Decisión de Juzgado Primera Instancia Civil y Mercantil "El Vigia" de Merida (Extensión El Vigia), de 4 de Marzo de 2008

Fecha de Resolución 4 de Marzo de 2008
EmisorJuzgado Primera Instancia Civil y Mercantil "El Vigia"
PonenteJulio Cesar Newman Gutierrez
ProcedimientoCobro De Bolívares Via Intimatoria

GADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. EL VIGIA, CUATRO DE M.D.D.M.O..

196 y 149

Vista la transacción judicial celebrada por la abogado C.J.B.D., inscrita en el Inpreabogado con el número 17.728, actuando en este acto con el carácter de endosataria a título de procuración de la ciudadana Z.D.S.R.S., titular de la cédula de identidad Nro. 3.132.147 y por la otra parte, la ciudadana M.C.G.B., titular de la cédula de identidad Nro 3.994.846, asistida por la abogado C.M.D.E.K., inscrita en el Inpreabogado con el número 130.614, en fecha 27 de febrero de 2008. Este Tribunal, de conformidad con el artículo 1.285 del Código Civil, se abstiene de homologar la misma, hasta tanto sea determinada la validez de la dación en pago, mediante la constancia en autos de la copia certificada del documento que acredite la propiedad del bien dado en pago con sus gravámenes.

EL JUEZ,

J.C.N.G.

LA SECRETARIA,

ABG. N.C. BONILLA V.

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