Decisión de Juzgado Quinto De Primera Instancia De Juicio Del Trabajo de Caracas, de 14 de Febrero de 2013

Fecha de Resolución14 de Febrero de 2013
EmisorJuzgado Quinto De Primera Instancia De Juicio Del Trabajo
PonenteOswaldo Farrera
ProcedimientoNulidad De Acto Administrativo

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Quinto de Juicio del Circuito Judicial del

Trabajo del Área Metropolitana de Caracas

202º y 153º

Caracas, 14 de febrero de 2013

ASUNTO: AP21-N-2012-000299

En el día de hoy, jueves catorce (14) de febrero de dos mil trece (2013), siendo las dos de la tarde (2:00 p.m.), oportunidad fijada para la celebración de la audiencia oral y pública con motivo de la nulidad interpuesta por la sociedad mercantil Delicadeses Medio Oriente, C.A., contra la Resolución Administrativa de la Inspectoría del Trabajo del en el Distrito Capital, sede Norte, contenida en el expediente Nº 023-2011-01-02192, de fecha 3 de julio de 2012. Se deja constancia de la comparecencia del abogado H.M., inscrito en el Inpreabogado bajo el número 115.990, en su carácter de apoderado judicial de la Procuraduría General de la Republica Bolivariana de Venezuela. También se deja expresa constancia de la comparecencia del ciudadano J.L.Á.D., titular de la cédula de identidad Nº 10.058.182, en su condición del Fiscal 84º del Área metropolitana de Caracas y V.. Se dejó constancia que la presente Audiencia será reproducida por un técnico audiovisual adscrito al Circuito Judicial Laboral. El Secretario deja constancia de la incomparecencia ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno del demandante. En este estado, el Fiscal del Ministerio Publica solicita al Tribunal declare el desistimiento del procedimiento. A continuación, el Juez señala que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 82 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa vista la incomparecencia del demandante, este Juzgado Quinto (5°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara: Primero: Desistido el procedimiento de nulidad interpuesto por la sociedad mercantil Delicadeses Medio Oriente, C.A., contra la Resolución Administrativa de la Inspectoría del Trabajo del en el Distrito Capital, sede Norte, contenida en el expediente Nº 023-2011-01-02192, de fecha 3 de julio de 2012. Segundo: Se deja constancia que el lapso para ejercer recursos en contra de la presente decisión, comenzará a correr a partir del día de hoy – exclusive -. Dando cumplimiento a lo establecido en las disposiciones del artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, se ordena dejar copia certificada de la presente sentencia en el archivo del Tribunal así como la publicación de la presente sentencia en la página web del Tribunal Supremo de Justicia en el sitio denominado Regiones Área Metropolitana de Caracas. Finalmente se deja constancia que por razones de seguridad, las cintas de video y sonido que contienen la grabación del presente acto, fueron entregadas en custodia al archivo de este Circuito Judicial del Trabajo, órgano que deberá colocarlas en un sobre precintado, el cual, así como los CD grabados deberán presentar una leyenda donde se lea el número del expediente y el nombre de las partes, a los fines de su identificación y futura localización. Se ordena agregar al expediente el documento poder constante de un (1) folio útil presentado por la representación judicial de la Procuraduría General de la Republica. Terminó, se leyó y conformes firman.

El Juez,

O.R.F.C.

Los Presentes

El Secretario

Elvis Flores

ORFC/mga.

Una (1) pieza.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR