Decisión de Juzgado Superior Cuarto Civil, Mercantil, Transito, Trabajo, de Protección del Niño y el Adolescente, Agrario y Bancario de Tachira, de 21 de Octubre de 2016

Fecha de Resolución21 de Octubre de 2016
EmisorJuzgado Superior Cuarto Civil, Mercantil, Transito, Trabajo, de Protección del Niño y el Adolescente, Agrario y Bancario
PonenteJeanne Lisbeth Fernández
ProcedimientoCumpliento De Contrato, Daños Y Perjuicios

N° Expediente : 3032 N° Sentencia : Fecha: 21/10/2016 Procedimiento:

Cumpliento De Contrato, Daños Y Perjuicios

Partes:

DEMANDANTES:C.A.R. Y B.A.L.D.R..DEMANDADOS:S.N.U.U. Y M.D.S.G.D.U..

Resumen:

Este JUZGADO SUPERIOR CUARTO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, AGRARIO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: Se declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesta por el abogado A.M.L., inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 4.820, en su carácter de co apoderado judicial de los demandantes C.A.R. y B.A.L.D.R., contra la decisión de fecha 18 de febrero de 2010 dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, con asiento diario N° 05. SEGUNDO: Se REVOCA la decisión de fecha 18 de febrero de 2010, dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, con asiento diario N° 05. TERCERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR.....

Juez/Ponente:

Jeanne Lisbeth Fernández

Organo:

Juzgado Superior Cuarto Civil, Mercantil, Transito, Trabajo, de Protección del Niño y el Adolescente, Agrario y Bancario ----VLEX----Status read failed: Connection reset by peer at /opt/perl5202/lib/site_perl/5.20.2/Net/HTTP/Methods.pm line 289.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR