Sentencia nº 347 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala Electoral de 15 de Mayo de 2014
Fecha de Resolución | 15 de Mayo de 2014 |
Emisor | Juzgado de Sustanciación - Sala Electoral |
Ponente | Juzgado de Sustanciación |
Auto de designación de ponente
D.Z. vs. P.A. N° 045/2010 de fecha 08 de abril de 2010, emanada del Instituto Nacional de Deportes, mediante la cual declaró con lugar la solicitud de reconocimiento del proceso electoral para la elección de la Junta Directiva y el C.d.H. de la Federación Venezolana de Karting, período 2010-2013.
Visto el escrito presentado en fecha 14-05-2014 por la ciudadana A.E.U.M., titular de la cédula de identidad N° 7.661.494, invocando el carácter de miembro de la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Karting, asistida por el abogado A.R.C., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 20.532, presentó escrito relacionado con la causa y señaló "…. se de cumplimiento a lo contemplado en la disposición transitoria tercera de la Ley Orgánica de Deporte, Actividad Física y Educación Física, la cual establece: Las organizaciones sociales promotoras del deporte del tipo asociativo realizarán las elecciones de sus Juntas Directivas y Consejos de Honor según los métodos previstos en la mencionada Ley, en un lapso que no excederá de dos (02) años (…), lapso que culminó el 23 de Agosto de 2011…"; se designó ponente al Magistrado JUAN JOSÉ NUÑEZ CALDERÓN, a los fines de la decisión correspondiente.
Juzgado de Sustanciación ----VLEX----
Caracas, 15 de mayo de 2014
204º y 155º
Visto el escrito presentado en fecha 14 de mayo de 2014 por la ciudadana A.E.U.M., titular de la cédula de identidad N° 7.661.494, invocando el carácter de miembro de la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Karting, asistida por el abogado A.R.C., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 20.532, mediante la cual solicitó “… se de cumplimiento a lo contemplado en la disposición transitoria tercera de la Ley Orgánica de Deporte, Actividad Física y Educación Física, la cual establece: Las organizaciones sociales promotoras del deporte del tipo asociativo realizarán las elecciones de sus Juntas Directivas y Consejos de Honor según los métodos previstos en la mencionada Ley, en un lapso que no excederá de dos (02) años contados a partir de su entrada en vigencia, lapso que culminó el 23 de Agosto de 2011…”; se designa ponente al Magistrado JUAN JOSÉ NUÑEZ CALDERÓN, a los fines de la decisión correspondiente.
El Presidente,
F.R. VEGAS TORREALBA
La Secretaria,
P.C.G.
Exp. AA70-E-2010-000063
FRVT/pc