Delitos ambientales ocasionarán inhabilitación política

Los funcionarios que autoricen obras que atenten contra el ambiente no sólo podrán recibir sanción pecuniaria, suspensión y pena de cárcel, sino que podrían quedar inhabilitados para ejercer cargos públicos hasta por dos años. Los artículos 34, 35 y 36 de la Ley Penal de Ambiente, sancionada ayer por la Asamblea Nacional, establecen que quienes incurran en delitos tipificados en el instrumento jurídico recibirán la sanción, mientras que las empresas que presenten información falsa para obtener licitaciones también podrían ser inhabilitados para concursar por una nueva concesión hasta por dos años. El vicepresidente de la Co misión de Ambiente, Manuel Briceño, explicó que las inhabilitaciones tienen una motivación ética. No es posible que un funcionario público atente con sus acciones contra el ambiente y luego siga ejerciendo ese o cualquier otro cargo de la función pública, indicó. Precisó que las leyes vigentes que regulan la postulación, designación y elección de ciudadanos a cargos públicos ya establecen la prohibición para cualquier persona que cumpla una condena, por lo que sostuvo que la inhabilitación incluida en la ley no es una novedad. Los medios de comunica ción no se salvaron. El artículo 67 establece que aquellos que incumplan con la obligación de transmitir con carácter de urgencia las noticias sobre incendios forestales serán sancionados con multa de 100 a 500 unidades tributarias. Los diputados de AD Carlos Prósperi y Rodolfo Rodríguez advirtieron que el artículo podría llevar a los medios a divulgar sucesos sin suficientes datos. Paz comunal. Sin consenso y luego de un debate de más de dos horas, el Parlamento aprobó la Ley de la Justicia de Paz Comunal. La oposición rechazó la obli gatoriedad de inscribirse en el registro electoral de los consejos comunales para votar en...

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