Derecho Tributario y Libertad

AutorServiliano Abache Carvajal
CargoProfesora de Derecho Tributario de la Universidad Central de Venezuela y de la Universidad Católica Andrés Bello
Páginas91-116
Derecho tributario y libertad
Serviliano Abache Carvajal
Profesora de Derecho Tributario de la Universidad Central de Venezuela
y de la Universidad Católica Andrés Bello
Resumen: En el presente trabajo se revisita la relación entre Derecho tributario y
libertad individual, a part ir del principio de no hay tributación sin representa-
ción. Finalmente, se plantean distintos supuestos en los que se violaría el indica-
do principio y, en consecuencia, la libertad individual.
Palabras clave: Derecho tributario, libertad individual, principio de no hay tribu-
tación sin representa ción.
Abstract: In th
is paper the relationship betwe en Tax Law and individual freedom
is revisited, paying special attention to the principle no taxation without represen-
tation. Finally, different scenarios in which the aforementioned principle is
breached, as well as indivi dual freedom, are presented.
Keywords: Tax Law, individual freedom, no taxation without representation prin-
ciple
.
SUMARIO
I. SOBRE LA NOCIÓN DE LIBERTAD
II. EL PRINCIPIO DE RESERVA LEGAL Y LA GARANTÍA QUE CONSTITUYE EN LA LIMI-
TACIÓN O RESTRICCIÓN DE LOS DERECHOS CONSTITUCIONALES. ESPECIAL REFE-
RENCIA A LA LIBERTAD
III. DERECHO TRIBUTARIO Y LIBERTAD: NO TAXATION WITHOU T REPRESENTATION
IV. LA VIOLACIÓN DEL P RINCIPIO DE RESERVA LEGAL DE LOS TRIBUTOS Y SUS CON-
SECUENCIAS PARA LA LIBERTAD
1. La violación del principio de reserva legal de los tributos, como menoscabo de su concepción
de garantía en sí mismo de la libertad. 2. La violación del principio de reserva legal de los tribu-
tos, como menoscabo del principio de se paración de poderes y, con ello, de la libe
rtad
. 3. La vio-
lación del principio de reserv a legal de los tributos, como menoscabo de la libertad de participar
en los asuntos públicos.
V. REFLEXIÓN FINAL
VI. BIBLIOGRAFÍA
I. SOBRE LA NOCIÓN DE LIBERTAD
Mucho es lo que se ha escrito sobre la libertad. No es nuestro lugar desarrollar los va-
riados conceptos y concepciones que de la misma se han propuesto. Filósofos, politólogos,
En est e trabajo revisitamos algunos y plant eamos otros aspectos de los abordados en nuest ro
estudio intitulado “Liberalismo y tributación. Especial atención al principio de reserva legal de los
tributos”, Revista de Derecho, Nº 69, Instituto Colombiano de Derecho Tri butario, Bogotá, 2013.
REVISTA DE DERECHO PÚBLICO N° 151/152 - 2017
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sociólogos, juristas y pensadores en general se han ocupado de esta cuestión, sin duda y
dada la alta carga emotiva de esa palabra1, con algún grado de ambigüedad2. No obstante lo
anterior, lo que sí es indiscutible, es que la libertad es la esencia del liberalismo
3
. En este
sentido, considera Hayek que:
Sin duda alguna, la libertad individual constituye lo que más apropiadamente puede consi-
derarse como principio moral de la acción política. Pero, al igual que todos los principios
morales, la libertad exige que se la acepte como valor intrínseco, algo que debe respetarse sin
preguntarnos si las consecuencias serán beneficiosas en un caso particular4.
Como es sabido, la libertad se puede ver desde distintos ángulos o enfoques
5, siendo uno
de ellos el que se centra en la libertad personal, y que habilita, en términos generales, la
realización de alguna acción por estar jurídicamente permitida6 (o no realizarla), respondien-
1 Sobre la carga emotiva o s ignificado emotivo del lenguaje, vid. Carrió, Genaro,
Notas sobre Der
e-
cho y Lenguaje, Abeledo-Perrot, 5ª edición, Buenos Aires, 200 6, pp. 22 y ss.
2 Sobre la ambigüedad de la voz “libertad”, vid. Barberis, Maur o, Ética para jurista s, Editorial
Trotta, Madrid, 2008, p. 89; y Atienz a, Manuel, Introducción al Derecho
, Editorial Barcanova,
Barcelona, 1985, pp. 108 y 109.
3 Sis tema de principios sobre el cual, como lo ha apuntado Cubeddu, t ambién hay variadas acepcio-
nes y concepciones (liberalismo económico, ético-político, anti-estatista, constructivista, evolucio-
nista, etc.), así como distintos compuestos (liberal-democracia, liberal-socialismo, liberal-liberista,
etc.), con lo cual se evidencia lo complejo que es for marse una idea de lo que realmente es el libe-
ralismo. Cf. Cubeddu, Raimondo, Atlas del Liberalismo, Unión Editorial, Madrid, 1999, pp. 14 y
15. En part icular, sobre el “liberal
-socialismo” o “social-liberalismo”, vid. von Mises, Ludwig,
Crítica del intervencionismo. [El mito de la tercera vía], Unión Editorial, Madrid, 2011, pp. 109 y
ss. Para de la Nuez, la polisemia del término radica en que “[e]l liberalismo es una doctr ina políti-
ca que no es monolítica ni homogénea, sino que
conservando, lógicamente, unos r asgos com
unes
y diferenciadores da cabida a diferentes autores, corrientes e interpretaciones (…)”. de la Nuez,
Paloma, “Prólogo” en Hayek, Friedrich, Principios de un orden social liberal, Unión Editorial,
Madrid, 2001, p. 12. Por su parte, Barb eris propone una definición de liberali smo -en sentido e
s-
tricto- en los términos siguientes: “ [e]l liberalismo es la doctrina política que, más allá de privile-
giar la libertad sobre otros valores, la concibe como conjunto de der echos individuales oponibl es
no sólo a otros individu os, sino también a las leyes del Est ado”. Barberis, Mauro, op. cit., p. 95. En
cualquier caso, lo importante es tener claro que “[e]l liberalismo en general p uede ser entendido
desde la perspectiva de la defensa de la noción de libertad, con muy diversos alcances en materia
filosófica, política, económica y aun religiosa”. (Cursivas del autor). Plazas Vega, Mauricio A., El
liberalismo y la teor ía de los tributos, Editorial Temis, Bogotá, 1995, p. 8. En general, sobre la
doctrina liberal, vid. von Mises, Ludwig,
La acción humana. Tratado de economía
, Unión Edito-
rial, Madrid, 2011.
4 Hayek, Friedrich, Los fundamentos de la libertad , Unión Editorial, 6ª edición, Madrid, 1998, p.
101. En similar sentido, comentando la frecuencia con la que se considera que la libertad es el va-
lor fundamental del liberalis mo, vid.
Barberis, Maur
o, op. cit., p. 89.
5 Para Atienza, la libertad puede apreciarse desde tres niveles: (i) la libertad natural (que aborda la
cuestión de si los acontecimientos na turales son libres o, si, por el contra rio, están determinados
por leyes); (ii) la libertad social
(que percibe la libertad como una relación entre personas y a pr
o-
pósito de ciertas conductas); y (iii) la libertad personal (que tiene como foco principal a la persona
humana, al individuo como tal). Cf. Atienza, Manuel, Introducción… cit., pp. 108-112.
6
Sobre la noción de la “permisión jurídica” como basamento constitutivo del concepto de la
liber-
tad jurídica, vi d. Alexy, Robert, Teoría de los Dere chos Fundamentales, Centro de Estudios Polí-
ticos y Constitucionales, Madrid, 2002, pp. 211 y ss.

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