Decisión de Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo. de Caracas, de 9 de Diciembre de 2014

Fecha de Resolución 9 de Diciembre de 2014
EmisorJuzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo.
PonenteHelen Nava de Urdaneta
ProcedimientoQuerella

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REGIÓN CAPITAL. Caracas, nueve (09) de diciembre de dos mil catorce (2014).

204° y 155°

Visto el escrito de promoción de pruebas presentado por los abogados C.O.F., LUÍS BERMÚDEZ, MÓRELA TORREALBA, E.A., L.M., inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 30.109, 21.238, 29.135 y 135.373, respectivamente, actuando en su condición de apoderados judiciales de la ciudadana D.A.P.C., venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 4.059.917, en la querella interpuesta contra el Instituto Nacional de Tierras, se admiten cuanto ha lugar en derecho las pruebas documentales promovidas en el CAPITULO II del citado escrito, por no ser las mismas manifiestamente ilegales ni impertinentes, salvo su apreciación en la definitiva, a excepción de la “CLAUSULA No. 29 DE LA PERMANENCIA DE LOS BENEFICIOS” y “CLAUSULA No. 44 DE LOS DERECHOS ADQUIRIDOS POR ANTIGÜEDAD”, por cuanto se evidencia que las citadas no fueron consignadas en el referido escrito.

Ahora bien, con respecto a los alegatos esgrimidos en el CAPITULO I del escrito de promoción de pruebas, este Órgano Jurisdiccional estima dilucidar los mismos en la definitiva.

LA JUEZA,

Dra. H.N.D.U.

EL SECRETARIO,

L.A.S.

Exp. No.007136/Abraham

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