión y Conservación de Ecosistemas, en su condición de Coordinación Técnica, podrá invitar a las reuniones del Comité a funcionarios de otros organismos adscritos o dependencias del Ministerio, así como especialistas de otras instituciones públicas, privadas, universidades, organizaciones de base del Poder Popular y profesionales independientes conocedores de la materia, previa aprobación de los miembros del Comité, cuando la especialidad del tema lo requiera.

Artículo 5 Corresponde a la Dirección General de Políticas de Gestión y Conservación de Ecosistemas la gestión operativa para la implementación de la política internacional ambiental relacionada con la materia de suelos, desertificación y sequía a ser desarrollada en el marco del Comité de Lucha contra la Desertificación y Sequía

Dicha actividad será llevada conjuntamente con la Oficina de Integración y Asuntos Internacionales y en estricto respeto a la competencia del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores como Órgano Rector de la Política Exterior.

Artículo 6 El Comité a los fines de regular su organización, estructura y funcionamiento, deberá contar con su Reglamento Interno que le permita brindar asesoramiento técnico en asuntos referidos al desarrollo del país, vinculados con la prevención, mitigación y adaptación a la desertificación, y a la degradación de las tierras y la sequía, conforme a las políticas de este Ministerio.
Artículo 7 La Resolución referida al Reglamento Interno de funcionamiento Comité de Coordinación Nacional de Lucha contra la Desertificación y Sequía (CCNLDS), deberá ser publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.
Artículo 8 Se deroga la Resolución Nº 221 de fecha 11 de junio de 2018 publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 41.418 de fecha 13 de junio de 2018.
Artículo 9 La presente Resolución entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.

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